go Penal de California § 273 (g) PC establece que es un delito actuar de manera lasciva y/o estar intoxicado en presencia de un niño. Esta ofensa es un delito menor sancionable con hasta 6 meses de cárcel en el condado y una multa de hasta $1000.00.
La ley establece que es un delito en California si:
- un niño está bajo tu cuidado o custodia, y
- tú actúas de manera lasciva (o obscena) o estás borracho.
Específicamente, 273g PC establece que “Cualquier persona que, en presencia de un niño, se entregue a cualquier hábito o práctica degradante, lasciva, inmoral o viciosa, o que esté habitualmente borracho en presencia de un niño bajo su cuidado, custodia o control, es culpable de un delito menor”.
En el caso legal de People v. Perreault, el tribunal determinó que esta sección, en lo que se refiere a una persona intoxicada, es inconstitucional. Debido a que la sección no ha sido modificada o cambiada desde esta sentencia, es dudoso si estar borracho mientras se cuida a un niño sigue siendo un delito.
Ejemplos
- una niñera adulta vende narcóticos, un delito según el HS 11352, mientras cuida a un niño de ocho años.
- un matrimonio ve videos pornográficos frente a sus hijos.
- una niñera tiene a su novio mientras cuida a un niño y los dos tienen relaciones sexuales en presencia del niño.
Afortunadamente, hay varias defensas legales que puedes alegar si se te acusa de actuar lascivamente o estar intoxicado en presencia de un niño. Estas incluyen demostrar que:
- el Código Penal 273 (g) es inconstitucional
- el niño no estaba bajo tu cuidado o custodia; y/o,
- tus actos no eran “lascivos”.
Penas
Se carga una violación de PC 273 (g) como un delito menor (en lugar de un delito felón de California o una infracción). El delito es castigable con:
- prisión en la cárcel del condado por no más de seis meses; y/o,
- una multa máxima de $1,000.
Nuestros abogados de defensa penal de California discutirán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Cuál es la definición legal de lascivia o intoxicación en presencia de un niño?
- 2. ¿Cuáles son las defensas legales a las acusaciones bajo el Código Penal 273 (g) PC?
- 3. ¿Cuáles son las penas, castigo y sentencia?
- 4. Delitos relacionados
1. ¿Cuál es la definición legal de lascivia o intoxicación en presencia de un niño?
Código Penal de California 273 (g) PC, dice que es un delito si:
- tienes el cuidado o custodia de un niño, y ya sea
- actúas de cualquier manera “degradante, lasciva, inmoral o viciosa“, o
- estás “habitualmente borracho“.1
Ya sea que actúe o no de una manera “degradante, lasciva, inmoral o viciosa” es una cuestión de hecho. Esto significa que un juez o un jurado tomarán la decisión sobre si cierto comportamiento es ilegal después de considerar todos los detalles de un caso.
Además, un tribunal de California ha dictaminado que el PC 273 (g), en lo que le concierne a usted estar “habitualmente borracho”, es inconstitucional.2 El tribunal lo encontró inconstitucional porque la frase “habitualmente borracho” es
- vago,
- incierto, y
- ambiguo.3
El Código Penal 273 (g) no ha sido modificado ni cambiado desde este fallo judicial. Esto significa que hay cierta incertidumbre sobre si la parte de intoxicación todavía es una ley válida.
2. ¿Cuáles son las defensas legales a las acusaciones bajo el Código Penal 273 (g)?
Aquí en Shouse Law Group, hemos representado literalmente a miles de personas acusadas de delitos relacionados con los niños, incluido el PC 273 (g). En nuestra experiencia, las siguientes tres defensas han demostrado ser muy persuasivas con los jueces, los jurados y los fiscales.
- El Código Penal 273 (g) es inconstitucional;
- El niño no estaba bajo su cuidado o custodia; y/o,
- Su conducta no fue “lasciva”.
2.1. El Código Penal 273 (g) es inconstitucional
Un tribunal de California ha dictaminado que la frase “habitualmente borracho” es inconstitucionalmente vaga. Esto significa que si se le encuentra intoxicado en presencia de un niño, argumentaríamos que usted no es culpable porque la ley misma está en contra de la Constitución de los Estados Unidos.
2.2. El niño no estaba bajo su cuidado o custodia
Incluso si actuó de manera lasciva frente a un niño, usted es culpable bajo el PC 273 (g) solo si estaba cuidando a ese niño (o a cargo de ellos). Por lo tanto, argumentaríamos que:
- aunque es posible que haya participado en comportamiento lascivo,
- todavía no es culpable porque no estaba al tanto de un niño o no estaba cuidando al niño.
La prueba típica en la que confiamos incluye el testimonio de los testigos y las grabaciones de video de vigilancia.
2.3. Su conducta no fue “lasciva”
Un juez o un jurado determinará si ciertas acciones son “degradantes, lascivas, inmorales o viciosas” en base a todos los hechos de un caso. Por lo tanto, podemos intentar defenderse de un cargo de PC 273 (g) destacando aquellos hechos que desmienten que su conducta fuera “lasciva” o de otra manera ilegal.
Similar a la última defensa, recopilaríamos todos los videos de vigilancia y testimonios de testigos disponibles para mostrar que sus acciones no llegaron al nivel de lascivo. Siempre que podamos plantear una duda razonable, los fiscales pueden estar dispuestos a desechar la acusación.
3. ¿Cuáles son las penas, castigo y sentencia?
La lascivia o embriaguez en presencia de un niño es un delito menor. Y, el delito es sancionable con:
- encierro en la cárcel del condado por no más de seis meses; y/o,
- una multa máxima de $1,000.4
Tenga en cuenta que en lugar de la cárcel, un juez puede ordenar probación por delito menor. Esto también se llama “probación resumida” o “probación informal“.
También tenga en cuenta que si es culpable bajo el Código Penal 273(g), las autoridades probablemente contactarán al Departamento de Niños y Familias del condado en el que reside. El resultado podría ser que un padre o tutor pierda la custodia de un niño.
4. Delitos relacionados
Hay tres delitos relacionados con la lascivia o intoxicación en presencia de un niño. Estos son:
- contribuir a la delincuencia de un menor – PC 272;
- exponer a un niño a peligro – PC 273(a); y,
- intoxicación pública – PC 647(f).
4.1. Contribuir a la delincuencia de un menor – PC 272
Contribuir a la delincuencia de un menor es un delito según el Código Penal de California 272 PC.
El delito ocurre cuando usted actúa, o deja de actuar, y como resultado un menor se convierte en:
- un dependiente del sistema de la corte de menores;
- un delincuente juvenil; o
- un ausente habitual.5
Una violación de Código Penal 272 es un delito menor.6
Las posibles penas incluyen
- hasta un año en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta $2,500.7
4.2. Maltrato infantil – PC 273(a)
Código Penal 273(a) PC es la ley criminal de “maltrato infantil” de California. Te castiga por exponer intencionalmente a un niño a dolor, sufrimiento o peligro.
Específicamente, el maltrato infantil, según el Código Penal 273(a), puede ser acusado cuando usted:
- causa o permite que un menor sufra dolor físico o sufrimiento mental injustificables,
- causa intencionalmente o permite que un menor resulte herido, o
- causa intencionalmente o permite que un menor se coloque en una situación peligrosa.8
Tenga en cuenta que el maltrato infantil es diferente del delito de abuso infantil, según el Código Penal de California 273(d) PC.
La pena bajo PC 273(a) depende de si la exposición al niño incluyó la muerte o una “gran lesión corporal“.
Si no hubo ninguna posibilidad de ninguna de las dos, el Código Penal 273(a) es un delito menor de California. Y, el delito es castigable con:
- hasta un año en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta $1,000.9
Si hubo un riesgo de muerte o gran lesión corporal, el maltrato infantil se convierte en un delito “wobbler” de California. Un “wobbler” puede ser acusado como un delito menor o un delito grave, a discreción del fiscal.
Si se acusa como un delito, el maltrato infantil puede incluir castigo de:
- dos, cuatro o seis años en la prisión estatal de California, y/o
- una multa de hasta $10,000.10
4.3. Intoxicación pública – PC 647(f)
Violas el PC 647(f) si estás tan borracho que:
- no puedes cuidar tu seguridad o la seguridad de los demás, O
- interfieres, obstruyes o impides que otros usen calles, aceras u otras “vías públicas”.11
Borracho en público es un delito menor en California.12 Si se te condena, podrías enfrentar lo siguiente:
- hasta seis meses en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta $1,000.13
Referencias legales:
- Código Penal de California 273(g) PC.
- People v. Perreault (1960), 182 Cal. App. 2d Supp. 843.
- Vea el mismo.
- Código Penal de California 19 PC.
- Código Penal de California 272(a) PC.
- Vea el mismo.
- Vea el mismo.
- Código Penal de California 273(a) PC.
- Código Penal de California 273(a)(b) PC.
- Código Penal de California 273(a)(a) PC.
- Código Penal de California 647(f) PC.
- Vea el mismo.
- Código Penal de California 19 PC.