En Colorado, una persona comete el delito de daño criminal cuando “él o ella daña intencionalmente la propiedad real o personal de una o más otras personas“. Hacerlo puede ser un delito grave, un delito menor o una falta menor dependiendo de la extensión o valor del daño a la propiedad.
Comunes defensas a cargos de daños a la propiedad son:
- que el incidente fue un accidente, o
- que el acusado fue acusado falsamente.
En este artículo, nuestros abogados de defensa penal de Denver Colorado discuten:
- 1. ¿Cómo define la ley de Colorado el daño a la propiedad?
- 2. ¿Cuál es la sentencia bajo el CRS 18-4-501?
- 3. ¿Cuáles son las mejores defensas?
- 4. ¿Los acusados
pueden ser deportados? - 5. ¿Se puede sellar el registro criminal?
- 6. Delitos relacionados
Los daños a la propiedad a veces se llaman vandalismo o destrucción de la propiedad.
1. ¿Cómo define la ley de Colorado el daño a la propiedad?
Daños a la propiedad Colorado. Esto se define como dañar o destruir intencionalmente la propiedad de otra persona, incluyendo pertenencias personales o bienes raíces. Las personas pueden enfrentar cargos de daños a la propiedad incluso si poseen conjuntamente la propiedad que están dañando:
Ejemplo: Marcia y Joe están pasando por un divorcio conflictivo. Poseen conjuntamente un cuadro, aunque significa más para Joe que para Marcia. Para molestar a Joe, Marcia corta el cuadro por la mitad. Aunque Marcia es copropietaria de la obra de arte, podría enfrentar cargos de daños a la propiedad porque no tuvo el consentimiento de Joe para destruirlo.
La frase completa de la sección 18-4-501 dice:
(1) Una persona comete daños a la propiedad cuando intencionalmente daña la propiedad real o personal de una o más otras personas, incluida la propiedad que poseen conjuntamente con otra persona o la propiedad de la que la persona tiene un interés posesorio o propietario, en el curso de un solo episodio criminal.
(2) y (3) Derogados.
(4) Los daños a la propiedad son:
(a) Un delito de clase 3 cuando el daño agregado a la propiedad real o personal es menos de trescientos dólares;
(b) Un delito de clase 2 cuando el daño agregado a la propiedad real o personal es de trescientos dólares o más, pero menos de setecientos cincuenta dólares;
(c) Un delito de clase 1 cuando el daño agregado a la propiedad real o personal es de setecientos cincuenta dólares o más, pero menos de mil dólares;
(d) Un delito de clase 6 cuando el daño agregado a la propiedad real o personal es de mil dólares o más, pero menos de cinco mil dólares;
(e) Un delito de clase 5 cuando el daño agregado a la propiedad real o personal es de cinco mil dólares o más, pero menos de veinte mil dólares;
(f) Un delito de clase 4 cuando el daño agregado a la propiedad real o personal es de veinte mil dólares o más, pero menos de cien mil dólares;
(g) Un delito de clase 3 cuando el daño agregado a la propiedad real o personal es de cien mil dólares o más, pero menos de un millón de dólares; y
(h) Un delito de clase 2 cuando el daño agregado a la propiedad real o personal es de un millón de dólares o más.
Los cargos de daños a la propiedad a menudo surgen de un argumento con algo de valor que se daña o destruye. Estos cargos son especialmente comunes en casos relacionados con disputas domésticas o disputas entre vecinos.
Criminalidad es a veces también conocida como vandalismo o la destrucción de propiedad.1
2. ¿Cuál es la sentencia bajo CRS 18-4-501?
La pena por la destrucción de propiedad depende del equivalente monetario del daño causado. En algunos casos, este número es el mismo que el valor de mercado justo de la propiedad. En otros casos, los tribunales buscan factores como los de la propiedad:
- Precio de compra original,
- Costo de reemplazo,
- El uso y propósito general del artículo, y/o
- Valor de rescate2
Valor del daño | Penas de criminalidad en Colorado |
Menos de $300 | Delito menor:
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$300 a menos de $1,000 | Delito menor de clase 2:
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$1,000 a menos de $2,000 | Delito menor de clase 1:
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$2,000 a menos de $5,000 | Delito grave de clase 6:
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$5,000 a menos de $20,000 | Delito grave de clase 5:
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$20,000 a menos de $100,000 | Delito de clase 4:
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$100,000 a menos de $1,000,000 | Delito de clase 3:
|
$1,000,000 o más | Delito de clase 2:
|
Nota que si el daño surge de un episodio presunto de violencia doméstica, el sospechoso será puesto bajo una orden de protección de violencia doméstica obligatoria ya sea que el daño haya sido accidental o no.4
Violar el CRS 18-4-501 puede ser un delito grave, delito menor o delito menor.
Convicción de daños criminales
Período de espera para sellar el registro en Colorado
Delito de clase 2
Delito de clase 6
Delito de clase 5
Delito de clase 4
Clase 2 delito grave
Aprende cómo sellar los registros criminales de Colorado.7
6. Delitos relacionados
6.1. Delitos de desfiguración
La ley de Colorado tiene delitos específicos para desfigurar instrumentos escritos, lugares históricos, avisos publicados y otros bienes. Las cargos van desde una infracción civil hasta un delito menor de clase 1. Aprende más sobre las leyes de desfiguración de Colorado.8
6.2. Incendio
Incendio es prender intencionalmente o descuidadamente fuego a un bien. Las cargos de incendio son comunes en casos relacionados con fraude de seguros (CRS 18-5-211). Puede ser un delito menor, delito menor o delito grave dependiendo del tipo de bien, la extensión del daño o las motivaciones del acusado.9
6.3. Hurto
Hurto es entrar intencionalmente o permanecer ilegalmente en la propiedad de otra persona con la intención de cometer un delito distinto a la intrusión. Puede ser un delito menor o un delito grave. La pena depende del tipo de propiedad y el nivel de peligro para cualquier persona dentro. Las personas pueden ser condenadas por hurto sin dañar ningún bien.10
6.4. Alteración
Un delito menor de clase 2, alteración en primer grado es alterar la propiedad de una institución o utilidad que proporciona protección de salud o seguridad. También delito menor de clase 2, alteración en segundo grado es alterar la propiedad de otra persona con la intención de molestar, herir o incomodar.11
6.5. Intrusión
Intrusión es entrar ilegalmente o permanecer en la propiedad de otra persona. La intrusión puede ser procesada como primer grado, segundo grado o tercer grado, dependiendo de las circunstancias del caso.
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¿Arrestado en California? Lea nuestro artículo sobre leyes de vandalismo de California (Código Penal 594 PC).
¿Arrestado en Nevada? Lea nuestro artículo sobre leyes de vandalismo de Nevada (NRS 206.310).
Descargo de responsabilidad: Los resultados pasados no garantizan resultados futuros.
Referencias Legales
- Estatuto Revocado de Colorado 18-4-501. La maldad ya no es un elemento de este delito. Gente v. Woods, (1972) 179 Colo. 441, 501 P.2d 117.
- Gente v. Dunoyair, (Colo. 1983) 660 P.2d 890; Gente v. Dobson, (Colo. App. 1992) 847 P.2d 176.
- CRS 18-4-501.
- Vea CRS 18-6-800.3. Antes del 1 de marzo de 2022, el daño criminal que resultara en menos de $300 de daño era un delito menor de clase 3, con una pena de hasta 6 meses en la cárcel y/o multas de $50 a $750; el daño criminal que resultara en $300 a menos de $750 de daño era un delito menor de clase 2, con una pena de 3 a 12 meses en la cárcel y/o una multa de $250 a $1,000; el daño criminal que resultara en $750 a menos de $1,000 de daño era un delito menor de clase 1, con una pena de 6 a 18 meses en la cárcel y/o una multa de $500 a $5,000; y el daño criminal que resultara en $1,000 a menos de $5,000 de daño era un delito grave de clase 6. SB21-271.
- Gente v. Coahran, (2019) COA 6, 436 P.3d 617; Gente v. Fuller, (Colo. 1989) 781 P.2d 647.
- 8 USC 1227.
- CRS 24-72-701 – 708.
- CRS 18-4-507 – 510.
- Gente v. Welborne, (2018) COA 127, — P.3d —; CRS 18-4-102 – 105.
- Gente v. Cisneros, (1977) 193 Colo. 380, 566 P.2d 703; CRS 18-4-202 – 204.
- CRS 18-4-505.
- CRS 18-4-502 – 504.