Si una persona es arrestada o condenada por manejar bajo la influencia (DUI), un resultado es que podría ser descalificada de la entrada global en los aeropuertos de Estados Unidos.
La entrada global es un programa del Servicio de Protección de Aduanas y Fronteras de Estados Unidos (“CBP”). Permite que ciertos viajeros reciban liberación acelerada una vez que llegan a ciertos aeropuertos de Estados Unidos.
Un arresto por DUI y una condena por DUI aparecen en el registro criminal de una persona. Una vez que el personal de CBP vea esta información en el registro de una persona, pueden usarla como motivo para descalificar a una persona del programa de entrada global.
Esto incluso puede ser el caso si una persona tiene una condena por DUI borrada o desestimada.
1. ¿Cómo afecta un DUI el estado de entrada global de una persona?
Como se mencionó anteriormente, la entrada global permite una liberación acelerada o acelerada para viajeros pre-aprobados de bajo riesgo al ingresar a ciertos aeropuertos de Estados Unidos. A octubre de 2017, la entrada global estaba disponible en 54 aeropuertos de Estados Unidos; y más de 1.8 millones de personas estaban inscritas en el programa. CBP recibe aproximadamente 50,000 nuevas solicitudes para el programa cada mes.1
Si una persona es arrestada por DUI o condenada por el delito, entonces un resultado es que podría ser descalificada del programa de entrada global. Esto se debe a que una persona puede ser descalificada del programa si tiene un registro criminal.
Tenga en cuenta que un arresto por DUI, o una condena por el mismo, se informa al Departamento de Justicia de California (“CDOJ”).
La información luego se registra en el registro criminal de una persona, y el CDOJ también ingresa la información en bases de datos nacionales.
Los agentes de CBP buscarán estas bases de datos cuando revisen la solicitud o renovación de solicitud de entrada global de una persona. Si los agentes ven un arresto por DUI o una condena por DUI en las bases de datos, pueden usar esta información para cancelar o prohibir el estado de entrada global.
2. ¿Ayudará la cancelación a la entrada global?
No. Algunas personas pueden obtener una cancelación de un delito de DUI. La cancelación es un proceso ordenado por el tribunal en el que el registro legal de un arresto o una condena criminal se sella o desestima bajo la ley.2
Si bien la cancelación puede eliminar evidencia de un arresto o condena por DUI del registro criminal de una persona, la cancelación no siempre se comunica al CDOJ.
Si no se comunica, esto significa que el personal de CBP aún verá un arresto/condena en el registro de una persona y podría usarlo para cancelar o prohibir el estado de entrada global.
3. ¿Cuáles son los Códigos de Vehículos de California 23152a y 23152b VC?
El Código de Vehículos de California 23152a es la estatuta de California que hace que sea un delito para una persona operar un vehículo motorizado mientras está bajo la influencia de alcohol. “Bajo la influencia” significa que las habilidades físicas o mentales de una persona están disminuidas hasta el punto de que ya no puede conducir tan bien como una persona sobria cautelosa.3
El Código de Vehículos de California 23152b también hace que sea un delito conducir bajo los efectos del alcohol. La estatuta establece la definición “per se” de DUI y establece que una persona es culpable de DUI si conduce con un contenido de alcohol en la sangre (BAC) de 0.08% o más.4
4. ¿Cuáles son algunas otras penas por un DUI en California?
En California, las personas condenadas por DUI enfrentarán otras penas además de la posible descalificación del programa de entrada global.
Las cargas de delitos por primera, segunda y tercera DUI se procesan como delitos menores en California.
Las penas por una condena por DUI pueden incluir:
- probación por delito menor,
- multas,
- escuela de DUI,
- suspensión de la licencia de conducir,
- tiempo en la cárcel, y
- la exigencia de instalar un dispositivo de bloqueo de encendido en el vehículo del infractor.
Referencias Legales:
-
- Para obtener más información sobre el programa de entrada global, consulte el sitio web de CBP, “Global Entry”.
- Código Penal de California 1203.4 PC.
- Instrucciones a la Junta de California, CALCRIM No. 2110. Véase también People v. Enriquez (1996) 42 Cal.App.4th 661.
- Instrucciones a la Junta de California, CALCRIM no. 2111.