Código de Negocios y Profesiones 7028 hace ilegal en California participar en contratación sin una licencia de contratista actual y válida. Una primera condena es una falta castigable con
- hasta 6 meses de prisión y
- multas de hasta $5000.00.
El texto completo de la sección del código dice lo siguiente:
7028. (a) A menos que esté exento de este capítulo, es una falta para una persona participar en los negocios de, o actuar en la capacidad de, un contratista dentro de este estado bajo cualquiera de las siguientes condiciones:
(1) La persona no está licenciada de acuerdo con este capítulo.
(2) La persona realiza actos cubiertos por este capítulo bajo una licencia que está suspendida por incumplimiento de pagar una multa civil o cumplir con una orden de corrección, de conformidad con la Sección 7090.1, o por incumplimiento de resolver todas las responsabilidades finales pendientes, de conformidad con la Sección 7145.5.
(b) Una primera condena por el delito descrito en esta sección es castigable con una multa que no exceda los cinco mil dólares ($5,000) o con prisión en una cárcel del condado que no exceda los seis meses, o con ambas multas e internamiento.
(c) Si una persona ha sido previamente condenada por el delito descrito en esta sección, a menos que se apliquen las disposiciones de la subdivisión (d), el tribunal impondrá una multa del 20 por ciento del precio del contrato, o el 20 por ciento de los pagos totales hechos a, o a la dirección de, la persona sin licencia, o cinco mil dólares ($5,000), lo que sea mayor, y, a menos que se imponga la sentencia prescrita en la subdivisión (d), la persona deberá ser confinada en una cárcel del condado por no menos de 90 días, excepto en un caso inusual en el que los intereses de la justicia se verían servidos por la imposición de una sentencia menor o una multa. Si el tribunal impone solo una multa o una sentencia de prisión de menos de 90 días por segunda o posteriores condenas bajo esta sección, el tribunal deberá exponer las razones de su elección de sentencia en el registro.
(d) Una tercera o posteriores condenas por el delito descrito en esta sección son castigables con una multa de no menos de cinco mil dólares ($5,000) ni más que la cantidad mayor de diez mil dólares ($10,000) o el 20 por ciento del precio del contrato, o el 20 por ciento de los pagos totales hechos a, o a la dirección de, la persona sin licencia, y con prisión en una cárcel del condado por no más de un año o menos de 90 días. La pena prevista por esta subdivisión es acumulativa a las penas disponibles bajo todas las demás leyes de este estado.
(e) Una persona que viola esta sección está sujeta a las penas prescritas en la subdivisión (d) si la persona fue nombrada en una licencia que fue previamente revocada y, de hecho o bajo la ley, fue responsable de cualquier acto u omisión que resultó en la revocación.
(f) Si la persona sin licencia que participa en los negocios de o que actúa en la capacidad de un contratista ha acordado proporcionar materiales y mano de obra a una tarifa por hora, “el precio del contrato” para los propósitos de esta sección significa la suma agregada del costo de los materiales y la mano de obra proporcionados y el costo de completar el trabajo a realizar.
(g) Sin perjuicio de cualquier otra ley, una acusación por cualquier violación de esta sección por una persona sin licencia deberá ser encontrada, o una información o una queja deberá ser presentada, dentro de los cuatro años a partir de la fecha de la propuesta de contrato, el contrato, la finalización o el abandono del trabajo, lo que ocurra último.
(h) Para cualquier condena bajo esta sección, una persona que utilizó los servicios de la persona no autorizada es una víctima de delito y es elegible, de conformidad con la subdivisión (f) del Artículo 1202.4 del Código Penal, para la restitución de pérdidas económicas, independientemente de si tuvo conocimiento de que la persona no estaba autorizada.
(i) Los cambios realizados a esta sección por la ley que agrega esta subdivisión son declarativos de la ley existente.
Ejemplos
- Carlos entra en un acuerdo, por valor de $4,000, para construir el garaje de su vecino, a pesar de que no tiene licencia de contratista.
- John opera Johnny Builders, LLC y entra en varios contratos para la construcción de nuevas casas, a pesar de que su licencia de contratista está suspendida.
- Sin licencia de contratista, Beth crea Pools-R-Us y entra en un contrato sustancial para reparar la piscina pública de su ciudad.
Defensas
Afortunadamente, hay varias defensas legales que una persona puede alegar si se le acusa de un delito bajo BP 7028. Estos incluyen demostrar que una parte acusada era:
- no un “contratista”,
- trabajando en una “pequeña operación” y/o
- un empleado.
Penas
Una violación del Código de Negocios y Profesiones de California 7028 se acusa como un delito menor, en lugar de una felonía de California o una infracción.
Como delito menor, un delito por primera vez es sancionable con:
- Cárcel en un juzgado de condado hasta seis meses (y más si hay múltiples condenas); y/o,
- Una multa de hasta $5,000 (y más si hay múltiples condenas).
Una persona también podría enfrentar procedimientos disciplinarios del Consejo de Licencias de Contratistas de California.
Nuestros abogados de defensa penal de California discutirán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Es un delito contratar sin licencia en California?
- 2. ¿Cuáles son las mejores defensas para alegar en el tribunal?
- 3. ¿Cuáles son las penas?
- 4. Delitos relacionados
De acuerdo con el BP 7028, es un delito para un contratista hacer negocios sin una licencia de contratista o con una licencia suspendida.
1. ¿Es un delito contratar sin licencia en California?
El Código de Negocios y Profesiones de California 7028 BP hace que sea un delito hacer cualquiera de las siguientes cosas:
- Servir como contratista sin una licencia del Consejo de Licencias de Contratistas; y,
- Operar como contratista bajo una licencia suspendida por no pagar una multa civil o por no cumplir con una orden de corrección.1
La ley de California establece que una “contratista” significa lo mismo que “constructor”. Y, el término incluye a cualquier persona que haga, por sí mismo o a través de otros,
- Construye,
- Altera,
- Repara,
- Agrega o resta,
- Mejora,
- Mueve,
- Destruye o
- Demuelle
cualquier edificio, excavación, u otro proyecto, estructura, desarrollo o mejora.2
Tenga en cuenta que, de acuerdo con el Código de Negocios y Profesiones 7028, un contrato celebrado por un contratista sin licencia es ilegal.3
Además, la falta de obtener una licencia de contratista impedirá que un contratista recupere cualquier dinero que pueda estar debido (por trabajo realizado bajo un contrato).4
2. ¿Cuáles son las mejores defensas para presentar en un tribunal?
Una persona acusada bajo BP 7028 puede desafiar la acusación al plantear una defensa legal. Una buena defensa a menudo puede reducir o incluso desestimar un cargo. Tenga en cuenta, sin embargo, que es fundamental que un acusado contrate a un abogado para obtener la defensa más efectiva.
Tres defensas comunes a las acusaciones de BP 7028 son:
- No es un contratista;
- Exención de trabajo pequeño; y/o,
- Un empleado.
2.1. No es un contratista
Tenga en cuenta que el Código de Negocios y Profesiones 7028 solo se aplica a “contratistas”. Además, este término lleva una definición muy específica en el Código de Negocios y Profesiones 7026. Por lo tanto, una sólida defensa legal es que una parte demuestre que él no era técnicamente un “contratista” mientras realizaba cualquier trabajo en cuestión.
2.2. Exención de trabajo pequeño
El Código de Negocios y Profesiones de California 7048 BP proporciona una excepción a las leyes dentro de BP 7028. La excepción se conoce comúnmente como la “exención de operaciones pequeñas“. Establece que BP 7028 no se aplica a ningún trabajo realizado bajo un contrato por menos de $500.5 Tampoco se aplica a operaciones que se consideran “casuales, menores o insignificantes…”.6 Por lo tanto, una persona podría realizar tal trabajo incluso sin una licencia de contratista.
2.3. Un empleado
BP 7028 no se aplica a una persona que realiza trabajos de contratación como empleado, mientras gana salarios de una empresa de contratación. Aquí, la empresa de contratación está sujeta al Código de Negocios y Profesiones 7028, no al empleado.
Violar BP 7028 puede llevar a una gran multa y/o encarcelamiento
3. ¿Cuáles son las penas?
Bajo BPC 7028, contratar sin licencia es un delito misdemeanor.7
Una primera condena por el delito es sancionable con:
- Encierro en la cárcel del condado por hasta seis meses; y/o,
- Una multa de hasta $5,000.8
Los reincidentes están sujetos a mayores multas y a periodos de prisión más largos. Una condena por segunda vez conlleva:
- 90 días en la cárcel, y
- Una multa que sea la mayor de:
- 20% del precio del contrato; o
- 20% de los pagos totales hechos a – o a la dirección de – la persona sin licencia; o
- $5,000
Y una tercera o posterior condena conlleva:
- 90 días a 1 año en la cárcel; y
- Una multa que sea la mayor de:
- 20% del precio del contrato; o
- 20% de los pagos totales hechos a – o a la dirección de – la persona sin licencia; o
- $5,000 – $10,0009
Tenga en cuenta que los acusados cuyas licencias hayan sido revocadas siempre enfrentan penas por tercera vez, incluso por una primera o segunda vez.
Además de multas y/o cárcel, los acusados condenados por contratar sin licencia también pueden ser ordenados a pagar restitución.
4. Delitos relacionados
Hay tres delitos relacionados con contratar sin licencia. Estos son:
- Ejercicio ilegal de la abogacía – BP 6125;
- Ejercicio ilegal de la medicina – BP 2052; y,
- Publicidad engañosa – BP 17500.
4.1. Ejercicio ilegal de la abogacía – BP 6125
Código de Negocios y Profesiones 6125 hace ilegal que una persona se dedique al ejercicio ilegal de la abogacía.
De acuerdo con BP 6125, una persona solo puede ejercer la abogacía en California si es miembro activo de la Barra de Abogados de California.10
Una persona que no es abogado y se presenta como abogado o practica la ley enfrenta penas por delito menor en California. Estas pueden incluir:
- Una multa de hasta $1,000; y/o,
- Encierro en la cárcel del condado por hasta un año.11
Estas penas son aún más severas para los ex abogados que han sido:
- Trasladados involuntariamente a la membresía “inactiva” en la Barra Estatal,
- Suspendidos de la membresía en la Barra Estatal,
- Desbaratados, o
- Renunciaron a la Barra Estatal con cargos criminales pendientes.12
En estos casos, la práctica no autorizada de la ley es un delito wobbler, lo que significa que se puede acusar como un delito menor o un delito grave. La sentencia de prisión por delito grave puede llegar hasta los tres años.13
El Código de Negocios y Profesiones 2052 hace que sea un delito para una persona el ejercer la medicina sin autorización.
4.2. Práctica no autorizada de la medicina – BP 2052
Específicamente, el BP 2052 prohíbe las siguientes actividades si se realizan sin una licencia médica profesional válida:
- Practicar, intentar practicar o anunciarse a sí mismo como practicante de cualquier sistema de tratamiento de enfermedades o afecciones;
- Diagnosticar, tratar, operar o recetar para cualquier condición física o mental; y
- Participar en una conspiración para o ayudar y alentar a alguien más para hacer cualquiera de esas cosas. 14
La práctica médica no autorizada en California es un delito de oscilación. Esto significa que se puede acusar como
- un delito menor o
- un delito grave.
Las posibles penas por delito menor son:
- Cárcel por hasta un año en la cárcel del condado; y/o,
- Una multa de hasta $1,000. 15
Las posibles penas por delito grave son:
- Cárcel por 16 meses, dos años o tres años en la cárcel del condado; y/o,
- Una multa de hasta diez mil dólares ($10,000). 16
4.3. Publicidad engañosa – BP 17500
De acuerdo con el BP 17500, la publicidad falsa o engañosa es cuando una persona o compañía hace afirmaciones falsas o engañosas a los consumidores sobre la naturaleza de un producto o servicio. 17
Una persona o compañía que viola BP 17500 es culpable de un delito menor. La ofensa es sancionable con:
- Encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta seis meses; y/o,
- Una multa que no exceda los $2,500.18
Una persona o compañía culpable de publicidad engañosa también puede enfrentar
- un juicio civil y/o
- una orden judicial.
4.4. Uso fraudulento del número de licencia de un contratista – BP 7027.3
El Código de Negocios y Profesiones 7027.3 es la ley de California sobre el uso fraudulento del número de licencia de un contratista. Los ejemplos incluirían
- el uso del número de licencia de otra persona, o
- el uso de un número que es ficticio en su totalidad.
Esta ofensa es un delito menor que se puede acusar como
- un delito menor o
- un delito grave, y
- puede conllevar penas de hasta 3 años de prisión.
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Si usted o alguien que conozca ha sido acusado de un delito, de acuerdo con el Código de Negocios y Profesiones 7028, le invitamos a que nos contacte para una consulta gratuita. Estamos disponibles las 24 horas del día. (Para acusaciones o cargos similares en Nevada o Colorado, consulte nuestra página sobre Ley de Nevada sobre “Contratistas sin Licencia” (NRS 624.700) y Leyes de Colorado sobre contratación sin licencia).
Referencias Legales:
- Código de Negocios y Profesiones de California 7028(a)(1) y (a)(2) BP.
- Código de Negocios y Profesiones de California 7026 BP.
- Albaugh v. Moss Constr. Co. (1954), 125 Cal. App. 2d 126.
- S & Q Constr. Co. v. Palma Ceia Development Organization (1960), 179 Cal. App. 2d 364.
- Código de Negocios y Profesiones 7048 BP.
- Vea lo mismo.
- Código de Negocios y Profesiones de California 7028(a) BP.
- Código de Negocios y Profesiones de California 7028(b) BP.
- Código de Negocios y Profesiones de California 7028(c) y (d) BP.
- Código de Negocios y Profesiones de California 6125 BP.
- Código de Negocios y Profesiones de California 6126 BP.
- Vea lo mismo.
- Vea lo mismo.
- Código de Negocios y Profesiones 2052 BP.
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- Código de Negocios y Profesiones de California 17500 BP.
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