
Si usted es un empleado no exento en California, debe recibir pago por horas extras (OT) por exceder ciertos umbrales de “horas trabajadas”. Específicamente, su empleador le debe horas extras en las siguientes tres circunstancias:
- Pago de tiempo y medio cuando trabaja más de 8 horas en un día laboral o más de 40 horas en una semana laboral;
- Pago de doble tiempo cuando trabaja más de 12 horas en un día laboral; y
- Si trabaja 7 días seguidos en una semana laboral, pago de tiempo y medio por las primeras 8 horas y pago de doble tiempo por cualquier hora adicional.1

Tenga en cuenta que el tiempo de guardia usualmente se cuenta como “horas trabajadas”. Dependiendo de su trabajo, el tiempo de viaje puede contarse como “horas trabajadas”.
También tenga en cuenta que si trabaja un turno partido (dos turnos separados con un gran intervalo no pagado entre ellos), tiene derecho a una hora extra de pago al salario mínimo, no a una tarifa de horas extras.
Siga leyendo para aprender más sobre cuándo tiene derecho a la compensación por horas extras en California y temas relacionados.
Su tarifa regular de pago
Si usted es un trabajador por hora en California, su tarifa regular de pago base es su salario por hora.2 Si es un trabajador asalariado, la tarifa regular de pago se calcula de la siguiente manera:
- multiplicando su pago mensual por 12 para obtener su salario anual; y luego
- dividiendo su salario anual por 52 para obtener su remuneración semanal; y luego
- dividiendo su remuneración semanal por el número máximo de horas que se pueden trabajar a pago regular – a menudo 40.3
Si usted es un trabajador por pieza o trabajador basado en comisiones que gana ingresos por su productividad, la tarifa regular de pago suele ser el total de ganancias por semana, dividido por el número de horas trabajadas.4
Su tarifa regular de pago – también llamada “pago a tarifa normal” – sirve como base para sus pagos por horas extras.
Qué más se incluye en su tarifa regular de pago
Además de sus salarios, otras formas de remuneración que se añaden a su tarifa regular de pago incluyen:5
- tarifas por pieza,
- bonos de producción no discrecionales,
- beneficios de vivienda,
- comidas, y
- cualquier bien o instalación que reciba.6
Qué no se incluye en su tarifa regular de pago
La tarifa regular de pago no incluye:
- propinas,
- pagos hechos como regalos (incluidos bonos navideños),
- recompensas por servicio no basadas en horas trabajadas, productividad o eficiencia,
- gastos razonables de viaje,
- contribuciones irrevocables del empleador a un tercero para beneficio de los empleados, como un plan de jubilación o cobertura de seguro,
- compensación pagada a tarifa premium por horas en exceso trabajadas, o
- ingresos derivados de opciones sobre acciones o derechos de compra de acciones proporcionados por el empleador.7
Horario de trabajo alternativo
Un horario de trabajo alternativo, o AWS, estructura las horas en una semana laboral de manera diferente a lo usual. Usualmente, un AWS aumentará el número de horas trabajadas en un solo día laboral para reducir el número de días laborales en una semana.
Los horarios estándar alternativos adoptados por empleadores en California incluyen:
- una semana laboral de 4 días con jornadas de 10 horas (llamada semana 4/10),
- 3 días de 10 horas, y 2 días más de 5 horas, y
- periodos quincenales que consisten en 8 días laborales de 9 horas cada uno, un día laboral de 8 horas, y un día libre adicional (conocido como horario 9/80 porque distribuye 80 horas de trabajo en 9 días).
Pago de horas extras para AWS
En los lugares de trabajo que han adoptado un AWS, los salarios por horas extras son 1.5 veces su tarifa regular de pago solo si trabaja más de:
- el número de horas programadas regularmente bajo el AWS, o
- 40 horas en una semana laboral.
El pago de doble tiempo solo se paga si trabaja en exceso de:
- 12 horas en un solo día laboral, o
- 8 horas en un día que no está dentro de los días laborales programados regularmente del AWS.8
Los empleados no exentos tienen derecho a pago por horas extras en California.
Ley de horas extras de California vs. federal
Al igual que la ley de California, la Ley Federal de Normas Laborales Justas (FLSA) requiere pago de tiempo y medio por todas las horas que trabaje en exceso de una semana laboral de 40 horas.9 Aunque además, la ley de horas extras de California es más generosa que la FLSA en los siguientes aspectos:
- ofrece pago de doble tiempo por horas trabajadas muy por encima de lo normal,
- ofrece una tarifa de horas extras por horas trabajadas durante un séptimo día consecutivo en el trabajo, y
- ofrece pago por horas extras por horas trabajadas en exceso de 8 horas en un solo día laboral.
Horas extras para trabajadores asalariados
Si usted es un empleado asalariado, puede tener derecho a pago por horas extras siempre que sea no exento. Si está exento de las leyes de salario y horas de California, entonces no puede ganar pago extra por trabajo de horas extras a menos que su empleador decida proporcionarlo.
Los trabajadores exentos suelen ser “de cuello blanco” y deben ganar al menos el doble del salario mínimo por trabajo a tiempo completo. Los tipos comunes de trabajadores exentos incluyen:
- Administradores que realizan principalmente tareas administrativas y ejercen regularmente juicio independiente.
- Ejecutivos y gerentes que supervisan al menos a dos empleados, ejercen regularmente juicio independiente y gestionan las operaciones comerciales.
- Profesionales de software informático que tienen ciertas habilidades y funciones laborales.
- Vendedores externos que pasan más de la mitad de su jornada laboral fuera de la oficina.
- Empleados profesionales altamente calificados como abogados y arquitectos con experiencia y trabajo especializado.10
- Médicos y cirujanos y ciertos otros trabajadores de la salud.11
- Empleados que ganan más de la mitad de sus ingresos por comisiones.12
Tenga en cuenta que los contratistas independientes tampoco están sujetos a las reglas de horas extras de California.
Además, los trabajadores sindicalizados a menudo tienen reglas de horas extras diferentes según lo acordado en un convenio colectivo.
Finalmente, las agencias gubernamentales pueden tener reglas de pago por horas extras diferentes a las del sector privado.
Profesiones con reglas especiales de horas extras
Sí. En orden alfabético, las siguientes profesiones pueden tener reglas de horas extras diferentes o estar exentas por completo:
- Trabajadores agrícolas;
- Empleados de aerolíneas que solicitan trabajar más de 40 hasta 60 horas en una semana laboral, y es solo temporal;
- Trabajadores de entretenimiento y recreación;
- Trabajadores de radiodifusión;
- Consejeros de campamento;
- Miembros de tripulación de barcos de pesca comercial;
- Trabajadores domésticos (viviendo en el lugar o no);
- Trabajadores de la salud;
- Trabajadores de la industria cinematográfica;
- Médicos (excepto residentes, internos o doctores cubiertos por convenios colectivos);
- Empleados bajo la Ley de Trabajo Ferroviario con un convenio colectivo;
- Taxistas;
- Trabajadores del transporte;
- Operadores de atracciones de carnaval itinerante empleados a tiempo completo; y
- Niñeras de 24 horas (en ciertos casos).
Cómo afectan los descansos para comida y descanso
La ley de California le otorga derecho a descansos para comida y descanso si es un empleado no exento. Los descansos para descanso se cuentan como horas al calcular horas extras. Sin embargo, los descansos para comida no se cuentan a menos que se le pida trabajar durante el descanso.
Si su empleador le hace trabajar durante su descanso, le debe una hora adicional de pago a su tarifa regular por cada descanso que se le niegue.13
Registro de su tiempo
Su empleador debe registrar y controlar con precisión sus horas de trabajo para asegurar que cumplen con las leyes de horas extras de California. Sin embargo, se le recomienda encarecidamente mantener un registro independiente de sus horas. De esa manera, si hay una discrepancia, puede solicitar ver sus registros y explicar a su empleador dónde cometió un error.
Horas extras obligatorias
Su empleador puede exigirle trabajar horas extras, y puede despedirlo si se niega. Aunque hay condiciones en California:
- Si es un empleado no exento, debe recibir pago por horas extras conforme a la ley de California;
- El horario de horas extras no puede violar su contrato de trabajo (si aplica); y
- El horario de horas extras no puede representar un riesgo para la salud o seguridad.14
Los empleadores suelen requerir horas extras cuando tienen poco personal, cuando el negocio está muy ocupado o si hay una emergencia.
Los trabajadores domésticos suelen estar exentos del pago por horas extras en California.
Trabajo “fuera del reloj”
El trabajo fuera del reloj—que es cuando su empleador le hace trabajar sin pago—no está permitido en California.
Lleve un control de sus horas si su empleador intenta manipular sus hojas de tiempo. A veces los empleadores recortan su tiempo para pagarle solo el salario normal en lugar del pago por horas extras al que tiene derecho.
Renunciar al pago por horas extras
Como empleado no exento en California, no puede renunciar a su derecho a ganar pago por horas extras. Incluso si firma un contrato laboral donde acepta trabajar a su tarifa estándar por las horas extras, el tribunal no lo hará cumplir.15
Regla del “día de descanso”
Bajo la sección 551 del Código Laboral de California, no se puede ordenar a los empleados trabajar siete días consecutivos en una semana laboral a menos que:
- haya una emergencia o
- el trabajo lo requiera razonablemente.
Como se mencionó arriba, los empleados no exentos tienen derecho a pago por horas extras por trabajar el séptimo día en una semana laboral. Si el trabajo se extiende más allá de ocho horas en ese séptimo día, el empleador debe pagar doble tiempo.
Tenga en cuenta que los empleadores pueden elegir qué día de la semana comienza una semana laboral, y no pueden cambiarlo para evadir las leyes de pago por horas extras.
Remedios por horas extras no pagadas
Si su empleador se niega a pagarle horas extras, puede presentar una reclamación salarial ante la División de Cumplimiento de Normas Laborales (DLSE) / Oficina del Comisionado Laboral de California.
La DLSE intenta resolver el asunto mediante una conferencia de conciliación. De lo contrario, puede presentar su caso en una audiencia. Si la DLSE falla a su favor, un tribunal dictará un fallo contra su empleador.
Alternativamente, puede demandar al empleador por horas extras no pagadas en una demanda tradicional de salario y horas.
Los profesionales asalariados usualmente están exentos del pago por horas extras en California.
Preguntas frecuentes
¿Puede mi empleador despedirme por negarme a trabajar horas extras?
Sí. En California, el empleo es generalmente “a voluntad”, lo que significa que su empleador puede exigirle trabajar horas extras y puede legalmente terminar su empleo si se niega. Sin embargo, esto solo es legal si las horas extras no violan un convenio colectivo, no exceden los límites máximos de seguridad, o no entran en conflicto con regulaciones específicas de la industria (como las de trabajadores de la salud).
¿Hay un límite de cuántos días seguidos puedo ser obligado a trabajar?
Bajo la regla del “día de descanso” de California (Código Laboral 551), los empleados generalmente tienen derecho a un día de descanso cada siete. Su empleador no puede legalmente obligarlo a trabajar más de seis días en una semana laboral a menos que haya una emergencia o la naturaleza del trabajo lo requiera razonablemente. Si trabaja un séptimo día consecutivo, tiene derecho a tiempo y medio por las primeras ocho horas y doble tiempo por cualquier hora adicional.
¿Debe mi empleador avisarme con anticipación antes de exigir horas extras?
No. La ley de California no requiere que los empleadores den un aviso mínimo antes de exigir horas extras. Aunque muchas empresas dan aviso como política, su empleador puede técnicamente exigir “horas extras obligatorias” el mismo día, siempre que le pague las tarifas correctas de horas extras y doble tiempo por esas horas.
¿Puedo renunciar a mi derecho a pago por horas extras si quiero las horas adicionales?
No. En California, el derecho a pago por horas extras es una protección legal no renunciable. Incluso si usted y su empleador acuerdan trabajar a su “tarifa regular” durante las horas extras, el acuerdo es legalmente nulo. Su empleador está estrictamente obligado a pagar 1.5 veces su tarifa regular después de ocho horas en un día y 2 veces después de 12 horas, sin importar acuerdos privados.
Recursos adicionales
Para más información sobre la ley de horas extras en California, consulte lo siguiente:
- Horas extras para trabajadores agrícolas – Preguntas frecuentes – Información sobre horas extras del Departamento de Relaciones Industriales del Estado de California.
- La Ley de Derechos de los Trabajadores Domésticos – Preguntas frecuentes – Información sobre horas extras del Departamento de Relaciones Industriales del Estado de California.
- Órdenes salariales de la Comisión de Bienestar Industrial – Leyes sobre ocupaciones específicas que pueden tener regulaciones de horas extras diferentes.
- Cómo presentar una reclamación salarial – Instrucciones proporcionadas por el Comisionado Laboral de California.
- Calculadora gratuita de horas extras – Un programa proporcionado por Forbes que le permite ingresar su salario y horas para estimar cuánto debería ser su pago.
Referencias legales
- Código Laboral de California 510 LAB. Véase también Lemm v. Ecolab Inc. (Cal.App. ) .
- 29 CFR 778.110.
- Código Laboral de California 515 LAB.
- 29 CFR 778.111 y 778.118.
- 29 USC 207. Su tarifa regular de pago está definida por la Ley Federal de Normas Laborales Justas (FLSA). Incluye toda remuneración por empleo.
- 29 CFR 778.110 y 778.111 y Walling v. Youngerman-Reynolds Hardwood Co. (1945) 65 S.Ct. 1242.
- 29 USC 207(e).
- Código Laboral de California 511(b) LAB.
- 29 CFR 778.107.
- 8 Código de Regulaciones de California (CCR) 11040(1)(A).
- Código Laboral de California 515.6 LAB.
- 8 CCR 11040(3)(D).
- 8 CCR 11040.
- Véase Horas extras, Departamento de Relaciones Industriales. Wilson v. County of Santa Clara (Tribunal de Apelaciones de California, Primer Distrito de Apelaciones, División Uno, 1977) 68 Cal. App. 3d 78.
- Véase, por ejemplo, Arechiga v. Dolores Press, Inc. (Tribunal de Apelaciones de California, Segundo Distrito de Apelaciones, División Ocho, 2011) 192 Cal. App. 4th 567.