En California, en casos de delitos graves, una moción del Código Penal 995 es donde se le pide al juez del tribunal de juicio que desestime uno o más cargos porque el juez de la audiencia preliminar permitió incorrectamente que su caso avanzara. Presenta una moción del Código Penal 995 ante el tribunal de juicio después de que el fiscal presenta la denuncia penal, llamada “información”, pero antes del juicio.
Por lo tanto, una moción del Código Penal 995 (pronunciada “nueve-nueve-cinco”) es esencialmente una apelación de la decisión del juez de la audiencia preliminar de enviar su caso a juicio. Técnicamente, se conoce como una “moción para anular la información”.
Si el juez del juicio encuentra que no hay suficientes fundamentos legales para enviarlo a juicio, otorgará su moción del Código Penal 995. De lo contrario, su caso continuará a juicio (a menos que acepte un acuerdo).
Puede presentar moción del Código Penal 995 en casos que involucren solo delitos graves o en casos que involucren tanto delitos graves como delitos menores. Si solo se le acusa de delitos menores, no puede tener una audiencia preliminar y, en consecuencia, no puede presentar una moción del Código Penal 995.
Para ayudarlo a comprender mejor las mociónes del Código Penal 995, nuestros abogados de defensa criminal de California discuten lo siguiente:
- 1. ¿Qué es una moción del Código Penal 995?
- 2. ¿Cuándo puedo presentarla?
- 3. Fundamentos legales
- 4. Casos elegibles
- 5. Proceso de presentación
- 6. Si gana
- 7. Si pierde
- Lectura adicional
1. ¿Qué es una moción del Código Penal 995?
Una moción bajo el Código Penal de California 995 pide al juez del tribunal de juicio que desestime todo o parte de su caso penal. Se aplica en casos en los que:
- Todos los cargos son delitos graves, o
- Los cargos incluyen tanto cargos por delitos graves como por delitos menores.1
La moción también puede aplicarse a la solicitud del fiscal de agravantes de sentencia y/o alegaciones de circunstancias especiales.
Todos los cargos, incluidos los agravantes y las circunstancias especiales, deben estar respaldados por hechos. El juez de la audiencia preliminar debe decidir si esos hechos son lo suficientemente sólidos como para justificar un juicio.
Si cree que el juez de la audiencia preliminar decidió incorrectamente, puede presentar una moción del Código Penal 995. Esto le pide al juez del tribunal de juicio que revise la decisión del juez de la audiencia preliminar.
2. ¿Cuándo puedo presentarla?
Cuando se le acusa de un delito grave, habrá una audiencia preliminar. En esta audiencia, un juez determina si hay suficiente evidencia para enviar su caso a juicio.2
Si es así, el juez lo “mantendrá para responder” por los delitos. Esto significa que el caso puede avanzar. El fiscal luego presentará una “información” (denuncia) ante el tribunal de juicio.
Una vez que el fiscal presenta la información ante el tribunal de juicio, puede presentar una “moción para anular la información” del Código Penal 995. Esto generalmente se hace antes de cualquier otra audiencia previa al juicio.
En esencia, la moción le pide al juez del tribunal de juicio que revise la decisión del juez de la audiencia preliminar.
3. Fundamentos legales
El propósito de la audiencia preliminar es “eliminar cargos infundados o sin fundamento”.3 Los cargos se consideran infundados o sin fundamento cuando:
- Fue ilegalmente comprometido para juicio, y/o
- Fue comprometido para juicio sin causa probable.
Si alguno de estos se aplica, el tribunal de juicio otorgará la moción para anular la información.
Echemos un vistazo más de cerca a lo que significan estas dos cosas.
Fuiste ilegalmente comprometido para juicio
Eres “ilegalmente comprometido” cuando se te niega un derecho sustancial durante la audiencia preliminar. Estos derechos incluyen (pero no se limitan a):
- El derecho a estar mentalmente competente durante tu audiencia preliminar;
- El derecho a ser representado por un abogado;4
- El derecho a ser informado de que puedes ser representado por un abogado;5
- El derecho a que la audiencia preliminar se lleve a cabo en “una sesión”;6 y
- El derecho a presentar y contrainterrogar testigos en la audiencia.7
Fuiste comprometido sin causa probable
La Cláusula de Debido Proceso de la Decimocuarta Enmienda requiere que un juez tenga causa probable en California para juzgarte por un delito. Esto significa que un juez solo puede enviar un caso a juicio si las acusaciones en la denuncia están respaldadas por hechos.8
Los hechos no necesitan probar que eres culpable más allá de una duda razonable. Esa determinación es para el jurado (o, en un juicio sin jurado, el juez).
Los hechos deben ser suficientes para que una persona razonable pueda tener “una sospecha honesta y fuerte” de que eres culpable del (los) delito(s) acusado(s).9 Como explica el abogado de defensa criminal de Palm Springs Michael Scafiddi10 :
“Mientras haya alguna evidencia que respalde la causa probable, un juez no puede otorgar una moción 995.11 Aún así, a menudo vale la pena presentar la moción de todos modos. Una moción 995 es una oportunidad para resaltar las debilidades en el caso de la fiscalía en una etapa temprana.”
Ejemplos de defectos específicos
La falta de causa probable y el compromiso ilegal pueden surgir en una serie de situaciones. Algunos de los más comunes incluyen (pero no se limitan a) los siguientes.
Evidencia ilegal
La evidencia de un delito no puede obtenerse violando las leyes federales o de registro y decomiso de California. Si la única evidencia en tu caso proviene de una búsqueda ilegal, el juez de la audiencia preliminar no debe enviar el caso a juicio. Si lo hacen, sin embargo, deberías prevalecer en una moción 995.12
Ejemplo: La policía detiene a Bill por una luz de freno rota. No parece estar intoxicado, pero la policía le dice a Bill que abra su maletero. Dentro encuentran una bolsa de cocaína y lo arrestan por posesión con la intención de vender.
Aquí, la policía no tenía causa probable para sospechar de Bill de un delito. Por lo tanto, ordenarle que abra su maletero fue ilegal. El juez de la audiencia preliminar no debería fijar el caso para juicio. Si lo hacen, Bill debería prevalecer en una moción 995.13
Evidencia insuficiente
La fiscalía debe presentar hechos que respalden cada elemento de tus cargos, incluyendo:
- Todos los elementos de cada cargo grave,
- Todos los elementos de cualquier cargo menor,
- Cualquier base para un aumento de la sentencia, y
- Motivos para una determinación de circunstancias especiales.
Ejemplo: Digamos que en el ejemplo anterior, Bill le dio a la policía causa probable para buscar en su maletero. Aún así, el fiscal no presenta ninguna evidencia de intención de vender. Dado que no hay hechos que respalden la acusación, la moción 995 de Bill debería ser otorgada en cuanto al cargo de posesión para la venta.14
Conclusiones de hecho “fatales”
A veces, el juez de la audiencia preliminar hace una conclusión de hecho que tiende a establecer tu inocencia. Un ejemplo común es una decisión de que un testigo clave no es creíble.15 Por ejemplo,
- un testigo puede no haber podido identificarte adecuadamente debido a la mala iluminación y la distancia desde el lugar del delito, o
- un testigo puede haber testificado solo que te “parecías” al perpetrador.16
Si esta es la única evidencia que respalda tu denuncia, el juez de la audiencia preliminar no debería comprometer el cargo para juicio. Si lo hacen, es un error. El juez del juicio debería otorgar la moción 995.
Falta de divulgación
La Cláusula de Debido Proceso requiere que un fiscal divulgue cualquier evidencia que sea favorable para ti, generalmente dentro de los 15 días posteriores a su obtención.17 Si no lo hacen intencionalmente, los cargos deberían ser desestimados.
Ejemplo: Cuando la policía detiene a Bill en el ejemplo anterior, Bill les dice que tomó prestado el auto de su vecino. Durante su investigación, la policía habla con varias otras personas que les dicen que Bill les pidió prestado un auto más temprano esa noche. El fiscal no divulga esto a Bill. Dado que su testimonio podría haber ayudado a demostrar que Bill estaba diciendo la verdad, la falta de divulgación viola los derechos de debido proceso de Bill.
Falta de presentar la información dentro del plazo
El fiscal solo tiene 15 días después de tu audiencia preliminar para presentar la “información” (denuncia de juicio) en tu contra.18
Si el fiscal no presenta la denuncia dentro de los 15 días siguientes a la orden del juez preliminar, el juez del juicio debe conceder su moción 995 para desestimar el caso.19
La Audiencia Preliminar Duró Más de una Sesión
Las audiencias preliminares deben llevarse a cabo dentro de una sola sesión a menos que usted acepte el retraso. En general, si su audiencia preliminar dura más de una sesión y no es liberado, su detención es ilegal y debería provocar el desestimamiento del caso.
Las audiencias preliminares de California se aplican a las denuncias por delitos graves.
4. Casos Elegibles
Podemos presentar una moción 995 solo si el juez determina en su audiencia preliminar que hay causa probable de que haya cometido al menos un delito grave.
Una denuncia penal a menudo combina cargos por delitos graves y delitos menores. También puede alegar hechos en apoyo de:
- Agravantes de sentencia / pena (como un agravante de pandilla), o
- Alegaciones de circunstancias especiales (como acechar en un caso de asesinato).
Mientras enfrente al menos un delito grave después de la audiencia preliminar, podemos utilizar una moción 995 para impugnar todos los cargos, agravantes o circunstancias, incluyendo cualquier delito menor.20
5. Proceso de Presentación
Si su caso es “trasladado” después de su audiencia preliminar, normalmente presentamos una moción 995 después de que el caso sea asignado a un juez de juicio y antes de cualquier otro procedimiento previo al juicio.
Las mociones 995 son documentos escritos que explican la base factual y legal de nuestra solicitud de desestimación de su caso. Una vez presentada la audiencia, el juez de juicio fijará una fecha para la audiencia.
La audiencia sobre la moción no dura mucho tiempo, generalmente menos de una hora. Nosotros argumentamos primero, luego el fiscal. Luego tenemos la oportunidad de hacer un argumento final.
El juez generalmente emite una decisión inmediatamente después de que concluyen los argumentos. Sin embargo, ocasionalmente pueden continuar el caso para considerar los argumentos con más detalle.
6. Si Gana
Los cargos afectados serán desestimados si el juez de juicio concede su moción 995, pero el fiscal puede apelar la decisión. Mientras su apelación esté pendiente, el fiscal puede:
- Continuar con un juicio por jurado o un juicio sin jurado por los cargos restantes (si los hay), o
- Solicitar una prórroga del juicio hasta que se resuelva la apelación.21
Alternativamente, el fiscal puede saltarse la apelación y simplemente volver a presentar los cargos en una nueva denuncia. Sin embargo, California sigue una regla de “dos desestimaciones”: Los cargos que han sido desestimados dos veces generalmente no pueden ser procesados nuevamente.22
Hay algunas excepciones a la regla de las dos desestimaciones. Podemos explicarle las excepciones si se encuentra en esta situación.
¿Qué sucede con mi fianza si mi caso es desestimado?
Si todos los cargos son desestimados después de su moción 995, el tribunal debe:
- Reembolsar su fianza de California dentro de los 15 días,23 o
- Si el fiscal vuelve a presentar los cargos, aplicar la fianza a los nuevos delitos.24
7. Si Pierde
Si el juez niega su moción 995, puede apelar la decisión. El plazo para apelar depende de los motivos originales citados en la moción.
Si los motivos fueron un compromiso ilegal, tiene hasta 60 días a partir de la fecha de su lectura de cargos para presentar una apelación.25
Si los motivos fueron un compromiso sin causa probable, la apelación debe presentarse dentro de los 15 días siguientes a la denegación del juez de la moción 995.26
Si no apela o pierde la apelación, su caso seguirá hacia el juicio.
Lecturas adicionales
Para obtener información más detallada sobre las audiencias preliminares, consulte los siguientes artículos académicos:
- La audiencia preliminar en Los Ángeles: algunos hallazgos de campo y observaciones de política legal – Revista de Derecho de UCLA.
- La disponibilidad de una primera comparecencia y audiencia preliminar – Ahora las ves, ahora no las ves – Repositorio de Becas de la Facultad de Derecho de William & Mary.
- Audiencias preliminares después de la acusación – Revista de Práctica y Procedimiento de John Marshall.
- Audiencias preliminares en casos de homicidio: una audiencia retrasada es una audiencia denegada– Revista de Derecho Penal, Criminología y Ciencias Policiales.
- El derecho a un abogado en la audiencia preliminar – Revista de Derecho de Missouri.
Referencias legales:
- People v. Thiecke (1985) 167 Cal.App.3d 1015.
- Código Penal de California 872 PC.
- People v. Superior Court (Mendella) 33 Cal.3d 754 (citando People v. Brice (1982) 130 Cal.App.3d 201).
- People v. Napthaly (1895) 105 Cal. 641.
- People v. Miller (1932) 123 Cal.App. 499.
- People v. Bucher (1959) 175 Cal.App.2d 343.
- Jennings v. Superior Court of Contra Costa County (1967) 66 Cal.2d 867.
- People v. Chapple (2006) 138 Cal.App.4th 540.
- People v. Ingle (1960) 53 Cal.3d 407; ver también Malleck v. Superior Court (1956) 142 Cal.App.2d 396.
- El abogado de defensa criminal de Palm Springs, Michael Scafiddi, utiliza su conocimiento interno como ex oficial de policía para representar a clientes en todo el Inland Empire, en los tribunales de los condados de San Bernardino y Riverside, incluyendo el Centro de Justicia Suroeste de Murrieta, Banning, Fontana, Joshua Tree, Barstow y Victorville.
- Ver Garabedian v Superior Court (1963) 59 C2d 124; Barber v Superior Court (1991) 1 CA4th 793.
- People v Lilienthal (1978) 22 C3d 891; People v Scoma (1969) 71 C2d 332; People v Sherwin (2000) 82 CA4th 1404.
- In re Justin B. (1999) 69 CA4th 879.
- People v Upton (1968) 257 CA2d 677).
- People v. Superior Court (Gibson) (1980) 101 Cal.App.3d 551.
- Vukman v Superior Court (1981) 116 CA3d 341, desaprobado por otros motivos en People v Cuevas (1995) 12 C4th 252.
- Brady v. Maryland (1963) 373 U.S. 83. Ver también Izazaga v. Superior Court (1991) 54 Cal.3d 356.
- Código Penal de California 1382 PC.
- People v. Ganger (1950) 97 Cal.App.2d 11.
- Ver, por ejemplo, People v Thiecke (1985) 167 CA3d 1015 (delitos menores); Huynh v Superior Court (1996) 45 CA4th 891 (alegaciones de aumento de pena); People v Ghent (1987) 43 C3d 739 (alegaciones de circunstancias especiales).
- People v. Superior Court (Caudle) (1990) 221 Cal.App.3d 1190. Ver también Reglas de la Corte de California 8.112 y 8.116.
- Código Penal de California 1387 PC.
- Código Penal de California 977 PC.
- Código Penal de California 1303 PC.
- Código Penal de California 1510 PC.
- Código Penal de California 999a PC.