Código Penal § 208 PC es el estatuto de California que define el delito de secuestro de un niño menor de 14 años. Esta forma de secuestro agravado es un cargo más grave que el secuestro ordinario, bajo el Código Penal 207, y conlleva una pena más severa.
El texto de la sección del código dice que:
208. (a) El secuestro se castiga con prisión en la prisión estatal por tres, cinco u ocho años.
(b) Si la persona secuestrada es menor de 14 años al momento de la comisión del delito, el secuestro se castiga con prisión en la prisión estatal por 5, 8 o 11 años. Esta subdivisión no es aplicable a la toma, detención o ocultamiento de un menor por un padre biológico, un padre natural, según lo especificado en la Sección 7611 del Código de Familia, un padre adoptivo o una persona que haya recibido acceso al menor por orden judicial.
(c) En todos los casos en que se conceda la libertad condicional, el tribunal deberá, excepto en casos inusuales donde los intereses de la justicia se sirvan mejor con una pena menor, exigir como condición de la libertad condicional que la persona sea confinada en la cárcel del condado por 12 meses. Si el tribunal concede la libertad condicional sin exigir que el acusado sea confinado en la cárcel del condado por 12 meses, deberá especificar su razón o razones para imponer una pena menor.
Ejemplos de cuándo se puede imputar esta sección:
- Atar a una niña de 12 años, moverla al armario y llamar a los padres de la niña exigiendo un rescate para su liberación
- Conducir a un parque del vecindario, forzar a una niña de 13 años en el parque a subir a su auto y conducir lejos
- Secuestrar a una niña de 11 años y cometer actos lascivos con ella, un delito bajo PC 288 (actos lascivos con un menor)
Defensas
Varias defensas legales pueden ser alegadas si se acusa de secuestrar a un menor de 14 años. Estas incluyen demostrar que la parte acusada:
- no es culpable de secuestro;
- fue arrestada sin causa probable; y/o,
- fue arrestada falsamente.
Penalizaciones
Una violación de esta sección se imputa como un delito grave (a diferencia de un delito menor o una infracción). El delito se castiga con:
- prisión en la Prisión Estatal de California por 5, 8 o 11 años; y,
- una posible multa máxima de $10,000.
Nuestros abogados de defensa criminal en California abordarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Qué es el delito de secuestrar a un niño menor de 14 años?
- 2. ¿Cuáles son las defensas al Código Penal 208b?
- 3. Penalizaciones, castigo y sentencia
- 4. Delitos relacionados
El Código Penal de California 208b PC convierte el secuestro de un menor de 14 años en una forma de secuestro agravado.
1. ¿Qué es el delito de secuestrar a un niño menor de 14 años?
Código Penal de California 208b PC convierte en secuestro agravado que una persona secuestre a un menor de 14 años.1
El secuestro agravado es un cargo más grave que el secuestro ordinario.
“El secuestro,” según la ley de California, es mover a una víctima una distancia considerable, usando fuerza o miedo para hacerlo.2
Esto significa que un fiscal debe probar los siguientes elementos para condenar a un acusado bajo el PC 208b:
- que movió a un menor de 14 años
- una distancia considerable
- sin el consentimiento del menor
- usando fuerza o miedo.3
“Fuerza o miedo” significa que un acusado:
- infligió fuerza física a la presunta víctima, o
- amenazó con infligir daño físico inminente a la presunta víctima.
El Código Penal 208b no se aplica a las siguientes personas:
- un padre biológico,
- los padres adoptivos de un niño, y
- un tutor designado por el tribunal.4
2. ¿Cuáles son las defensas al Código Penal 208b?
Una persona acusada bajo PC 208b puede impugnar la acusación presentando una defensa legal. Una buena defensa puede a menudo lograr que se reduzca o incluso se desestime un cargo. Sin embargo, es fundamental que el acusado contrate un abogado para obtener la defensa más efectiva.
Tres defensas comunes a las acusaciones bajo PC 208b son:
- inocente de secuestro;
- sin causa probable; y/o,
- acusado falsamente.
2.1. Inocente de secuestro
El Código Penal 208b convierte en delito que una persona secuestre a un menor de 14 años. Esto significa que una persona no puede ser condenada bajo esta sección si es inocente del delito subyacente de secuestro. Una parte puede intentar demostrar que no es culpable de secuestro probando que no hizo ninguna de las siguientes cosas:
- mover a una presunta víctima,
- una distancia considerable,
- usando fuerza o miedo para hacerlo.
2.2. Sin causa probable
Esta línea de defensa intenta excluir evidencia que se está usando contra un acusado por una violación del PC 208b.
La ley de California dice que un oficial de policía debe tener causa probable para detener o arrestar a un sospechoso. “Causa probable” significa esencialmente que hay una creencia razonable de que alguien cometió un delito (basado en todas las circunstancias).
Si una persona fue detenida o arrestada sin causa probable, entonces cualquier evidencia obtenida tras la detención/arresto indebido podría ser excluida del caso. Esta exclusión podría resultar en la desestimación o reducción de cargos.
2.3. Arresto falso
A veces las personas hacen acusaciones falsas o acusaciones con poca evidencia de apoyo. El resultado es que las partes son arrestadas falsamente o por error.
No siempre es fácil encontrar un testigo ocular que corrobore que un acusado cometió un delito. Esto puede llevar a arrestos erróneos e identificaciones equivocadas de los delincuentes. Si un fiscal no puede probar más allá de toda duda razonable que el acusado es la persona que realmente secuestró a un menor, entonces es difícil probar que es culpable bajo el PC 208b.
Una violación del Código Penal 208 PC se imputa como delito grave y se castiga con prisión
3. Penalizaciones, castigo y sentencia
Una violación del Código Penal 208b PC se imputa como un delito grave (a diferencia de un delito menor o una infracción en California). El delito se castiga con:
- prisión en la Prisión Estatal de California por 5, 8 o 11 años; y,
- una posible multa máxima de $10,000.5
En contraste, el secuestro ordinario (uno que no involucra a un menor de 14 años) se castiga con:
- prisión en la prisión estatal por 3, 5 u 8 años; y,
- una posible multa máxima de $10,000.6
Si una persona es culpable bajo el Código Penal 208b, y se concede libertad condicional por delito grave, el Código Penal 208(c) dice que el acusado debe cumplir 12 meses en la cárcel del condado como condición de la libertad condicional.7
| Secuestro | Penalizaciones por delito grave en California |
| Secuestro simple – PC 207 | 3, 5 u 8 años de prisión y hasta $10,000 |
| Secuestro agravado: de una víctima menor de 14 años – PC 208(b) | 5, 8 u 11 años de prisión y hasta $10,000 |
| Secuestro agravado: para cometer un delito – PC 209(b) | Cadena perpetua con posibilidad de libertad condicional |
| Secuestro agravado: por rescate – PC 209(a) | Cadena perpetua con posibilidad de libertad condicional |
| Secuestro agravado: por rescate, y la víctima sufre muerte o daño corporal – PC 209(a) | Cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional |
| Secuestro en la comisión de un robo de auto – PC 209.5 | Cadena perpetua con posibilidad de libertad condicional |
4. Delitos relacionados
Hay tres delitos relacionados con el secuestro de un menor de 14 años. Estos son:
- secuestro – PC 207;
- secuestro durante la comisión de un robo de auto – PC 209.5; y,
- privación ilegal de la libertad – PC 236.
4.1. Secuestro – PC 207
El secuestro es un delito en California según el Código Penal 207 PC.
Como se indicó arriba, “secuestro” es mover a una víctima una distancia considerable, usando fuerza o miedo para hacerlo.
Una persona viola el Código Penal 207 cuando:
- mueve a otra persona
- una distancia considerable
- sin el consentimiento de esa persona
- usando fuerza o miedo.8
“Fuerza o miedo” significa que un acusado:
- infligió fuerza física a la presunta víctima, o
- amenazó con infligir daño físico inminente.
El secuestro “simple” es un delito grave, que puede conllevar hasta 8 años en la prisión estatal de California.9 El secuestro agravado… también un delito grave… conlleva una sentencia de cinco años a cadena perpetua, dependiendo de los hechos del caso.
4.2. Secuestro durante la comisión de un robo de auto – PC 209.5
El Código Penal de California 209.5 PC convierte en delito que una persona secuestre a otra durante la comisión de un robo de auto.
Una parte viola el Código Penal 209.5 PC cuando:
- mueve a la víctima más allá de lo meramente incidental al robo de auto,
- mueve a la víctima una distancia considerable del área del robo de auto, y
- el movimiento de la víctima aumenta el riesgo de daño más allá de lo necesario para cometer el robo de auto.10
Una condena por violar el Código Penal 209.5 PC somete al infractor a cadena perpetua con posibilidad de libertad condicional.11
4.3. Privación ilegal de la libertad – PC 236
La privación ilegal de la libertad es un delito bajo el Código Penal 236 PC de California.
Un fiscal debe probar dos elementos para condenar con éxito a una persona según el PC 236. Estos son:
- El acusado restringió, detuvo o confinó intencional y ilegalmente a otra persona; y,
- El acusado hizo que la persona permaneciera o fuera a algún lugar en contra de su voluntad.
El Código Penal 236 PC convierte en delito en California que una persona prive ilegalmente de la libertad a otra. La privación ilegal de la libertad, sin embargo, también es un agravio que da lugar a demandas civiles.
En cuanto a la privación ilegal de la libertad criminal, el delito es un tipo de delito oscilante, lo que significa que puede imputarse como un delito menor o un delito grave.
Según el PC 237(a), la privación ilegal de la libertad se imputa como un delito menor si la comisión del delito no estuvo afectada por “violencia, amenaza, fraude o engaño.”12 Una persona culpable de privación ilegal de la libertad como delito menor podría ser castigada con:
- una multa que no exceda $1,000; y/o,
- prisión en la cárcel del condado por no más de un año.13
La privación ilegal de la libertad se imputará como un delito grave cuando el delito esté “afectado por violencia, amenaza, fraude o engaño.14
Si una persona es culpable de privación ilegal de la libertad como delito grave, un juez puede sentenciarlo a un término en la cárcel del condado de:
- 16 meses,
- dos años, o
- tres años.15
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Referencias legales:
- Código Penal de California 208(b) PC.
- Código Penal de California 207 PC.
- Ver Código Penal de California 207 PC y Código Penal de California 208 PC.
- Código Penal de California 208(b) PC. Ver también Código Penal 209 – secuestro por rescate o para cometer un delito.
- Código Penal de California 208(b) PC.
- Ver Código Penal de California 208(a) PC.
- Código Penal de California 208(c) PC.
- Código Penal de California 207 PC.
- Código Penal de California 208(a) PC.
- Código Penal de California 209.5 PC.
- Ver mismo.
- Código Penal de California 237 PC.
- Ver mismo.
- Ver mismo.
- Ver mismo.