Código Penal 653.22 PC ha sido revocado. Ya no es un delito en California vagar en un lugar público con la intención de cometer prostitución. Antes de 2023, una condena era una falta castigable con hasta 6 meses de prisión y una multa de hasta $1000.00.
Si tiene una condena anterior por vagar con la intención de prostitución, PC 653.29 le permite buscar un sello de registro de inmediato.
La redacción completa de la ahora derogada estatuto decía lo siguiente:
653.22. (a) (1) Salvo lo especificado en el párrafo (2), es ilegal que cualquier persona vagué en cualquier lugar público con la intención de cometer prostitución. Esta intención se evidencia actuando de una manera y bajo circunstancias que muestran abiertamente el propósito de inducir, tentar o solicitar prostitución, o procurar a otra persona para cometer prostitución.
(2) A pesar del párrafo (1), esta subdivisión no se aplica a un niño menor de 18 años de edad que se supone que ha participado en una conducta que, si la hubiera cometido un adulto, violaría esta subdivisión. Un niño explotado comercialmente bajo este párrafo puede ser declarado un niño dependiente del tribunal de acuerdo con el párrafo (2) de la Sección 300 del Código de Bienestar e Instituciones y puede ser tomado en custodia temporal de acuerdo con la subdivisión (a) de la Sección 305 del Código de Bienestar e Instituciones, si se cumplen las condiciones que permiten la custodia temporal sin orden judicial.
(b) Entre las circunstancias que se pueden considerar para determinar si una persona vaga con la intención de cometer prostitución están que la persona:
(1) Reiteradamente llama, detiene, se involucra en conversaciones con, o intenta detener o involucrarse en conversaciones con transeúntes, indicativo de solicitar prostitución.
(2) Reiteradamente detiene o intenta detener vehículos motorizados saludando a los conductores, agitando los brazos o haciendo cualquier otro gesto corporal, o se involucra o intenta involucrarse con los conductores o pasajeros de los vehículos motorizados en una conversación, indicativo de solicitar prostitución.
(3) Ha sido condenado por violar esta sección, la subdivisión (a) o (b) de la Sección 647, u otro delito relacionado o involucrando prostitución, dentro de los cinco años de la detención bajo esta sección.
(4) Da vueltas a un área en un vehículo motorizado y reiteradamente llama, contacta o intenta contactar o detener a peatones u otros conductores, indicativo de solicitar prostitución.
(5) Ha participado, dentro de los seis meses anteriores a la detención bajo esta sección, en cualquier comportamiento descrito en esta subdivisión, con la excepción del párrafo (3), o en cualquier otro comportamiento indicativo de actividad de prostitución.
(c) La lista de circunstancias establecidas en la subdivisión (b) no es exclusiva. Las circunstancias establecidas en la subdivisión (b) deben considerarse particularmente salientes si ocurren en un área conocida por la actividad de la prostitución. Cualquier otra circunstancia relevante puede ser considerada al determinar si una persona tiene la intención requerida. Además, ninguna circunstancia o combinación de circunstancias es en sí misma determinante de la intención. La intención debe determinarse en función de una evaluación de las circunstancias particulares de cada caso. Estos fueron arrestos fáciles de hacer porque los oficiales no tenían que atrapar a alguien en una transacción de prostitución. Por lo tanto, fue fácil que las personas inocentes se acusaran erróneamente.
Ejemplos
- Una mujer camina de un lado a otro en una calle donde todos los negocios están cerrados por la noche. Se acerca a varios coches con conductores masculinos para conversaciones cortas.
- Una joven con ropa reveladora se sienta en una parada de autobús durante varios minutos, pero no sube al autobús cuando llega. Saluda a los coches que pasan con conductores masculinos.
- Una menor camina lentamente por una zona conocida por la actividad de prostitución. Está con otra mujer que tiene un historial de arrestos por prostitución. Las dos mujeres prestan mucha atención a los coches que pasan.
En este artículo, nuestros abogados de defensa penal de California responden las siguientes preguntas clave:
- 1. ¿Qué significaba merodear para la prostitución?
- 2. ¿Cómo demostró el estado que una persona tenía la intención de cometer prostitución?
- 3. ¿Cuáles eran algunas defensas comunes al Código Penal 653.22 PC?
- 4. ¿Cuáles eran las consecuencias de una condena?
- 5. ¿Qué otros delitos similares podría enfrentar una persona?
- 6. ¿Los merodeadores tenían inmunidad si informaban de delitos graves?
Si desea obtener más información después de leer este artículo, le invitamos a que se ponga en contacto con nosotros en Shouse Law Group.
1. ¿Qué significaba merodear para la prostitución?
Para condenarte bajo 653.22 PC antes de 2023, el fiscal tenía que probar los siguientes hechos (también conocidos como “elementos” del delito):
- estabas merodeando,
- lo hiciste en un lugar público, y
- tenías la intención específica de cometer prostitución.
Ahora que 653.22 PC ha sido derogado, merodear para la prostitución ya no es un delito. El acto de la prostitución en sí sigue siendo un delito.1-9
2. ¿Cómo demostró el estado que una persona tenía la intención de cometer prostitución?
El Código Penal 653.22 PC especificaba ciertas acciones que podrían demostrar que una persona tenía la intención de cometer prostitución. Estos son:
- La persona repite la señalización, se detiene, entabla conversaciones o intenta detenerse o entablar conversaciones con transeúntes, de una manera que indique que está solicitando prostitución;
- La persona repite la detención o intenta detener los coches saludando a los conductores, agitando o haciendo otros gestos, o se involucra o intenta involucrarse en la conversación con los conductores, de una manera que indique que está solicitando prostitución;
- La persona circula un área en un vehículo motorizado y repite la señalización o contacta o intenta contactar o detener a peatones u otros conductores, de una manera que indique que está solicitando prostitución;
- La persona ha participado en cualquiera de los comportamientos enumerados anteriormente, u otro comportamiento que indique que estaba solicitando prostitución, dentro de los seis (6) meses anteriores a su arresto; o
- La persona ha sido condenada por merodear con el propósito de participar en la prostitución, o por conducta lasciva en público, solicitando conducta lasciva, prostitución o solicitando prostitución, dentro de los últimos cinco (5) años.10-14
Los jueces y los jurados también podían considerar factores además de los anteriores. Por ejemplo, podían considerar el comportamiento que indicaba que habías cometido o solicitado prostitución en el pasado, incluso si este comportamiento tuvo lugar hace más de seis (6) meses antes de tu arresto.15
Otro comportamiento que podría mostrar que tenías la intención de cometer prostitución incluía:
- Dar un nombre falso o fecha de nacimiento a un policía si eras interrogado;16 y/o
- Estar en compañía de alguien con un historial de delitos de prostitución.17
Tenga en cuenta que la policía no podía usar el hecho de que el sospechoso llevaba condones para formar una causa probable de que la persona estaba merodeando con fines de prostitución.18
Así que ves cuánta discreción tenían la policía, los fiscales, los jueces y los jurados al arrestar y condenar a personas por esta sección. Esta clase de ley abrió la puerta para que la policía objetivara injustamente a ciertos grupos, vecindarios o individuos.19
3. ¿Cuáles eran algunas defensas comunes al Código Penal 653.22 PC?
Una condena por un delito sexual de California como el de merodear con la intención de cometer prostitución tenía terribles repercusiones para tu carrera y vida personal. Aunque había una serie de defensas legales que podían hacer que estas acusaciones fueran desestimadas:
3.1. Prueba insuficiente de que tu intención era cometer prostitución
Una situación completamente inocente puede parecer merodear con la intención de cometer prostitución.
Por ejemplo, una mujer menor de 21 años podría estar usando ropa provocativa y haciendo conversación con los hombres que pasaban porque quería que le compraran alcohol. O una mujer podría estar haciendo contacto visual con los conductores masculinos de los coches que pasaban porque le gustaba ser coqueta, o esperaba que alguien le diera un aventón a casa.
Debido a que esta ley daba tanta discreción a la policía y a los jueces, un abogado defensor criminal con habilidad era increíblemente valioso para luchar contra las acusaciones de merodear con la intención de cometer prostitución.
3.2. Atrapamiento
El atrapamiento ocurre cuando un oficial de policía induce a una persona normalmente respetuosa de la ley a cometer un delito que de otra manera no habría cometido. Los arrestos a menudo son hechos por oficiales que operan en secreto. Esto puede desencadenar la defensa de atrapamiento.
El atrapamiento solo ocurre cuando un oficial de policía se comporta de manera excesiva, por ejemplo, aplicando presión, acoso, fraude, halagos o amenazas.20
Aquí hay un ejemplo que involucra el ahora derogado 653.22 PC:
María tenía diecinueve años y había estado bebiendo en un bar en un vecindario donde a veces se paran las prostitutas. Estaba fumando un cigarrillo fuera del bar.
Un policía encubierto llamado Frank se detuvo en un coche caro y le preguntó a María si estaba trabajando. María lo ignoró. Frank le dijo que le gustaría contratarla y le pagaría doscientos dólares por media hora. Ella continuó ignorándolo y volvió al bar.
Más tarde, María salió del bar para fumar otro cigarrillo. El coche de Frank apareció de nuevo. Le dijo que era la chica más hermosa que había visto en esta calle y que le pagaría quinientos dólares por media hora. Frank le mostró un puñado de billetes. María le dijo que estaba equivocado acerca de ella.
María pensó en la oferta extravagante de Frank mientras estaba en el bar. Después de que el bar cerró, se quedó en la calle afuera por un rato para ver si volvía. Cuando lo hizo, la arrestó por merodear con la intención de cometer prostitución.
Frank ejerció una presión extrema sobre María al ofrecerle una gran cantidad de dinero. También usó halagos para despertar su interés. María no habría considerado merodear después de que el bar cerró si él no hubiera usado estas tácticas.
Este es un clásico ejemplo de atrapamiento ilegal. Con la ayuda de un abogado defensor penal de California que entiende la defensa de atrapamiento, María podría haber evitado la condena.
4. ¿Cuáles eran las consecuencias de una condena?
4.1. Penas por delito menor
El Código Penal 653.22 PC era un delito menor de California.21 Si te condenaban por merodear con la intención de cometer prostitución, enfrentabas una multa máxima de mil dólares ($1,000) y hasta seis (6) meses en una cárcel del condado.22
El juez determinó la frase exacta.
4.2. Órdenes de prohibición del distrito de tránsito
Si fue condenado por merodear con la intención de participar en la prostitución en las regiones de Sacramento, Fresno o la Bahía de San Francisco, podría haber sido prohibido de usar ciertas instalaciones de transporte público durante un período de tiempo. La autoridad de tránsito debe haberle dado aviso y la oportunidad de disputar esta orden antes de que entrara en vigor.
5. ¿Qué delitos similares podría una persona ser acusada?
Existen ciertos otros delitos que a menudo se acusaban junto con el Código Penal 653.22 PC, merodear con la intención de cometer prostitución. Estos incluyeron:
5.1. Prostitución y solicitud de prostitución
El Código Penal 647 (b) prohíbe la prostitución y la solicitud de prostitución en California. Puede ser condenado por prostitución si:
- participa en un acto de prostitución, y
- lo hace a sabiendas, lo que significa deliberadamente o a propósito.
Para condenarlo por solicitar prostitución, el fiscal debe demostrar que:
- solicitó a otra persona que participe en un acto de prostitución, y
- lo hizo con la intención específica de participar en la prostitución.
La prostitución y la solicitud de prostitución son delitos menores en California.
5.2. Conducta lasciva en público
La conducta lasciva en público según el Código Penal 647 (a) PC significa tocar los órganos privados de usted o de otra persona para excitación sexual, cuando sabe o razonablemente debería saber que hay alguien cerca que se ofendería.
5.3. Ordenanzas locales
Los gobiernos de la ciudad y el condado pueden imponer sus propias restricciones de acuerdo con la ley estatal.26-27
5.4. Merodear para solicitar la compra de alcohol
Código Penal 303a PC, la ley de California contra el merodeo para solicitar la compra de alcohol, hace que sea un delito merodear fuera de un establecimiento que sirve alcohol para ser servido en el lugar (como un bar o restaurante) con el propósito de persuadir a otros clientes para que te compren alcohol.28
Algunas prostitutas encuentran a sus clientes en bares o clubes e inician la transacción persuadiendo a los clientes para que les compren bebidas. Si se le arresta en circunstancias como estas, es posible que pueda reducir los cargos a cargos PC 303a, que probablemente llevarán un poco menos de estigma en un registro criminal. ¿Tenían inmunidad los vagabundos si informaban de delitos graves? Sí. A partir de 2020, las personas estaban exentas de ser procesadas por vagancia si informaban cualquiera de los siguientes delitos graves a la policía:
- cualquier delito grave felony,
- ciertos tipos graves de agresión, como:
- trata de personas (Código Penal 236.1 PC),
- agresión sexual (Código Penal 243.4 PC),
- acoso (Código Penal 646.9 PC),
- violencia doméstica que cause una lesión corporal (Código Penal 275.5 PC), o
- extorsión (Código Penal 518 PC).
Además de estar exentos de cargos por vagancia por informar de los delitos anteriores, las personas también estaban exentas de cargos por:
- delitos menores de drogas,
- participar en, o solicitar, prostitución (Código Penal 647 (b) PC),
- crear o mantener una molestia pública (Código Penal 372 PC), y
- participar en un comportamiento lascivo (Código Penal 647 (a) PC).
El propósito de otorgar inmunidad era para alentar a las trabajadoras sexuales a denunciar crímenes graves sin temor a ser castigadas también. 29
Llámenos para ayuda…
Si usted o un ser querido está acusado y está buscando contratar a un abogado para la representación, le invitamos a que se comunique con nosotros en el Grupo de Ley Shouse. Podemos proporcionar una consulta en la oficina o por teléfono.
Tenemos oficinas locales en Los Ángeles, el Valle de San Fernando, Pasadena, Long Beach, el Condado de Orange, Ventura, San Bernardino, Rancho Cucamonga, Riverside, San Diego, Sacramento, Oakland, San Francisco, San José y en toda California. También puede visitar nuestra página para una discusión general de leyes de vagancia en California.
Referencias legales:
- Código Penal 653.22 PC – Merodear con el propósito de cometer un delito de prostitución. (“(a) Es ilegal que cualquier persona merodee en cualquier lugar público con la intención de cometer prostitución. Esta intención se evidencia actuando de una manera y en circunstancias que muestren abiertamente el propósito de inducir, tentar o solicitar prostitución, o procurar a otra persona para cometer prostitución”.) Proyecto de Ley del Senado 357 (2022). Hannah Wiley, California revoca la ley anti-merodeo que desató el debate sobre la despenalización del trabajo sexual, LA Times (1 de julio de 2022).
- Código Penal 653.26 PC – La violación es un delito menor. (“Una violación de cualquier disposición de este capítulo es un delito menor.”)
- Código Penal 19 PC – Castigo por delito menor; castigo no previsto de otra manera. Vea también Código Penal de California 19.2 PC — Castigo por delito menor; confinamiento máximo.
- Nuestros abogados de defensa penal de California tienen oficinas legales locales en Los Ángeles en Beverly Hills, Burbank, Glendale, Lancaster, Long Beach, Los Ángeles, Pasadena, Pomona, Torrance, Van Nuys, West Covina y Whittier. Tenemos oficinas legales adicionales convenientemente ubicadas en todo el estado en el Condado de Orange, San Diego, Riverside, San Bernardino, Ventura, San José, Oakland, la región de la Bahía de San Francisco, Sacramento y varias ciudades cercanas.
- CALCRIM 1156 – Instrucción para el Jurado sobre Merodear para Prostitución. Directiva Especial LADA 20-07.
- Código Penal 653.20 PC – Definiciones. (“(c) ‘Merodear’ significa demorar o quedarse sin un propósito legal para estar en la propiedad y con el propósito de cometer un delito a medida que se descubra la oportunidad.”)
- Vea el mismo, subdivisión (b). (“(b) ‘Lugar público’ significa un área abierta al público, o un callejón, plaza, parque, camino de entrada o estacionamiento, o un automóvil, ya sea en movimiento o no, o un edificio abierto al público en general, incluyendo uno que sirve comida o bebida, o proporciona entretenimiento, o las puertas y entradas a un edificio o vivienda, o los terrenos que rodean un edificio o vivienda.”)
- Ver lo mismo.
- Ver lo mismo, subdivisión (a). (“a) ‘Commit prostitution’ significa participar en conducta sexual a cambio de dinero u otra consideración, pero no incluye conducta sexual realizada como parte de cualquier actuación en escena, obra de teatro u otro entretenimiento abierto al público.”)
- Nuestros abogados de defensa criminal de San Bernardino y Los Ángeles han defendido con éxito a numerosos clientes acusados de delitos sexuales de California, incluido el acoso para la prostitución. Representamos a los clientes en varios lugares de los tribunales de California, incluyendo el tribunal de Rancho Cucamonga, el tribunal de Fontana, el tribunal de Chino, el tribunal de Pasadena, el tribunal de Burbank, el tribunal de Glendale, el tribunal de Alhambra y el Centro de Justicia Penal Clara Shortridge Foltz en el centro de Los Ángeles.
- Código Penal 653.22 PC
- Ver lo mismo, subdivisión (b). (“(b) Entre las circunstancias que se pueden considerar para determinar si una persona merodea con la intención de cometer prostitución se encuentran que la persona: (1) Repetidamente llama, detiene, participa en conversaciones con, o intenta detener o participar en conversaciones con transeúntes, indicativo de solicitar prostitución. (2) Detiene o intenta detener repetidamente vehículos motorizados saludando a los conductores, agitando los brazos o haciendo cualquier otro gesto corporal, o se involucra o intenta involucrarse con los conductores o pasajeros de los vehículos motorizados en una conversación, indicativo de solicitar prostitución. (3) Ha sido condenado por violar esta sección, subdivisión (a) o (b) de la Sección 647, u otro delito relacionado con o involucrando prostitución, dentro de los cinco años de la detención bajo esta sección. (4) Da vueltas a un área en un vehículo motorizado y llama repetidamente, contacta o intenta contactar o detener a peatones u otros conductores, indicativo de solicitar prostitución. (5) Se ha involucrado, dentro de los seis meses anteriores a la detención bajo esta sección, en cualquier comportamiento descrito en esta subdivisión, con la excepción del párrafo (3), o en cualquier otro comportamiento indicativo de actividad de prostitución.”) Ver también Código Penal 647 PC – Conducta desordenada.
- Mismo. (“(c) La lista de circunstancias establecida en la subdivisión (b) no es exclusiva. Las circunstancias establecidas en la subdivisión (b) deben considerarse particularmente relevantes si ocurren en un área conocida por la actividad de prostitución. Cualquier otra circunstancia relevante puede ser considerada para determinar si una persona tiene la intención requerida. Además, ninguna circunstancia o combinación de circunstancias es en sí misma determinante de la intención. La intención debe determinarse en base a una evaluación de las circunstancias particulares de cada caso.”)
- Ver lo mismo. Ver también People v. Pulliam (1998) 62 Cal.App.4th 1430, 1436. (La conducta enumerada “guía pero no es decisiva para determinar si el merodeador poseía la intención requerida.”)
- Ver People v. Johnson (2010), Cal.App.2nd – 2010 WL 367525, en §2. (“El Código Penal sección 653.22 claramente y de forma explícita no dice que no se puede presentar ninguna evidencia de comportamiento indicativo de actividad de prostitución que haya ocurrido más de seis meses antes de la detención bajo ninguna circunstancia.”)
- Vea In re J.J. (2009), Cal.App.1st – 2009 WL 4881911, en el §7.
- Vea el mismo, en el §7.
- Proyecto de ley del Senado de California 233 (2019).
- Julia Dahl, Tú dices vagar para el sexo, yo digo simplemente colgar, Salon, 30 de agosto de 2010 (citando a un abogado de Nueva York que “llama a las detenciones por vagar para la prostitución tanto ‘arbitrarias’ como ‘discriminatorias'”).
- Vea People v. West, (1956) 139 Cal.App.2d Supp. 923, 924. (“La entrega es la concepción y planificación de un delito por parte de un oficial y su obtención de su comisión por parte de alguien que no lo habría perpetrado excepto por el engaño, la persuasión o la fraude del oficial. Se debe usar persuasión o atractivo para tender una trampa.”)
- Código Penal 653.26 PC – La violación es un delito menor. (“Una violación de cualquier disposición de este capítulo es un delito menor.”)
- Código Penal 19 PC – Castigo por delito menor; castigo no previsto de otra manera.
- Código de Servicios Públicos 99171
- CALCRIM 1153 – Prostitución.
- Igual.
- Código Penal 653.28 PC – Leyes locales; preemción.
- Por ejemplo, vea el Código Municipal de Los Ángeles 41.70 – Vehículos Molestos – Prostitución.
- Código Penal 303a – Vagar para solicitar la compra de alcohol.
- Proyecto de ley del Senado de California 233 (2019).