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Cuatro reglas que los delincuentes sexuales de Colorado deben conocer son que:
- Los delincuentes sexuales tienen que registrarse anualmente o trimestralmente, dependiendo del delincuente;
- Ciertos delincuentes pueden ser eliminados del registro;
- El registro muestra las direcciones de los delincuentes, los antecedentes penales y otra información básica; y
- No registrarse es un delito.
1. Los delincuentes sexuales tienen que registrarse anualmente o trimestralmente, dependiendo del delincuente
Las leyes de registro de delincuentes sexuales de Colorado requieren que la mayoría de los delincuentes sexuales condenados actualicen su información con el alguacil del condado una vez al año dentro de los cinco días hábiles de su cumpleaños.
Pero los siguientes delincuentes de alto riesgo están obligados a volver a registrarse cada tres meses.
- Depredadores sexuales violentos (SVPs);
- Personas condenadas fuera del estado si su condena exigiría el registro trimestral en Colorado; y
- Personas condenadas como adultos en Colorado de:
Los delincuentes sexuales de Colorado también deben volver a registrarse en cualquier momento en que:
- Cambiar una dirección;
- Agregar una dirección;
- Mover su remolque o casa rodante; o
- Cambiar legalmente su nombre
Además, los infractores deben volver a registrarse cuando comiencen su lugar de trabajo en una institución de educación superior o estudien en una institución de educación superior. Deben volver a registrarse cada vez que cambien su estado laboral o ubicación en la institución.1
2. Algunos infractores pueden salir del registro
Para ser elegible para ser eliminado del registro de delincuentes sexuales, el delincuente sexual registrado primero necesita registrarse durante el número mínimo de años:
Delito sexual de Colorado | Cuándo los infractores pueden solicitar salir del registro |
Depredadores sexuales violentos (SVPs); o agresión sexual o incesto de al menos un delito; o al menos dos condenas por comportamiento sexual ilegal | Nunca |
Otros delitos de clase 1, 2 y 3 | Después de 20 años |
Otros delitos de clase 4, 5 y 6; o un delito menor de clase 1 de agresión sexual o contacto sexual | Después de 10 años |
Otros delitos menores | Después de 5 años |
No registrarse | Después de 1 año (además de los años requeridos para el delito sexual subyacente) |
Sentencia y adjudicación diferida; o el acusado era un menor de edad | Después de la desestimación del caso |
Entonces, los infractores elegibles deben completar un formulario para descontinuar el registro de delincuentes sexuales y notificar:
- La agencia de policía con la que deben registrarse;
- El fiscal en la jurisdicción de esa agencia de seguridad; y
- El fiscal asignado al caso.
Los residentes de Colorado no necesitan pagar una tarifa de presentación. Pero puede haber tarifas por obtener registros.2
3. El registro muestra las direcciones de los infractores, los antecedentes penales y otra información básica
El sitio web del registro de delincuentes sexuales de Colorado muestra la información de registro sobre cada delincuente sexual condenado por un delito grave. Esta información también puede ser publicada en los sitios web de las agencias locales de seguridad.3
4. El incumplimiento del registro es un delito
El incumplimiento del registro como delincuente sexual es un delito de clase 6 en Colorado si el delito sexual subyacente es un delito grave. Las penas incluyen:
- Multas de $1,000 a $100,000, y/o
- 1 a 1 ½ años en la prisión estatal de Colorado
Un segundo o posterior delito es un delito de clase 5. Las penas incluyen:
- 1 a 3 años de prisión, y/o
- Una multa de $1,000 a $100,000.
Mientras tanto, no registrarse es un riesgo extraordinario delito menor de clase 1 si el acusado fue condenado por un delito menor de delito sexual. La sentencia es:
- 6 a 18 meses de prisión, y/o
- Una multa de hasta $1,0004
Las condenas también se anotarán en la página de perfil de registro de la persona.
Lectura adicional
Consulte nuestros artículos relacionados sobre el Programa de Supervisión Intensiva de Delincuentes Sexuales (SOISP) de Colorado, restricciones de residencia para delincuentes sexuales y restricciones de viaje para delincuentes sexuales.
Enlaces útiles
- Bureau de Investigación de Colorado (CBI)
- Departamento de Correcciones de Colorado
- Junta de Gestión de Delincuentes Sexuales de Colorado
- Unidad de Registro de Delincuentes Sexuales de Colorado
- Departamento de Seguridad Pública de Colorado
- Oficina de Correcciones Comunitarias de Colorado
Referencias Legales
- Estatutos Revisados de Colorado 16-22-103; CRS 16-22-108. Jamison v. People, (1999) 988 P.2d 177. Las condenas por cualquiera de los siguientes delitos penales desencadenan la obligación de registrarse como delincuente sexual en Colorado:
- Agresión sexual (CRS 18-3-402)
- Contacto sexual ilegal (CRS 18-3-404)
- Agresión sexual a un niño (CRS 18-3-405).
- Agresión sexual a un niño por parte de una persona en una posición de confianza (CRS 18-3-405.3)
- Agresión sexual a un cliente por parte de un psicoterapeuta (CRS 18-3-405.5)
- Seducción de un niño (CRS 18-3-305)
- Mantener un lugar de prostitución infantil (CRS 18-7-404)
- Explotación de un niño (CRS 18-7-405)
- Inducción a la prostitución infantil (CRS 18-7-405.5)
- Patronizar a un niño prostituido (CRS 18-7-406)
- Tráfico de niños (CRS 18-3-502)
- Explotación sexual de niños (CRS 18-6-403)
- Adquisición de un niño para explotación sexual (CRS 18-6-404)
- Exposición indecente (CRS 18-7-302)
- Solicitación para la prostitución infantil (CRS 18-7-402)
- Promoción de un niño (CRS 18-7-403)
- Adquisición de un niño (CRS 18-7-403.5)
- Conducta sexual prohibida según CRS 18-7-701
- Promoción al por mayor de obscenidad a un menor (CRS 18-7-102(1.5))
- Promoción de obscenidad a un menor (CRS 18-7-102(2.5))
- Delito de clase 4 cautivar a un niño por internet (CRS 18-3-306 (3))
- Explotación sexual de un niño por Internet (CRS 18-3-405.4)
- Invasión de la privacidad con fines de gratificación sexual (CRS 18-3-405.6)
- Secuestro en segundo grado (CRS 18-3-302(3)(a)
- Incesto (CRS 18-6-301)
- Incesto agravado (CRS 18-6-302)
- ciertos otros delitos sexuales y delitos de abuso infantil definidos en leyes anteriores de Colorado
- CRS 16-22-113. Véase también Curtiss v. People, (2014) COA 107, 410 P.3d 539.
- CRS 16-22-103. La información de registro incluye:
- Nombre y alias
- Fecha de nacimiento
- Dirección residencial y condado
- Vehículos
- Estado de custodia
- Retrato
- Género
- Raza
- Altura y peso
- Color de pelo y ojos
- Cicatrices, marcas y tatuajes
- Fechas de los delitos y condena
- Si son SVP
- Información sobre el modus operandi (detalles de los hábitos depredadores), si se conocen
- Si alguna vez violaron los requisitos de registro antes.
- CRS 18-3-412.6 & CRS 18-3-412.5; vea también CRS 16-22-115. Antes del 1 de marzo de 2022, los delitos de clase 1 de riesgo extraordinario llevaban de 6 a 24 meses en la cárcel y/o una multa de $500 a $5,000. SB21-271.