En California, en casos de delitos graves, una moción del Código Penal 995 es cuando le pide al juez del tribunal de juicio que desestime uno o más cargos porque el juez de la audiencia preliminar permitió incorrectamente que su caso avanzara. Usted presenta una moción del PC 995 con el tribunal de juicio después de que el fiscal presenta la denuncia penal – llamada “información” – pero antes del juicio.
Por lo tanto, una moción del PC 995 (pronunciada “nueve-nueve-cinco”) es esencialmente una apelación de la decisión del juez de la audiencia preliminar de enviar su caso a juicio. Técnicamente se conoce como una “moción para anular la información.”
Si el juez del juicio encuentra que no hay suficientes fundamentos legales para enviarlo a juicio, concederá su moción del PC 995. De lo contrario, su caso continuará a juicio (a menos que acepte un acuerdo).
Puede presentar mociones del 995 en casos que involucren solo delitos graves o en casos que involucren tanto delitos graves como delitos menores. Si solo se le acusa de delitos menores, no puede tener una audiencia preliminar y, por lo tanto, no puede presentar una moción del 995.
Para ayudarte a entender mejor las 995 mociones, nuestros abogados de defensa criminal de California discuten lo siguiente:
- 1. ¿Qué es una moción PC 995?
- 2. ¿Cuándo puedo presentarla?
- 3. Fundamentos legales
- 4. Casos elegibles
- 5. Proceso de presentación
- 6. Si ganas
- 7. Si pierdes
- Lectura adicional
1. ¿Qué es una moción PC 995?
Una moción bajo el Código Penal de California 995 pide a un juez de juicio que desestime todo o parte de tu caso penal. Se aplica en casos en los que:
- Todos los cargos son por delitos graves, o
- Los cargos incluyen tanto delitos graves como delitos menores.1
La moción también puede aplicarse a la solicitud del fiscal de agravantes de sentencia y/o alegaciones de circunstancias especiales.
Todos los cargos – incluyendo agravantes y circunstancias especiales – deben estar respaldados por hechos. El juez de la audiencia preliminar debe decidir si esos hechos son lo suficientemente fuertes como para justificar un juicio.
Si crees que el juez de la audiencia preliminar decidió incorrectamente, puedes presentar una moción 995. Esto pide al juez de juicio que revise la decisión del juez de la audiencia preliminar.
2. ¿Cuándo puedo presentarla?
Cuando se te acusa de un delito grave, habrá una audiencia preliminar. En esta audiencia, un juez determina si hay suficiente evidencia para enviar tu caso a juicio.2
Si es así, el juez te “mantendrá para ser juzgado” por los delitos. Esto significa que el caso puede avanzar. El fiscal entonces presentará una “información” (denuncia) ante el tribunal de juicio.
Una vez que el fiscal presenta la información ante el tribunal de juicio, puedes hacer una moción Penal Code 995 “para anular la información”. Esto suele hacerse antes de cualquier otra audiencia previa al juicio.
En esencia, la moción pide al juez del juicio que revise la decisión del juez de la audiencia preliminar.
3. Fundamentos Legales
El propósito de la audiencia preliminar es “eliminar cargos infundados o sin respaldo”.3 Los cargos se consideran infundados o sin respaldo cuando:
- Se te ha sometido ilegalmente a juicio, y/o
- Se te ha sometido a juicio sin causa probable.
Si cualquiera de estas situaciones se aplica, el tribunal de juicio concederá la moción para anular la información.
Veamos más de cerca lo que significan estas dos cosas.
Se Te Ha Sometido Ilegalmente a Juicio
Eres “sometido ilegalmente” cuando se te niega un derecho sustancial durante la audiencia preliminar. Estos derechos incluyen (pero no se limitan a):
- El derecho a estar mentalmente competente durante tu audiencia preliminar;
- El derecho a ser representado por un abogado;4
- El derecho a ser informado de que puedes ser representado por un abogado;5
- El derecho a que la audiencia preliminar se lleve a cabo en “una sola sesión”;6 y
- El derecho a presentar y contra-interrogar testigos en la audiencia.7
Se Te Ha Sometido a Juicio Sin Causa Probable
La Cláusula de Debido Proceso de la Decimocuarta Enmienda requiere que un juez tenga causa probable en California para enjuiciarte por un delito. Esto significa que un juez solo puede enviar un caso a juicio si las acusaciones en la denuncia están respaldadas por hechos.8
Los hechos no necesitan probar que eres culpable más allá de una duda razonable. Esa determinación es para el jurado (o, en un juicio sin jurado, el juez).
Los hechos deben ser suficientes para que una persona razonable pueda tener “una sospecha honesta y fuerte” de que eres culpable del (de los) delito(s) acusado(s).9 Como el abogado de defensa criminal de Palm Springs, Michael Scafiddi10, explica:
“Mientras haya alguna evidencia que respalde la causa probable, un juez no puede otorgar una moción 995.11 Aún así, a menudo vale la pena presentar la moción de todos modos. Una moción 995 es una oportunidad para resaltar las debilidades en el caso de la fiscalía en una etapa temprana.”
Ejemplos de Defectos Específicos
La falta de causa probable y el arresto ilegal pueden surgir en varias situaciones. Algunas de las más comunes incluyen (pero no se limitan a) las siguientes.
Evidencia Ilegal
La evidencia de un delito no puede ser obtenida violando las leyes federales o de registro y decomiso de California. Si la única evidencia en tu caso proviene de una búsqueda ilegal, el juez debería otorgar la moción 995.12
Ejemplo: La policía detiene a Bill por una luz de freno rota. Él no parece estar intoxicado, pero la policía le pide a Bill que abra su maletero. Dentro encuentran una bolsa de cocaína y lo arrestan por posesión con intención de vender.
Aquí, la policía no tenía causa probable para sospechar de Bill de un crimen. Por lo tanto, ordenarle que abriera su maletero fue ilegal. El juez de la audiencia preliminar no debería programar el caso para juicio. Sin embargo, si lo hacen, Bill debería prevalecer en una moción 995.13
Evidencia Insuficiente
La fiscalía debe presentar hechos para respaldar cada elemento de los cargos en su contra, incluyendo:
- Todos los elementos de cada cargo de delito grave,
- Todos los elementos de cualquier cargo menor,
- Cualquier base para un aumento de la sentencia, y
- Motivos para una determinación de circunstancias especiales.
Ejemplo: Supongamos que en el ejemplo anterior, Bill le dio a la policía causa probable para buscar en su maletero. Aún así, el fiscal no presenta ninguna evidencia de intención de vender. Dado que no hay hechos que respalden la acusación, la moción 995 de Bill debería ser concedida en cuanto al cargo de posesión para la venta.14
Conclusiones de Hecho “Fatales”
A veces, el juez de la audiencia preliminar llega a una conclusión de hecho que tiende a establecer su inocencia. Un ejemplo común es una decisión de que un testigo clave no es creíble.15 Por ejemplo,
- un testigo puede no haber podido identificarlo adecuadamente debido a la mala iluminación y la distancia del lugar del crimen, o
- un testigo puede haber testificado solo que usted “se parecía” al perpetrador.16
Si esta es la única evidencia que respalda su denuncia, el juez de la audiencia preliminar no debería enviar el cargo a juicio. Si lo hacen, es un error. El juez del juicio debería conceder la moción 995.
Falta de Entrega de Pruebas
La Cláusula del Debido Proceso requiere que el fiscal divulgue cualquier evidencia que sea favorable para usted, generalmente dentro de los 15 días posteriores a su obtención.17 Si no lo hacen intencionalmente, los cargos deberían ser desestimados.
Ejemplo: Cuando la policía detiene a Bill en el ejemplo anterior, Bill les dice que tomó prestado el auto de su vecino. Durante su investigación, la policía habla con varias personas que les dicen que Bill les pidió prestado un auto más temprano esa noche. El fiscal no lo divulga a Bill. Dado que su testimonio podría haber ayudado a demostrar que Bill estaba diciendo la verdad, la falta de divulgación viola los derechos de debido proceso de Bill.
Falta de Presentación de la Información Dentro del Plazo
El fiscal solo tiene 15 días después de su audiencia preliminar para presentar la “información” (denuncia de juicio) en su contra.18
Si el fiscal no presenta la denuncia dentro de los 15 días posteriores a la orden del juez preliminar, el juez del juicio debería conceder su moción 995 para desestimar el caso.19
La Audiencia Preliminar se Extendió por Más de una Sesión
Las audiencias preliminares deben ocurrir dentro de una sesión a menos que usted acepte el retraso. En general, si su audiencia preliminar se extiende por más de una sesión y no es liberado, su compromiso es ilegal y debería provocar el despido del caso.
4. Casos elegibles
Solo podemos presentar una moción 995 si el juez determina en su audiencia preliminar que hay causa probable de que haya cometido al menos un delito grave.
Una denuncia penal a menudo combina cargos tanto de delitos graves como de delitos menores. También puede alegar hechos en apoyo de:
- Agravantes de sentencia / pena (como un agravante de pandilla), o
- Alegaciones de circunstancias especiales (como acechar en un caso de asesinato).
Mientras enfrente al menos un delito grave después de la audiencia preliminar, podemos utilizar una moción 995 para impugnar todos los cargos, agravantes o circunstancias, incluyendo cualquier delito menor.20
5. Proceso de presentación
Si su caso es “enviado” después de su audiencia preliminar, normalmente presentamos una moción 995 después de que el caso sea asignado a un juez de juicio y antes de cualquier otra diligencia previa al juicio.
Las mociones 995 son documentos escritos que explican la base factual y legal de nuestra solicitud para desestimar su caso. Una vez presentada la audiencia, el juez de juicio fijará una fecha para la audiencia.
La audiencia sobre la moción no toma mucho tiempo, generalmente menos de una hora. Nosotros argumentamos primero, luego el fiscal. Luego tenemos la oportunidad de hacer un argumento final.
El juez generalmente emitirá una decisión inmediatamente después de que concluyan los argumentos. Sin embargo, ocasionalmente pueden continuar el caso para considerar los argumentos más a fondo.
6. Si ganas
Los cargos afectados serán desestimados si el tribunal de juicio otorga tu moción 995, pero el fiscal puede apelar la decisión. Mientras su apelación esté pendiente, el fiscal puede:
- Continuar con un juicio por jurado o un juicio sin jurado por los cargos restantes (si los hay), o
- Solicitar una prórroga del juicio hasta que se resuelva la apelación.21
Alternativamente, el fiscal puede saltarse la apelación y simplemente volver a presentar los cargos en una nueva denuncia. Sin embargo, California sigue una “regla de dos desestimaciones”: Los cargos que han sido desestimados dos veces generalmente no pueden ser procesados nuevamente.22
Hay algunas excepciones a la regla de dos desestimaciones. Podemos explicarte las excepciones si te encuentras en esta situación.
¿Qué sucede con mi fianza si mi caso es desestimado?
Si todos los cargos son desestimados después de tu moción 995, el tribunal debe:
- Reembolsar tu fianza de California dentro de 15 días,23 o
- Si el fiscal vuelve a presentar los cargos, aplicar la fianza a los nuevos delitos.24
7. Si pierdes
Si el juez niega tu moción 995, puedes apelar la decisión. El plazo para apelar depende de los fundamentos originales citados en la moción.
Si los fundamentos fueron un arresto ilegal, tienes hasta 60 días a partir de la fecha de tu lectura de cargos para presentar una apelación.25
Si los fundamentos fueron un arresto sin causa probable, la apelación debe presentarse dentro de los 15 días posteriores a la denegación del juez de la moción 995.26
Si no apela o pierde la apelación, su caso continuará hacia el juicio.
Lecturas adicionales
Para obtener información más detallada sobre las audiencias preliminares, consulte los siguientes artículos académicos:
- La audiencia preliminar en Los Ángeles: algunos hallazgos de campo y observaciones de política legal – Revista de Derecho de UCLA.
- La disponibilidad de una primera comparecencia y audiencia preliminar – Ahora las ves, ahora no las ves – Repositorio de Becas de la Facultad de Derecho de William & Mary.
- Audiencias preliminares después de la acusación – Revista de Práctica y Procedimiento de John Marshall.
- Audiencias preliminares en casos de homicidio: una audiencia retrasada es una audiencia denegada– Revista de Derecho Penal, Criminología y Ciencias Policiales.
- El derecho a un abogado en la audiencia preliminar – Revista de Derecho de Missouri.
Referencias legales:
- People v. Thiecke (1985) 167 Cal.App.3d 1015.
- Código Penal de California 872 PC.
- People v. Superior Court (Mendella) 33 Cal.3d 754 (citando People v. Brice (1982) 130 Cal.App.3d 201).
- People v. Napthaly (1895) 105 Cal. 641.
- People v. Miller (1932) 123 Cal.App. 499.
- People v. Bucher (1959) 175 Cal.App.2d 343.
- Jennings v. Superior Court of Contra Costa County (1967) 66 Cal.2d 867.
- People v. Chapple (2006) 138 Cal.App.4th 540.
- People v. Ingle (1960) 53 Cal.3d 407; ver también Malleck v. Superior Court (1956) 142 Cal.App.2d 396.
- El abogado de defensa criminal de Palm Springs, Michael Scafiddi, utiliza su conocimiento interno como ex oficial de policía para representar a clientes en todo el Inland Empire, en los tribunales de los condados de San Bernardino y Riverside, incluyendo el Centro de Justicia del Suroeste de Murrieta, Banning, Fontana, Joshua Tree, Barstow y Victorville.
- Ver Garabedian v Superior Court (1963) 59 C2d 124; Barber v Superior Court (1991) 1 CA4th 793.
- People v Lilienthal (1978) 22 C3d 891; People v Scoma (1969) 71 C2d 332; People v Sherwin (2000) 82 CA4th 1404.
- In re Justin B. (1999) 69 CA4th 879.
- People v Upton (1968) 257 CA2d 677).
- People v. Superior Court (Gibson) (1980) 101 Cal.App.3d 551.
- Vukman v Superior Court (1981) 116 CA3d 341, desaprobado por otras razones en People v Cuevas (1995) 12 C4th 252.
- Brady v. Maryland (1963) 373 U.S. 83. Ver también Izazaga v. Superior Court (1991) 54 Cal.3d 356.
- Código Penal de California 1382 PC.
- People v. Ganger (1950) 97 Cal.App.2d 11.
- Ver, por ejemplo, People v Thiecke (1985) 167 CA3d 1015 (delitos menores); Huynh v Superior Court (1996) 45 CA4th 891 (alegaciones de aumento de pena); People v Ghent (1987) 43 C3d 739 (alegaciones de circunstancias especiales).
- People v. Superior Court (Caudle) (1990) 221 Cal.App.3d 1190. Ver también Reglas de la Corte de California 8.112 y 8.116.
- Código Penal de California 1387 PC.
- Código Penal de California 977 PC.
- Código Penal de California 1303 PC.
- Código Penal de California 1510 PC.
- Código Penal de California 999a PC.