Código Penal de California § 470 PC define el delito de falsificación como falsificar una firma o sello o falsificar documentos con intención fraudulenta.
Específicamente, el artículo establece que es un delito hacer cualquiera de las siguientes cosas:
- firmar el nombre de otra persona o de una persona ficticia,
- falsificar o forjar el sello o la escritura de otra persona,
- alterar, corromper o falsificar cualquier registro de un testamento legal, codicilo o sentencia,
- hacer, alterar, forjar o falsificar ciertos documentos como cheques, bonos y giros postales.
Ejemplos
- firmar el nombre de un médico al escribir una receta falsa.
- insertar una página en el testamento de una persona para obtener más dinero.
- endosar un cheque hecho a nombre de otra persona sin el permiso de esa persona.
Defensas
Un acusado puede vencer un cargo de falsificación con una buena defensa legal. Las defensas comunes incluyen:
- sin intención de defraudar,
- acusado falsamente, y/o
- confesión forzada.
Penas
La mayoría de las violaciones de esta sección del código son delitos wobbler. Un wobbler es un delito que un fiscal puede acusar como:
- un delito menor, o
- un delito grave.
Una condena por delito menor es castigable con prisión en el juzgado de condado por hasta un año.
Una condena por delito grave es castigable con prisión por hasta tres años.
En lugar de la cárcel, un juez puede otorgar:
Nuestros abogados de defensa penal de California discutirán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Cuál es la definición legal de falsificación en California?
- 2. ¿Hay defensas legales?
- 3. ¿Cuáles son las penas por 470 PC?
- 4. ¿Hay consecuencias migratorias?
- 5. ¿Puede una persona obtener una condena expurgada?
- 6. ¿Afecta una condena los derechos de portar armas?
- 7. ¿Cuál es el plazo de prescripción para la falsificación en California?
- 8. ¿Hay delitos relacionados?
El Código Penal 470 PC es la ley de California que define el delito de “falsificación”.
1. ¿Cuál es la definición legal de falsificación en California?
El Código Penal 470 PC enumera varias formas en que una persona puede ser responsable de falsificación bajo la ley de California. Estos incluyen:
- firmar el nombre de otra persona sin la aprobación de esa persona,1
- contrafaer o falsificar un sello en un documento o la caligrafía de otra persona,2
- cambiar o falsear un documento legal (por ejemplo, una voluntad o un registro judicial),3 y/o
- falsificar, alterar o falsificar ciertos documentos.4
En cuanto al último acto, “ciertos documentos” incluyen cosas como:
- cheques,
- bonos,
- giras,
- cheques de viajero,
- contratos,
- boletos de lotería,
- certificados de acciones y
- escrituras de propiedad.
Tenga en cuenta que un fiscal debe probar los siguientes elementos del delito para condenar a un acusado de falsificación:
- él cometió uno de los actos enumerados anteriormente, y
- al hacerlo, actuó con la intención de defraudar a otra persona.5
A menudo surgen preguntas bajo esta estatuta sobre el significado de “intención de defraudar“.
1.1. Intención de defraudar
Bajo esta sección del código, una persona tiene la intención de defraudar si:
- engaña a otra persona o le miente, y
- lo hace con el fin de privarlo de dinero, propiedad o algún derecho legal.6
Tenga en cuenta que una persona actúa con esta intención incluso si:
- nadie es realmente defraudado, o
- nadie realmente sufre una pérdida financiera, legal o de propiedad.7
Ejemplo: Nia le escribe a Sal un cheque de $20.00 por cortar su césped. Sal escribe un cero extra en el cheque, para que parezca que el monto del pago es de $200. Sal quiere engañar a Nia y al banco para obtener más dinero.
Aquí, Sal actúa con intención de defraudar. Intentó engañar a Nia y al banco cuando alteró el cheque. Además, Sal es culpable de falsificación incluso si no logra cobrar el cheque falso.
2. ¿Hay defensas legales?
Un acusado puede usar una defensa legal para desafiar un cargo de 470 PC.
Tres defensas comunes son:
- no hay intención de defraudar,
- acusado falsamente, y/o
- confesión forzada.
2.1. No hay intención de defraudar
Recuerde que una persona solo es culpable de falsificación si actuó con la intención de defraudar. Esto significa que siempre es una defensa para un acusado demostrar que no actuó con esta intención requerida. Tal vez, por ejemplo, un acusado falsificó algo como una broma (y no con la intención de engañar).
2.2. Acusado falsamente
Muchos casos de falsificación surgen de negocios o tratos legales complejos. También suelen ocurrir en entornos laborales. Dado esto, no es inusual que una persona acusara falsamente a alguien de falsificación con el fin de ocultar su propia culpa. Es una defensa en estos casos para que el acusado diga que fue injustamente culpad.
2.3. Confesión forzada
Esta defensa se aplica a la situación en la que un acusado fue acusado tras una confesión.
La ley de California establece que la policía no puede usar medidas abrumadoras para obtener una confesión.
Si una parte puede demostrar que la policía lo obligó a confesar, entonces:
- el juez puede excluir la confesión de la evidencia, o
- el caso podría ser desestimado por completo si la parte fue presionada para confesar un delito que no cometió.
Una condena por falsificación puede resultar en una multa y/o tiempo en prisión.
3. ¿Cuáles son las penas por 470 PC?
Bajo el Código Penal de California 470, la falsificación es un delito que puede ser acusado como un delito grave o un delito menor.
Si se acusa como un delito menor, el delito es sancionable con:
- probación de delito menor (o resumen),
- custodia en la cárcel del condado por hasta un año, y/o
- una multa máxima de $1,000.8
Si se acusa como un delito grave, el delito es sancionable con:
- probación de delito grave (o formal),
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta tres años, y/o
- una multa máxima de $10,000.9
Tenga en cuenta, sin embargo, que una violación de esta ley solo se acusa como un delito menor si:
- el documento falsificado es un cheque, giro postal o instrumento similar, y
- el instrumento vale $950 o menos.10
4. ¿Hay consecuencias migratorias?
Una condena por falsificación puede tener consecuencias migratorias negativas.
Un tribunal de California ha dictaminado que la falsificación es un delito grave que implica turpitud moral.11
Esto es un problema porque los “delitos que implican turpitud moral” pueden resultar en que un no ciudadano sea:
- deportado, o
- marcado como inadmisible.
Por lo tanto, una condena por PC 470 podría tener consecuencias migratorias dañinas.
5. ¿Puede una persona obtener una condena expuesta?
Una persona puede obtener una expulsión de una condena por falsificación.
Código Penal 1203.4 PC dice que una expulsión libera a un individuo de muchas de las dificultades asociadas con una condena.
Una persona puede obtener una expulsión si él:
- completa con éxito la libertad condicional, o
- completa con éxito una pena de prisión (lo que sea aplicable).
Tenga en cuenta que un juez incluso puede otorgar una expulsión si una parte viola un término de libertad condicional.
6. ¿Afecta una condena los derechos de portar armas?
Una condena bajo esta ley puede dañar los derechos de armas del acusado.
La ley de California dice que es ilegal para delincuentes convictos a:
- poseer un arma de fuego, o
- poseer un arma de fuego.
Recuerde que un fiscal puede acusar de falsificación como ya sea:
- un delito menor, o
- un delito grave.
Si se acusa como un delito grave, y el acusado es declarado culpable, entonces perdería sus derechos de posesión de armas de fuego en California.
7. ¿Cuál es el plazo de prescripción para la falsificación en California?
El plazo de prescripción para la falsificación en California depende de si el delito se acusa como un delito grave o un delito menor. El fiscal puede presentar cargos por falsificación grave hasta cuatro años después de que el delito sea descubierto o cometido (lo que ocurra más tarde).
Para falsificación menor, el límite de tiempo para presentar cargos es de un año después de la presunta comisión del delito. 12
8. ¿Hay delitos relacionados?
Hay tres delitos relacionados con la falsificación. Estos son:
- fraude con tarjetas de crédito – PC 484f,
- fraude con cheques – PC 476, y
- fabricación o venta de bienes falsificados – PC 350.
8.1. Fraude con tarjetas de crédito – PC 484f
Código Penal 484f PC es el estatuto de California que hace que sea un delito para una persona falsificar la información de la tarjeta de crédito de alguien.
Al igual que con la falsificación general, un acusado solo es culpable de este delito si actúa con la intención de defraudar.
8.2. Fraude con cheques – PC 476
Código Penal 476 PC es el estatuto de California que hace que sea un delito para una persona:
- hacer, escribir o pasar un cheque falso, y
- hacerlo con la intención de defraudar.
Dependiendo de los hechos particulares de un caso, a una persona se le podría acusar de:
- fraude con cheques, y
- falsificación.
8.3. Fabricación o venta de bienes falsificados – PC 350
Código Penal 350 PC es el estatuto de California que hace que sea un delito fabricar, vender o poseer para la venta, cualquier marca falsificada.
Esta ley castiga a aquellos que hacen, venden o tienen la intención de vender versiones “piratas” de productos con marca.
Tenga en cuenta que un fiscal no tiene que probar una intención de defraudar bajo esta sección del código.
Para obtener orientación adicional o para discutir su caso con un abogado de defensa criminal, lo invitamos a que se comunique con nosotros en Shouse Law Group.
Para obtener información sobre cargos de falsificación en Nevada y Colorado, consulte nuestros artículos sobre:
Referencias legales:
- Código Penal de California 470a PC.
- Código Penal de California 470b PC.
- Código Penal de California 470c PC.
- Código Penal de California 470d PC.
- Código Penal de California 470 PC.
- CALCRIM No. 1905 – Falsificación por pasar o intentar usar un documento falso. Instrucciones de jurado criminal del Consejo Judicial de California. Vea también People v. Pugh (2002) 104 Cal.App.4th 66; y, People v. Gaul-Alexander (1995) 32 Cal.App.4th 735.
- Vea lo mismo.
- Código Penal de California 19.
- Código Penal de California 473 PC.
- Código Penal de California 470 PC.
- In re Prantil (1989) 48 Cal. 3d 227.
- Código Penal de California 779 PC & 803 PC.