Código de Vehículos § 10851 VC hace que sea un delito en California tomar o conducir el vehículo de otra persona sin su consentimiento. Comúnmente conocido como “dar una vuelta en coche”, este delito se puede acusar como un delito menor o un delito grave.
Penas por delito menor de dar una vuelta en coche |
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Penas por delito grave de dar una vuelta en coche |
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Tenga en cuenta que los oficiales de policía suelen escribir citaciones como
- 10851 VC o como
- 10851 CVC.
Estos son abreviaturas del Código de Vehículos de California.
Ejemplos
- Cortocircuitar el coche de un vecino para llegar al aeropuerto a tiempo para coger un vuelo
- Mientras cuidas la casa de un amigo, “prestar” el coche del amigo (sin consentimiento)
- Sin permiso para hacerlo, tomar el coche de un padre para salir de cita
Defensas
Hay varias defensas legales que usted o su abogado pueden presentar. Estas incluyen demostrar que usted:
- Tenía un derecho de reclamación sobre el vehículo;
- Condujo o tomó un vehículo con el consentimiento del propietario; o
- Actuó bajo coacción.
Tenga en cuenta que una estatuto separado, Código Penal 499b, hace ilegal “dar una vuelta en coche” en una bicicleta o una embarcación.
Nuestros abogados de defensa penal de California explicarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Qué significa conducir o tomar un vehículo sin consentimiento?
- 2. ¿Cómo puedo defenderme contra los cargos de 10851 VC?
- 3. ¿Cuáles son las consecuencias de una condena?
- 4. ¿Qué otros delitos suelen acusarse junto con el joyriding?
El Código de Vehículos de California 10851 VC hace que sea un delito para usted conducir o tomar el vehículo de otra persona sin el consentimiento de esa persona.
1. ¿Qué significa conducir o tomar un vehículo sin consentimiento?
Un fiscal debe probar tres elementos para demostrar que usted es culpable bajo el Código de Vehículos 10851.
Esto incluye demostrar que:
- Usted condujo o tomó el vehículo de otra persona;
- El dueño del vehículo no consintió la conducción o toma; y,
- Usted actuó con la intención de negar al dueño del vehículo la posesión del vehículo por cualquier período de tiempo.1
Tenga en cuenta que con respecto al tercer elemento, aún es culpable de esta sección, sin importar si tiene la intención de robar el auto permanentemente. “Prestar” un vehículo motorizado es suficiente para una acusación de robo de autos.
Bajo el PC 10851, la determinación de si tuvo “la intención de negar” se basa en los hechos específicos de un caso. Pero, tenga en cuenta que la mera posesión de un auto, bajo circunstancias sospechosas, generalmente es suficiente para demostrar la intención.3
2. ¿Cómo puedo defenderme de las acusaciones de 10851 VC?
Si se le acusa bajo el Código de Vehículos 10851, puede desafiar la acusación levantando dudas razonables. Una buena defensa a menudo puede hacer que el fiscal del distrito reduzca o incluso desestime un cargo. Tenga en cuenta, sin embargo, que es fundamental que contrate a un abogado para obtener la defensa más efectiva.
Tres defensas comunes son:
- Reclamo de derecho;
- Consentimiento del propietario; y/o,
- Coacción.
2.1. Reclamo de derecho
En este contexto particular, un reclamo de derecho simplemente significa que legítimamente poseía el auto que condujo o tomó. No puede cometer un delito bajo el Código de Vehículos 10851 si tiene un reclamo de derecho sobre (es decir, posee) el vehículo involucrado. Esta defensa se plantea a menudo cuando no está claro a cuya nombre está el título del auto.
2.2. Consentimiento del propietario
Recuerde que un elemento del delito de robo de autos es que el dueño del auto no debe haber consentido que usted conduzca o tome el auto. Una buena defensa, por lo tanto, es que muestre que tuvo el consentimiento del propietario del vehículo para conducirlo.
Tenga en cuenta, sin embargo, que el consentimiento debe darse para los hechos específicos de un caso dado. Esta sección establece expresamente que el consentimiento no puede:
Presumirse o inferirse por el consentimiento del propietario en una ocasión anterior.4
2.3. Coacción
Para entender mejor esta defensa, piense en un caso en el que un ladrón de bancos retiene a un peatón a punta de pistola y le dice que se suba a un auto en marcha y lo lleve.
Duress es una defensa legal en la que un acusado básicamente dice: “Él me hizo hacerlo”. La defensa se aplica a la situación muy limitada en la que cometes un delito (aquí, tomar ilegalmente un automóvil), porque alguien amenazó con matarte si el delito no se cometía.
Si se acusa como delito, el delito es castigable con prisión en una cárcel del condado
3. ¿Cuáles son las consecuencias de una condena?
Bajo el Código de Vehículos 10851 VC, el delito de tomar o conducir ilegalmente un vehículo es un delito wobbler. Esto significa que puede ser castigado como una falta de California o una felony.
Si se acusa como un delito menor, el delito es castigable con:
- Cárcel en una cárcel del condado por hasta un año; y/o,
- Una multa de hasta $5,000.5
Si se procesa como un cargo felón, el delito es castigable con una pena de prisión estatal de:
- 16 meses;
- Dos años; o,
- Tres años.6
Estas penas aumentan si usted:
- conduce o toma una ambulancia, vehículo de la policía o vehículo de bomberos en una llamada de emergencia7; o,
- Tiene una o más condenas previas por delitos menores o robo de gran magnitud8.
En estas circunstancias, puede recibir una multa de hasta $10,000, y/o, encarcelamiento en una cárcel del condado por:
- Dos años;
- Tres años; o,
- Cuatro años.9
4. ¿Qué otros delitos suelen acusarse junto con el hurto de vehículos?
Hay cuatro delitos relacionados con el hurto de vehículos, según el VC 10851. Estos son:
- Robo de auto – PC 487(d)(1)
- Robo – PC 487
- Burglaría de auto – PC 459
- Daños maliciosos a un vehículo – VC 10853
4.1. Robo de auto – PC 487(d)(1)
Código Penal de California 487(d)(1) (robo de auto) hace que sea un delito para usted tomar permanentemente el vehículo de otra persona.
Bajo el PC 487 (d) (1), un fiscal debe probar varios elementos para lograr una condena por robo de automóvil (a veces llamado “GTA”). Estos incluyen:
- Tomaste el auto de alguien (que no fuera el tuyo);
- El auto valía más de $950 dólares;
- No tenías permiso del dueño para tomar el auto;
- Cuando tomaste el auto, tenías la intención de privar al dueño de él permanentemente, o de llevártelo por un período significativo de tiempo; y,
- Moviste el auto (incluso si fue una distancia muy corta) y lo mantuviste por un período de tiempo (aunque sea breve).10
GTA es un delito de doble cara, lo que significa que el robo de vehículos puede ser acusado como un delito menor o un delito grave. En la práctica, sin embargo, el delito generalmente conduce a un delito grave que es castigable con una pena de cárcel de:
- 16 meses;
- Dos años; o,
- Tres años.11
4.2. Robo de Gran Valor – PC 487
El delito de robo bajo la ley de California se define como el tomar ilegalmente la propiedad de otra persona.12
Cuando el bien tomado tiene un valor de más de $950, el robo se considera el delito de robo de gran valor bajo el Código Penal 487 PC.13
Al probar un cargo de robo de gran valor, bajo el PC 487, un fiscal puede demostrar que cometiste un delito de robo de cualquiera de las siguientes maneras:
- Hurto;
- Falsas pretensiones;
- Truco; y/o,
- Apropiación indebida.
En la mayoría de los casos, el delito de robo de gran valor en California es un delito de doble cara, lo que significa que puede ser acusado como un delito menor o un delito grave.
Si se acusa como un delito menor, puedes ser sentenciado a hasta un año en la cárcel del condado.
Si se acusa de robo de gran valor como un delito grave, puedes ser sentenciado a una pena de cárcel de:
- 16 meses;
- Dos años; o,
- Tres años.14
4.3. Robo de Automóvil – PC 459
En California, el delito de robo de automóvil, según el Código Penal 459, se produce cuando entras a un automóvil o su maletero cerrado con la intención de:
- Robar el auto;
- Robar la propiedad contenida en el auto; o,
- Cometer cualquier otro delito grave en el vehículo.15
El robo de automóvil en California es una forma de lo que se conoce como “robo de segundo grado”.16
Robo de segundo grado (incluyendo robo de automóvil, según el Código Penal 459) es un delito que puede ser calificado como delito menor o delito grave.
Si se acusa como delito menor, la pena máxima es la prisión en la cárcel del condado por un año. 17
Si se acusa como delito grave, la pena máxima de prisión es de tres años. 18
4.4. Daños maliciosos a un vehículo – VC 10853
Código de Vehículos 10853 VC establece que es un delito cometer daños maliciosos a un vehículo. Esto se define como desfigurar, dañar o destruir un vehículo sin el consentimiento del propietario. El Código de Vehículos 10853 es un cargo de delito menor. Una condena conlleva una sentencia de hasta 6 meses en la cárcel del condado.
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Si usted o alguien que conoce ha sido acusado de conducir un vehículo sin autorización, de acuerdo con el Código Penal 10851, nuestros abogados de defensa penal lo invitan a que nos contacte para una consulta gratuita. Podemos ser contactados las 24 horas del día llamándonos o completando el formulario de contacto en su página.
Referencias legales:
- Vea lo mismo. Contraste esto con el delito de robo de automóvil de California, donde un acusado es culpable solo si tenía la intención de robar un automóvil de forma permanente o por un período de tiempo suficientemente largo para privar al propietario del valor significativo de disfrutarlo.
- Gente v. Clifton (1985) 171 Cal. App. 3d 195.
- Código de Vehículos de California, sección 10851 (c) VC. Vea también Gente v. Hutchings (1966) 242 Cal.App.2d 294; Gente v. Llamas (1997) 51 Cal.App.4th 1729; Gente v. Cook (1964) 228 Cal.App.2d 716.
- Lo mismo en la sección (a).
- Vea lo mismo. Vea también Gente v. Lara (2019) 6 Cal. 5th 1128.
- Código de Vehículos de California 10851 (b) VC. Tenga en cuenta que en estos casos un fiscal, para obtener una condena, debe demostrar que el acusado sabía que un vehículo era una ambulancia, un vehículo de policía o un vehículo de bomberos.
- Mismo. Vea también Código Penal de Cal 666.5 PC.
- Vea lo mismo. Vea también el Código de Vehículos de California 10851 (b) VC.
- Código Penal de California 487 (d) (1); y, Instrucciones de Jurado Criminal del Consejo Judicial de California (“CALCRIM”) 1820 – Robo de Vehículo con Agravantes. Ver también People v. Page (2017) 3 Cal.5th 1175.
- Código Penal de California 487 (d) (1); y, Código Penal de California 1170 (h) (1) PC.
- Código Penal de California 484. Ver también People v. Jaramillo (1976) 16 Cal.3d 752; People v. Cratty (1999) 77 Cal.App.4th 98.
- Código Penal de California 487.
- Código Penal de California 487 y 489.
- Sección 459 del Código Penal de California.
- Código Penal 460.
- Código Penal 461.
- Ver lo mismo.