Bajo Código de Salud y Seguridad § 11383 HS, es un delito poseer ciertos productos químicos con la intención de utilizarlos para fabricar Fenciclidina (PCP). Este delito es un delito grave castigado con hasta seis años en la cárcel del condado.
Posibles Defensas
Los abogados de defensa penal utilizan varias estrategias legales para impugnar acusaciones bajo esta ley. Algunas de las más comunes incluyen demostrar que:
- el acusado no tenía la intención de fabricar PCP,
- el acusado no poseía ciertos productos químicos, y/o
- la policía realizó una búsqueda y confiscación ilegal.
Sanciones
Una violación del Código de Salud y Seguridad de California Sección 11383 HS es un delito grave (en lugar de una infracción o un delito menor).
El delito es castigado con:
- hasta seis años en la cárcel del condado bajo el programa de reasignación de California, y/o
- una multa máxima de $10,000.
Nuestros abogados de defensa criminal de California explicarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Cómo define la ley de California “posesión de materiales para la fabricación de PCP”?
- 2. ¿Existen defensas legales?
- 3. ¿Cuáles son las penas?
- 4. ¿Existen delitos relacionados?
1. ¿Cómo define la ley de California “posesión de materiales para la fabricación de PCP”?
Un fiscal debe demostrar lo siguiente para condenar a una persona bajo esta ley con éxito:
- el acusado poseía ciertos productos químicos en combinaciones específicas que pueden ser utilizados para fabricar PCP (o un análogo de esta droga), y
- cuando el acusado poseía esos productos químicos, específicamente tenía la intención de utilizarlos para fabricar PCP.1
Los productos químicos que pueden respaldar un cargo de posesión de materiales para la fabricación de drogas bajo esta sección del código incluyen:
- piperidina y ciclohexanona,
- pirrolidina y ciclohexanona, y
- morfolina y ciclohexanona.2
Para fines de esta ley, “posesión” incluye la simple posesión, o cuando un acusado tiene los productos químicos mencionados en su persona.
Tenga en cuenta que las personas pueden poseer productos químicos incluso si nunca los tocaron o los llevaron consigo. Todo lo que se requiere es que un acusado tenga control sobre los materiales o el derecho a controlarlos, ya sea personalmente o a través de otra persona.3
Tenga en cuenta que una persona no tiene que fabricar PCP para ser declarada culpable de este delito con éxito. Además, un acusado puede ser declarado culpable de este delito solo por poseer los productos químicos y albergar una vaga esperanza de usarlos para fabricar drogas.
2. ¿Existen defensas legales?
Las personas acusadas de un delito bajo esta ley pueden impugnar la acusación con una defensa legal. Tres defensas comunes incluyen que los acusados demuestren que:
- no tenían la intención de fabricar PCP.
- no poseían ciertos productos químicos o materiales.
- la policía realizó una búsqueda y confiscación ilegal.
2.1. Sin intención
Recuerde que las personas solo son culpables de esta ley si poseían los productos químicos mencionados en la ley con la intención de fabricar PCP. Por lo tanto, siempre es una defensa para un acusado demostrar que no tenía la intención de fabricar drogas ilegales.
2.2. Sin posesión
Recuerde también que un acusado solo es culpable de violar esta ley si poseía ciertos productos químicos. Además, la posesión tiene una definición legal muy precisa. Una defensa es que un acusado demuestre que no poseía ningún producto químico.
2.3. Búsqueda y confiscación ilegal
Esta es una defensa popular para muchos delitos relacionados con drogas. El Estado de California dice que las fuerzas del orden solo pueden realizar una búsqueda o confiscación con una orden válida. Si no tienen una, deben tener una excusa válida. Si no hay orden o excusa, entonces cualquier evidencia recopilada de la búsqueda o confiscación ilegal puede ser excluida del caso.
Si un acusado puede demostrar que la policía realizó una búsqueda o confiscación ilegal, entonces un juez podría reducir los cargos del acusado o desestimarlos por completo.
3. ¿Cuáles son las sanciones?
Una violación de esta sección del código es un delito grave.4
El crimen es castigable con:
- hasta seis años en la cárcel del condado (en lugar de la prisión estatal), y/o
- una multa máxima de $10,000.5
Estas sanciones pueden aumentar si el acusado tiene condenas anteriores o un historial criminal.
Tenga en cuenta que el juez puede otorgar a un acusado una libertad condicional por delito grave (o formal) en lugar de tiempo en la cárcel.
4. ¿Existen delitos relacionados?
Hay tres delitos relacionados con la posesión de materiales para fabricar PCP. Estos son:
- posesión de materiales para fabricar metanfetamina – HS 11383.5,
- fabricación de una sustancia controlada – HS 11379.6, y/o
- posesión para la venta de sustancias controladas – HS 11351.
4.1. Posesión de materiales para fabricar metanfetamina – HS 11383.5
Según Health & Safety Code 11383.5 HS, la posesión de materiales para fabricar metanfetamina es el delito en el que las personas:
- poseen ciertos productos químicos en combinaciones especificadas que pueden ser utilizados para fabricar metanfetamina o N-etil anfetamina (o un análogo de estas drogas), y
- lo hacen con la intención de fabricar metanfetamina o N-etil anfetamina.
Al igual que con las violaciones de HS 11383, las personas pueden impugnar los cargos de violar esta ley demostrando que no:
- tenían la intención de fabricar metanfetamina o N-etil anfetamina, o
- poseían ciertos productos químicos.
4.2. Fabricación de una sustancia controlada – HS 11379.6
Según Health & Safety Code 11379.6 HS, fabricación de una sustancia controlada es el delito en el que las personas fabrican narcóticos ilegales como PCP, éxtasis, heroína, cocaína y opiáceos.
Tenga en cuenta que si una persona posee ciertos productos químicos con la intención de fabricar PCP y logra fabricar la droga, un fiscal puede acusar a la parte de ambos:
- posesión de materiales para fabricar PCP, y
- fabricación de una sustancia controlada.
4.3. Posesión para la venta de sustancias controladas – HS 11351
Según Health & Safety Code 11351 HS, posesión para la venta de sustancias controladas es el delito en el que las personas poseen ciertas sustancias controladas con el fin de venderlas.
El término “posesión” en esta ley es la misma definición que en HS 11383.
Referencias legales:
- CALCRIM No. 2336 – Posesión con la intención de fabricar PCP. Instrucciones del jurado penal del Consejo Judicial de California (edición de 2020). Véase también People v. Perez (2005) 35 Cal.4th 1219.
- Código de Salud y Seguridad de California 11383 HSC. El lenguaje de la sección del código es el siguiente:(a) Cualquier persona que posea al mismo tiempo cualquiera de las siguientes combinaciones, un producto combinado de ellas, o posea cualquier compuesto o mezcla que contenga los productos químicos enumerados en las siguientes combinaciones, con la intención de fabricar fenciclidina (PCP) o cualquiera de sus análogos especificados en la subdivisión (d) de la Sección 11054 o en la subdivisión (e) de la Sección 11055, es culpable de un delito grave y será castigado con prisión de acuerdo con la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal por dos, cuatro o seis años:(1) Piperidina y ciclohexanona.
(2) Pirrolidina y ciclohexanona.
(3) Morfolina y ciclohexanona.
(b) Cualquier persona que posea el isómero óptico, posicional o geométrico de cualquiera de los compuestos enumerados en esta sección, con la intención de fabricar estas sustancias controladas, es culpable de un delito grave y será castigado con prisión de acuerdo con la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal por dos, cuatro o seis años:
(1) Fenciclidina (PCP).
(2) Cualquier análogo de PCP especificado en la subdivisión (d) de la Sección 11054, o en la subdivisión (e) de la Sección 11055.
(c) Cualquier persona que posea cualquier compuesto o mezcla que contenga piperidina, ciclohexanona, pirrolidina, morfolina, 1-fenilciclohexilamina (PCA), 1-piperidinociclohexanocarbonitrilo (PCC) o bromuro de fenilmagnesio (PMB) con la intención de fabricar fenciclidina, es culpable de un delito grave y será castigado con prisión de acuerdo con la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal por dos, cuatro o seis años.
(d) Cualquier persona que posea precursores inmediatos suficientes para la fabricación de piperidina, ciclohexanona, pirrolidina, morfolina o bromuro de fenilmagnesio (PMB) con la intención de fabricar fenciclidina, es culpable de un delito grave y será castigado con prisión de acuerdo con la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal por dos, cuatro o seis años.
(e) Esta sección no se aplica a los fabricantes de drogas con licencia en este estado o a las personas autorizadas por la regulación de la Junta de Farmacia para poseer esas sustancias o combinaciones de sustancias.
(Enmendado por Estadísticas. 2011, Cap. 15, Sec. 179. (AB 109) Efectivo el 4 de abril de 2011. Operativo el 1 de octubre de 2011, por Sec. 636 de Cap. 15, según enmendado por Estadísticas. 2011, Cap. 39, Sec. 68.)
- CALCRIM No. 2336. Véase también People v. Barnes (1997) 57 Cal.App.4th 552.
- Código de Salud y Seguridad de California 11383a HC.
- Véase lo mismo. Véase también Código Penal 1170h PC.