Código de Salud y Seguridad de California 11162.5 HS prohíbe hacer o poseer plantillas de receta falsas para una sustancia controlada. El delito puede ser acusado como una falta o una delito y es castigable con hasta 3 años de prisión o cárcel.
Una sustancia controlada es una droga o químico cuyo fabricación, posesión y uso están regulados por el gobierno bajo la Ley de Estados Unidos “Controlled Substances Act”.
Ejemplos de actos ilegales bajo esta sección incluyen:
- Durante una visita al médico de rutina, Michelle roba una libreta de recetas de la oficina médica. Más tarde la copia exactamente ella misma y se escribe una receta para Vicodin.
- Mark está tan impresionado por el trabajo de Michelle, que compra una libreta falsa de ella y se la guarda en el bolsillo para usarla más tarde.
- Intentando ganar dinero extra, la enfermera Carol toma unas cuantas plantillas de receta del trabajo, las copia exactamente y las vende a otros.
Defensas
Afortunadamente, hay varias defensas legales que puedes presentar si se te acusa de este delito. Estas incluyen demostrar que tú:
- No tenías la intención de engañar o defraudar;
- No sabías que poseías una libreta falsificada; o,
- Fueron tentados.
Penalidades
Una violación del Código de Salud y Seguridad 11162.5 es un tipo de delito oscilante, lo que significa que puede ser castigado como una falta de California o una delito.
Si se acusa como un delito menor, el delito es sancionable con:
- Cárcel en una cárcel del condado por hasta un año; y/o,
- Una multa de hasta $1,000.
Si se acusa como un delito grave, el delito es sancionable con prisión en una cárcel del condado por un término de:
- 16 meses;
- Dos años; o,
- Tres años.
Nuestros abogados de defensa penal de California discutirán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Es un delito tener una plantilla de receta falsa?
- 2. ¿Hay defensas para el Código de Salud y Seguridad 11161.5 HS?
- 3. ¿Cuáles son las penas?
- 4. Delitos relacionados
El Código de Salud y Seguridad 11162.5 HS es la ley de California que rige las plantillas de receta falsas en el contexto de sustancias controladas.
1. ¿Es un delito tener una plantilla de receta falsa?
El Código de Salud y Seguridad de California 11161.5 establece que:
Las formas de receta para recetas de sustancias controladas se obtendrán de impresores de seguridad aprobados por el Departamento de Justicia.1
Esta sección hace que sea un delito o bien:
- Contrafaer una de estas formas; o,
- Poseer con conocimiento una forma contrahecha.2
“Contrafaer” significa hacer una imitación exacta de algo con la intención de engañar o defraudar.3
Código de Salud y Seguridad 11162.5 usa específicamente el término “hoja de receta” en su lenguaje y no “formulario de receta”. Los términos tienen el mismo significado.
Son lo que un profesional médico usa cuando ordena o autoriza una receta para una sustancia controlada. Las hojas/formularios de receta también se conocen como “bloques de receta“.
2. ¿Hay defensas para el Código de Salud y Seguridad 11161.5 HS?
Puedes desafiar la acusación planteando una defensa legal. Una buena defensa a menudo puede reducir un cargo o incluso desestimarlo. Tenga en cuenta, sin embargo, que es fundamental que contrate a un abogado para plantear una defensa en su nombre.
Tres defensas comunes son:
- No hay intención de engañar o defraudar;
- No hay conocimiento; y/o,
- Atracón.
2.1. No hay intención de engañar o defraudar
Recuerde que contraer significa tanto:
- Duplicar exactamente un objeto; y,
- Hacerlo con una intención de engañar o defraudar.
El segundo requisito significa básicamente que debes intencionalmente tratar de engañar a alguien.
Una defensa para HS 11162.5, por lo tanto, es mostrar que nunca intentaste engañar o defraudar intencionalmente a otra persona. Por ejemplo, podrías decir que contrefacías un formulario de receta por el bien del arte, o, simplemente por el hecho de hacerlo.
2.2. No hay conocimiento
Para ser culpable de posesión bajo HS 11162.5, tienes que saber poseer una hoja de receta falsificada. Esto significa que debes saber que una placa de receta falsificada está
- en tu persona o
- dentro de tu control.
Por lo tanto, una fuerte defensa legal para un cargo de posesión es mostrar que nunca supiste que tenías un formulario de receta falsificado. Por ejemplo, si se encuentra un formulario ilegal en tu mochila, puedes intentar mostrar que nunca supiste que estaba en la bolsa porque alguien lo puso allí o lo plantó.
2.3. Atracón
Esta defensa puede aplicarse si fuiste arrestado después de que un agente encubierto comprara o obtuviera un formulario falsificado de ti. Cualquier cargo posterior bajo HS 11162.5 debe ser descartado si el oficial atrajo a cometer el delito.
Este “atrayendo” se conoce como atracón. Se aplica a la conducta oficial excesiva por parte de agentes de policía, como
- presión,
- acoso,
- fraude,
- halagos, o
- amenazas.
El atracón es una defensa legal aceptable siempre que muestre que solo cometió el delito debido a el atracón.
Bajo HS 11162.5 (a), las infracciones son potencialmente punibles con prisión.
3. ¿Cuáles son las penas?
Bajo el Código de Salud y Seguridad 11162.5, los delitos de falsificar una planilla de receta y poseer una de forma consciente son delitos wobbler. Esto significa que pueden ser castigados como una falta grave o una felonia de California.
La sección también establece dos sub-divisiones que proporcionan instrucciones de sentencia para violaciones del código.
HS 11162.5 (a) se aplica a los delitos de:
- Falsificar planillas de receta, y,
- Poseer conscientemente más de tres planillas de receta falsificadas.4
Bajo HS 11162.5 (a), estas infracciones son punibles con prisión por hasta un año en una cárcel del condado, si se acusa como falta grave. Si se acusa como delito, los delitos son punibles con prisión en una cárcel del condado por un término de:
- 16 meses;
- Dos años; o,
- Tres años.5
HS 11162.5 (b) se aplica al delito específico de poseer conscientemente tres o menos planillas de receta falsificadas.6 La sección establece que el delito es una falta grave punible con:
- Prisión en una cárcel del condado por hasta seis meses; y/o,
- Una multa de hasta $1,000.7
4. Delitos Relacionados
Hay tres delitos particulares relacionados con esta sección. Estos son:
- Prescribir una sustancia controlada sin un propósito médico – HS 11153
- Prescribir una sustancia controlada sin tratamiento – HS 11154 (a)
- Prescribir una sustancia controlada a un adicto – HS 11156
4.1. Prescribir una Sustancia Controlada Sin un Propósito Médico – HS 11153
Violaciones del Código de Salud y Seguridad de California 11153 HS a veces se conocen como incidentes de “fraude de recetas“.
El fraude de recetas, bajo el HS 11153, es el acto de saber escribir una receta que no es para un propósito médico legítimo o está fuera del curso usual de tratamiento. Tenga en cuenta que este delito solo puede ser cometido por alguien con la autoridad para recetar drogas (como un médico o un enfermero profesional).8
El delito de recetar una sustancia controlada sin un propósito médico es un delito oscilante. El delito puede ser acusado como ya sea un delito menor o un delito grave.
La sentencia máxima de prisión por el delito es:
- Un año, si se acusa como un delito menor; o,
- Tres años, si se acusa como un delito grave.
4.2. Recetar una sustancia controlada sin tratamiento – HS 11154 (a)
De acuerdo con Health & Safety Code 11154 (a), es un delito para un médico recetar una sustancia controlada a cualquier persona que no esté bajo el tratamiento del médico.9
Tenga en cuenta que el HS 11154 (a) sí permite que un profesional recete una sustancia controlada a una persona para la adicción a las drogas, incluso si no se proporciona tratamiento.10
El principal enfoque de estos casos es el acto de recetar, y el delito puede ser cometido sin el uso de una receta escrita, como cuando un médico en un hospital puede recetar o ordenar un narcótico para un paciente.11
Un delito HS 11154 (a) es un delito oscilante. Si se acusa como un delito menor, el delito es castigable con:
- Prisión en una cárcel del condado por hasta un año; y/o,
- Una multa de hasta $20,000.12
Si se acusa como un delito grave, el delito es castigable con prisión en una cárcel del condado por un término de:
- 16 meses;
- Dos años; o,
- Tres años.13
4.3. Recetar una sustancia controlada a un adicto – HS 11156
Tenga en cuenta que el delito también se comete a través de la administración o dispensación de una sustancia controlada.14
Al igual que con las otras violaciones discutidas en este artículo, las violaciones de HS 11156 son delitos oscilantes, lo que lleva a cargos de delito menor o delito grave.
La sentencia de cárcel máxima para un delito HS 11156 es:
- Un año, si se acusa como una falta; o,
- Tres años, si se acusa como una felonia.
Para obtener ayuda adicional…
Si usted o alguien que conoce ha sido acusado de violar el Código de Salud y Seguridad 11162.5 HS, lo invitamos a que nos contacte para una consulta. Podemos ser contactados las 24 horas del día.
Referencias Legales:
1. Código de Salud y Seguridad de California 11161.5(a) HS. El lenguaje de la estatuta establece que:
(a) Los formularios de receta para recetas de sustancias controladas se obtendrán de impresores de seguridad aprobados por el Departamento de Justicia.
(b) El departamento puede aprobar las solicitudes de impresores de seguridad después de que el solicitante haya proporcionado la siguiente información:
(1) Nombre, dirección y número de teléfono del solicitante.
(2) Políticas y procedimientos del solicitante para verificar la identidad del prescriptor que ordena los formularios de receta de sustancias controladas.
(3) Políticas y procedimientos del solicitante para verificar la entrega de formularios de receta de sustancias controladas a los prescriptores.
(4) (A) La ubicación, nombres y títulos del agente del solicitante para el servicio de proceso en este estado; todos los principales oficiales corporativos, si los hay; todos los socios generales gerentes, si los hay; y cualquier propietario individual, socio, oficial corporativo, gerente, agente, representante, empleado o subcontratista del solicitante que tenga acceso directo, o administración o control, de los formularios de receta de sustancias controladas.
(B) Un informe que contenga esta información se hará anualmente y dentro de los 30 días posteriores a cualquier cambio de oficina, principales oficiales corporativos, socio general gerente o de cualquier persona descrita en el subinciso (A).
(5) (A) Una declaración firmada indicando si el solicitante, cualquier oficial corporativo principal, cualquier socio general gerente o cualquier propietario individual, socio, oficial corporativo, gerente, agente, representante, empleado o subcontratista del solicitante que tenga acceso directo, o administración o control, de los formularios de receta de sustancias controladas, alguna vez ha sido condenado o ha declarado no culpable de una violación de cualquier ley de un país extranjero, los Estados Unidos o cualquier estado, o de cualquier ordenanza local.
(B) El departamento proporcionará al solicitante y a cualquier propietario individual, socio, oficial corporativo, gerente, agente, representante, empleado o subcontratista del solicitante que tenga acceso directo, o administración o control, de los formularios de receta de sustancias controladas, los medios y la dirección para proporcionar huellas dactilares y la información relacionada, de una manera especificada por el departamento, con el fin de completar los antecedentes penales estatales, federales o extranjeros.
(C) Cualquier solicitante descrito en la subdivisión (b) deberá presentar sus imágenes de huellas dactilares y la información relacionada al departamento, con el fin de que el departamento obtenga información sobre la existencia y naturaleza de un registro de condenas a nivel estatal, federal o extranjero y de arrestos a nivel estatal, federal o extranjero para los cuales el departamento establece que el solicitante fue liberado bajo fianza o bajo su propio reconocimiento pendiente del juicio, según se describe en la subdivisión (l) del Código Penal. Las solicitudes de información de registro de delincuentes de nivel federal recibidas por el departamento de conformidad con esta sección se enviarán al Buró Federal de Investigación por el departamento.
(D) El departamento evaluará contra cada solicitante de impresor de seguridad una tarifa determinada por el departamento para cubrir todos los costos de procesamiento, mantenimiento e investigación generados o asociados con la realización de verificaciones de antecedentes estatales, federales o extranjeras y las inspecciones de impresores de seguridad de conformidad con esta sección con respecto a ese solicitante; la tarifa deberá ser pagada por el solicitante en el momento en que presente la solicitud de impresor de seguridad, las huellas dactilares y la información relacionada al departamento.
(E) El departamento conservará las impresiones de huellas dactilares y la información relacionada para la notificación posterior de arresto de conformidad con la Sección 11105.2 del Código Penal para todos los solicitantes.
(c) El departamento puede denegar la solicitud de impresor de seguridad dentro de los 60 días calendario a partir de la recepción de la solicitud del solicitante.
(d) El departamento puede denegar una solicitud de impresor de seguridad por cualquiera de los siguientes motivos:
(1) El solicitante, cualquier propietario individual, socio, oficial corporativo, gerente, agente, representante, empleado o subcontratista del solicitante, que tenga acceso directo, administración o control de formularios de prescripción de sustancias controladas, ha sido condenado por un delito. Una condena en el sentido de este párrafo significa una declaración o veredicto de culpabilidad o una condena después de una declaración de nolo contendere. Cualquier acción que una junta esté autorizada a tomar después de la establecimiento de una condena se puede tomar cuando haya pasado el tiempo para apelar, el juicio de condena haya sido confirmado en apelación o cuando se haga una orden otorgando la libertad condicional suspendiendo la imposición de la sentencia, independientemente de una orden posterior de conformidad con la Sección 1203.4 del Código Penal.
(2) El solicitante cometió cualquier acto que implique deshonestidad, fraude o engaño con la intención de beneficiarse sustancialmente a sí mismo, a otro o de causar un daño sustancial a otro.
(3) El solicitante cometió cualquier acto que constituya una violación de esta división.
(4) El solicitante declaró intencionalmente un hecho falso requerido para ser revelado en la solicitud para producir formularios de prescripción de sustancias controladas.
(5) El departamento determina que el solicitante no ha demostrado procedimientos de seguridad adecuados relacionados con la producción y distribución de formularios de prescripción de sustancias controladas.
(6) El departamento determina que el solicitante ha presentado una solicitud incompleta.
(7) Como condición para su aprobación como impresor de seguridad, un solicitante deberá autorizar al Departamento de Justicia para realizar cualquier examen de los libros y registros del solicitante o para visitar e inspeccionar al solicitante durante el horario comercial, en la medida que sea necesario para hacer cumplir adecuadamente esta sección.
(e) Un solicitante aprobado deberá presentar un ejemplar de un formulario de prescripción de sustancias controladas, con todas las características de seguridad, al Departamento de Justicia dentro de los 30 días de la producción inicial.
(f) El departamento mantendrá una lista de impresores de seguridad aprobados y el departamento hará esta información disponible para los prescriptores y otras agencias gubernamentales apropiadas, incluida la Junta de Farmacia.
(g) Antes de imprimir cualquier formulario de prescripción de sustancias controladas, un impresor de seguridad deberá verificar con la junta de licencias correspondiente que el prescriptor posea una licencia y privilegios de prescripción actuales que permitan la prescripción de sustancias controladas con la Administración de Drogas y Alimentos de los Estados Unidos (DEA).
(h) Los formularios de prescripción de sustancias controladas se proporcionarán directamente al prescriptor ya sea en persona, por correo certificado o por un medio que requiera una firma que signifique la recepción del paquete y la entrega de esa firma al impresor de seguridad. Los formularios de prescripción de sustancias controladas proporcionados en persona se limitarán a los clientes establecidos. Los impresores de seguridad obtendrán una identificación con foto del cliente y mantendrán un registro de esta información. Los formularios de prescripción de sustancias controladas solo se enviarán a la dirección del prescriptor registrada y verificada con la Administración de Drogas y Alimentos de los Estados Unidos o con la Junta Médica de California.
(i) Los impresores de seguridad mantendrán registros de pedidos y entregas de manera fácilmente recuperable para los prescriptores individuales durante tres años.
(j) Los impresores de seguridad deberán producir registros de pedidos y entregas a petición de un funcionario autorizado de la ley, tal como se define en la Sección 4017 del Código de Negocios y Profesiones.
(k) Los impresores de seguridad deberán informar cualquier robo o pérdida de formularios de prescripción de sustancias controladas al Departamento de Justicia por fax o correo electrónico dentro de las 24 horas del robo o pérdida.
(l) (1) El departamento impondrá restricciones, sanciones o penalidades, sujetas a las subdivisiones (m) y (n), contra los impresores de seguridad que no cumplan con esta división de acuerdo con las regulaciones implementadas de acuerdo con esta división y revocará su aprobación de un impresor de seguridad por una violación de esta división o una acción que permita una denegación de acuerdo con la subdivisión (d) de esta sección.
(2) Cuando el departamento revoque su aprobación, notificará a los consejos de licencias apropiados y eliminará al impresor de seguridad de la lista de impresores de seguridad aprobados.
(m) Las siguientes violaciones por parte de los impresores de seguridad serán sancionables de acuerdo con la subdivisión (n):
(1) Incumplimiento de las Directrices de Impresores de Seguridad establecidas por el Programa de Impresores de Seguridad como condición de aprobación.
(2) Incumplimiento de las precauciones razonables para prevenir cualquier acto deshonesto o actividad ilegal relacionada con el acceso y control de los formularios de prescripción de seguridad.
(3) Robo o uso fraudulento de la identidad de un prescriptor con el fin de obtener formularios de prescripción de seguridad.
(n) Un impresor de seguridad aprobado de acuerdo con la subdivisión (b) estará sujeto a las siguientes penalidades por acciones que lleven a la denegación de una solicitud de impresor de seguridad especificada en la subdivisión (d) o por una violación especificada en la subdivisión (m):
(1) Por una primera violación, una multa que no exceda de mil dólares ($1,000).
(2) Por una segunda o subsiguiente violación, una multa que no exceda de dos mil quinientos dólares ($2,500) por cada violación.
(3) Por una tercera o subsiguiente violación, una presentación de una acción disciplinaria administrativa que busque suspender o revocar la aprobación del impresor de seguridad.
(o) Con el fin de facilitar la estandarización de todos los formularios de prescripción y la serialización de los formularios de prescripción con identificadores únicos, el Departamento de Justicia puede dejar de emitir nuevas aprobaciones de impresores de seguridad en la medida necesaria para lograr estos propósitos. El departamento puede, de acuerdo con la regulación, reducir el número de impresores de seguridad aprobados actualmente a no menos de tres proveedores. El departamento debe asegurar que cualquier reducción o limitación de los impresores de seguridad aprobados no afecte la capacidad de los proveedores para satisfacer la demanda de formularios de prescripción.
10. Ver lo mismo.
11. Gente v. Whitlow (1952) 113 Cal. App. 2d 804.
12. Código de Salud y Seguridad de California 11371 HS.
13. Ver lo mismo.
14. Código de Salud y Seguridad de California 11156 HS.