Código Penal de California § 303 PC hace que sea un delito vagar en o alrededor de un bar o restaurante con el propósito de pedir a otros clientes o clientes que compran alcohol. Esta ofensa es una falta que puede llevar a hasta 6 meses de prisión.
El lenguaje de la sección del código establece que:
303a. Será ilegal, en cualquier lugar de negocio donde se vendan bebidas alcohólicas para ser consumidas en el lugar, para cualquier persona vagar en o alrededor de dichos establecimientos con el propósito de pedir o solicitar a cualquier cliente o visitante de dichos establecimientos que compren cualquier bebida alcohólica para el que pide o solicita. La violación de esta sección será una falta.
Ejemplos
- una persona menor de edad que se queda en un bar y le pide a los clientes que le compren una bebida.
- una prostituta que entra en un bar de un hotel y le pide a un hombre que le compre vino con la esperanza de que la contrate.
- una persona de 18 años de edad que se queda en el estacionamiento de un club nocturno de 21+ y le pide a los clientes que le compren tragos.
Defensas
Puedes desafiar las acusaciones bajo esta ley estatal con una defensa legal. Algunas defensas comunes incluyen demostrar que usted:
- no estaba vagando,
- no estaba cerca de un negocio sujeto a esta ley penal, y/o
- fue detenido o arrestado sin causa probable.
Penas
Una violación del Código Penal, Sección 303, es un delito menor (en lugar de un delito grave). El delito es castigable con:
- custodia en la cárcel del condado por hasta seis meses, y/o
- una multa máxima de $1,000.
Nuestros abogados de defensa penal de California discutirán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Cómo define la ley de California la “vagancia para la solicitud de alcohol”?
- 2. ¿Hay defensas legales para los cargos de PC 303a?
- 3. ¿Cuáles son las penas?
- 4. ¿Hay delitos relacionados?
El Código Penal 303 hace que sea un delito vagar dentro o alrededor de un bar o restaurante con el propósito de pedir a otros clientes o clientes que compren alcohol.
1. ¿Cómo define la ley de California la “vagancia para la solicitud de alcohol”?
Un fiscal debe probar lo siguiente para condenarlo con éxito bajo este estatuto:
- estabas vagando,
- Estabas haciendo esto en cualquier lugar de negocios donde se vendan bebidas alcohólicas para ser consumidas en el lugar, y
- Estabas holgazaneando con el propósito de pedir o solicitar a cualquier cliente o cliente que te compre una bebida alcohólica. 1
Para los propósitos de esta sección del código, “holgazanear” significa que te quedas en un lugar determinado aunque no tengas una razón legal para estar allí. 2
2. ¿Hay defensas legales para los cargos de PC 303a?
Los abogados de defensa penal recurren a varias estrategias legales para ayudarte a impugnar los cargos bajo este estatuto. Tres de ellas comunes incluyen demostrar que:
- no estabas holgazaneando.
- no estabas cerca de un establecimiento sujeto a esta ley.
- la policía te detuvo o arrestó sin causa probable.
2.1. No holgazanear
Recuerda que solo eres culpable bajo este estatuto si estabas holgazaneando cerca o dentro de un determinado establecimiento comercial. Además, “holgazanear” tiene una definición precisa en derecho. Esto significa que siempre puedes desafiar un cargo demostrando que no estabas holgazaneando. Tal vez, por ejemplo, tenías una razón válida para estar cerca de un negocio sujeto a esta ley.
2.2. No cerca de un negocio sujeto
PC 303a solo se aplica a los negocios que venden alcohol para que la gente lo consuma en sus instalaciones. No se aplica a establecimientos como tiendas de licores o tiendas de conveniencia que venden alcohol para que la gente lo lleve a otro lugar. Por lo tanto, una defensa es que no estabas holgazaneando cerca de un negocio sujeto a esta ley.
2.3. Sin causa probable
La Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos dice que la policía debe tener causa probable antes de detenerte o arrestarte por un delito. Esto significa que siempre puedes afirmar la defensa de que un oficial de policía / oficial de paz te detuvo o arrestó sin una creencia razonable de que cometiste un delito.
Una violación de esta ley puede resultar en una multa y/o tiempo en la cárcel.
3. ¿Cuáles son las penas?
Una violación de esta sección es un delito menor.3
El delito es sancionable con:
- custodia en la cárcel por hasta seis meses, y/o
- una multa máxima de mil dólares.4
Tenga en cuenta que un juez tiene la discreción de otorgarle probación por delito menor (o resumen), en lugar de tiempo en la cárcel, por este delito penal.
4. ¿Hay delitos relacionados?
Hay tres delitos relacionados con el vagabundeo para la solicitud de alcohol. Estos son:
- contribuir a la delincuencia de un menor – PC 272,
- menor en posesión – BPC 25662, y/o
- suministrar o vender alcohol a un menor – BPC 25658.
4.1. Contribuir a la delincuencia de un menor – PC 272
Por Código Penal 272, contribuir a la delincuencia de un menor es el delito en el que usted actúa o deja de actuar de una manera que hace que un menor:
- participar en comportamiento ilegal o delincuente,
- convertirse en un ausente habitual, o
- convertirse en un dependiente del sistema de la corte de menores.
Un ejemplo es un adulto que proporciona a un menor una sustancia controlada.
Tenga en cuenta que si proporciona a un menor, que está violando PC 303a, una bebida alcohólica, entonces podría ser acusado bajo PC 272.
4.2. Menor en posesión – BPC 25662
Por Código de Negocios y Profesiones 25662, menor en posesión es el delito en el que los menores poseen alcohol en un lugar público (incluyendo un parque o edificio público).
“Poseer” significa tener alcohol en su propiedad personal o dentro de su control inmediato. Un menor no puede ser acusado de esta ley si posee alcohol en una propiedad privada.
Tenga en cuenta que si un menor solicita exitosamente alcohol, en violación de PC 303a, un fiscal puede acusarlos de ambos:
- menor en posesión, y
- merodear para solicitar la compra de alcohol.
4.3. Suministrar o vender alcohol a un menor – BPC 25658
De acuerdo con el Código de Negocios y Profesiones 25658, suministrar o vender alcohol a un menor es el delito donde usted vende o suministra alcohol a un menor (alguien menor de la edad legal de consumo de alcohol de 21 años del estado).
Al igual que con una violación de PC 303a, una violación de esta estatuta es un delito menor. Las penas pueden incluir tiempo en la cárcel y/o servicio comunitario.
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Referencias legales:
- Código Penal de California 303 Subsección a PC.
- Vea, por ejemplo, Greenblatt v. Munro (1958) 161 Cal.App.2d 596. Vea también el Diccionario de Derecho de Black, Sexta Edición – “Merodear”.
- Código Penal de California 303a PC.
- Código Penal de California 19 PC.