Código Penal 653b prohíbe merodear en terrenos escolares o lugares públicos donde los niños normalmente se congregan (como un patio de recreo o una piscina pública). Sin embargo, esto solo es un delito si
- no tienes ningún propósito legítimo para estar en el lugar, y
- tienes la intención de cometer un delito en el lugar si surge la oportunidad.
Una violación de esta sección es un delito menor castigado con hasta seis meses de cárcel.
El lenguaje del PC 653b establece:
“toda persona que merodea alrededor de cualquier escuela o lugar público en el que los niños asisten o se congregan normalmente y que permanece en cualquier escuela o lugar público en el que los niños asisten o se congregan normalmente, o que vuelve o entra en una escuela o lugar dentro de las 72 horas, después de que [un funcionario designado] le haya pedido que se vaya…[es culpable de un delito]…”
Ejemplos
- colgarse en un estacionamiento de la biblioteca y filmar a los niños para usar sus imágenes en videos pornográficos
- un joven de 18 años parado cerca de la entrada de una escuela secundaria alrededor de la hora del almuerzo para vender marihuana a algunos de los estudiantes
- esperar cerca de un campo escolar lleno de gente durante el recreo para cometer un secuestro
Defensas
Los abogados de defensa penal recurren a varias estrategias legales para ayudar a los clientes a impugnar los cargos de merodear bajo esta ley. Algunas defensas incluyen abogados que demuestran que un acusado:
- tenía una razón legítima para estar en una escuela o lugar público,
- no tenía la intención de cometer un delito, y/o
- fue falsamente acusado.
Penalidades
Una violación de la Sección 653b del Código Penal de California es un delito menor (en lugar de una infracción o un delito grave).
El delito es castigado con:
- custodia en la cárcel del condado por hasta seis meses, y/o
- una multa máxima de $1,000.
Estas penalidades aumentan si una persona viola la ley y se le exige que se registre como delincuente sexual bajo la ley de registro de delincuentes sexuales de California.
Nuestros abogados de defensa criminal de California explicarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Es un delito “merodear en una escuela”?
- 2. ¿Existen defensas legales?
- 3. ¿Cuáles son las penas?
- 4. ¿Existen delitos relacionados?
El Código Penal 653b hace que sea un delito merodear en cualquier terreno escolar o lugar público donde los niños se congregan normalmente.
1. ¿Es un delito “merodear en una escuela”?
En el estado de California, un fiscal debe probar lo siguiente para condenar a una persona bajo el PC 653b con éxito:
- el acusado merodeó y permaneció en cualquier escuela o lugar público en o cerca de donde los niños se congregan normalmente, o volvió a entrar en dicho lugar dentro de las 72 horas después de que un funcionario designado le pidiera que se fuera,
- el acusado no tenía un motivo legal para estar presente en ese lugar, y
- el acusado tenía la intención de cometer un delito en ese lugar si se presentaba la oportunidad.1
Para fines de esta ley, la definición legal de “funcionario designado” incluye a cualquiera de los siguientes:
- el funcionario administrativo principal de la escuela (como el director), o la persona que actúa como funcionario administrativo principal en su ausencia,
- un miembro de la patrulla de seguridad del distrito escolar autorizado por escrito por el funcionario administrativo principal para realizar esta tarea,
- un oficial de policía de la ciudad o un alguacil o alguacil adjunto, o
- un oficial de la Patrulla de Carreteras de California.2
Como se usa en esta sección, “merodear” significa retrasarse, permanecer o perder el tiempo en una escuela o lugar público sin un motivo legal para estar presente.3
2. ¿Existen defensas legales?
Las personas acusadas bajo esta ley tienen el derecho de impugnar la acusación con una defensa legal. Tres defensas comunes incluyen que los acusados demuestren que:
- tenían un motivo legal para estar en una escuela o lugar público.
- no tenían la intención de cometer un delito.
- fueron falsamente acusados.
2.1. Razón legal para estar en algún lugar
Recuerde que las personas solo son culpables bajo esta ley si se encontraban merodeando en una escuela o lugar público y no tenían ningún motivo legal para estar allí. Por lo tanto, siempre es una defensa para un acusado demostrar que tenía un motivo legal para estar en una escuela o lugar público. Tal vez, por ejemplo, un acusado estaba merodeando cerca de una escuela mientras esperaba recoger a un estudiante después de las actividades escolares.
2.2. Sin intención de cometer un delito
Recuerde también que las personas solo cometen este delito si estaban merodeando y tenían la intención de cometer algún acto criminal. Una defensa, entonces, es que un acusado demuestre que no tenía ningún propósito criminal mientras estaba merodeando.
2.3. Falsamente acusado
Las personas, desafortunadamente, son falsamente acusadas de este delito todo el tiempo. Los estudiantes o niños pueden culpar falsamente a una persona por violar esta ley por confusión, enojo o venganza. Esto significa que siempre es una defensa para un acusado demostrar que fue acusado injustamente.
Una violación de este estatuto puede resultar en una multa y/o tiempo en la cárcel.
3. ¿Cuáles son las sanciones?
Una violación de este estatuto es un delito menor según la ley de California.4
El crimen es castigado con:
- custodia en la cárcel del condado (en lugar de la prisión estatal) por hasta seis meses, y/o
- una multa de hasta $1,000.5
Las sanciones anteriores aumentan si una persona viola esta ley y es un delincuente sexual registrado por cometer uno de los delitos sexuales de California. En este escenario, las posibles sanciones son las siguientes:
- para una primera condena, hasta seis meses en la cárcel del condado, y/o una multa de hasta dos mil dólares,
- para una segunda condena, al menos 10 días y hasta seis meses en la cárcel del condado, y/o una multa de hasta $2,000,
- para una tercera o subsiguiente condena, al menos 90 días y hasta seis meses en la cárcel del condado, y/o una multa de hasta $2,000.6
El Código Penal 653b también prevé penalizaciones adicionales para los acusados que están obligados a registrarse con la policía debido a una condena previa por Código Penal 186.22 PC, la ley de pandillas criminales de California.
Estos acusados enfrentan las siguientes sanciones:
- para una primera condena, hasta un año en la cárcel del condado, y/o una multa de hasta $1,000,
- para una segunda condena con una condena previa, al menos 10 días y hasta un año en la cárcel del condado, y/o una multa de hasta $2,000,
- para una tercera o subsiguiente condena, hasta un año en la cárcel del condado, y/o una multa de hasta $2,000.7
4. ¿Existen delitos relacionados?
Hay tres delitos relacionados con merodear en una escuela o lugar público. Estos son:
- allanamiento de morada – Código Penal 602,
- merodear para cometer un delito – Código Penal 647h, y
- molestar o acosar a un menor de 18 años – Código Penal 647.6.
4.1. Allanamiento de morada – Código Penal 602
Según el Código Penal 602 PC, el allanamiento de morada es el delito en el que las personas entran o permanecen en la propiedad de otra persona sin permiso o derecho para hacerlo.
Al igual que con las violaciones del Código Penal 653b, las personas pueden impugnar las violaciones de esta ley demostrando que alguien informó falsamente a un oficial de policía que cometieron el delito.
4.2. Merodear para cometer un delito – Código Penal 647h
Según el Código Penal 647h PC, merodear para cometer un delito es el delito en el que las personas merodean en la propiedad de alguien con la intención de cometer un delito.
A diferencia del Código Penal 653b, este estatuto se aplica al merodeo en la propiedad de alguien y no en los terrenos de la escuela o cerca de un lugar público.
4.3. Molestar o acosar a un menor de 18 años – Código Penal 647.6
Según el Código Penal 647.6 PC, molestar o acosar a un menor de 18 años es el delito en el que las personas molestan o acosan a:
- un menor de 18 años, o
- un adulto que creen que es menor de 18 años.
La ley de California trata una violación de esta ley más seriamente que una violación del Código Penal 653b. Molestar o acosar a un menor de 18 años puede llevar a un cargo de delito grave castigado con tiempo en prisión estatal.
Referencias legales:
- Código Penal de California 653b. Véase también Mandel v. Mun. Court for Oakland-Piedmont Judicial Dist., Alameda Cty. (1969) 276 Cal.App.2d 652. En cuanto a la intención de cometer un delito, véase In re Gary H. (2016) 244 Cal.App.4th 1463.
- Código Penal de California 653b.
- Código Penal de California 653b.
- Véase lo mismo.
- Véase lo mismo.
- Véase lo mismo.
- Véase lo mismo.