Como regla general, las órdenes de arresto no caducan. En cambio, permanecen activas indefinidamente hasta que la persona nombrada en la orden es arrestada o la orden es “revocada y anulada”.
Dicho esto, las órdenes de arresto que no se ejecutan durante años pueden resultar en que su caso sea desestimado bajo el estatuto de limitaciones penales o como una violación de su derecho a un juicio rápido.
Tipos de órdenes
Existen numerosos tipos diferentes de órdenes. Incluyen:
- órdenes de arresto, que ordenan a las fuerzas del orden que arresten a la persona nombrada,
- órdenes de arresto de tribunal, que son órdenes de un juez para arrestar a alguien por violar una orden judicial, a menudo por no comparecer en una fecha de corte,
- órdenes de registro, que instruyen a la policía a buscar en el lugar descrito pruebas específicas de un delito,
- órdenes de intervención telefónica, que autorizan a los investigadores a escuchar las comunicaciones electrónicas de alguien, como sus llamadas telefónicas o correos electrónicos,
- órdenes de incautación, que indican a los agentes del orden que recojan propiedades específicas,
- órdenes de testigo material, que garantizan que un testigo importante esté presente en un procedimiento judicial,
- órdenes de deportación, que indican a las autoridades de inmigración que detengan y deporten al sujeto de la orden, y
- órdenes de búsqueda de fugitivos, que instruyen a la policía a arrestar a alguien que es buscado en otra jurisdicción.
Sin embargo, los tipos más comunes de órdenes activas son las órdenes de arresto, de tribunal y de registro.
Las órdenes de arresto no caducan
Una vez emitida, una orden de arresto no caduca. Solo termina si:
- la persona nombrada es detenida, o
- la orden es anulada.
Incluso las órdenes de arresto por delitos menores permanecen activas indefinidamente. La razón de esto es que, si la orden tuviera una fecha de caducidad, los sospechosos de delitos podrían evitar el enjuiciamiento escondiéndose hasta que pasara.
“Lo más importante que hay que entender sobre las órdenes de arresto es que no desaparecen por sí solas. Hay muchas historias sobre personas que fueron detenidas por un oficial de policía después de una parada de tráfico por una orden de arresto activa que tenía 30 o 40 años. Debe tomar medidas afirmativas para eliminar una orden si desea evitar esta vergonzosa inconveniencia. Eliminarla también la eliminará de las verificaciones de antecedentes penales y puede proteger su licencia de conducir de una suspensión por parte del DMV debido a la orden.” – abogado de defensa criminal Neil Shouse
Cómo eliminar una orden de arresto
Para eliminar o “anular” una orden de arresto, usted o su abogado de defensa criminal presentarían una moción para anular o se presentarían ante la policía o el tribunal.
Una moción para anular es una presentación ante el tribunal que pide a un juez que declare inválida o nula la orden de arresto. Se llevará a cabo una audiencia en el tribunal, momento en el que puede argumentar su caso. Por lo general, su argumento sería que:
- ha pasado tanto tiempo desde la emisión de la orden de arresto que el estatuto de limitaciones penales ha expirado o su derecho a un juicio rápido ha sido violado, por lo que el caso subyacente debe ser desestimado de todos modos, o
- la orden de arresto es deficiente.
Hacer esto por su cuenta es muy arriesgado. Si no convence al juez de que la orden debe ser anulada, entonces la orden se ejecutará y es probable que sea detenido.
También puede presentarse ante la policía local. Esto iniciaría el proceso de ejecución de la orden. Puede ser una decisión inteligente si la orden es claramente un error y no es una orden de delito grave. Sin embargo, debe consultar con un abogado y obtener su consejo legal antes de hacerlo.
El estatuto de limitaciones penales
Muchos estados tienen estatutos de limitaciones penales para sus leyes penales. Estos exigen que los fiscales inicien un caso penal dentro de un cierto período de tiempo después de que se haya cometido el delito. Los diferentes estados utilizan diferentes límites de tiempo. A menudo tienen estatutos de limitaciones distintos para diferentes delitos. Sin embargo, emitir una orden de arresto en el caso puede satisfacer el estatuto de limitaciones.
Por ejemplo, en California, el estatuto de limitaciones es:
- 1 año para delitos menores,[1]
- 3 años para cargos por delitos graves,[2]
- 6 años para cargos penales que conllevan más de 8 años de prisión,[3] y
- para siempre, para delitos que:
- conllevan la pena de muerte,
- podrían conllevar cadena perpetua, o
- involucran el desfalco de dinero público.[4]
Antes de que expire este tiempo, el fiscal generalmente debe:
- presentar una acusación formal o una denuncia penal,
- presentar la denuncia penal,
- llevar al acusado a la lectura de cargos, o
- emitir una orden de arresto o de tribunal.[5]
Si el fiscal no hace ninguna de estas cosas, puede obtener la desestimación del caso penal por estar fuera de plazo. Sin embargo, como la orden de arresto puede satisfacer el estatuto de limitaciones, esto puede hacer que sea irrelevante si las órdenes de arresto caducan: La orden puede haber sido emitida hace una década, pero si satisface el estatuto de limitaciones, entonces el estatuto puede no ayudarlo.
Su derecho a un juicio rápido
No ejecutar una orden de arresto dentro de un plazo razonable puede violar su derecho a un juicio rápido. Este derecho está consagrado en la Sexta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. También está incluido en la mayoría de las constituciones estatales.
En California, por ejemplo, si fue arrestado con una orden de registro antigua, puede presentar una moción Serna. Esta moción argumentaría que se están violando sus derechos a un juicio rápido. El nombre proviene del caso de la Corte Suprema de California que creó este proceso. [6]
Dependiendo de si la moción se basa en la constitución federal o estatal, el juez considerará:
- la duración y el motivo del retraso en el arresto,
- su reclamo de un juicio rápido,
- el perjuicio que ha sufrido por el retraso, y/o
- la justificación del fiscal por el retraso en el arresto. [7]
Si la moción tiene éxito, el juez desestimará el caso.
Nuestra firma de abogados ha encontrado que presentar una moción Serna es a menudo una buena idea cuando la orden pendiente ha permanecido activa durante un buen período de tiempo.
Órdenes de arresto vs. órdenes de comparecencia
Tanto las órdenes de arresto como las órdenes de comparecencia instruyen a las fuerzas del orden a llevar a la persona nombrada bajo custodia. Ni las órdenes de arresto ni las órdenes de comparecencia caducan.
La diferencia entre ambas es cómo se emiten.
Las órdenes de arresto se emiten después de:
- una acusación del gran jurado, o
- una demostración de causa probable de que la persona nombrada en la orden ha cometido un delito.
Las órdenes de comparecencia se emiten por una violación de una orden judicial. Esa violación suele ser por no comparecer en una audiencia judicial obligatoria.
Citas legales:
[1] Código Penal de California 802 PC.
[2] Código Penal de California 801 PC.
[3] Código Penal de California 800 PC.
[4] Código Penal de California 799 PC.
[5] Vea el Código Penal de California 804 PC.
[6] Serna v. Superior Court, 40 Cal.3d 239 (1985).
[7] People v. Martinez, 22 Cal.4th 750 (2000) y People v. Hannon, 19 Cal.3d 588 (1977).