Un permiso de armas ocultas (o CCW) es la única forma en que los ciudadanos ordinarios pueden llevar armas de fuego legalmente en público en California. A menos que tenga un CCW, es un delito llevar un arma de fuego cargada o descargada en público, independientemente de si el arma está oculta o llevada abiertamente.
La ley estatal permite que se le otorgue a una persona un permiso para llevar armas ocultas si:
- Eres de buen carácter moral;
- Cumples con ciertos requisitos de residencia; y
- Has completado un curso aceptable de entrenamiento en armas de fuego.
De acuerdo con la recientemente promulgada AB 2103, el curso de entrenamiento debe ser:
- Mínimo de 8 horas y
- Incluir ejercicios de tiro con fuego real en los que la persona demuestre la capacidad de manejar y disparar el arma de forma segura.
A continuación, nuestros abogados de defensa penal de California1 abordan lo siguiente sobre cómo obtener un permiso para llevar armas ocultas en California:
- 1. ¿Cómo funciona un CCW en California?
- 2. ¿Cómo puedo obtener un CCW?
- 3. ¿Cuál es el proceso de solicitud?
- 4. ¿Cuáles son las restricciones?
- 5. ¿Son inconstitucionales las leyes de permisos de CCW de California?
1. ¿Cómo funciona un CCW en California?
Un permiso de armas de fuego ocultas de California le permite llevar legalmente “una pistola, revólver u otra arma de fuego capaz de ser ocultada en la persona”.2
Una licencia válida para llevar un arma de fuego oculta te evita ser condenado por:
- Código Penal 25400 PC, la ley de California contra el porte de un arma de fuego oculta,3
- Código Penal 25850 PC, la ley de California contra el porte de un arma cargada en público,4 y
- Código Penal 26350 PC, la ley de California contra el porte abierto de un arma descargada en público.5
Las licencias para portar un arma de fuego en público pueden ser expedidas por:
- El sheriff de un condado, de acuerdo con Código Penal 26150, o
- El jefe u otra cabeza del departamento de policía municipal, de acuerdo con Código Penal 26155.
A partir del 1 de enero de 2012, California no tiene ley de porte abierto. Ahora es ilegal en California portar un arma cargada o descargada en público sin un permiso de porte excepto:
- De otra manera tienes derecho legal a poseer o poseer un arma de fuego,6 y cualquiera
- tu pistola, revólver u otra arma de fuego está en la cajuela del carro o un contenedor cerrado dentro del carro (excluyendo el guantera); o
- estás llevando la pistola directamente al o desde el carro en un contenedor cerrado.7
2. ¿Cómo puedo obtener un CCW?
2.1. Requisitos bajo el Código Penal 26150 y 26155 PC
Cuando solicites tu permiso de California para portar un arma de fuego oculta, debes demostrar que:
- eres de buen carácter moral,
- eres residente del condado o de una ciudad dentro del condado o pasas una cantidad sustancial de tiempo en tu lugar de negocio o empleo que está ubicado en el condado o en una ciudad dentro del condado, y
- has completado una clase de entrenamiento de armas aprobada.8
Tenga en cuenta que si vive en un condado con menos de 200.000 personas, solo se le puede emitir un permiso de armas ocultas “modificado“. Aún considerado un permiso CCW, esta licencia solo te permite:
- llevar una pistola, revólver u otra arma de fuego cargada y expuesta en tu persona,
- en el condado en el que se emitió el permiso.9
Este permiso modificado solo se aplica a personas en condados con menos de 200.000 personas. Si calificas para un permiso CCW regular, estas restricciones no aplican.
2.2. El alcance de la discreción del sheriff / jefe de policía
Estas agencias de aplicación de la ley reservan casi la autoridad exclusiva para emitir o negar licencias de porte de armas de California. Los tribunales no revocarán su decisión de negarle a alguien un permiso a menos que la decisión sea “arbitraria, caprichosa o carezca completamente de apoyo evidente”.10
2.3. Personas restringidas para obtener un permiso de porte de armas
Ciertas clases de personas están prohibidas de poseer, poseer, comprar o recibir armas de fuego en California. Esto significa que también están prohibidos de obtener permisos de porte de armas.
Tal gente incluye (pero no se limita a):
- personas que han sido condenadas por un delito grave o ciertos tipos de delitos menores bajo el Código Penal 29800 PC, la ley de “delincuente con un arma de fuego” de California,
- personas adictas a las drogas,
- personas que pierden sus derechos de portar armas debido a una condena por violencia doméstica, y
- personas que han sido diagnosticadas como mentalmente enfermas.11
3. ¿Cuál es el proceso de solicitud?
Normalmente hay tres fases involucradas en el proceso de solicitud para obtener un permiso de California para portar un arma de fuego:
- La solicitud en papel. Todas las agencias emisoras, es decir, el sheriff del condado local o el jefe o jefa del departamento de policía local, requieren que presentes una solicitud uniforme para portar un arma de fuego en California. Las tarifas para la solicitud inicial o la solicitud de renovación pueden variar según la agencia emisora, pero promedian entre $100 y $200.
- El proceso de entrevista*. Esta es cuando la agencia emisora discutirá:
- tu necesidad de la licencia,
- tu historial criminal, y
- las consecuencias de portar un arma de fuego públicamente.
- La evaluación psicológica. Esta tercera fase no se aplica a todos los condados / ciudades. Si se lleva a cabo en tu área, se te requerirá que te sometas a una prueba psicológica. Tu tarifa por esta evaluación no excederá los $150.
*La segunda fase también es cuando tomarán tus huellas dactilares. Algunas agencias pueden requerir una segunda entrevista.
4. ¿Cuáles son las restricciones?
4.1. Actos legalmente prohibidos
Si obtienes exitosamente un permiso de porte oculto de California, solo se aplica a “pistolas, revólveres y otras armas de fuego que sean capaces de ser ocultadas en tu persona”. Esto significa que una licencia para portar un arma de fuego oculta no exime los actos prohibidos bajo:
- el Código Penal 30600 PC, la prohibición de California contra el porte de armas de asalto,12 o
- el Código Penal 16590 PC, la ley de California contra el porte de armas generalmente prohibidas.13
Tampoco normalmente te protege bajo el Código Penal 417 PC, la ley de California contra el desenfundamiento de un arma.14 El Código Penal 417 hace que sea un delito retirar, exhibir o usar un arma de manera amenazante o enojada.
Sin embargo, si puedes demostrar que solo desenfundaste un arma en autodefensa, las leyes de autodefensa de California pueden excusar tu conducta.15
Como explica el abogado de defensa penal de Los Ángeles, Neil Shouse:16
“La razón por la que obtiene un permiso de CCW en primer lugar es para protegerse. Por lo tanto, es lógico pensar que si usa su arma, es porque lo hizo en defensa propia. Dependiendo de las circunstancias, las leyes de defensa propia de California pueden excusar su conducta criminal de otro modo”.
El 4 de junio de 2021, un juez federal anuló la prohibición de California sobre armas de asalto con el argumento de que viola el derecho constitucional a portar armas bajo el Segundo Enmienda. Aunque las armas de asalto siguen siendo ilegales en California mientras el estado apela la decisión.
4.2. Restricciones y condiciones específicas para individuos
El permiso de CCW de cada persona es específico para esa persona. Algunas de las restricciones / condiciones que pueden escribirse en su licencia incluyen (pero no se limitan a):
- autorizarlo para llevar solo armas de fuego específicamente designadas que usted posee, o
- autorizarlo para llevar un arma de fuego solo durante ciertos horarios o en ciertos lugares.17
Cualesquiera que sean sus restricciones, debe cumplirlas para mantener su licencia. Si las circunstancias cambian, puede solicitar una enmienda a su permiso a la agencia emisora.18 Si no cumple con las condiciones, su permiso puede ser revocado.
4.3. Viajar
Algunos estados tienen reciprocidad con otros, lo que significa que reconocerán un permiso de CCW de otro estado. California no es uno de ellos.
Ciertos estados pueden reconocer su licencia de porte de armas de fuego de California. Otros incluso no requerirán que tenga un permiso para portar un arma de fuego oculta.
Debido a que estas leyes varían de estado a estado, es una buena idea verificar las leyes locales antes de intentar cruzar fronteras con un arma de fuego.
Además, la Administración de Seguridad de Transporte y las aerolíneas tienen reglas estrictas relacionadas con los viajes con armas de fuego y municiones. Se recomienda que los viajeros aéreos consulten los sitios web de la TSA y de la aerolínea aplicable para obtener más detalles.
Referencias legales:
- Nuestros abogados de defensa criminal de California tienen oficinas legales locales en Los Ángeles en Beverly Hills, Burbank, Glendale, Lancaster, Long Beach, Los Ángeles, Pasadena, Pomona, Torrance, Van Nuys, West Covina y Whittier. Tenemos oficinas legales adicionales convenientemente ubicadas en todo el estado en el Condado de Orange, San Diego, Riverside, San Bernardino, Ventura, San José, Oakland, la región de la Bahía de San Francisco y varias ciudades cercanas.
- Código Penal de California 26150 PC – Permisos de armas ocultas. (a) Cuando una persona solicita una licencia para llevar una pistola, revólver u otra arma de fuego capaz de ser ocultada sobre la persona, el sheriff de un condado puede emitir una licencia a esa persona con prueba de lo siguiente:
(1) El solicitante tiene buen carácter moral.
(2) Existe buena causa para la emisión de la licencia.
(3) El solicitante es residente del condado o de una ciudad dentro del condado, o el lugar principal de trabajo o negocios del solicitante en el condado o una ciudad dentro del condado y el solicitante pasa un período considerable de tiempo en ese lugar de trabajo o negocio.
(4) El solicitante ha completado un curso de entrenamiento según lo descrito en la Sección 26165.
(b) El sheriff puede emitir una licencia según el apartado (a) en cualquiera de los siguientes formatos:
(1) Una licencia para llevar oculta una pistola, revólver u otra arma de fuego capaz de ser ocultada sobre la persona.
(2) Cuando la población del condado es menor de 200.000 personas según el último censo decenal federal, una licencia para llevar cargada y expuesta solo en ese condado una pistola, revólver u otra arma de fuego capaz de ser ocultada sobre la persona. Código Penal de California 26155 PC – Permisos de armas ocultas. (a) Cuando una persona solicita una licencia para llevar una pistola, revólver u otra arma de fuego capaz de ser ocultada sobre la persona, el jefe o cualquier otra cabeza del departamento de policía municipal de cualquier ciudad o ciudad y condado puede emitir una licencia a esa persona con prueba de lo siguiente:
(1) El solicitante tiene buen carácter moral.
(2) Existe buena causa para la emisión de la licencia.
(3) El solicitante es residente de esa ciudad.
(4) El solicitante ha completado un curso de entrenamiento según lo descrito en la Sección 26165.
(b) El jefe o cualquier otra cabeza del departamento de policía municipal puede emitir una licencia según el apartado (a) en cualquiera de los siguientes formatos:
(1) Una licencia para llevar oculta una pistola, revólver u otra arma de fuego capaz de ser ocultada sobre la persona.
(2) Cuando la población del condado en el que se encuentra la ciudad es menor de 200.000 personas según el último censo decenal federal, una licencia para llevar cargada y expuesta solo en ese condado una pistola, revólver u otra arma de fuego capaz de ser ocultada sobre la persona.
Esta ley reemplazó al Código Penal de California 12050. Técnicamente, el Código Penal 26150 (y 26155) no otorgan realmente una licencia para llevar armas ocultas. Abarcan permisos para llevar armas de fuego “capaces de ser ocultadas sobre la persona”. En otras palabras, se trata de permisos para llevar pistolas en público, ya sea abiertamente o ocultas. Sin embargo, esta ley aún se suele referir como el derecho a llevar una “arma oculta” o “arma oculta”. - Código Penal de California 25400 PC.
- Código Penal de California 26010 PC – Llevar un arma de fuego cargada en público. La Sección 25850 no se aplica al transporte de ninguna pistola por parte de cualquier persona autorizada de conformidad con el Capítulo 4 (que comienza con la Sección 26150) de la División 5.
- Código Penal de California 26350 PC.
- Código Penal 16750 (a) – Como se usa en la Sección 25400, “posesión legal de la pistola” significa que la persona que tiene posesión o custodia de la pistola legalmente posee la pistola o tiene el permiso del propietario legal o de una persona que de otra manera tiene autoridad aparente para poseer o tener custodia de la pistola. Una persona que toma un arma sin el permiso del propietario legal o sin el permiso de una persona que tiene custodia legal del arma no tiene posesión legal del arma.
- Código Penal de California 25610 PC.
- Vea el mismo. Tenga en cuenta que el 26 de septiembre de 2018, el gobernador de California Jerry Brown firmó la ley AB 2103. Esta ley requiere que el curso de capacitación sea de al menos 8 horas y requiere que “el curso de capacitación incluya instrucción sobre el manejo y la técnica de disparo de armas de fuego y también incluya una demostración por parte del solicitante de la destreza de disparo y el manejo seguro de cada arma de fuego que el solicitante estará autorizado a llevar y para incluir ejercicios de fuego realizados en un campo de tiro. La ley [requiere] que una autoridad de licenciamiento establezca y ponga a disposición del público los estándares que utiliza al otorgar licencias con respecto a los ejercicios de tiro de fuego real que requiere, según lo especificado. Al imponer requisitos adicionales a las autoridades locales de licenciamiento, esta ley [crea] un programa local obligatorio a nivel estatal”.
- Vea el Código Penal 26150 y 26155 PC – Permisos de armas ocultas, nota al pie 2, arriba.
- Gifford v. Ciudad de Los Ángeles, nota al pie 10 arriba, en 805. (“En los procedimientos ordinarios de mandamiento como este, los tribunales pueden ejercer una revisión muy limitada de la acción de una agencia pública y solo pueden determinar si la acción de la agencia fue arbitraria, caprichosa o carente por completo de apoyo evidente.”)
- Vea los Anexos 1-3 en la solicitud de permiso de porte oculto de California.
- Código Penal de California 30600 PC
- Código Penal de California 16590 PC Código Penal de California 417 PC (a) (2)
- Código Penal 417.
- Vea el mismo.
- El socio fundador de Shouse Law Group, Neil Shouse, obtuvo su J.D. de la Escuela de Derecho de Harvard.
- Código Penal de California 26200 PC
- Código Penal de California 26200 (f) (1)
- Gifford v. Ciudad de Los Ángeles 88 Cal.App.4th 801. Peruta v. Cty. de San Diego (9th Cir. Feb. 13, 2014) No. 10-56971, slip op. en 6-7. New York State Rifle & Pistol Association vs. Bruen (2022) No. 20–843. John Healey, La Corte Suprema anula la ley de armas ocultas de Nueva York. Esto es lo que significa para California, LA Times (23 de junio de 2022). Ben Christopher, Los cambios de California en los permisos de porte oculto reducirían las grandes variaciones entre los condados, Cal Matters (29 de junio de 2022). Véase también California Senate Bill-918 (que no pasó). Ben Christopher, Misfire: Detrás del fracaso de la gran factura de porte oculto de California, Cal Matters (2 de septiembre de 2022). Véase también Hannah Wiley, Los demócratas de California intentan de nuevo reescribir la ley de armas de porte oculto, Los Angeles Times (1 de febrero de 2023). New York State Rifle & Pistol Assn. v. Bruen (2022) .
- Peruta v. California, ScotusBlog.