Un delito grave de clase 4 es una categoría de delito grave en Colorado que conlleva un rango de sentencia de
- 2 a 6 años de prisión y/o
- multas de $2,000.00 a $500,000.00.
Ejemplos comunes de delitos graves de clase 4 incluyen
- robo de identidad,
- agresión vehicular y
- allanamiento en tercer grado.
El término máximo de prisión se convierte en 8 años si el delito acusado también es un delito de riesgo extraordinario. Las condenas generalmente pueden ser selladas tres años después de que termine el caso penal.
En este artículo, nuestros abogados defensores penales de Denver, Colorado discuten:
- 1. ¿Qué son los delitos graves de clase 4?
- 2. ¿Cuál es la sentencia para un delito grave de clase 4 en Colorado?
- 3. ¿Cuáles son los ejemplos?
- 4. ¿Pueden sellarse los delitos graves de clase 4?
- 5. ¿Tengo derecho a un juicio por jurado?
- 6. ¿Son deportables los delitos graves de clase 4?
- 7. ¿Tengo que renunciar a mis armas?
- 8. ¿Cuál es el plazo de prescripción penal?
1. ¿Qué son los delitos graves de clase 4?
Los delitos graves de clase 4 son la cuarta categoría más grave de delitos penales en Colorado. Tienen penas más indulgentes que los delitos graves de clase 3 y penas más duras que los delitos graves de clase 5.
2. ¿Cuál es la sentencia para los delitos graves de clase 4 en Colorado?
La pena presumida para los delitos graves de clase 4 es de dos a seis años en la prisión estatal de Colorado y/o $2,000 a $500,000 en multas. El período de libertad condicional obligatorio es de tres años.
Tenga en cuenta que la frase puede variar dependiendo de cómo se procese el delito grave. Por ejemplo, los delitos graves de clase 4 de riesgo extraordinario presentan una alta probabilidad de daño a la sociedad y conllevan
- una sentencia de prisión de dos a ocho años y/o
- multas de $2,000 a $500,000.
Delito grave de clase 4 en Colorado | Rango de sentencia |
Presuntivo |
3 años de libertad condicional obligatoria |
Riesgo extraordinario |
3 años de libertad condicional obligatoria |
Agravado |
3 años de libertad condicional obligatoria |
Agravado |
3 años de libertad condicional obligatoria |
Circunstancias excepcionales |
3 años de libertad condicional obligatoria |
Agravado y riesgo extraordinario (la mayoría de los delitos violentos) |
3 años de libertad condicional obligatoria |
Agravado y riesgo extraordinario |
3 años de libertad condicional obligatoria |
Circunstancias excepcionales y riesgo extraordinario |
3 años de libertad condicional obligatoria |
Los tribunales deben imponer prisión si el acusado tiene dos condenas anteriores por delitos graves.1
Aprende más en nuestro artículo Pautas de sentencia por delitos graves en Colorado.
3. ¿Cuáles son ejemplos?
Diez delitos comunes de clase 4 en Colorado incluyen los siguientes actos ilegales:
- Intento criminal de cometer un delito grave de clase 3 (CRS 18-2-101)
- Conspiración para cometer un delito grave de clase 3 (CRS 18-2-201)
- Homicidio vehicular (CRS 18-3-106), si el acusado opera el automóvil de manera imprudente, lo que causó directamente la muerte de otra persona
- Violación de una orden de custodia o una orden relacionada con responsabilidades parentales (CRS 18-6-803.5)
- Asalto vehicular (CRS 18-3-205)
- Tercer grado de robo (CRS 18-4-204)
- Robo de identidad (CRS 18-5-902)
- Robo de propiedad (CRS 18-4-401), con un valor de $20,000 a menos de $100,000
- Intrusión criminal de segundo grado (CRS 18-4-503)
- Asalto de clase 4
Ejemplos comunes de delitos graves de clase 4 con riesgo extraordinario en Colorado incluyen los siguientes delitos graves:
- Extorsión criminal (CRS 18-3-207)
- Secuestro de segundo grado (CRS 18-3-301 & 302), si la víctima no es víctima de un delito sexual o robo, si no se usó un arma mortal o amenazas de usarla, y si no hubo intención de intercambiar a la víctima por algo de valor
- Asalto de segundo grado (CRS 18-3-203), si no hay pasión ardiente
- Seducción de un menor (CRS 18-3-305), si no hay lesiones corporales al menor, y si el acusado no tiene condenas anteriores por seducción o agresión sexual a un menor o por conspiración o intento de hacerlo
Consulta la lista oficial del gobierno estatal de delitos graves de clase 4 en Colorado.
4. ¿Se pueden sellar los delitos graves de clase 4?
En Colorado, la mayoría de las condenas por delitos graves de clase 4 se pueden sellar después de tres años de que se cierre el caso. Pero no hay un período de espera si se desestima el cargo criminal.
Ten en cuenta que las condenas por delitos graves de delitos sexuales, DUI o violencia doméstica nunca se pueden sellar.2
Aprende cómo sellar los registros penales en Colorado.
5. ¿Tengo derecho a un juicio por jurado?
Sí. Los acusados de cargos de delitos graves de clase 4 en Colorado pueden optar por tener un juicio por jurado de doce jurados. Con el permiso del juez, el acusado puede optar por tener un jurado más pequeño de al menos seis jurados o un juicio sin jurado (sin jurado en absoluto).3
6. ¿Son deportables los delitos graves de clase 4?
Ciertos delitos graves de clase 4 pueden ser deportables, especialmente si involucran armas, violencia y/o sustancias controladas. Obtenga más información sobre la defensa criminal de inmigrantes en Colorado.4
7. ¿Tengo que renunciar a mis armas?
Sí. Los condenados por delitos graves no pueden poseer ni portar armas de fuego en Colorado. La única forma de recuperar los derechos de posesión de armas es a través de un indulto del Gobernador.5
8. ¿Cuál es el plazo de prescripción penal?
En la mayoría de los casos, el fiscal del distrito tiene tres años después de que supuestamente ocurre el delito grave de clase 4 para presentar cargos. Pero si el cargo involucra fraude o robo, el reloj generalmente no comienza a correr hasta después de que se descubre el delito. Y si el acusado está fuera de Colorado, el plazo de prescripción se detiene (se suspende) por hasta cinco años.6
Referencias legales
- C.R.S. (estatuto penal) 18-1.3-401; ver también People v. Vidauri, (2021) CO 25, 486 P.3d 239; ver también Garcia v. People, (2019) CO 64, 445 P.3d 1065.
- CRS 24-72-701 – 708.
- CRS 18-1-406.
- 8 USC 1227.
- CRS 18-12-108; Constitución de Colorado, Artículo IV, § 7.
- CRS 16-5-401.