En Colorado, un delito grave de clase 3 es una categoría de delito penal que se castiga con
- 4 a 12 años de prisión y
- multas de $3,000 a $750,000.
Ejemplos de delitos graves de clase 3 incluyen
- homicidio vehicular,
- incendio intencional de primer grado de una estructura ocupada, y
- robo entre $100,000.00 y $1,000,000.00.
También existe un subconjunto especial de delitos graves de clase 3 de riesgo extraordinario que son más graves y, por lo tanto, conllevan un máximo de 16 años de prisión.
Las condenas por delitos graves de clase 3 permanecen en el antecedente penal del acusado para siempre; no pueden ser selladas.
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal en Denver, Colorado abordarán los siguientes temas clave:
- 1. Delitos graves de clase 3
- 2. Penalizaciones
- 3. Ejemplos
- 4. Sellado de antecedentes
- 5. Juicios con jurado
- 6. Consecuencias migratorias
- 7. Derechos sobre armas
- 8. Prescripción
1. Delitos graves de clase 3
La ley de Colorado divide los delitos graves en seis categorías, desde la clase 1 hasta la clase 6. Los delitos graves de clase 3 son la tercera categoría más grave de delitos graves en Colorado. Las penalizaciones para los delitos penales de clase 3 son
- menos severas que para los delitos graves de clase 2 pero
- más severas que para los delitos graves de clase 4.
El robo agravado es un delito grave de clase 3 en Colorado.
2. Penalizaciones
La pena presuntiva para los delitos graves de clase 3 es de cuatro a 12 años en la prisión estatal de Colorado y/o multas de $3,000 a $750,000. El período de libertad condicional obligatoria dura tres años.
Sin embargo, la sentencia puede variar según el cargo penal específico. Por ejemplo, los delitos graves de clase 3 de riesgo extraordinario —que presentan una alta probabilidad de daño a la sociedad— tienen un máximo de 16 años de prisión.
| Delito grave de clase 3 en Colorado | Rango de sentencia |
| Presuntiva |
3 años de libertad condicional obligatoria |
| Riesgo extraordinario |
3 años de libertad condicional obligatoria |
| Mejorada |
3 años de libertad condicional obligatoria |
| Agravada |
3 años de libertad condicional obligatoria |
| Circunstancias excepcionales |
3 años de libertad condicional obligatoria |
| Agravada y riesgo extraordinario (la mayoría de los delitos violentos) |
3 años de libertad condicional obligatoria |
| Mejorada y riesgo extraordinario |
3 años de libertad condicional obligatoria |
| Circunstancias excepcionales y riesgo extraordinario |
3 años de libertad condicional obligatoria |
Si el acusado ha sido condenado por un delito grave dos veces (en cualquier estado) antes de la condena por delito grave de clase 3, no puede recibir una multa en lugar de prisión. En cambio, enfrenta una sentencia de prisión definitiva y posiblemente una multa. También tenga en cuenta que la incarcelación se cumple en prisión, no en una cárcel del condado.1
Aprenda más en nuestro artículo Directrices de sentencia para delitos graves en Colorado.
3. Ejemplos
Cuatro delitos graves comunes de clase 3 en Colorado incluyen los siguientes:
- Intento de cometer un delito grave de clase 2 (CRS 18-2-101)
- Conspiración para cometer un delito grave de clase 2 (CRS 18-2-201)
- Homicidio vehicular (CRS 18-3-106), si el acusado conduce el vehículo bajo la influencia de alcohol y/o una o más drogas, y dicha conducta causa directamente la muerte de otra persona
- Robo de propiedad (CRS 18-4-401) de $100,000 a menos de $1,000,000
Cinco ejemplos de delitos graves de clase 3 con riesgo extraordinario en Colorado incluyen estos delitos graves:
- Robo agravado (CRS 18-4-302)
- Trata de personas adultas para servidumbre involuntaria (CRS 18-3-503)
- Asesinato en segundo grado (CRS 18-3-103), si el homicidio se realiza en un arrebato de pasión
- Agresión en primer grado (CRS 18-3-202), si no hay arrebato de pasión
- Terminación ilegal del embarazo (CRS 18-3.5-103), si la mujer no muere
Consulte la lista oficial completa de delitos graves de clase 3 en Colorado del gobierno estatal.
4. Sellado de antecedentes
En Colorado, las condenas por delitos graves de clase 3 son inimputables. Pero si el cargo es desestimado, el acusado puede solicitar el sellado del antecedente inmediatamente.2
Aprenda más sobre el sellado de antecedentes penales en Colorado.
Las condenas por delitos graves de clase 3 permanecen en los antecedentes penales de Colorado para siempre.
5. Juicios con jurado
Los acusados de un delito grave de clase 3 en Colorado pueden tener un juicio con jurado de doce miembros. Con el permiso del juez, el jurado puede ser tan pequeño como seis miembros. Los acusados también pueden optar por un juicio sin jurado, donde el juez decide el veredicto.3
6. Consecuencias migratorias
Muchos delitos graves de clase 3 son deportables bajo el sistema de justicia de EE. UU. Por eso, los no ciudadanos que enfrentan cargos por delitos graves deben contratar a un abogado experimentado inmediatamente para intentar que el cargo sea desestimado o reducido a un delito no deportable. Aprenda más sobre la defensa criminal de inmigrantes en Colorado.4
7. Derechos sobre armas
Los delincuentes condenados tienen prohibido poseer o portar armas de fuego en Colorado. Aprenda cómo restaurar sus derechos sobre armas mediante un indulto del gobernador.5
8. Prescripción
Los fiscales de Colorado generalmente tienen tres años para presentar cargos después de que supuestamente ocurre un delito grave de clase 3. Pero muchos delitos tienen plazos de prescripción más largos. Por ejemplo, el homicidio vehicular sin fuga tiene un plazo de prescripción de cinco años (statute of limitations). Y no hay plazo de prescripción para el asesinato en segundo grado.
Tenga en cuenta que el plazo de prescripción no comienza a correr en casos de robo o fraude hasta que se descubre el delito. Y el plazo de prescripción se detiene (se suspende) hasta por cinco años si el acusado no está en el estado de Colorado.6
Referencias legales
- CRS 18-1.3-401; véase también Halaseh v. People (Colo. 2020) 463 P.3d 249; véase también Garcia v. People (Colo. 2019) 445 P.3d 1065.
- CRS 24-72-701 – 708.
- CRS 18-1-406.
- 8 USC 1227.
- CRS 18-12-108; Constitución de Colorado, Artículo IV, § 7.
- CRS 16-5-401.