Una demanda contra el empleador por un asalto en el lugar de trabajo es solo una opción. La víctima de un asalto en el lugar de trabajo también puede hacer cualquiera o todas las siguientes acciones:
- Presentar una queja al departamento de recursos humanos de su empresa o a un supervisor;
- Presentar un informe policial;
- Solicitar compensación laboral; y/o
- Presentar una demanda civil por daños compensatorios contra el compañero de trabajo.
¿Qué daños puedo recuperar si demando por el asalto de un compañero de trabajo?
Las víctimas que presentan una demanda por violencia en el lugar de trabajo contra un compañero de trabajo abusivo o un empleador pueden recuperar daños por:
- Gastos médicos,
- Asesoramiento psicológico,
- Salarios perdidos,
- Angustia emocional, y
- Dolor y sufrimiento.
La víctima también puede ser elegible para recibir daños punitivos del empleador. Los daños punitivos sirven para castigar a los infractores imprudentes y disuadir a otros que puedan hacer lo mismo o cosas similares.
Para ayudarte a entender mejor qué hacer si eres agredido por un compañero de trabajo, nuestros abogados de lesiones personales en California discuten:
- 1. La definición de “agresión” y “lesión” en California
- 2. ¿Qué derechos tengo si soy agredido en el trabajo?
- 3. ¿Debo presentar un informe policial para demandar por una agresión en el trabajo?
- 4. ¿Necesito presentar una queja con mi empleador?
- 5. ¿Debería presentar una queja con mi empleador?
- 6. ¿Puedo demandar a mi compañero de trabajo por agredirme?
- 7. ¿Cuándo puedo demandar a mi empleador si soy agredido por un compañero de trabajo?
- 8. ¿Qué puedo hacer si mi empleador toma represalias?
- 9. ¿Qué pasa si estoy en los Estados Unidos ilegalmente?
- 10. ¿Puede mi compañero de trabajo demandarme por difamación si lo acuso de agresión?
- 11. ¿Puedo obtener compensación laboral si he sido agredido por un compañero de trabajo?
También puedes leer nuestros artículos sobre “Demandar por Acoso Laboral en California” y “Demandas de Víctimas de Crímenes en California.”
1. La definición de “agresión” y “lesión” en California
El Código Penal 240 de California, la ley de “agresión”, define “agresión” como una amenaza o intento de cometer una lesión violenta contra alguien más.
Cuando se usa fuerza o violencia ilegalmente, el delito se conoce como “lesión,” Código Penal de California 242.
Otros actos ilícitos que caen bajo el título general de “asalto y agresión” incluyen (sin limitación):
- Asalto con un arma mortal, Código Penal 245(a)(1),
- Agresión sexual (manoseo), Código Penal 243.4,
- Exposición indecente, Código Penal 314, y
- Violación, Código Penal 261 PC.
Cualquiera de estos delitos de “asalto y agresión” de California o similares pueden ser la base de una demanda civil por daños y perjuicios.
2. ¿Qué derechos tengo si soy agredido en el trabajo?
La ley ofrece varias opciones para denunciar una agresión en el lugar de trabajo. Afortunadamente, las víctimas no tienen que elegir una sobre la otra. Pueden – y generalmente deben – hacer más de una.
Las víctimas de una agresión de un compañero de trabajo pueden:
- Denunciar el delito a la policía,
- Presentar una queja al empleador, y/o
- Presentar una reclamación de compensación laboral o una demanda contra el compañero de trabajo y/o el empleador.
La diferencia entre una denuncia penal y una demanda civil por daños y perjuicios
Las demandas por agresión en el lugar de trabajo cumplen una función diferente que una persecución penal o una queja de recursos humanos.
El sistema de justicia penal se enfoca en el perpetrador. Se trata de determinar la culpabilidad y el castigo penal adecuado. El fiscal presenta la acción y decide si llevar a cabo cargos y si permitir que el perpetrador llegue a un acuerdo.
Una demanda civil, por otro lado, se enfoca en la víctima. Se trata de hacer que la víctima sea lo más completa posible. La víctima es una parte. Esto significa que la víctima decide hasta dónde llevar una demanda y si llegar a un acuerdo fuera de la corte.
3. ¿Tengo que presentar una denuncia policial para demandar por una agresión en el trabajo?
No. Una demanda civil no requiere una denuncia policial o una persecución penal. Y si el fiscal presenta cargos penales, no se requiere una condena para que la víctima pueda demandar. Una víctima puede presentar una demanda civil incluso si un jurado encuentra al acusado “no culpable” en el juicio.
Sin embargo, generalmente es en el interés de la víctima denunciar una agresión en el lugar de trabajo a la policía.
Las 3 principales ventajas de presentar una denuncia policial
Hay tres ventajas clave para presentar un informe policial antes de presentar una demanda civil:
- Ir a la policía le dice al empleador de la víctima que los cargos deben tomarse en serio,
- Denunciar el delito puede evitar que el abogado del acusado use la falta de un informe policial para cuestionar la credibilidad de la víctima, y
- Si el acusado es declarado culpable en un juicio penal, puede extender el estatuto de limitaciones de California — el período durante el cual una víctima de un delito puede presentar una demanda civil por daños.
4. ¿Necesito presentar una queja a mi empleador?
No. Legalmente, una víctima no tiene que denunciar una agresión a su empleador para poder demandar por daños. Pero generalmente es una buena idea.
La mayoría de los departamentos de recursos humanos de los empleadores toman en serio las denuncias de agresión. Y la falta de una queja ante un empleador puede poner en duda la credibilidad del denunciante.
Pero no todas las empresas son lo suficientemente grandes como para tener departamentos de recursos humanos. También debe tenerse en cuenta que los departamentos de recursos humanos trabajan para el empleador, no para el empleado. El objetivo de los recursos humanos suele ser resolver disputas de manera rápida y silenciosa.
Algunos empleadores están más comprometidos que otros con una investigación completa de las denuncias de abuso de empleados. Algunos incluso han comenzado a utilizar investigadores independientes de terceros en un esfuerzo por hacer que el proceso sea más justo y transparente.
5. ¿Debería presentar una queja a mi empleador?
Generalmente vale la pena que alguien agredido por un compañero de trabajo presente una queja ante el empleador. Presentar una queja le permite a la víctima:
- Ser el primero en proporcionar su versión de los hechos al empleador;
- Aprovechar cualquier beneficio — como asesoramiento gratuito — ofrecido por el empleador;
- Evitar futuras acusaciones de que la víctima estaba inventando cosas; y
- Alentar a los testigos a cooperar para llegar al fondo de lo que sucedió.
Presentar una queja también le da al empleador la oportunidad de tomar medidas para mantener segura a la víctima y a los demás en el trabajo.
6. ¿Puedo demandar a mi compañero de trabajo por agredirme?
Sí. California permite a las víctimas de una agresión demandar a la persona que las agredió.
En algunos casos, la persona que cometió la agresión puede ser la única responsable. Pero la mayoría de los empleados no tienen los mismos activos que un empleador. Y es menos probable que los empleados tengan un seguro que cubra tales actos.
Si hay una posibilidad de que el empleador sea responsable, generalmente vale la pena presentar una demanda contra el empleador y el empleado que cometió el asalto.
7. ¿Cuándo puedo demandar a mi empleador si soy agredido por un compañero de trabajo?
Hay dos situaciones en las que un empleador puede ser considerado responsable por un asalto de un compañero de trabajo:
- El empleador sabía o debería haber sabido que el empleado representaba un riesgo para los demás; o
- El empleador es legalmente responsable porque el empleado simplemente estaba haciendo su trabajo.
Veamos más de cerca cada una de estas situaciones.
7.1. El empleador fue negligente al contratar, retener o supervisar al empleado
La ley de California hace que los empleadores sean responsables si son negligentes al contratar, retener o supervisar a un empleado potencialmente peligroso.
Para que un empleador sea considerado responsable bajo esta teoría, el demandante debe demostrar que:
- El empleado que cometió el asalto era incapaz o incompetente para realizar el trabajo para el que fue contratado;
- El empleador sabía (o debería haber sabido) que el empleado representaba un peligro de daño para los demás; y
- Debido a la incapacidad o incompetencia del empleado, el demandante resultó herido.1
Ejemplos de contratación, retención y supervisión negligentes:
Contratación negligente: Una empresa de transporte compartido no realiza una verificación de antecedentes penales de un conductor como lo exige la ley.2 Una verificación de antecedentes habría mostrado que el conductor tiene una condena reciente por violencia doméstica.
Retención negligente: Un restaurante ignora las quejas de que su chef estrella ha estado abofeteando a miembros del personal de cocina.
Supervisión negligente: Una empresa de seguridad ignora su propia regla de que un guardia con menos de un año de experiencia nunca debe estar solo en un sitio de trabajo peligroso.
7.2. El empleador es indirectamente responsable por los actos de sus empleados (respondeat superior)
En la mayoría de los casos, los empleadores no son responsables de los actos intencionales ilícitos de sus empleados.
Por ejemplo, si un empleado de una tienda departamental agrede a un cliente, la tienda no sería responsable a menos que tuviera motivos para saber que el empleado era peligroso. Esto se debe a que agredir a las personas no es algo que un empleador espera que hagan sus empleados.
Sin embargo, en algunos casos, un empleador sí espera que sus empleados actúen con fuerza o amenaza de fuerza. En tales casos, el empleador puede ser responsable “vicariamente” (indirectamente) por las acciones de su empleado. Esto se conoce como ley de respondeat superior.
“Respondeat superior” es una frase en latín que significa “que el amo responda”. Significa que un empleador debe responder por las acciones de sus empleados cuando el empleado estaba actuando en beneficio del negocio del empleador.
¿Cuándo se aplica “respondeat superior” a un asalto de un compañero de trabajo?
La ley de responsabilidad solidaria se aplica cuando:
- Un empleado está actuando dentro del alcance ordinario de su empleo,
- Las acciones del empleado estaban en beneficio del objetivo comercial legítimo del empleador, y
- Como resultado de las acciones del empleado, alguien resultó herido.
En la mayoría de los casos, la responsabilidad solidaria no se aplicará cuando un empleado asalta a un compañero de trabajo. Esto se debe a que agredir a compañeros de trabajo no está dentro del alcance ordinario de la mayoría de los trabajos.
Pero en algunos casos, la fuerza física es parte del trabajo de un empleado. Ejemplos de trabajos en los que la fuerza o la amenaza de fuerza son apropiados incluyen (sin limitación):
- Guardias de seguridad,
- Porteros de discotecas,
- Entrenadores deportivos, y
- Atletas profesionales.
Incluso cuando la fuerza está dentro del alcance del trabajo de un empleado, no siempre es una excusa para el asalto. Si el empleado usa demasiada fuerza, el empleador puede ser responsable bajo la ley de responsabilidad solidaria.
Ejemplo: Carl trabaja como barman en una discoteca de California. Una de las otras camareras, Dee, se emborracha una noche y se vuelve físicamente abusiva con Carl. Cuando Carl empuja a Dee en el pecho para defenderse, uno de los guardias de seguridad de la discoteca reacciona golpeando a Carl.
Usar la fuerza para proteger a los clientes y trabajadores está dentro del alcance ordinario de las funciones de un guardia de seguridad. Hacerlo está en interés del empleador. Por lo tanto, el empleador puede ser responsable bajo la doctrina de la responsabilidad solidaria si las acciones del guardia de seguridad constituyeron un asalto.
8. ¿Qué puedo hacer si mi empleador toma represalias?
Los trabajadores en California están protegidos contra represalias por denunciar un asalto en el lugar de trabajo.
Esta protección está establecida en la “Ley de Protección al Denunciante” de California (Secciones 1102.5 a 1105 del Código Laboral de California). La Ley de Protección al Denunciante hace ilegal que una empresa tome represalias contra un empleado por revelar un asalto a:
- Una agencia gubernamental,
- La policía, o
- La persona o departamento en una empresa que tiene la autoridad para investigar, descubrir o corregir violaciones legales.3
Recursos por violación de la Ley de Protección al Denunciante de California
Las empresas que tomen represalias contra un empleado en violación de la Ley de Protección al Denunciante pueden:
- Recibir una multa civil de hasta diez mil dólares ($10,000) por incidente, y/o
- Enfrentar un juicio por delito menor y ser sentenciado a una multa adicional y/o hasta un año en la cárcel del condado.4
Desafortunadamente, la Ley de Protección al Denunciante no garantiza que una empresa no tomará represalias. Sin embargo, proporciona un remedio en caso de que suceda.
Para obtener más información sobre cómo presentar una queja por represalias, visite el Departamento de Relaciones Industriales de California, Cómo presentar una queja por represalias/discriminación.
9. ¿Qué pasa si estoy en Estados Unidos ilegalmente?
Los funcionarios del gobierno de California generalmente no cuestionan el estado migratorio de alguien ni lo reportan a otras agencias gubernamentales mientras investigan una denuncia de agresión. El Estado de California está más interesado en eliminar a los empleados peligrosos que en castigar a las personas que están aquí sin documentación.
Los extranjeros indocumentados que sientan que han sufrido represalias por denunciar una agresión en el lugar de trabajo deben comunicarse con:
- Un abogado de inmigración experimentado en California,
- La Comisión Laboral de California, y/o
- El Departamento de Relaciones Industriales de California.
10. ¿Puede mi compañero de trabajo demandarme por difamación si lo acuso de agresión?
Desafortunadamente, sí. Algunos perpetradores presentarán una demanda por difamación con la esperanza de silenciar a sus víctimas.
Las víctimas deben saber que la verdad es una defensa absoluta a los cargos de difamación en California. Además, dependiendo de la situación, intentar silenciar injustamente a una víctima con una demanda puede constituir un abuso del proceso legal.
Sin embargo, los costos de hacer que una demanda de difamación injusta desaparezca pueden ser costosos.
Por esta razón, recomendamos que los empleados discutan su situación con un abogado de lesiones experimentado en California lo antes posible después de que ocurra una agresión.
11. ¿Puedo obtener compensación laboral si he sido agredido por un compañero de trabajo?
Sí. Según las leyes de compensación laboral, una agresión en el lugar de trabajo se considera una lesión relacionada con el trabajo.
La ventaja de la compensación laboral es que cubrirá la mayoría de los daños de inmediato. Las demandas civiles a veces pueden tardar años en avanzar en el sistema.
Sin embargo, la recuperación por salarios perdidos es menor, generalmente alrededor de 2/3 del salario del empleado. Además, la compensación laboral no permite a las víctimas recuperarse por daños por dolor y sufrimiento (excepto para recibir terapia).
También debe tenerse en cuenta que la compensación laboral suele ser un recurso exclusivo. Esto significa que si una reclamación está cubierta por la compensación laboral, la víctima no podrá demandar al empleador.
¿Cómo puede un trabajador agredido iniciar una reclamación de compensación laboral?
Para iniciar una reclamación de compensación laboral, un empleado debe presentar un “primer informe de lesión” al empleador. El empleador proporcionará el formulario cuando el empleado informe la lesión. El formulario solicitará información sobre el incidente, incluida la fecha, hora y detalles de lo sucedido.
Para obtener más información, puede leer el Departamento de Relaciones Industriales de California, “Cómo presentar una reclamación”.
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Referencias legales:
- Instrucciones del Jurado Civil de California (CACI) 426. Contratación, supervisión o retención negligente de un empleado.
- Código de Servicios Públicos de California 5445.2.
- Código Laboral de California 1102.5.
- Código Laboral de California 1103.