Un mandato de arresto (“BW”) no caduca. Permanece en vigor hasta que ocurra alguna de las siguientes situaciones:
- usted fallezca, o
- el mandato sea eliminado.
Si hay un BW en su contra, puede eliminarlo de dos maneras:
- compareciendo ante el juez en la corte, o
- posiblemente teniendo a su abogado comparecer en su nombre.
Si su mandato de arresto no es eliminado, corre el riesgo de ser arrestado. Y un juez puede:
- liberarlo con una advertencia, o
- ordenar su encarcelamiento.
¿Qué es un mandato de arresto?
Un “mandato de arresto” (a veces llamado “orden de detención”) es el tipo más común de mandato emitido. Es emitido por “el juez”. Estos mandatos no se emiten debido a actividades criminales sospechosas. En cambio, un juez autoriza un BW típicamente porque usted no cumplió con alguna de las siguientes acciones:
- comparecer en la corte,
- pagar una multa, o
- obedecer una orden judicial.
Un BW emitido para su arresto autoriza al personal de seguridad a arrestarlo y llevarlo directamente a la corte.
¿Cuánto tiempo dura un mandato de arresto?
Un mandato de arresto no caduca. No se elimina o se retira después de, por ejemplo, cinco años. En cambio, permanece en vigor hasta que:
- sea detenido o fallezca, o
- el mandato sea eliminado (es decir, un juez lo anula).
De manera similar, los mandatos de arresto generalmente no caducan hasta que sea detenido o la corte anule el mandato.
Los BW no caducan porque, de lo contrario, fomentarían un comportamiento malo y deshonesto. Se le incentivaría a pasar un período de tiempo evitando a un juez o mintiendo a la corte para evitar el arresto.
¿Cómo puedo eliminar un mandato de arresto?
Eliminar un BW también se conoce como “anular” o “cancelar”. Anular un mandato de arresto significa eliminarlo del sistema judicial.
Debe comparecer en la corte para anular un mandato.
En general, su abogado puede comparecer en la corte en su nombre, siempre y cuando:
- usted no se presentó a una comparecencia en la corte, o
- usted no hizo un pago en relación con un delito menor.
Sin embargo, si no cumplió con una orden judicial que surgió de un caso de delito grave, generalmente debe estar presente en la corte personalmente (con o sin un abogado) para resolver una BW.
Al intentar anular una orden de arresto, usted (o su abogado) puede hacerlo argumentando que:
- usted nunca recibió una notificación para comparecer en la corte,
- usted cumplió con todas las condiciones y requisitos de una orden judicial,
- usted no sabía que se había presentado un caso en su contra, y/o,
- hay un error de identidad.
¿Debo consultar con un abogado?
Es fundamental que se comunique con un abogado de órdenes de arresto experimentado al intentar revocar una BW.
Tenga en cuenta que si se presenta en la corte en un intento de resolver una orden de arresto, el juez tiene la opción de detenerlo. Un abogado ayudaría a garantizar que esto no suceda. Los abogados también saben:
- los argumentos más efectivos para presentar en su nombre,
- qué evidencia ofrecer, y
- los pasos adecuados para anular una orden de arresto y mantenerlo fuera de la cárcel.
¿Qué sucede si una orden de arresto no se revoca?
Si no resuelve una BW, el personal de las fuerzas del orden tiene la autoridad para arrestarlo y llevarlo a la corte.
Una vez llevado a la corte, el juez puede:
- liberarte con una advertencia, o
- ponerte en custodia.
El juez tomará esta decisión después de considerar tu:
- historial criminal,
- riesgo de fuga, y
- circunstancias que llevaron a la BW.
También ten en cuenta que si una BW no es revocada, podría llevar a:
- una violación de libertad condicional,
- multas aumentadas, y/o
- una suspensión de la licencia de conducir.
¿Me notificarán de una orden de arresto?
No necesariamente. En muchos casos, es posible que ni siquiera te enteres de la orden hasta que:
- te detengan por una infracción de tráfico menor, y el oficial de policía compruebe tu nombre (en ese momento pueden arrestarte); o
- estés solicitando un trabajo, y el empleador compruebe tus antecedentes para ver si eres adecuado para el trabajo; o
- estés actualmente empleado, y el empleador compruebe tus antecedentes para cumplir con los requisitos de su seguro y asegurarse de que no hay barreras para que trabajes; o
- el DMV suspenda tu licencia – o te impida renovarla – una vez que se entere de la orden; o
- estés fuera de los Estados Unidos, y la Aduana de los Estados Unidos no te permita regresar debido a la orden.
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¿Cuáles son las sanciones si no me presento en la corte?
Como se mencionó anteriormente, una de las razones por las que se puede emitir una BW es si no te presentas a una comparecencia en la corte. La falta de comparecencia (“FTA”) es un delito. Dependiendo del estado, puedes enfrentar cargos por delito menor o delito grave por FTA.
¿Qué otros tipos de órdenes de arresto existen?
Además de las órdenes de arresto, también hay:
- órdenes de arresto, que la policía solicita a los jueces después de tener una causa probable para creer que cometiste un delito
- Órdenes de Ramey, que son un tipo de orden de arresto que permite a la policía hacer un arresto antes de que se presenten cargos formales
- órdenes de registro, que la policía solicita a los jueces para permitirles buscar en lugares privados evidencia de un delito
- órdenes de extradición, que se reservan para sospechosos fugitivos que han salido del estado
¿Cuál es la ley en California?
Al igual que en otros estados, los jueces de California emiten órdenes de arresto para las personas que no cumplen con sus órdenes. Algunas razones comunes para las órdenes de arresto son:
- no presentarse a una audiencia en el tribunal; o
- supuestamente violar la libertad condicional.
La falta intencional de comparecer (FTA) es un cargo criminal en California. El tribunal presume intencionalidad si pasan 14 días desde la fecha asignada para la audiencia sin que usted se presente.
Para casos de faltas menores, las penas por FTA incluyen hasta $1,000 y seis meses de cárcel. Para casos de delitos graves, las penas incluyen hasta tres años de cárcel y hasta $5,000 (o hasta $10,000 si había pagado fianza).
Si es arrestado por una orden de arresto, es posible que pueda ser liberado de inmediato pagando una fianza. Algunas órdenes de arresto son “sin fianza”, lo que significa que debe comparecer ante un juez antes de poder ser liberado.1
Referencias legales
- Código Penal de California 1320 PC. Código Penal de California 1320.5 PC.