Código Penal § 1320 (a) PC es la ley de California que lo hace un delito intencionalmente no presentarse en la corte cuando se requiere hacerlo. Si la acusación subyacente es un delito menor, entonces no presentarse es un delito menor. Aunque no presentarse en un cargo de delito grave es un delito grave.
Si bien esta ley se aplica cuando se es liberado “bajo su propia responsabilidad”, el artículo 1320.5 PC es una sección de código similar que se aplica a su falta de comparecencia cuando:
1. se le ha acusado o condenado por un delito grave, y
2. se ha liberado bajo fianza.
“El artículo 1320 a PC establece que “toda persona acusada o condenada por la comisión de un delito menor que sea liberada bajo su propia responsabilidad y que, con el fin de eludir el proceso de la corte, intencionalmente no comparezca como se requiere, es culpable de un delito menor.
Toda persona acusada o condenada por la comisión de un delito grave que sea liberada bajo su propia responsabilidad y que, con el fin de eludir el proceso de la corte, intencionalmente no comparezca como se requiere, es culpable de un delito grave…”
Ejemplos
John se declara culpable de un cargo de vandalismo Penal Code 594, pero no regresa a la corte para su audiencia de sentencia.
Isabel es acusada de “hurto” bajo el Código Penal 459.5, pero en lugar de comparecer a su juicio, ella abandona el estado.
Willis no comparece a su audiencia de arraigo después de ser acusado de agresión con un arma mortal bajo el Código Penal 245a1.
Defensas
Afortunadamente, hay varias defensas legales que puede alegar si se le acusa de un delito bajo estas secciones. Estos incluyen demostrar que usted:
no actuó intencionalmente,
no intentó evadir el proceso judicial, y
fue falsamente acusado.
Penas
Las penas dependen del tipo de delito por el que originalmente se le acusó o condenó.
Si se le acusa o condena por un delito menor, entonces no presentarse también es un delito menor, sancionado con hasta seis meses de prisión en la cárcel del condado.
Si se le acusa o se le condena de un delito grave, entonces la falta de comparecencia también es un delito grave, castigado con:
- una sentencia de prisión de hasta un año, o
- una sentencia de prisión estatal de hasta tres años.
Tenga en cuenta que si se le condena por un delito bajo el Código Penal 1320, esta condena, por sí sola, no tendrá:
- consecuencias negativas para la inmigración (si corresponde), o
- consecuencias negativas para sus derechos de armas.
También tenga en cuenta que si se le condena por este delito, puede solicitar que se elimine una vez que haya completado con éxito:
- la libertad condicional (si se impone), o
- cualquier tiempo de prisión (si se impone).
Nuestros abogados de defensa penal de California destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Qué está prohibido bajo el Código Penal de California 1320 PC?
- 2. ¿Hay defensas legales para la falta de comparecencia?
- 3. ¿Cuáles son las penas?
- 4. ¿Hay consecuencias migratorias si no comparezco?
- 5. ¿Puedo obtener una eliminación?
- 6. ¿Afecta una condena por falta de comparecencia mis derechos de armas?
- 7. ¿Existen leyes relacionadas con la falta de comparecencia?
El Código Penal 1320 PC es la ley de California que hace que sea un delito el no comparecer voluntariamente ante el tribunal cuando se requiere.
1. ¿Qué está prohibido bajo el Código Penal de California 1320 PC?
Código Penal 1320 PC es la ley de California que hace que sea un delito el no comparecer voluntariamente ante el tribunal cuando se requiere.1
Un fiscal debe probar cuatro cosas para lograr una condena exitosa bajo esta ley. Estos son que usted:
- fue acusado o condenado por un delito de California (ya sea un delito menor o un delito grave),
- fue liberado de la custodia bajo su propia responsabilidad,
- voluntariamente no compareció ante el tribunal como se requería, y
- lo hizo con la intención de eludir el proceso del tribunal.2
“Voluntariamente” significa con el propósito o intención de cometer el acto criminal, en este caso, no presentarse a una cita judicial. No es necesario que haya tenido la intención de infringir la ley.3
1.1. Liberado bajo su propia responsabilidad vs. liberado bajo fianza
PC 1320 se aplica cuando ha sido liberado de la custodia bajo su propia responsabilidad (también conocido como una “liberación O.R.“).
Una liberación O.R. es cuando un juez le permite salir de la custodia sin pagar fianza.
Si se le libera bajo su propia responsabilidad, se le requiere firmar un acuerdo por escrito con el tribunal, en el que acuerde:
- aparecer en el tribunal cuando se le ordene hacerlo,
- obedecer todas las condiciones razonables impuestas por el tribunal,
- no salir del estado sin el permiso del tribunal,
- renunciar a la extradición si no aparece y es detenido fuera de California, y
- reconocer que se le ha informado de las consecuencias de violar los términos de la liberación.4
Tenga en cuenta que un juez tiene la opción de rechazar una liberación O.R. y:
- fijar una fianza, y
- mantenerlo en custodia hasta que pague la fianza.
En esta situación, si paga la fianza, entonces se dice que ha sido liberado de la custodia con fianza. Permanecerá en custodia si no puede pagar la fianza.
1.2. Código Penal 1320.5
Código Penal 1320.5 PC es la ley de California que hace que sea un delito no presentarse en el tribunal, en casos de delitos, después de haber sido liberado de la custodia con fianza.
Esta ley dice:
“Toda persona acusada o condenada por la comisión de un delito, que es liberada de la custodia con fianza, y que para eludir el proceso del tribunal, de forma voluntaria, no comparece como se requiere, es culpable de un delito grave”.
PC 1320.5 difiere de PC 1320 en que solo se aplica a usted si ha sido:
- acusado o condenado por un delito, y
- liberado con fianza.
Una violación de esta ley se acusa como una felonía. El delito es castigable con:
- prisión en la cárcel del condado por hasta tres años,
- una multa máxima de $10,000, O
- una sentencia de prisión estatal de hasta tres años.
2. ¿Hay defensas legales para la falta de comparecencia?
Si se le acusa de un delito bajo esta ley, entonces puede desafiar la acusación planteando una defensa legal. Una buena defensa a menudo puede reducir o incluso desestimar un cargo.
Tres defensas comunes contra las acusaciones de PC 1320 son:
- ningún acto intencional
- ningún intento de evitar el proceso judicial, y/o
- acusado falsamente
2.1. Ningún acto intencional
Recuerde que sólo es culpable bajo esta sección del código si intencionalmente no comparece en la corte. Esto significa que siempre es una defensa legal demostrar que no actuó intencionalmente. Por ejemplo, tal vez no compareció en la corte porque olvidó una fecha de corte.
2.2. Ningún intento de evitar el proceso judicial
También recuerde que sólo es culpable de violar el PC 1320 si no se presenta en la corte para evitar el proceso judicial. Por lo tanto, es una defensa sólida demostrar que no intentó evitar la corte al no presentarse. Por ejemplo, tal vez no compareció porque tuvo que abordar una emergencia.
2.3. Acusado falsamente
Desafortunadamente, no es nada común ser procesado con base en acusaciones falsas. La gente hace acusaciones falsas por
- celos,
- venganza, y
- ira.
Por lo tanto, es una defensa válida decir que una parte te acusó falsamente de violar el Código Penal 1320.
Una violación de este delito puede resultar en una multa y/o tiempo en la cárcel
3. ¿Cuáles son las penas?
Las penas por no comparecer en California dependen del tipo de delito por el que se le acusó o se le condenó inicialmente.
Si se le acusa o se le condena por un delito menor, entonces la falta de comparecencia es un delito menor.5 Las penas incluyen:
- prisión en la cárcel del condado por hasta seis meses, y/o
- una multa de hasta $1,000.6
Si se le acusa o se le condena por un delito grave, entonces la falta de comparecencia se acusa como un delito grave.7 El delito es castigable con:
- prisión en la cárcel del condado por hasta un año,
- una multa de hasta $5,000, O
- una sentencia de prisión estatal de 16 meses, dos años o tres años.8
4. ¿Hay consecuencias migratorias si no comparezco?
Una condena bajo el PC 1320, por sí sola, generalmente no tendrá consecuencias migratorias negativas.
Tenga en cuenta que, de acuerdo con la ley de inmigración de los Estados Unidos, ciertos tipos de condenas criminales en California pueden llevar a que un no ciudadano sea deportado. Algunas condenas también pueden hacer que un inmigrante sea “inadmisible“.
Las principales categorías de delitos “deportables” o “inadmisibles” son:
- delitos de turpitud moral,
- delitos graves,
- delitos de sustancias controladas (drogas),
- delitos de armas de fuego, y
- delitos de violencia doméstica.9
Una violación del PC 1320 no entra en una de estas categorías. Sin embargo, tenga en cuenta que si su acusación subyacente (la que no compareció) sí lo hace, puede enfrentar consecuencias migratorias negativas.
5. ¿Puedo obtener una cancelación de registro?
Si se le condena bajo el PC 1320, puede intentar obtener la cancelación de la ofensa.
Bajo el Código Penal 1203.4, una cancelación de registro lo libera de prácticamente “todas las penas y discapacidades” derivadas de la condena.10
Un beneficio particular es que una condena cancelada no necesita ser revelada a los posibles empleadores.
Como regla básica, PC 1203.4 autoriza una cancelación de un delito menor o delito grave siempre que el solicitante:
- haya completado exitosamente la libertad condicional (ya sea libertad condicional por delito grave o libertad condicional por delito menor), y
- no esté actualmente:
- acusado de un delito penal,
- en libertad condicional por un delito penal, o
- cumpliendo una sentencia por un delito penal.11
Esto significa que una vez que haya completado exitosamente la libertad condicional por violar el PC 1320 (y su delito subyacente), o cumpliendo una condena de prisión por el mismo, puede comenzar a intentar obtener la cancelación del delito.
6. ¿Afecta una condena por incumplimiento de comparecencia mis derechos de armas?
Una condena por sí sola bajo el Código Penal 1320, no tiene efecto en sus derechos de armas.
Tenga en cuenta que algunas condenas por delitos menores o delitos graves resultarán en la pérdida de sus derechos para poseer un arma en California.
También tenga en cuenta que algunos delitos menores conllevan una prohibición de armas de fuego de 10 años.
Aunque una condena por incumplimiento de comparecencia no resultará en la pérdida de la propiedad de su arma o en la prohibición de poseer un arma durante un período de tiempo.
7. ¿Existen leyes relacionadas con el incumplimiento de comparecencia?
7.1. Incumplimiento de comparecencia – VC 40508
Código de Vehículos 40508 VC es el estatuto de California que dice que es un delito si no comparece en la corte para una multa de tránsito.
Un fiscal debe probar tres cosas para lograr una condena exitosa bajo este estatuto. Estos son:
- recibió una citación de tránsito,
- en relación con la citación, firmó una promesa escrita de comparecer en la corte (generalmente la corte de tránsito), y
- luego se negó a comparecer de manera intencional.12
Una violación de VC 40508 se acusa como un delito menor. El delito es castigable con:
- hasta seis meses en la cárcel del condado,
- una multa de hasta $1,000,13 y/o
- suspensión de la licencia de conducir.14
7.2. Multas por incumplimiento de comparecencia – PC 1214.1
Código Penal 1214.1 PC es el estatuto de California que dice que debe pagar una multa de $300 si no comparece en un procedimiento criminal ordenado por la corte.15
Esta actuación puede ser para cualquiera de los siguientes delitos:
- infracciones,
- faltas o
- delitos graves.16
Tenga en cuenta que un fiscal debe probar dos cosas para que se le imponga una multa bajo el CP 1214.1. Estos son:
- se le envió un aviso diciéndole que compareciera en la corte, y
- usted ignoró el aviso “sin buena causa”.17
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Si usted o alguien que conoce ha sido acusado de un delito bajo el Código Penal 1320 PC, lo invitamos a que nos contacte para una consulta gratuita. Podemos ser contactados las 24 horas del día.
Para acusaciones similares en Nevada, consulte nuestro artículo sobre: “Leyes de Nevada sobre “Fallo de comparecencia” (NRS 199.335), explicadas por abogados de defensa penal de Las Vegas.”
Referencias legales:
- Código Penal de California 1320.
- Vea lo mismo.
- Instrucciones de la Junta de California – Criminal (“CALJIC”) 1.20 – Voluntariamente, definido. Ver también People v. Lara (1996), 44 Cal.App.4th 102.
- Códigos Penales de California 1310-1318. Tenga en cuenta que, dado este acuerdo, una violación de PC 1320 se basa parcialmente en la violación de un acuerdo contractual por usted para comparecer en la corte. Ver People v. Jenkins (1983), 146 Cal. App. 3d 22.
- Código Penal 1320 PC.
- Código Penal 19 PC.
- Código Penal de California 1320 PC.
- Vea lo mismo. Ver también Código Penal de California 1170h.
- Vea INA 237 (a) (2) (A).
- Código Penal de California 1203.4 PC.
- Vea lo mismo.
- Instrucciones de la Junta Judicial de California para Jurados Criminales (“CALCRIM”) 2240 – Fallo de comparecencia (Veh. Code, § 40508a).
- Código Penal de California 19 PC.
- VC.
- Código Penal de California 1214.1 PC. Esta sección del código establece: “Además de cualquier otra pena en casos de infracción, delito menor o delito grave, el tribunal puede imponer una evaluación civil de hasta trescientos dólares ($300) contra un acusado que fallece, después de recibir aviso y sin buena causa, a comparecer en la corte para un procedimiento autorizado por la ley…”
- Vea lo mismo.
- Ver lo mismo.