- You reasonably believed the threat was genuine. The threat does not have to be real, but you must have believed it was. If the threat was made in jest or in a way that a reasonable person would not take seriously, the duress defense will not work.3
- You had no reasonable chance to escape the threatened harm. You must have felt that you had no choice but to commit the crime to avoid the threatened harm. If you could have safely gotten away from the situation without breaking the law, the duress defense will not apply.4
Coacción es similar a la legítima defensa en que está reaccionando a un peligro inminente. Ambos son lo que se llama una defensa afirmativa porque no está negando que haya violado la ley: en cambio, está argumentando que su actividad ilegal está justificada ya que razonablemente creía que evitaría la muerte o el daño inmediato.1
Ejemplos
Jill está detenida en un semáforo en rojo cuando de repente se abre la puerta del pasajero y un desconocido se sube. Le apunta con una pistola a la cabeza y le dice que conduzca al banco para que él pueda robarlo. Jill cumple por miedo. Si luego se le acusa de ayudar e instigar al ladrón del banco, probablemente pueda hacer que el caso se deseche alegando coacción.
John y su hija pequeña están en la fila en una CVS cuando un hombre de repente le pone un cuchillo en las costillas a la hija y le indica a John que levante al cajero. Temiendo por la vida de su hija, John cumple. Si luego se le acusa de robo, probablemente pueda hacer que el caso se deseche alegando coacción.
Elementos de la defensa de coacción
La coacción es más que simplemente tener miedo. Los siguientes tres elementos deben ser verdaderos para que se desestimen sus cargos penales en California basándose en la coacción:
- Usted – o alguien cercano a usted – fue amenazado con daño inmediato. Debe temer que la amenaza se lleve a cabo de inmediato y no en algún momento futuro. Además, no tiene que ser usted quien enfrenta la muerte o lesiones corporales inmediatas: la víctima puede ser alguien con quien tenga una “conexión directa”, como un cónyuge o un hijo.2
- Usted razonablemente creía que la amenaza era genuina. La amenaza no tiene que ser real, pero usted debe haber creído que lo era. Si la amenaza se hizo en broma o de una manera que una persona razonable no tomaría en serio, la defensa de coacción no funcionará.3
- No tenía una oportunidad razonable de escapar del daño amenazado. Debe haber sentido que no tenía otra opción que cometer el delito para evitar el daño amenazado. Si podría haber escapado de la situación de manera segura sin violar la ley, la defensa de coacción no se aplicará.4
- Su creencia era razonable. Realmente creías que el daño amenazado se llevaría a cabo. Además, cualquier persona razonable en tu lugar también lo habría creído. La amenaza puede ser hecha por palabras o acciones, pero no puede ser vaga.3
- No podías escapar razonablemente. Tu situación no ofrecía una opción realista y factible para escapar de la amenaza. En resumen, no tenías forma de retirarte de manera segura.
Aquí hay un ejemplo donde la defensa de coacción no funcionaría:
Max recibe una llamada telefónica anónima en su casa amenazando con matarlo si no roba en una joyería y deja los artículos en un casillero de almacenamiento. Si Max cumple con la demanda, alegar coacción no lo eximirá del robo. No hay razón para creer que la amenaza de violencia fue inmediata, y cualquier persona razonable en la situación de Max habría llamado a la policía. Había una alternativa razonable para cometer el robo.
Limitaciones y excepciones
Hay dos escenarios en los que alegar coacción no resultará en una absolución o desestimación de cargos en California, incluso si realmente temías por tu vida:
- Te pusiste en la situación amenazante. Por ejemplo, si eliges unirte a una pandilla criminal, no puedes luego alegar coacción si el líder de la pandilla te apunta con un arma y amenaza con disparar si no robas un auto. Al colocarte en circunstancias peligrosas en primer lugar, actuaste con libre albedrío, lo que anula la defensa de coacción.
- Estás acusado de asesinato. A menos que hayas actuado en defensa propia legal, no hay justificación bajo la ley de California para el asesinato. Incluso si te amenazaron con la muerte si no matas a otra persona, alegar coacción no te exonerará ya que tu vida no es más valiosa que la de cualquier otra persona.
Ten en cuenta que sí puedes usar la coacción para defenderte de cargos de asesinato en segundo grado, siempre y cuando puedas demostrar que cometiste el delito subyacente mientras estabas bajo coacción.
Carga de la prueba
Si tu caso penal va a juicio en California, los fiscales tienen que demostrar más allá de una duda razonable que eres culpable. Si alegas coacción, tú (o tus abogados de defensa criminal) no tienen entonces la carga de probarlo; en cambio, solo debe haber una duda razonable de que cometiste el delito voluntaria o intencionalmente.4
Dependiendo de su caso, las pruebas útiles para demostrar que actuó bajo coacción pueden incluir:
- Grabaciones de vigilancia en video de usted siendo amenazado
- Testimonios de testigos presenciales de que usted fue amenazado
- Cualquier comunicación relevante grabada (como mensajes de texto, mensajes de voz, etc.)
- Cualquier evidencia forense relevante y testimonio de expertos
Coacción vs. necesidad
Necesidad es la defensa en la que intenta evitar la culpa demostrando que cometió un delito penal porque era necesario ya sea:
- Para evitar que ocurra un daño aún mayor, o
- Para evitar alguna situación perjudicial.
Tal vez, por ejemplo, cometió huida del lugar del accidente para llevar a un miembro de la familia al hospital y evitar una emergencia médica grave.
Aunque las defensas de necesidad y coacción están relacionadas, comparten dos diferencias distintas:
- Para la defensa de necesidad, la amenaza de daño futuro no necesita ser inmediata. Puede afirmar la defensa incluso si tuvo tiempo para pensar en el daño.
- Con la coacción, solo necesita plantear una duda razonable en cuanto al delito del que se le acusa. Con la necesidad, tiene que probar todos los elementos de la defensa por una preponderancia de la evidencia.5
Coacción vs. legítima defensa
La legítima defensa es una forma efectiva de impugnar un cargo penal en California si puede demostrar que:
- Razonablemente creía que estaba en peligro inminente de sufrir daño físico, y
- La fuerza que utilizó era necesaria para detener el peligro.
La legítima defensa se aplica cuando intenta liberarse de estar bajo coacción. Por ejemplo, si una persona le apunta con un arma a la cabeza y amenaza con disparar si no comete un delito, está bajo coacción. Sin embargo, si se defiende, toma el control del arma y dispara a esa persona, entonces puede alegar legítima defensa.
Duress en casos civiles
La coacción es una defensa aceptable en algunos casos civiles de California, generalmente aquellos que involucran leyes de contrato. Para que funcione, tendrías que demostrar que:
- Participaste en alguna transacción comercial, y
- Solo lo hiciste porque alguien más realizó un acto ilegal que te colocó en un estado de temor de dificultades económicas.6
Si tienes éxito, la defensa funciona para anular o deshacer la transacción comercial en la que participaste.
Cuando se utiliza en un caso civil, la defensa de la coacción a menudo se conoce como “coacción económica”.
Lectura adicional
Para obtener información más detallada, nuestros abogados defensores penales de California sugieren que consulte estos artículos académicos:
- Coacción, libre albedrío y derecho penal – Artículo de la California Law Review sobre cómo la coacción elimina la mens rea (intención criminal).
- Fortaleza implícita: la defensa de la coacción en California – Pepperdine Law Review sobre cómo opera la coacción en la jurisdicción de los tribunales estatales de California.
- La defensa penal de la coacción: una justificación, no una excusa, y por qué importa – Buffalo Criminal Law Review.
- Coacción: una explicación filosófica de la defensa en el derecho – Arizona Law Review.
- Coacción en el derecho penal – Artículo de Criminal Law Quarterly sobre cómo la coacción física puede excusar actos criminales.
Referencias Legales:
- CALCRIM No. 3402. Ver, por ejemplo, U.S. v. Gonzalez, (2005) 407 F.3d 118. Ver también Dixon v. U.S. (Corte Suprema de los Estados Unidos, 2006) 548 US 1. State v. Baker, (2008) 197 P.3d 421. Ver también Head v. Gadsden Civil Service Bd., (1980) 389 So.2d 516. Ver, por ejemplo, U.S. v. Gonzalez, (2005) 407 F.3d 118.
- Ver, por ejemplo, U.S. v. Navarro, (2010) 608 F.3d 529. Ver también People v. Petznick, (2003) 114 Cal.App.4th 663. Ver nota 1.
- Ver, por ejemplo, Ruffin v. State, (2008) 992 S.2d 1165. Ver nota 1.
- People v. Graham, (1976) 57 Cal.App.3d 238.
- Ver, por ejemplo, People v. Dewberry (Cal.App. 1992) 8 Cal. App. 4th 1017.
- Diccionario de Leyes de Black, Sexta Edición – “Coacción Económica”. Ver también Mancino v. Friedman, (1980) 429 N.E.2d 1181.