Peatones atropellados por un coche en California pueden demandar al conductor por negligencia para cubrir sus gastos médicos, salarios perdidos, y dolor y sufrimiento. Si el peatón muere, su familia puede demandar al conductor por muerte por negligencia para recuperar los gastos funerarios y la pérdida de apoyo.
Los conductores suelen ser los culpables en los accidentes de atropello de peatones, pero los peatones no siempre tienen el derecho de paso. Por ejemplo, si un coche te atropella mientras cruzas la calle de manera imprudente, aún puedes demandar al conductor por no esquivarte a tiempo – pero el tribunal reducirá tus daños monetarios en proporción a tu grado de culpa.
Definición de peatón
En California, el término peatón incluye no solo a los caminantes, sino también a:
- patinadores,
- skaters,
- hoverboarders,
- personas en silla de ruedas, y
- ciclistas en triciclo o cuatriciclo.
Los ciclistas no son considerados peatones.1
Estadísticas de accidentes de peatones en California
California tiene la mayor cantidad de muertes de peatones de cualquier estado. En 2022, 1,100 peatones murieron en accidentes de tráfico en California. La tasa de mortalidad de peatones fue de 2.82 por cada 100,000 personas.
En 2021, hubo 1,108 muertes de peatones en California, un aumento del 9.3% respecto al año anterior. En 2018, más de 14,000 peatones resultaron heridos por vehículos. El número de muertes de peatones entre 2009 y 2018 fue de casi 7,500.
Los condados con la mayor cantidad de muertes y lesiones graves de peatones son:
- Los Ángeles,
- San Diego,
- Orange,
- Riverside,
- Sacramento,
- San Bernardino,
- Alameda, y
- San Francisco.
Los peatones que no mueren en un accidente automovilístico a menudo sufren lesiones muy graves porque – a diferencia de los conductores – están completamente desprotegidos del impacto. Las lesiones típicas incluyen:
- lesiones cerebrales traumáticas
- lesiones de la médula espinal
- fracturas
- cortes y contusiones
- daño a los órganos
- parálisis
- conmociones cerebrales
- amputaciones
Aproximadamente el 45% de los accidentes de peatones que resultan en muerte o lesiones graves ocurren entre las 6pm y la medianoche. Por lo tanto, se recomienda a los peatones que usen ropa de colores claros o reflectante si caminan de noche.2
¿Los peatones siempre tienen el derecho de paso en California?
No.
Los peatones en California tienen el derecho de paso en los cruces de peatones marcados y no marcados en las intersecciones. Por lo tanto, los peatones no tienen el derecho de paso fuera de los cruces de peatones marcados o no marcados (a menos que un semáforo o un oficial lo indiquen de otra manera).3
Dicho esto, los vehículos que se acercan a peatones que cruzan ilegalmente deben “ejercer la debida precaución” haciendo todo lo posible, como ceder el derecho de paso, para evitar golpearlos.4 La ley de “velocidad básica” de California requiere que los conductores reduzcan la velocidad si las circunstancias lo requieren, a pesar de cuál sea el límite de velocidad publicado.5
Tenga en cuenta que los peatones con discapacidad visual señalan con su bastón si desean entrar en un cruce de peatones. Si el bastón se retira, significa que se quedan en su lugar y el conductor puede continuar.6
Aprende más sobre las leyes de cruce de peatones de California.
Demanda al conductor por atropello de peatones
Si eres atropellado en California por un automóvil (o por una motocicleta, bicicleta o patinete eléctrico), puedes demandar al conductor por negligencia. La mayoría de las demandas se resuelven, pero si tu caso llega a juicio, tendrías que demostrar que:
- El conductor te debía un deber de cuidado (al conducir de manera segura);
- El conductor incumplió ese deber de cuidado (al violar una ley de tráfico); y
- La negligencia del conductor fue un factor sustancial en causar tu lesión.7
Diez violaciones comunes del “deber de cuidado” que llevan a los conductores a chocar con peatones incluyen:
- Exceso de velocidad
- Conducir fatigado
- No ceder el paso
- Ignorar una señal de alto o semáforo en rojo
- Enviar mensajes de texto mientras se conduce (una violación del Código de Vehículos 23123.5)
- Otras formas de distracciones al conducir, como comer, mirarse en el espejo o cambiar la radio
- Conducir bajo la influencia de drogas o alcohol (DUI)
- No dar suficiente espacio para que los peatones entren o salgan de un automóvil estacionado
- No moverse para dar paso a los peatones en el carril de emergencia
- Conducir de manera imprudente o agresiva, como giros o cambios de carril rápidos
Para demostrar que el conductor fue culpable del accidente, nuestros abogados de lesiones personales se basan en pruebas como:
- Videos de vigilancia
- Testimonios de testigos presenciales
- Datos de GPS
- Datos del teléfono
- Testimonio de expertos en reconstrucción de accidentes
- Testimonio de expertos médicos
¿Qué pasa si yo también tuve la culpa?
California es un estado de “culpa comparativa pura“, lo que significa que aún puedes recuperar daños en una demanda por lesiones personales si tuviste parte de la culpa. Sin embargo, la cantidad de daños que puedes recuperar se reduce en función de tu porcentaje de culpa.8
Ejemplo: Estás intoxicado y cruzando la calle cuando un conductor te atropella, causando $100,000 en daños. El tribunal determina que tuviste el 50% de la culpa por cruzar la calle en un lugar indebido y estar intoxicado, y el conductor tuvo el 50% de la culpa por enviar mensajes de texto mientras conducía. Por lo tanto, el tribunal te otorgaría $50,000 (el 50% de tus daños totales).
Aprende más en nuestro artículo, Fui atropellado por un automóvil en el cruce de peatones – ¿quién es responsable?
Cuando las víctimas son niños escolares
Algunos de los accidentes de peatones más devastadores involucran a conductores que atropellan a niños escolares. Esto suele suceder cuando los conductores no cumplen con:
- disminuir la velocidad a 25 mph dentro de 500 pies de una escuela mientras los niños están afuera, o
- seguir las indicaciones del guardia de cruce escolar, o
- detenerse cuando un autobús escolar enciende sus luces amarillas o rojas, sin importar de qué dirección vengan.9
Incluso si nadie resulta herido, los conductores que no se detienen cuando un autobús escolar está encendiendo luces rojas corren el riesgo de recibir una multa por una infracción de tráfico. Esto conlleva una multa y un punto en su licencia de conducir.10
Tenga en cuenta que si los niños de la escuela son atropellados por un automóvil, sus padres pueden presentar una demanda por negligencia no solo contra el conductor, sino también contra la escuela por no mantenerlos seguros.
Otros accidentes peatonales
No todos los accidentes peatonales involucran vehículos. Por ejemplo, muchos peatones resultan heridos por tropezar y caer sobre pavimento desigual, una superficie resbaladiza o helada, escombros o una alcantarilla.
Si esto le sucede a usted, es posible que pueda presentar una demanda por responsabilidad de locales contra el propietario u operador de la propiedad. Para tener éxito en una demanda, tendría que demostrar:
- El demandado estaba a cargo de la propiedad donde tropezó,
- El demandado fue negligente al no mantener la propiedad libre de peligros razonablemente previsibles, y
- Usted resultó herido debido a la negligencia del demandado.11
Tenga en cuenta que si su accidente ocurrió en una propiedad pública (como una calle de la ciudad, un estacionamiento o una acera), el demandado sería la entidad gubernamental encargada de mantener la propiedad. El estatuto de limitaciones para demandar al gobierno suele ser muy corto, así que asegúrese de consultar a un abogado de inmediato.
Otras causas de atropellos peatonales que no están relacionadas con vehículos incluyen:
- Corredores o trotadores en la acera
- Otros peatones distraídos por sus teléfonos o escuchando música
- Perros sueltos o sin control
- Grupos de personas que no se mueven en la acera
- Autobuses de la ciudad o camiones con espejos laterales grandes que se extienden sobre la acera
- Pasajeros que abren las puertas de los autos estacionados
- Peleas en la calle
- Ferias o festivales callejeros concurridos
En todos estos casos, puede demandar a las partes responsables por motivos de negligencia.
¿Qué dinero puedo obtener?
Después de un accidente peatonal con un automóvil, puede demandar al conductor por daños compensatorios por todas las pérdidas que haya sufrido. Esto incluye “daños económicos” como:
- Gastos médicos y hospitalarios,
- Terapia y asesoramiento,
- Terapia ocupacional y física,
- Pérdida de ingresos y salarios,
- Daños a la propiedad, y
- Otros gastos de bolsillo.
También puede buscar “daños no económicos”, que son daños difíciles de calcular. Estos incluyen:
- Pérdida de capacidad de ingresos,
- Pérdida de extremidades,
- Cicatrices o desfiguración, y
- Dolor y sufrimiento.
Si su cónyuge o pareja registrada resultó herido en un atropello peatonal, es posible que pueda demandar por pérdida de consorcio (pérdida de compañía).
En casos en los que el comportamiento del conductor fue intencional o extremadamente imprudente, también puede recuperar daños punitivos. Mientras que los daños compensatorios tienen como objetivo reembolsarlo por sus pérdidas, el único propósito de los daños punitivos es castigar al acusado y disuadir a otros de actuar como él.
¿Puedo hacerlo a través del seguro?
Sí. De hecho, la mayoría de los casos de accidentes peatonales se resuelven con un acuerdo de seguro y sin presentar una demanda.
El conductor que te golpeó debe presentar una reclamación a su compañía de seguros. La ley de California requiere que cada conductor tenga un seguro de responsabilidad civil de al menos:
- $15,000 por lesiones/muerte a una persona,
- $30,000 por lesiones/muerte a más de una persona, y
- $5,000 por daños a la propiedad.12
Si tus daños superan lo que cubre el seguro del conductor, puedes demandar por la diferencia.
Si un agente de seguros se comunica contigo, haz que tu abogado de lesiones personales llame de vuelta. El agente solo intentará hacerte admitir la culpa y aceptar una oferta baja. Tu abogado se asegurará de que no seas aprovechado y luchará por la mayor indemnización posible por atropello de peatones.
¿Qué pasa con las demandas por muerte injusta?
Si un miembro de tu familia murió en un atropello de peatones, es posible que puedas presentar una demanda por muerte injusta para recuperar:
- Gastos de entierro y funeral;
- Ganancias financieras que la víctima fallecida habría obtenido si hubiera sobrevivido; y
- Compensación por la pérdida de compañía y apoyo para los miembros sobrevivientes de la familia.
En California, los miembros sobrevivientes de la familia que pueden presentar una demanda por muerte injusta incluyen:
- Un cónyuge;
- Una pareja doméstica;
- Hijos;
- Nietos (si los hijos de la víctima fallecida están muertos); o
- Cualquier otra persona que tendría derecho a la propiedad del difunto según las leyes de sucesión intestada de California.13
Ten en cuenta que una causa de acción de “supervivencia” es diferente de una demanda por muerte injusta. Se presenta en nombre del patrimonio de la víctima y busca daños por las pérdidas que sufrió la víctima fallecida debido al acto ilícito.14
Cinco pasos a seguir si resultas herido en un accidente de peatones
- Busca atención médica, incluso si te sientes bien. A veces, las lesiones como daños en los tejidos blandos tardan en manifestarse. También asegúrate de guardar tus registros médicos y facturas.
- Toma fotos y videos de la escena y de tus lesiones, y anota la información de contacto de cualquier testigo presencial. También escribe todo lo que recuerdes en detalle, incluido el clima, las condiciones de la carretera y lo que llevas puesto. Además, obtén la siguiente información del conductor(es) que te golpeó: Nombre, información de contacto, número de licencia de conducir, información de seguro y número de matrícula.
- Contacta a la policía, quienes redactarán un informe policial que servirá como evidencia valiosa en una demanda.
- NO admitas la culpa ni digas que no estás herido. Puedes estar equivocado y estas admisiones podrían dificultar que obtengas una indemnización.
- Contacta a un abogado de lesiones personales lo antes posible. Una vez que tengas un abogado, él o ella se encargarán directamente de la compañía de seguros del conductor.
Recursos adicionales
Para obtener más información, nuestros abogados de accidentes de peatones en Los Ángeles sugieren que consulte lo siguiente:
- Las muertes de peatones en EE. UU. alcanzan un máximo de 40 años – Artículo de noticias de National Public Radio (NPR).
- Seguridad de los peatones – Estadísticas de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC).
- Seguridad de los peatones – Estadísticas y consejos de la Administración Nacional de Seguridad del Tráfico en Carreteras (NHTSA).
- Datos de seguridad vial: peatones – Análisis de datos de 2021 por la NHTSA.
- Muertes de tráfico de peatones por estado: datos preliminares de 2022 – Estadísticas de la Asociación de Gobernadores de Seguridad en Carreteras.
Referencias legales:
- Código de Vehículos de California 467 VC.
- Seguridad de peatones, Oficina de Seguridad del Tráfico de California. Seguridad de peatones y bicicletas, Oficina de Seguridad del Tráfico de California. Marc Sternfield, California tuvo un aumento del 10% en muertes de peatones en 3 años, KTLA-5 (28 de abril de 2023). Stephanie Sierra y Lindsey Feingold, Las carreteras de CA son las terceras más mortales en EE. UU. para peatones, según datos. Así es como se desempeñan los condados del Área de la Bahía, ABC-7 (25 de enero de 2024). SafeTREC, 2020, Berkeley, Oficina de Seguridad del Tráfico de California. Muertes de tráfico de peatones por estado: datos preliminares de 2022, Asociación de Seguridad en las Carreteras del Gobernador.
- Código de Vehículos de California 21950 VC (“El conductor de un vehículo debe ceder el paso a un peatón que cruza la carretera en cualquier cruce de peatones marcado o en cualquier cruce de peatones no marcado en una intersección”).
- Igual.
- Código de Vehículos de California 22350 VC.
- Manual del conductor de California.
- CACI 400.
- CACI 405. CACI 406.
- Código de Vehículos de California 22352 VC.
- Código de Vehículos de California 22454 VC.
- CACI 1000.
- Requisitos de Seguro, California DMV.
- Código de Procedimiento Civil de California 377.60.
- Código de Procedimiento Civil 377.30.