En California, el fraude de compensación laboral implica proporcionar información falsa o engañosa para obtener beneficios a los que no tiene derecho legalmente. El delito puede ser acusado como un delito menor o un delito grave y conlleva penas de hasta 5 años en la cárcel o prisión.
“La compensación laboral” es un sistema de seguro que proporciona atención médica y pagos por ingresos perdidos a los trabajadores que resultan lesionados en el trabajo.1 El fraude cometido en relación con el seguro de compensación laboral puede conllevar duras penas penales.
Los actos que se consideran fraude de compensación laboral en California incluyen:
- Hacer o presentar conscientemente una declaración material falsa o fraudulenta con el propósito de obtener o negar beneficios de compensación laboral;
- Hacer una declaración falsa o fraudulenta sobre la elegibilidad para beneficios con el fin de disuadir a un trabajador lesionado de reclamar beneficios;
- Ayudar y fomentar conscientemente, o participar en una conspiración para cometer fraude de compensación laboral;2
- Preparar o presentar múltiples reclamaciones para el pago de un beneficio de atención médica cubierto por el seguro de compensación laboral, todas por la misma lesión;
- Presentar una reclamación por un beneficio de atención médica cubierto por la compensación laboral que no fue realmente utilizado;3 y
- Solicitar, referir o aceptar cualquier negocio de una persona, sabiendo que ésta tiene la intención de cometer fraude de compensación laboral.4
Ejemplos
Aquí hay algunos ejemplos de personas que podrían ser acusadas de fraude de compensación laboral en California:
- Un hombre afirma tener un dolor de espalda incapacitante debido a una caída por las escaleras en su oficina y cobra pagos de compensación laboral por ingresos perdidos. En realidad, su dolor de espalda es leve y está trabajando en un nuevo empleo “bajo la mesa” mientras también cobra beneficios.
- Un empleador miente sobre las circunstancias del accidente laboral de un empleado para evitar que ese empleado obtenga beneficios de compensación laboral (lo que aumentaría la prima del empleador para el seguro de compensación laboral).
- Un médico se especializa en tratar pacientes lesionados en el lugar de trabajo y regularmente presenta facturas al seguro de compensación laboral por tratamientos que los pacientes no necesitaron ni recibieron realmente.
La siguiente imagen muestra algunos otros ejemplos de fraude de compensación laboral:
Penas
La mayoría de las formas de fraude de compensación laboral son wobblers en California. Esto significa que pueden ser acusadas como delitos menores o delitos graves según la ley de California.5
La posible condena de prisión por delito grave para la mayoría de las formas de fraude de compensación laboral es de dos (2), tres (3) o cinco (5) años. Las multas por delito grave pueden llegar hasta ciento cincuenta mil dólares ($150,000), o el doble del monto del fraude (lo que sea mayor).6
En la mayoría de los casos, el fraude de compensación laboral como delito menor conlleva una posible condena de hasta un (1) año en la cárcel del condado.7
Defensas legales
Si se le acusa de fraude de seguro de compensación laboral en California, puede que pueda lograr que los cargos se reduzcan o se desestimen argumentando una de las siguientes defensas legales comunes:
- No actuó con conocimiento o intención fraudulenta; y/o
- No hay pruebas suficientes para respaldar los cargos.
En este artículo, nuestros abogados defensores penales de California8 explicarán lo siguiente:
- 1. ¿Cómo define la ley de California el fraude de compensación laboral?
- 2. ¿Cuáles son las posibles consecuencias?
- 3. ¿Cómo puedo combatir los cargos en la corte?
- 4. ¿Con qué otros delitos podría ser acusado?
Presentar una reclamación falsa es un tipo de fraude de compensación laboral.
1. ¿Cómo define la ley de California el fraude de compensación laboral?
Existen varias leyes diferentes en California que abordan el fraude de compensación laboral. Estas son:
1.1. Código de Seguros 1871.4
El Código de Seguros 1871.4 es el principal estatuto de fraude de compensación laboral en California. La definición legal de fraude de compensación laboral bajo esta ley es hacer cualquiera de los siguientes actos:
- Hacer, o causar que se haga, una declaración o representación material falsa o fraudulenta a sabiendas con el propósito de obtener o negar cualquier beneficio de compensación laboral;
- Presentar, o causar que se presente, una declaración material escrita u oral falsa o fraudulenta a sabiendas en apoyo o en oposición a una reclamación de beneficios de compensación laboral;
- Conscientemente ayudar y fomentar o conspirar con cualquier otra persona para cometer cualquier acto de fraude de compensación laboral; o
- Hacer o causar que se haga una declaración falsa o fraudulenta a sabiendas con respecto al derecho a beneficios, con la intención de disuadir a un trabajador lesionado de reclamar beneficios o de presentar una reclamación.9
Veamos con más detalle algunos de los términos en esta definición legal para entender mejor su significado.
Beneficios de compensación laboral
“La compensación laboral” es una forma de póliza de seguro privado que los empleadores están obligados a pagar en California. Si un trabajador resulta lesionado en el trabajo, la compañía de seguros le pagará beneficios por:
- Atención médica;
- Incapacidad temporal (es decir, pagos para compensar los salarios perdidos si no puede trabajar mientras se recupera);
- Incapacidad permanente (pagos para compensar los salarios perdidos si no puede volver a trabajar después del accidente); y/o
- Beneficios por fallecimiento (pagos al cónyuge, hijos u otros dependientes del trabajador si muere por una lesión o enfermedad relacionada con el trabajo).10
Generalmente, los trabajadores lesionados están limitados a buscar compensación laboral, lo que significa que no pueden demandar a su empleador en un tribunal civil en California por lesiones en el trabajo.
La compensación laboral es lo que se conoce como un sistema de “sin culpa”. Esto significa que el empleado lesionado no tiene que probar que la lesión fue culpa de otra persona para recibir beneficios.11
Ejemplo: Betty trabaja como procesadora de textos para un gran bufete de abogados. La empresa proporciona sillas ergonómicas, pero Betty se niega a usar la suya; en cambio, trae una silla plegable de su casa y se sienta en ella.
Betty eventualmente adquiere un síndrome del túnel carpiano severo por todo el tecleo que debe hacer en el trabajo. Termina necesitando tomar varios meses de descanso y recibir terapia física para recuperarse.
La lesión de Betty fue posiblemente culpa suya, no de su empleador, porque no quiso usar la silla ergonómica.
Pero su lesión aún está cubierta por la póliza de seguro de compensación laboral del empleador porque es un sistema de “sin culpa”. El asegurador le paga beneficios por su terapia y salarios perdidos.
Declaración o representación
Una “declaración o representación” incluye, pero no se limita a, lo siguiente:
- Una declaración oral o escrita o representación por parte del reclamante;
- Un aviso;
- Una prueba de lesión;
- Una factura por servicios;
- Pago por servicios;
- Registros hospitalarios o médicos;
- Resultados de radiografías o pruebas;
- Prueba de gastos médico-legales; o
- Cualquier otra evidencia de pérdida, lesión, gasto o pago.12
Ejemplo: Catherine trabaja como cajera en una licorería. Sufre lesiones en la cara y el cuello cuando resulta herida en un intento de robo.
Catherine recibe beneficios de compensación laboral para cubrir el tratamiento con Darren, un quiropráctico que es su amigo. Ella y Darren se dan cuenta de que pueden obtener un poco de ganancia presentando facturas infladas al asegurador de compensación laboral.
Así que Darren, con el conocimiento de Catherine, presenta facturas por tratamientos más frecuentes de los que ella realmente recibe.
Esas facturas por servicios cuentan como “declaraciones” bajo el Código de Seguros 1871.4, y tanto Catherine como Darren son culpables de fraude de compensación laboral.
Declaración o representación “material”
Una declaración se considera “material” si transmite información sobre temas que:
- Son pertinentes o razonablemente relevantes para la investigación de la reclamación por parte del asegurador; y
- Podrían influir directa e importantemente en la investigación y evaluación de la reclamación.13
Ejemplo: Vern se lesiona la rodilla en un accidente automovilístico no relacionado con su trabajo. Luego es atropellado por un carrito eléctrico en su lugar de trabajo, lesionándose la rodilla nuevamente.
Vern eventualmente solicita y recibe beneficios de compensación laboral por su lesión en el trabajo. No informa a los médicos ni a la compañía de seguros que tuvo una lesión previa no relacionada con el trabajo en la rodilla.
La información sobre la lesión previa podría haber apoyado una reducción o incluso una negación de beneficios, si resultaba que fue parcialmente responsable de los problemas en la rodilla de Vern después de su lesión en el trabajo.
Por lo tanto, fue material para la investigación del asegurador sobre las reclamaciones—y Vern es culpable de fraude de compensación laboral por no revelar la lesión previa.14
Falsa o fraudulenta
Una declaración falsa o fraudulenta es cualquier declaración que no sea verdadera, o cualquier declaración u ocultamiento de un hecho material que tenga la intención de inducir a una persona a actuar en su perjuicio.15
Como muestra el ejemplo de Vern arriba, el ocultamiento consciente de un hecho material se considera una forma de declaración o representación falsa o fraudulenta.16
Existen diversas formas que pueden adoptar las declaraciones falsas o fraudulentas bajo la ley de compensación laboral. Los solicitantes de beneficios (es decir, los empleados lesionados) pueden hacer una declaración falsa o fraudulenta al:
- Fingir una lesión;
- Mentir sobre la extensión de una lesión;
- Afirmar que una lesión no relacionada con el trabajo está relacionada con el trabajo;
- No revelar una lesión previa;
- Negar haber presentado reclamaciones anteriores;
- Cobrar beneficios por la misma lesión de más de un empleador; y
- Trabajar ilegalmente mientras recibe beneficios de compensación laboral (“doble beneficio”).
Ejemplo: Henry trabaja para un departamento de agua de la ciudad. Después del trabajo los viernes, él y sus colegas van a una cancha de baloncesto cercana a jugar.
Un día Henry se lesiona la rodilla durante el juego. Regresa al patio del departamento de agua, reporta la lesión y afirma que ocurrió mientras trabajaba. Más tarde solicita beneficios de compensación laboral por la lesión.
Henry es culpable de fraude de seguro de compensación laboral por intentar hacer pasar una lesión no laboral como una lesión laboral.17
Ejemplo: Tom se lesiona gravemente la espalda mientras trabaja como conductor de camión. Afirma que esta lesión le obliga a caminar con un andador y le impide realizar cuidados básicos personales.
La póliza de seguro de compensación laboral de su empresa le otorga beneficios médicos de por vida y una suma sustancial para un cuidador en casa que le ayude con las tareas diarias. Su novia es la cuidadora.
La compañía de seguros sospecha de Tom y envía a un investigador para seguirlo. El investigador graba en video a Tom llevando una vida muy activa como pescador comercial realizando trabajos extenuantes.
Tom es culpable de fraude de compensación laboral por mentir sobre la extensión de sus lesiones y “doble beneficio” (trabajar mientras cobra beneficios).18
Los empleadores también pueden cometer fraude de compensación laboral bajo el Código de Seguros 1871.4 haciendo declaraciones o representaciones falsas o fraudulentas. Las formas comunes de fraude de compensación laboral por parte de empleadores incluyen:
- Mentir a su compañía de seguros sobre el número de empleados;
- Falsificar las funciones laborales de un empleado; y
- Mentir a un empleado sobre la extensión de los beneficios para disuadirlo de presentar una reclamación.19
Ejemplo: María es dueña de una tienda de electrodomésticos. George, uno de sus empleados, se lesiona mientras mueve un electrodoméstico pesado.
María le dice a George que no está cubierto por su póliza de compensación laboral porque solo ha trabajado para ella unos meses. Esto no es cierto, y María lo sabe, pero no quiere que sus primas aumenten por la solicitud de beneficios de George.
María es culpable de fraude de compensación laboral bajo el Código de Seguros 1871.4.
1.2. Código Penal 550 PC
El Código Penal 550 PC describe varias formas de fraude de compensación laboral en California que se superponen con el fraude de atención médica en California. Esta ley tipifica como delito hacer cualquiera de los siguientes actos:
- Hacer o causar conscientemente cualquier reclamación falsa o fraudulenta para el pago de un beneficio de atención médica cubierto por el seguro de compensación laboral;
- Presentar conscientemente una reclamación por un beneficio de atención médica cubierto por el seguro de compensación laboral que no fue utilizado por el reclamante; o
- Presentar conscientemente múltiples reclamaciones para el pago del mismo beneficio de atención médica de compensación laboral, con la intención de defraudar.20
Esta forma de fraude de compensación laboral puede ser cometida por empleados/solicitantes, pero también a veces por médicos y otros profesionales médicos que brindan tratamientos cubiertos por el seguro de compensación laboral.
Ejemplo: Eli es un quiropráctico que anuncia sus servicios a personas que sufren dolor crónico tras lesiones laborales. A veces presenta facturas a compañías de seguros de compensación laboral por tratamientos que un empleado lesionado no recibió realmente.
Eli es culpable de fraude de compensación laboral bajo el Código Penal 550 de California.
Los médicos que son condenados por este y otros tipos de fraude de compensación laboral pueden perder su licencia médica además de las penas penales estándar.
1.3. Código Penal 549 PC
Bajo el Código Penal 549 PC de California, un propietario de negocio o empleado puede cometer fraude de compensación laboral al:
- Solicitar, aceptar o referir cualquier negocio a o de cualquier persona o entidad,
- Con conocimiento o con indiferencia temeraria sobre si esa persona o entidad tiene la intención de cometer fraude de compensación laboral.21
A menudo esta forma de fraude de compensación laboral se imputa a médicos, quiroprácticos u otros proveedores de atención médica involucrados en un esquema de soborno comercial y/o comisiones ilegales diseñado para aprovecharse del sistema de compensación laboral.
Ejemplo: Kareem es dueño de una empresa que fabrica una crema con receta especial para tratar el dolor. Paga grandes sobornos a una docena de médicos y quiroprácticos a cambio de que prescriban la crema a sus pacientes, todos ellos beneficiarios de compensación laboral.
Debido a los detalles técnicos de cómo se reembolsan los ingredientes de la crema por el seguro, las compañías de seguros de compensación laboral terminan pagando sumas astronómicas por la crema.
Los médicos y quiroprácticos que participaron en el esquema de Kareem son culpables bajo el PC 549, porque refirieron negocios a Kareem con indiferencia temeraria sobre si él estaba cometiendo fraude de compensación laboral.22
El fraude de compensación laboral puede ser un delito grave o un delito menor.
2. ¿Cuáles son las posibles consecuencias?
2.1. Penas del Código de Seguros 1871.4
El fraude de compensación laboral bajo el Código de Seguros 1871.4 es lo que se conoce como un wobbler.23 Este es un delito que puede ser acusado como delito menor o delito grave, dependiendo de:
- Las circunstancias de los cargos; y
- Los antecedentes penales del acusado.
Cuando se acusa como delito menor en California, el fraude de compensación laboral bajo el Código de Seguros 1871.4 conlleva las siguientes penas:
- Libertad condicional por delito menor (sumaria);
- Hasta un (1) año en la cárcel del condado;
- Una multa de hasta ciento cincuenta mil dólares ($150,000) o el doble del monto del fraude, lo que sea mayor; y/o
- Restitución a cualquier parte que haya sido víctima del fraude.24
Cuando esta forma de fraude de compensación laboral en California se acusa como delito grave, las penas potenciales son:
- Libertad condicional por delito grave (formal);
- Dos (2), tres (3) o cinco (5) años en la cárcel del condado bajo el programa de realineamiento de California;
- Una multa de hasta ciento cincuenta mil dólares ($150,000) o el doble del monto del fraude, lo que sea mayor; y/o
- Restitución a cualquier parte que haya sido víctima del fraude.25
2.2. Penas del Código Penal 550
El fraude de compensación laboral relacionado con beneficios de atención médica bajo el Código Penal 550 también es un wobbler. Las posibles penas por delito menor bajo esta ley son:
- Libertad condicional por delito menor;
- Hasta un (1) año en la cárcel del condado; y/o
- Una multa de hasta diez mil dólares ($10,000).26
Y las penas por delito grave para esta forma de fraude de compensación laboral incluyen:
- Libertad condicional por delito grave;
- Dos (2), tres (3) o cinco (5) años en la cárcel del condado; y/o
- Una multa de hasta cincuenta mil dólares ($50,000) o el doble del monto del fraude, lo que sea mayor.27
La excepción es si el monto total del fraude es de novecientos cincuenta dólares ($950) o menos (esto incluye el agregado de múltiples reclamaciones durante un período de doce (12) meses consecutivos).
En ese caso, el fraude de seguro de compensación laboral bajo el PC 550 siempre es un delito menor. Las penas potenciales son hasta seis (6) meses en la cárcel del condado, y/o una multa de hasta mil dólares ($1,000).28
2.3. Penas del Código Penal 549
El fraude de compensación laboral bajo el PC 549—solicitar, aceptar o referir negocios de alguien sabiendo que tiene la intención de cometer fraude de compensación laboral—es un wobbler para la primera ofensa, y un delito grave para la segunda y posteriores ofensas.29
Como delito menor, esta ofensa se castiga con hasta un (1) año en la cárcel del condado, y/o una multa de hasta cincuenta mil dólares ($50,000) o el doble del monto del fraude, lo que sea mayor.30
Como delito grave, conlleva una posible condena de dieciséis (16) meses, dos (2) años o tres (3) años, y una multa de hasta cincuenta mil dólares ($50,000) o el doble del monto del fraude, lo que sea mayor.31
2.4. Fraude de compensación laboral y disciplina profesional en California
Los médicos, enfermeros y farmacéuticos de California que son acusados de estar involucrados en fraude de compensación laboral naturalmente deben preocuparse por la disciplina profesional.
Para los médicos de California, cualquier condena penal por un delito que esté “sustancialmente relacionado” con las calificaciones, funciones o deberes de un médico puede desencadenar disciplina profesional.32 Muchas formas de fraude de compensación laboral (por ejemplo, facturar por servicios no realmente prestados) podrían considerarse dentro de esta categoría.
Los enfermeros también pueden enfrentar disciplina y revocación de licencia (en algunos casos) como resultado de una condena por fraude de compensación laboral.33
Los farmacéuticos son otra clase de profesionales que deben preocuparse por el efecto de un cargo por fraude de compensación laboral en su licencia profesional.34
2.5. Penas civiles por fraude de seguro de compensación laboral
La ley de California también prevé fuertes multas civiles para ciertas formas de fraude de compensación laboral.
Estas multas se aplican a las partes que hagan cualquiera de los siguientes actos:
- Representar intencionalmente cualquier hecho para obtener un seguro de compensación laboral a una tarifa menor que la tarifa correcta (esta forma de fraude de compensación laboral la cometen los empleadores);
- Presentar o causar que se presente cualquier declaración falsa o fraudulenta a sabiendas en apoyo o en oposición a cualquier reclamación de beneficios de compensación laboral, con el propósito de obtener o negar esos beneficios;
- Solicitar, recibir, ofrecer, pagar o aceptar conscientemente cualquier reembolso, devolución, comisión u otra compensación ilegal por solicitar o referir clientes para servicios cubiertos por el seguro de compensación laboral;
- Operar o participar conscientemente en un servicio que, con fines de lucro, refiere pacientes para obtener servicios médicos o médico-legales cubiertos por la compensación laboral; o
- Ayudar o conspirar conscientemente con cualquier otra persona para hacer cualquiera de lo anterior.35
Cualquiera de los hechos anteriores conllevará:
- Una pena civil de al menos cuatro mil dólares ($4,000) y hasta diez mil dólares ($10,000) por cada reclamación ilegal de compensación; y
- Una sanción de hasta tres (3) veces el monto del tratamiento médico o gastos médico-legales pagados por un asegurador de compensación laboral como resultado del fraude.36
Además, si tiene una condena previa por delito grave por fraude de compensación laboral bajo el Código de Seguros 1871.4 o el Código Penal 549, enfrentará una pena civil adicional de cuatro mil dólares ($4,000) por cada artículo o servicio respecto al cual ocurrió el fraude.37
La falta de intención fraudulenta es una defensa contra el fraude de compensación laboral.
3. ¿Cómo puedo combatir los cargos en la corte?
Según el abogado defensor penal de Newport Beach Neil Shouse38:
“El fraude de compensación laboral es uno de los tipos de fraude de seguro de más rápido crecimiento en el país. Como resultado, el Departamento de Seguros de California, las aseguradoras y las fiscalías de distrito en todo el estado están destinando muchos recursos para descubrir reclamaciones fraudulentas. Las unidades especiales de investigación a menudo realizan operaciones encubiertas y de vigilancia para intentar atrapar a trabajadores o empleadores que puedan estar tratando de ‘engañar al sistema.’”
Por supuesto, este tipo de vigilancia—y a menudo motivada políticamente—lleva con demasiada frecuencia a que personas sean acusadas erróneamente.
Si se le acusa de fraude de compensación laboral en California, usted y su abogado defensor penal pueden considerar las siguientes defensas legales:
No actuó con conocimiento o intención fraudulenta
No es culpable de fraude de compensación laboral a menos que haya actuado con:
- Conocimiento de que una declaración o conducta particular era falsa o fraudulenta; o
- Intención fraudulenta.39
Muchas veces un error descuidado de su parte será señalado como posible fraude por un investigador de seguros—y reportado a las autoridades.
Pero la carga está en la fiscalía de probar, más allá de toda duda razonable, que usted sabía que estaba presentando una declaración falsa o fraudulenta, y no simplemente cometió un error.
Un abogado defensor penal hábil puede generar suficiente duda sobre esta afirmación para que los cargos sean retirados—o para obtener un veredicto de no culpable en un juicio con jurado.
No hay pruebas suficientes de que haya cometido fraude de compensación laboral
Muchos casos de seguro de compensación laboral giran en torno a un conjunto complicado de hechos. A menudo estos hechos involucran diagnósticos médicos altamente técnicos y a veces contradictorios, informes médicos y otras pruebas que pueden ser difíciles de entender para los acusados y los jurados.
Pero los fiscales no deben aprovechar esta complejidad y ambigüedad para condenar injustamente a alguien.
Es trabajo de un buen abogado defensor penal encontrar las debilidades en el caso de la fiscalía—y ayudarle a recopilar las pruebas más sólidas de su inocencia.
4. ¿Con qué otros delitos podría ser acusado?
Otros delitos en California que frecuentemente se imputan junto con fraude de compensación laboral incluyen:
4.1. Gran robo
Como la mayoría de los delitos de fraude, el fraude de compensación laboral frecuentemente se superpone con el Código Penal 487 PC robo mayor en California.
Comete gran robo cuando toma ilegalmente propiedad que vale novecientos cincuenta dólares ($950) o más.40 Los casos de fraude de compensación laboral a menudo cumplen con la definición legal de “robo por falsas pretensiones,” una forma de gran robo.41
El gran robo es un wobbler en California. La pena máxima por delito menor es un (1) año en la cárcel del condado. La posible pena por delito grave es de dieciséis (16) meses, dos (2) años o tres (3) años.42
4.2. Falsificación
Código Penal 470 PC falsificación en California es el acto de hacer cualquiera de los siguientes con la intención de cometer un fraude:
- Firmar el nombre de otra persona;
- Falsificar un sello o la letra de otra persona;
- Cambiar o falsificar un documento legal; o
- Falsificar, alterar o presentar como genuino un documento financiero falso.43
Por ejemplo, si falsifica la firma de un médico en un informe sobre una lesión y usa ese informe para obtener beneficios de compensación laboral, puede ser acusado tanto de fraude de compensación laboral como de falsificación.
La falsificación es un wobbler y conlleva la misma pena potencial que el gran robo.44
4.3. Perjurio
Comete Código Penal 118 PC perjurio cuando deliberadamente da información falsa bajo juramento.45
Podría ser acusado tanto de perjurio como de fraude de compensación laboral si miente deliberadamente durante una declaración jurada, o en una declaración formal, como parte de una investigación de un asegurador sobre beneficios de compensación laboral.
El perjurio siempre es un delito grave y conlleva una posible pena de dos (2), tres (3) o cuatro (4) años.46
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Recursos adicionales:
Departamento de Relaciones Industriales de California, División de Compensación Laboral
Referencias legales:
- Véase Departamento de Relaciones Industriales de California, Guía para Trabajadores Lesionados, Capítulo 1: Lo básico de la compensación laboral.
- Código de Seguros 1871.4 – Conducta ilegal; penas. (“(a) Es ilegal hacer cualquiera de los siguientes: (1) Hacer o causar que se haga una declaración o representación material falsa o fraudulenta a sabiendas con el propósito de obtener o negar cualquier compensación, según se define en la Sección 3207 del Código Laboral. (2) Presentar o causar que se presente una declaración material escrita u oral falsa o fraudulenta a sabiendas en apoyo o en oposición a una reclamación de compensación con el propósito de obtener o negar cualquier compensación, según se define en la Sección 3207 del Código Laboral. (3) Ayudar, fomentar, conspirar o solicitar a una persona en un acto ilegal bajo esta sección a sabiendas. (4) Hacer o causar que se haga una declaración falsa o fraudulenta a sabiendas con respecto al derecho a beneficios con la intención de disuadir a un trabajador lesionado de reclamar beneficios o presentar una reclamación. Para los fines de esta subdivisión, “declaración” incluye, pero no se limita a, un aviso, prueba de lesión, factura por servicios, pago por servicios, registros hospitalarios o médicos, radiografías, resultados de pruebas, gastos médico-legales según se define en la Sección 4620 del Código Laboral, otra evidencia de pérdida, lesión o gasto, o pago. (5) Hacer o causar que se haga una declaración o representación material falsa o fraudulenta a sabiendas con el propósito de obtener o negar cualquiera de los beneficios o reembolsos proporcionados en el Programa de Retorno al Trabajo establecido bajo la Sección 139.48 del Código Laboral. (6) Hacer o causar que se haga una declaración o representación material falsa o fraudulenta a sabiendas con el propósito de disuadir a un empleador de reclamar cualquiera de los beneficios o reembolsos proporcionados en el Programa de Retorno al Trabajo establecido bajo la Sección 139.48 del Código Laboral. (b) Toda persona que viole la subdivisión (a) será castigada con prisión en una cárcel del condado por un año, o conforme a la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal, por dos, tres o cinco años, o con una multa que no exceda ciento cincuenta mil dólares ($150,000) o el doble del valor del fraude, lo que sea mayor, o con ambas penas. Se ordenará restitución, incluyendo restitución por cualquier servicio de evaluación o tratamiento médico obtenido o proporcionado. El tribunal determinará el monto de la restitución y la persona o personas a quienes se pagará la restitución. Una persona condenada bajo esta sección puede ser obligada a pagar los costos de investigación a discreción del tribunal. (c) Una persona que viole la subdivisión (a) y que tenga una condena previa por delito grave de esa subdivisión, de la antigua Sección 556, de la antigua Sección 1871.1, o de la Sección 548 o 550 del Código Penal, recibirá un aumento de dos años por cada condena previa además de la sentencia prevista en la subdivisión (b). La existencia de cualquier hecho que pueda someter a una persona a un aumento de pena deberá alegarse en la información o acusación y ser admitida por el acusado en audiencia pública, o ser encontrada verdadera por el jurado que juzgue la culpabilidad o por el tribunal cuando la culpabilidad se establezca por declaración de culpabilidad o nolo contendere o por juicio sin jurado.”) Véase también Código Laboral 3207 – Compensación. (“Compensación” significa compensación bajo esta división e incluye todo beneficio o pago conferido por esta división a un empleado lesionado, o en caso de su muerte, a sus dependientes, sin importar negligencia.”)
- Código Penal 550
- Código Penal 549
- Véase notas al final 2-4, arriba.
- Igual.
- Igual.
- Nuestros abogados defensores de fraude de seguros en California tienen oficinas locales en Los Ángeles, Beverly Hills, Burbank, Glendale, Lancaster, Long Beach, Pasadena, Pomona, Torrance, Van Nuys, West Covina y Whittier. Tenemos oficinas adicionales convenientemente ubicadas en todo el estado en el Condado de Orange, San Diego, Riverside, San Bernardino, Ventura, San José, Oakland, el área de la Bahía de San Francisco y varias ciudades cercanas.
- Código de Seguros 1871.4 – Conducta ilegal; penas [fraude de compensación laboral], nota al final 2, arriba.
- Véase División de Compensación Laboral: Hoja informativa, Departamento de Relaciones Industriales de California.
- Véase “Obtención de compensación laboral,” Oficina del Gobernador de California para el Desarrollo Económico y Empresarial.
- Igual.
- People v. Gillard (1997) 57 Cal.App.4th 136, 151-52. (“La materialidad de la declaración falsa es un elemento del delito descrito en la sección 1871.4, subdivisión (a)(1) [ley de fraude de compensación laboral de California]. El tribunal de primera instancia instruyó, sin objeción, que “Una declaración o representación es material si se refiere a un tema razonablemente relevante para la investigación del asegurado … y si un asegurador razonable le daría importancia al hecho representado.” Gillard sostiene que la instrucción debería haber aconsejado al jurado que para ser material la declaración falsa debe tener una “tendencia a influir” en la decisión de una compañía de seguros razonable. . . . Estos casos confirman que la materialidad de las declaraciones falsas para obtener beneficios de seguro se cumple si las declaraciones transmiten información sobre temas que son “pertinentes” o “razonablemente relevantes” para la investigación del asegurador y que podrían influir directa e importantemente en la investigación y evaluación de la buena fe de la reclamación. La instrucción en este caso transmitió adecuadamente estos conceptos.”)
- Basado en los hechos del mismo.
- Diccionario Jurídico Black (9ª ed. 2009), fraude. (“1. Una tergiversación consciente de la verdad u ocultamiento de un hecho material para inducir a otro a actuar en su perjuicio. • El fraude es usualmente un agravio, pero en algunos casos (especialmente cuando la conducta es intencional) puede ser un delito [como el fraude de compensación laboral].”)
- People v. Gillard, nota al final 13, arriba, en 153. (“La principal alegación de Gillard es que cuando un reclamante es procesado por violar la sección 1871.4, subdivisión (a)(1) basado en la falta de divulgación de una lesión previa, un elemento esencial del delito es que las lesiones previas del reclamante produjeron una condición incapacitante laboral que permaneció vigente en el momento de su nueva lesión. Sin esa evidencia, Gillard argumenta que el ocultamiento intencional de esas lesiones previas no puede ser material porque no afectan la concesión por la lesión industrial actual. . . . Rechazamos la alegación de Gillard.”)
- Basado en los hechos de Tensfeldt v. Workers’ Comp. Appeals Bd. (1998) 66 Cal.App.4th 116.
- Basado en los hechos de People v. Webb (1999) 74 Cal.App.4th 688.
- Código de Seguros 1871.4 – Conducta ilegal; penas, nota al final 2, arriba.
- Código Penal 550 PC – Reclamaciones o declaraciones falsas o fraudulentas; actos prohibidos, nota al final 3, arriba.
- Código Penal 549 PC – Reclamaciones falsas o fraudulentas contra aseguradoras; solicitud, aceptación o referencia de negocios; penas y restitución, nota al final 4, arriba.
- Los hechos de este ejemplo se basan en un caso real de fraude de compensación laboral que fue acusado en el Condado de Orange en 2014. Véase, por ejemplo, El precio del dolor: Acusaciones alegan una estafa masiva con crema compuesta, Southern California Public Radio, 11 de septiembre de 2014.
- Código de Seguros 1871.4 – Conducta ilegal; penas, nota al final 2, arriba.
- Igual.
- Igual.
- Código Penal de California 550 PC – Reclamaciones o declaraciones falsas o fraudulentas; actos prohibidos, nota al final 3, arriba.
- Igual.
- Igual.
- Código Penal 549 PC – Reclamaciones falsas o fraudulentas contra aseguradoras; solicitud, aceptación o referencia de negocios; penas y restitución, nota al final 4, arriba.
- Igual.
- Igual.
- Véase Código de Negocios y Profesiones 2236 – Condenas penales y disciplina médica.
- Véase Código de Negocios y Profesiones 2761 – Condenas penales y disciplina de enfermería.
- Véase Código de Negocios y Profesiones 4301 – Condenas penales y disciplina farmacéutica.
- Código Laboral 3820 – Declaraciones legislativas; actos prohibidos; penas.
- Igual.
- Igual.
- Nuestros abogados defensores penales en Newport Beach han llevado a cabo docenas de juicios con jurado y audiencias de adjudicación juvenil, defendiendo una variedad de delitos de cuello blanco en California, incluyendo múltiples formas de fraude de seguros.
- Véase Código de Seguros 1871.4 – Conducta ilegal; penas, nota al final 2, arriba; Código Penal 550 PC – Reclamaciones o declaraciones falsas o fraudulentas [incluyendo en relación con el seguro de compensación laboral]; actos prohibidos, nota al final 3, arriba.
- Véase también People v. Dieguez (2001) 89 Cal.App.4th 266 (sosteniendo que no es necesario probar intención específica de defraudar bajo el Código de Seguros 1871.4); pero véase Instrucciones del Jurado Penal del Consejo Judicial de California (“CALCRIM”) 2000 – Fraude de Seguro: Reclamaciones Fraudulentas (Pen. Code, § 550(a)(1), (4)-(7) & (9)) (especificando intención de defraudar como un elemento del fraude de seguro bajo el Código Penal 550).
- Código Penal 487 PC – Definición de “gran robo”. (“El gran robo es el robo cometido en cualquiera de los siguientes casos: (a) Cuando el dinero, trabajo o propiedad real o personal tomada tiene un valor que excede los novecientos cincuenta dólares ($950), excepto como se dispone en la subdivisión (b).”)
- Código Penal 532 PC – Falsas pretensiones; obtención de dinero, trabajo o propiedad; castigo; evidencia necesaria para respaldar la condena [se superpone con muchas formas de fraude de seguros]. (“(a) Toda persona que a sabiendas y deliberadamente, por cualquier representación o pretensión falsa o fraudulenta, defrauda a otra persona de dinero, trabajo o propiedad, ya sea real o personal, o que causa o induce a otros a reportar falsamente su riqueza o carácter mercantil, y al imponer así a cualquier persona obtiene crédito, y por ello obtiene fraudulentamente la posesión de dinero o propiedad, o obtiene el trabajo o servicio de otro, es castigable de la misma manera y en la misma medida que por hurto del dinero o propiedad así obtenidos.”)
- Código Penal 489 PC – Gran robo; castigo. (“El gran robo se castiga como sigue: . . . (c) En todos los demás casos, con prisión en una cárcel del condado que no exceda un año o conforme a la subdivisión (h) de la Sección 1170.”)
- Código Penal 470 PC – Falsificación; firmas o sellos; corrupción de registros.
- Código Penal 473 PC – Falsificación; castigo. (“(a) La falsificación se castiga con prisión en una cárcel del condado por no más de un año, o con prisión conforme a la subdivisión (h) de la Sección 1170.”)
- Código Penal 118 PC – Definición de “perjurio”
- Código Penal 126 PC – Castigo.