Código Penal de California 653 PC es la estatuta de California que hace un delito para una persona para tatuar, o ofrecer para tatuar, a una persona menor de 18 años. Una condena es un delito menor sancionable con hasta 6 meses de prisión y multas de hasta $1000.00.
El lenguaje de la estatuta dice que:
653. Toda persona que tatúa o ofrece tatuar a una persona menor de 18 años es culpable de un delito menor. Como se usa en esta sección, “tatuar” significa insertar pigmento bajo la superficie de la piel de un ser humano, mediante pinchazos con una aguja u otro medio, de modo que se produzca una marca o figura indeleble visible a través de la piel. Esta sección no se pretende aplicar a ninguna acción de un profesional licenciado de las artes curativas realizada en el curso de su práctica.
Ejemplos
- un tatuador acuerda “tintar” el brazo de un niño de 16 años con un tatuaje de la bandera.
- una madre ofrece tatuar a su hija de 17 años.
- después de vender heroína a un niño de 17 años (una violación de Código de Salud y Seguridad 11352), el vendedor ofrece tatuar al niño con una aguja en su bolsillo.
Afortunadamente, hay varias defensas legales que una persona puede alegar si se le acusa de un delito bajo PC 653. Estos incluyen mostrar que un acusado:
- no “tatuó” a un menor;
- era un profesional licenciado de las “artes curativas”; y/o,
- fue arrestado sin causa probable.
Penas
Violación del Código Penal de California 653 se carga como una falta (en lugar de una felonía de California felony o una infracción). El delito es castigable con:
- prisión en el condado de la cárcel por no más de seis meses; y / o,
- una multa máxima de $1,000.
Nuestros abogados de defensa penal de California explicarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Cuál es la definición legal de tatuar o ofrecer tatuar a un menor?
- 2. ¿Cuáles son las defensas legales a las acusaciones bajo el Código Penal 653 PC?
- 3. Penas, castigo y sentencia
- 4. Delitos relacionados
El Código Penal de California 653 PC es la ley de California que hace un delito para una persona tatuar, o ofrecer tatuar, a una persona menor de 18 años.
1. ¿Cuál es la definición legal de tatuar o ofrecer tatuar a un menor?
Código Penal de California 653 PC dice que es un delito si una persona tatúa o ofrece tatuar a una persona menor de 18 años. 1
Según PC 653, “tatuar” significa:
Introducir pigmento bajo la superficie de la piel de un ser humano, pinchando con una aguja u otro medio, para producir una marca o figura indeleble visible a través de la piel.2
Una excepción bajo este código se aplica a los profesionales con licencia de las “artes curativas”.3 Esto significa que estos profesionales no son culpables de tatuar a un menor si pinchan la piel de un menor en el curso de su práctica.
Algunos ejemplos de profesionales empleados en las “artes curativas” incluyen:
- terapeutas ocupacionales,
- terapeutas de masaje,
- quiroprácticos,
- asistentes médicos y
- acupunturistas.
2. ¿Cuáles son las defensas legales contra las acusaciones bajo el Código Penal 653?
Una persona acusada bajo el PC 653 puede desafiar la acusación planteando una defensa legal. Una buena defensa a menudo puede reducir o incluso desestimar un cargo. Tenga en cuenta, sin embargo, que es fundamental que un acusado contrate a un abogado para obtener la defensa más efectiva.
Tres defensas comunes contra las acusaciones de PC 653 son:
- no “tatuar”;
- profesional con licencia de las artes curativas; y/o,
- sin causa probable.
2.1. No tatuar
Recuerde que el Código Penal 653 proporciona una definición muy específica de la frase “tatuar”. Una defensa válida, por lo tanto, es que el acusado demuestre que sus acciones no se ajustan a esta definición. Por ejemplo, una persona que coloca un tatuaje temporal en un niño no es culpable de un delito porque no pinchó una aguja en la piel del niño.
2.2. Profesional con licencia de las artes curativas
También recuerde que hay una excepción bajo el PC 653 para los profesionales con licencia de las “artes curativas”. Si estos profesionales “tatuar” a un menor en el curso de su práctica (por ejemplo, un asistente médico que extrae sangre de un menor), entonces no son culpables de un delito. El Código Penal 653 los exime específicamente de responsabilidad penal.
2.3. Sin causa probable
La Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos dice que la policía debe tener causa probable antes de detener o arrestar a un sospechoso de un delito.
Si a una persona se le detuvo o arrestó por violar el PC 653, y no había causa probable, entonces cualquier evidencia obtenida después de la detención/arresto indebido podría excluirse del caso. Esta exclusión podría resultar en la desestimación o reducción de los cargos.
“Causa probable” significa básicamente que hay una creencia razonable de que alguien cometió un delito (basado en todas las circunstancias).
Tatuar a un menor puede resultar en tiempo en la cárcel y/o una multa
3. Penas, castigo y sentencia
Si una parte es culpable de tatuar a un menor, se le acusa de un delito menor. La ofensa es castigable con:
- encarcelamiento en la cárcel del condado por no más de seis meses; y/o,
- una multa máxima de $1,000.4
Tenga en cuenta que en lugar de tiempo en la cárcel, un juez puede ordenar al acusado que cumpla con la probación por delito menor. Esto también se conoce como “resumen” o “informal” probación.
4. Delitos relacionados
Hay tres delitos relacionados con el tatuaje de un menor. Estos son:
- contribuir a la delincuencia de un menor – PC 272;
- exponer a un niño a peligro – PC 273(a); y,
- lascivia o intoxicación en presencia de un niño – PC 273(g)
4.1. Contribuir a la delincuencia de un menor – PC 272
Contribuir a la delincuencia de un menor es un delito según el Código Penal de California 272 PC.
La ofensa ocurre cuando alguien actúa, o deja de actuar, y como resultado un menor se convierte en:
- un dependiente del sistema de justicia juvenil;
- un delincuente juvenil; o
- un ausente habitual.5
Una violación de Código Penal 272 es un delito menor.6
Las posibles penas incluyen
- hasta un año en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta $2,500.7
4.2. Exponer a un niño a peligro – PC 273(a)
El Código Penal 273(a) PC es la ley penal de California sobre el “exponer a un niño a peligro”. Castiga a alguien que expone intencionalmente a un niño a dolor, sufrimiento o peligro.
Específicamente, el maltrato infantil, bajo el Código Penal 273(a), puede ser acusado cuando un adulto:
- causa o permite que un menor sufra dolor físico o sufrimiento mental injustificables,
- causa o permite intencionalmente que un menor resulte herido, o
- causa o permite intencionalmente que un menor se coloque en una situación peligrosa.8
Tenga en cuenta que el maltrato infantil es diferente del delito de maltrato infantil, según el Código Penal de California 273(d).
La pena bajo el PC 273(a) depende de si la exposición al niño incluyó la muerte o una “gran lesión corporal“.
Si no hubo ninguna posibilidad de ninguna de las dos, el Código Penal 273(a) es un delito menor de California. Y, el delito es sancionable con:
- hasta un año en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta $1,000.9
Si hubo alguna posibilidad de muerte o gran lesión corporal, el maltrato infantil se convierte en un delito “wobbler” de California. Un “wobbler” puede ser acusado como un delito menor o un delito grave, a discreción del fiscal.
Si se acusa como un delito grave, el maltrato infantil puede incluir una pena de:
- dos, cuatro o seis años en la prisión estatal de California, y/o
- una multa de hasta $10,000.10
4.3. Lascivia o intoxicación en presencia de un niño – PC 273(g)
Un fiscal debe probar tres elementos para lograr condenar a una persona bajo PC 273(g). Estos son que el acusado:
- tenía el cuidado o custodia de un niño, y ya sea
- actuó de manera “degradante, lasciva, inmoral o viciosa”, o
- estaba “habitualmente borracho”.11
Un tribunal de California ha dictaminado que el PC 273(g), en lo que respecta a una persona que esté “habitualmente borracha”, es inconstitucional.12 Además, el PC 273(g) no ha sido modificado o cambiado desde esta sentencia judicial. Esto significa que hay alguna incertidumbre sobre si la parte de intoxicación de la ley todavía es una ley válida.
Si una fiesta es culpable de lascivia o intoxicación en presencia de un niño, se le acusa de un delito menor. Y, el delito es sancionable con:
- prisión en la cárcel del condado por no más de seis meses; y/o,
- una multa máxima de $1,000.13
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Referencias legales:
- Código Penal de California 653 PC.
- Ver mismo.
- Ver mismo.
- Código Penal de California 19 PC.
- Código Penal de California 272(a) PC.
- Ver mismo.
- Ver mismo.
- Código Penal de California 273(a) PC.
- Código Penal de California 273(a)(b) PC.
- Código Penal de California 273(a)(a) PC.
- Código Penal de California 273(g) PC. Esta sección del código establece: “Toda persona que, en presencia de un niño, se entregue a hábitos o prácticas degradantes, lascivos, inmorales o viciosos, o que esté habitualmente ebrio en presencia de un niño bajo su cuidado, custodia o control, es culpable de un delito menor”.
- People v. Perreault (1960), 182 Cal. App. 2d Supp. 843.
- Código Penal de California 19 PC.