NRS 18-9-102 es la ley de Colorado que prohíbe incitar a un motín, lo que significa instigar a un grupo de al menos cinco personas a participar en un motín. Si no hay lesiones corporales o daños a la propiedad, la incitación a un motín es un delito menor de clase 1 que conlleva hasta 364 días de cárcel y/o hasta $1,000. De lo contrario, el delito es un delito grave de clase 5 que conlleva de 1 a 3 años de prisión y/o $1,000 – $100,000.
NRS 18-9-102 establece que:
Una persona comete incitación a un motín si:
(a) Incita o urge a un grupo de cinco o más personas a participar en un motín actual o inminente; o
(b) da órdenes, instrucciones o señales a un grupo de cinco o más personas en pro de un motín.
Una persona puede ser condenada … por tentativa, conspiración o instigación a incitar a un motín solo si participa en la conducta prohibida con respecto a un motín actual o inminente.
En este artículo, nuestros abogados defensores penales de Denver, Colorado discuten:
- 1. ¿Qué es incitar a un motín en Colorado?
- 2. ¿Cuáles son las penas según CRS 18-9-102?
- 3. ¿Cómo puedo defenderme de los cargos?
- 4. ¿Se puede sellar el registro criminal?
- 5. Delitos relacionados
1. ¿Qué es incitar a un motín en Colorado?
La definición legal de incitar a un motín en Colorado es:
- provocar o instar a un grupo de cinco o más personas a participar en un motín presente o futuro; o
- dar instrucciones, señales o mandar a un grupo de cinco o más personas para promover un motín.1
Por lo tanto, los cabecillas o instigadores de un motín enfrentarían cargos de incitación, mientras que los individuos que participan en el motín enfrentarían cargos por participar en un motín. No importa si la incitación ocurre en propiedad pública o privada.
Un ejemplo de incitación sería organizar un mitin político, agitar a la multitud con retórica cargada y animarlos a pelear.
2. ¿Cuáles son las sanciones según el CRS 18-9-102?
Incitar a un motín es un delito menor de clase 1 en Colorado siempre y cuando no resulten lesiones o daños a la propiedad. La pena es de hasta 364 días de cárcel y/o hasta $1,000 en multas.
Si alguien resulta herido o si se daña propiedad, incitar a un motín es un delito grave de clase 5. La sentencia es de 1 a 3 años en la Prisión Estatal de Colorado, y/o de $1,000 a $100,000 en multas. El acusado también puede ser ordenado a pagar restitución a la(s) víctima(s) por cualquier lesión o daño a la propiedad.2
3. ¿Cómo puedo defenderme de los cargos?
Cuatro posibles defensas a los cargos de incitación a un motín en Colorado son las siguientes:
- Menos de cinco personas. Si el acusado incitó a una multitud de cuatro personas o menos, entonces los cargos de incitación no se aplican. Incluso si el motín consistió en cinco o más personas, el acusado solo es responsable de las personas que específicamente incitó.
- No hay incitación. Dar un discurso apasionado o expresar quejas no es incitación, incluso si la audiencia decide amotinarse después. Mientras las palabras y acciones del acusado estén protegidas por la libertad de expresión o no alcancen el nivel de provocar un motín, el fiscal del distrito debería retirar los cargos de incitación.
- Mala conducta policial. Los cargos criminales pueden ser retirados si los oficiales de policía llevaron a cabo una búsqueda o incautación ilegal, cometieron instigación, forzaron una confesión o se involucraron en brutalidad policial.
- Defensa propia. La defensa propia es una defensa afirmativa a la incitación a un motín.3 Por ejemplo, si el acusado estaba siendo atacado ilegalmente, incitar a otras personas a defenderse de los atacantes podría justificar la incitación del acusado.
Tenga en cuenta que no es necesariamente una defensa a los cargos de incitación que no haya ocurrido ningún motín. Incitar a un motín sigue siendo un delito penal incluso si el motín nunca llega a ocurrir.
4. ¿Se puede sellar el registro criminal?
Una condena en Colorado por incitar a un motín puede ser sellada tres años después de que el caso termine. Pero si el cargo es desestimado, entonces no hay un período de espera antes de que el acusado pueda presentar una petición para sellar el registro.4 Aprenda cómo sellar los registros penales en Colorado.
5. Ofensas relacionadas
Armar a los alborotadores
Las personas que armen a los alborotadores con armas mortales o dispositivos destructivos – o que les enseñen a usarlos para alborotar – enfrentan cargos de delito grave de clase 4. Las penas por armar a los alborotadores (CRS 18-9-103) incluyen de 2 a 6 años de prisión y/o una multa de $2,000 a $500,000.
Participar en un alboroto
Participar en un alboroto es generalmente un delito menor de clase 2 según el CRS 18-9-104. Las penas incluyen hasta 120 días de cárcel y/o hasta $750 en multas. Pero si hubo una amenaza de un arma mortal utilizada en el curso del alboroto, participar en un alboroto es un delito grave de clase 4. Las penas incluyen de 2 a 6 años de prisión y/o una multa de $2,000 a $500,000.
Desobediencia de órdenes de seguridad pública durante los alborotos
Según el CRS 18-2-301, es un delito menor de clase 2 en Colorado si – durante las condiciones de alboroto o cuando se avecina un alboroto – una persona desobedece a un oficial de paz o una orden razonable de seguridad pública. Las penas incluyen hasta 120 días de cárcel y/o hasta $750.
Conducta desordenada
La conducta desordenada (CRS 18-9-106) es un delito amplio que abarca la perturbación del orden público, causar una alteración pública o pelear en un lugar público, o disparar un arma o mostrar un arma mortal. El delito puede ser acusado como un delito menor o una ofensa menor.
Obstrucción de carreteras u otros pasajes
El delito de obstrucción de carreteras públicas (CRS 18-9-107) es obstruir o bloquear intencionalmente cualquier camino, pasillo o pasaje de acceso público. Bloquear el acceso a un funeral es un delito menor de clase 2, con una pena de hasta 120 días de cárcel y/o hasta $750 en multas. De lo contrario, la obstrucción de carreteras es una infracción menor, con una pena de hasta 10 días de cárcel y/o hasta $300 en multas.
Interrupción de una asamblea legal
Es un delito interferir intencionalmente o obstruir una reunión de personas. Interrumpir una asamblea legal (CRS 18-9-108) suele ser una infracción menor, con una pena de hasta 10 días de cárcel y/o hasta $300 en multas. Pero interrumpir un funeral es un delito menor de clase 2, con una pena de hasta 120 días de cárcel y/o hasta $750 en multas.
Vandalismo
Vandalismo (CRS 18-4-501) es dañar o destruir a sabiendas la propiedad personal o terrenos de otra persona. El delito puede ser un delito grave, un delito menor o una infracción menor dependiendo del alcance del daño causado.
Referencias legales
- CRS 18-9-104. Véase también People v. Martinez, (Colo. App. 1985) 705 P.2d 9.
- CRS 18-9-104. Antes del 1 de marzo de 2022, los delitos menores de clase 1 conllevaban de 6 a 18 meses de cárcel y/o de $500 a $5,000. SB21-271.
- People v. Mullins, (Colo. App. 2008) 209 P.3d 1147.
- CRS 24-72-701 – 708.