La Ley de Empleo Justo y Vivienda de California (FEHA) requiere que su lugar de trabajo esté libre tanto de acoso sexual como de acoso no sexual. Ejemplos comunes de acoso en el lugar de trabajo incluyen:
- Un colega haciendo chistes con connotación sexual sobre su cuerpo o mostrándole imágenes vulgares
- Su supervisor pidiendo intercambiar actos sexuales por beneficios laborales
- Sus compañeros de trabajo intimidándolo por su etnia o usando epítetos y insultos ofensivos
- Un gerente humillándolo por su discapacidad
Los empleadores están legalmente obligados a prevenir y abordar el acoso en el lugar de trabajo y pueden ser responsables por las acciones de sus empleados.
Si acudir a Recursos Humanos no resuelve el problema, usted puede presentar una queja ante el Departamento de Derechos Civiles de California o demandar a su empleador por daños.1 La represalia contra usted por reportar acoso —como ser despedido o degradado— es ilegal en California.
En 2020, el Departamento de Empleo Justo y Vivienda de California (ahora llamado Departamento de Derechos Civiles) recibió casi 8,000 quejas solo por acoso sexual. Esta cifra ni siquiera incluye otras formas de acoso prohibido.2
A continuación, nuestros abogados laborales y de empleo de California discuten algunas de las preguntas más frecuentes que recibimos sobre la ley de acoso en California:
- 1. ¿Cómo define la ley de California el acoso en el lugar de trabajo?
- 2. ¿Qué pasa con el acoso no sexual?
- 3. ¿Cuándo es responsable mi empleador?
- 4. ¿Cómo presento una demanda por acoso en el lugar de trabajo?
- 5. ¿Qué pasa con la discriminación?
- 6. ¿Es obligatorio el entrenamiento sobre acoso sexual en los lugares de trabajo de California?
- 7. Otros tipos de acoso en California
- Recursos adicionales
Si, después de leer este artículo, tiene más preguntas, no dude en contactarnos en Shouse Law Group.
1. ¿Cómo define la ley de California el acoso en el lugar de trabajo?
La definición legal de acoso en el lugar de trabajo bajo la Ley de Empleo Justo y Vivienda de California (“FEHA”) abarca dos formas de conducta de acoso:
- Acoso “quid pro quo”, en el que un supervisor le pide que participe en una actividad sexual como condición para recibir algún beneficio en el trabajo (un ascenso, un aumento, mantener su empleo, etc.); y
- Acoso por “ambiente laboral hostil”, en el que una conducta de acoso severa o generalizada, intimidación en el lugar de trabajo, o chistes y comentarios ofensivos crean un ambiente laboral abusivo para usted.3
El acoso quid pro quo es una forma de acoso sexual únicamente. En contraste, un ambiente laboral hostil puede basarse en sexo, raza, religión o cualquier otra característica protegida.4
Un ambiente laboral hostil puede resultar de que alguien interfiera con su trabajo, lo intimide, ridiculice, lance insultos, amenace o agreda, o lo atormente con objetos, fotos, videos o dibujos ofensivos.
Usted está legalmente protegido contra el acoso en el lugar de trabajo ya sea que sea:
- Empleado actual;
- Solicitante de empleo;
- Practicante no remunerado;
- Voluntario; o
- Contratista independiente.5
Tenga en cuenta que incidentes aislados y menores de comportamiento insensible no constituyen acoso.6
2. ¿Qué pasa con el acoso no sexual?
Además de prohibir el acoso sexual en el lugar de trabajo, FEHA prohíbe el acoso no sexual en el lugar de trabajo en California.
Específicamente, el acoso no sexual en el lugar de trabajo basado en cualquiera de las siguientes características protegidas es ilegal:
- Raza,
- Religión,
- Color,
- Origen nacional,
- Represalias por inmigración,
- Ascendencia,
- Discapacidad física o mental,
- Condición médica o información genética,
- Estado civil,
- Sexo,
- Género,
- Identidad o expresión de género,
- Edad,
- Orientación sexual, o
- Estado militar/veterano.7
El acoso en el lugar de trabajo puede causar estrés, depresión, ansiedad, problemas de sueño, incapacidad para trabajar e incluso TEPT.
3. ¿Cuándo es responsable mi empleador?
Si fue acosado en California por un supervisor, entonces su empleador es estrictamente responsable.8 Esto significa que su empleador le debe daños y perjuicios incluso si no fue negligente en ningún aspecto.9
Si fue acosado por un no supervisor como un compañero de trabajo, cliente, contratista u otro tercero, entonces su empleador es responsable solo si actuó con negligencia.10 Esto significa que su empleador sabía o debería haber sabido sobre el acoso pero no tomó las medidas correctivas apropiadas.11
Demostrar acoso o un ambiente laboral hostil no requiere que sufra un daño económico o que sea despedido de su trabajo. Además, ni siquiera es necesario que usted sea el objetivo directo de la conducta ilegal en cuestión.
4. ¿Cómo presento una demanda por acoso en el lugar de trabajo?
Nuestros abogados laborales y de empleo de California recomiendan que siga los siguientes pasos si enfrenta acoso:
- Documente el acoso, lo que puede incluir videos o fotos o recopilar correos electrónicos, mensajes de voz, memorandos incriminatorios, etc. Internet también es una mina de oro de evidencia. Fuentes comunes incluyen Facebook, Instagram, LinkedIn, X (Twitter), Venmo, Yelp, TikTok, Threads, Glassdoor y podcasts.
- Cuéntele a alguien en la organización sobre el acoso—ya sea un supervisor o un miembro del Departamento de Recursos Humanos. Esta persona puede detener el acoso. Incluso si eso no sucede, este paso le ayudará a fortalecer su caso si finalmente necesita presentar una queja o demanda por acoso.
- Presente una queja ante el Departamento de Derechos Civiles de California (“CRD”). Este paso es obligatorio antes de que podamos presentar una demanda por acoso en el lugar de trabajo en California.
- Espere a que el CRD emita un aviso de “derecho a demandar” (esto puede hacerse de inmediato o tras una investigación de la queja de acoso por parte del CRD). Una vez emitido el aviso, podemos presentar una demanda civil por acoso en el lugar de trabajo contra su acosador y/o su empleador buscando una compensación monetaria.12
Las quejas ante el CRD generalmente deben presentarse dentro de los tres años posteriores a que ocurra el acoso.13 De manera similar, una demanda civil debe presentarse dentro de un año después de recibir un aviso de “derecho a demandar” del CRD.14
Tenga en cuenta que la ley de acoso de California prohíbe que su empleador tome represalias contra usted si se queja de acoso o participa en investigaciones de acoso.15 Las formas comunes de represalia incluyen:
- despido injustificado,
- despido constructivo injustificado, y/o
- degradaciones.16
Los empleadores que enfrentan quejas o demandas por acoso en el lugar de trabajo a veces son demandados por discriminación al mismo tiempo.
5. ¿Qué pasa con la discriminación?
FEHA prohíbe la discriminación en el lugar de trabajo por motivos de raza, sexo, religión y otras características protegidas.17 La diferencia entre una demanda por discriminación en el lugar de trabajo y una demanda por acoso en el lugar de trabajo es esta:
- Acoso ocurre cuando el perpetrador actúa fuera de sus funciones laborales. Un ejemplo es un supervisor haciendo comentarios despectivos hacia usted: hacer comentarios despectivos no es parte de su trabajo.
- Discriminación ocurre cuando el perpetrador realiza actividades que son parte de sus funciones laborales. Un ejemplo es un supervisor asignándole trabajo más difícil por su raza: asignar trabajo es parte de su trabajo.18
El procedimiento para presentar una demanda por discriminación en el lugar de trabajo es en gran medida el mismo que para presentar una demanda por acoso en el lugar de trabajo.
6. ¿Es obligatorio el entrenamiento sobre acoso sexual en los lugares de trabajo de California?
Los empleadores de California con más de cinco empleados deben:
- proporcionar dos horas de entrenamiento sobre acoso sexual cada dos años a gerentes y supervisores; y
- proporcionar una hora de entrenamiento sobre acoso sexual cada dos años a otros empleados.
Además, este entrenamiento debe incluir los temas de:
- identidad y expresión de género, así como
- orientación sexual.
Como empleado, debe recibir el cartel/hoja informativa sobre acoso sexual del CRD. Los empleadores que no proporcionen este entrenamiento enfrentan multas por incumplimiento.19
7. Otros tipos de acoso en California
Existen muchos tipos de acoso que no necesariamente involucran el lugar de trabajo. A menudo, el acosador puede enfrentar cargos penales:
- Acosarlo hasta el punto de que tema por su seguridad califica como acecho.
- Abusar emocionalmente a una persona de 65 años o más califica como abuso a ancianos.
- Acosar a una pareja íntima actual o anterior mediante fuerza —o la amenaza de usarla— es violencia doméstica.
- Cualquier acoso que se vuelva físico puede ser acusado como asalto o agresión.
Si usted es víctima de violencia doméstica, puede solicitar una orden de restricción por violencia doméstica contra el agresor. O si usted y el acosador no tienen una relación cercana (como amigos platónicos, vecinos o desconocidos), puede solicitar una orden de restricción por acoso civil.
Las órdenes de protección pueden requerir que el presunto acosador:
- se mantenga alejado de usted,
- se mude de su hogar (“orden de desalojo”), y/o
- se abstenga de cierta conducta personal como contactarlo por teléfono.
Capacitar a los supervisores en una política antiacoso es un paso importante para los empleadores que buscan evitar cargos por acoso y aumentar el bienestar de los empleados.
8. Recursos adicionales
Para más información, consulte lo siguiente:
- Instituto contra la intimidación en el lugar de trabajo – Organización líder dedicada a promulgar leyes contra la intimidación laboral.
- Principios y prioridades legislativas sobre acoso en el lugar de trabajo – El llamado de la ACLU a la acción legislativa para acabar con el acoso laboral.
- Información sobre acoso de la EEOC – Resumen y recursos sobre acoso de la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo de EE.UU.
- La intimidación en el lugar de trabajo no es insatisfacción del empleado y es diferente del acoso escolar – Artículo en el blog Workplace Psychology.
- Right to Be – Movimiento sin fines de lucro para acabar con el acoso en todos los espacios, incluido el trabajo.
Referencias legales:
- Código de Gobierno 12940 GC.
- Departamento de Empleo Justo y Vivienda de California, Informe Anual 2020.
- Ver Mogilefsky v. Superior Court (1993) 20 Cal.App.4th 1409, 1414–15. Véase también, por ejemplo, Jenson v. Eveleth Taconite Co (8th Cir. 1997) 130 F.3d 1287 (la primera demanda colectiva por acoso sexual en EE.UU.); Shank v. CRST (Tribunal de Apelaciones de California, Cuarto Distrito, División Tres, 2015) No. G049844 (el empleador fue responsable por no proteger a una empleada); ANI Chopourian v. Catholic Healthcare West (E.D. Cal. 20 de diciembre de 2011) Civ. No. S-09-2972 KJM KJN (una víctima de acoso recibió $168 millones).
- Ver Código de Gobierno 12940 GC.
- GC 12940.
- Hughes v. Pair (2009) 46 Cal.4th 1035.
- GC 12940.
- Igual.
- Igual.
- Igual. Véase también Departamento de Salud v. Superior Court (2001). 94 Cal. App. 4th 14.
- Igual.
- Código de Gobierno 12965 GC. Véase Ali Zaslav y Jessica Dean, “El Senado aprueba una reforma integral de la ley sobre mala conducta sexual en el lugar de trabajo“, CNN (10 de febrero de 2022)(“El proyecto de ley, llamado Ley para poner fin al arbitraje forzado en casos de agresión y acoso sexual, prohíbe el arbitraje forzado en casos que involucren mala conducta sexual y permite a las víctimas optar por llevar la disputa a tribunales federales, tribales o estatales.”).
- Código de Gobierno 12960 GC; Proyecto de Ley 9 de la Asamblea de California (2019).
- Código de Gobierno 12965 GC; véase también Smith v. BP Lubricants USA Inc. (Cal. App. 4th Dist. 12 de mayo de 2021), 2021 Cal. App. LEXIS 395.
- Código de Gobierno 12940 GC. Véase también Vines v. O’Reilly Auto Enterprises, LLC, (Tribunal de Apelaciones de California, Segundo Distrito de Apelación, División Siete, (22 de enero de 2022) Cal. App. LEXIS 49. Véase también Zamora v. Security Industry Specialists, Inc. (2021) 71 Cal. App. 5th 1.
- Véase, por ejemplo, Turner v. Anheuser-Busch, Inc. (1994) 7 Cal.4th 1238.
- Código de Gobierno 12940 GC.
- Serri v. Santa Clara University (2014), 226 Cal.App.4th 830.
- SB 778 (2019), que reemplazó a AB 1825 (2004).