Estatuto Revisado de Colorado § 18-4-501 prohíbe el daño criminal, que es dañar conscientemente “la propiedad real o personal de una o más personas.” Este delito también se llama vandalismo o la destrucción de propiedad.
Dependiendo de la extensión o el valor del daño a la propiedad, el daño criminal puede ser un delito menor, delito menor grave o un delito grave en Colorado.

En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal en Denver abordarán los siguientes temas clave sobre las leyes de daño criminal en Colorado:
- 1. Elementos del CRS 18-4-501
- 2. Penalizaciones
- 3. Defensas
- 4. Consecuencias migratorias
- 5. Sellado de antecedentes
- 6. Delitos relacionados
- Preguntas frecuentes
- Recursos adicionales
1. Elementos del CRS § 18-4-501
Para que seas condenado por daño criminal en Colorado, los fiscales deben probar más allá de toda duda razonable que dañaste o destruiste conscientemente la propiedad de otra persona. Esto incluye pertenencias personales o bienes raíces.
Ten en cuenta que puedes enfrentar cargos por daño criminal incluso si eres copropietario de la propiedad que estás dañando:
Ejemplo: Marcia y Joe están pasando por un divorcio conflictivo. Son copropietarios de una pintura, aunque significa más para Joe que para Marcia. Para molestar a Joe, Marcia corta la pintura por la mitad con un cuchillo. Aunque Marcia es copropietaria de la obra, podría enfrentar cargos por daño criminal porque no tenía el consentimiento de Joe para destruirla.
Por lo que vemos, los cargos por daño criminal a menudo surgen de disputas domésticas o peleas entre vecinos donde la propiedad se daña por enojo o venganza.1
2. Penalizaciones
El castigo en Colorado por daño criminal depende del equivalente monetario del daño causado. Dependiendo del caso, los tribunales calculan esta cifra según el:
- Valor justo de mercado,
- Precio original de compra,
- Costo de reemplazo,
- Uso y propósito general, y/o
- Valor de salvamento.2
La siguiente tabla muestra las posibles sentencias penales por daño criminal.
|
Valor del Daño |
Penalizaciones por Daño Criminal en Colorado |
| Menos de $300 | Delito menor: Hasta 10 días en la cárcel y/o $300. |
| $300 a menos de $1,000 | Delito menor clase 2: Hasta 120 días en la cárcel y/o $750. |
| $1,000 a menos de $2,000 | Delito menor clase 1: Hasta 364 días en la cárcel y/o $1,000. |
| $2,000 a menos de $5,000 | Delito grave clase 6: 1 a 1 ½ años en Prisión Estatal de Colorado y/o $1,000 a $100,000. |
| $5,000 a menos de $20,000 | Delito grave clase 5: 1 a 3 años en prisión y/o $1,000 a $100,000. |
| $20,000 a menos de $100,000 | Delito grave clase 4: 2 a 6 años en prisión y/o $2,000 a $500,000. |
| $100,000 a menos de $1,000,000 | Delito grave clase 3: 4 a 12 años en prisión y/o $3,000 a $750,000. |
| $1,000,000 o más | Delito grave clase 2: 8 a 24 años en prisión y/o $5,000 a $1,000,000.3 |
Ten en cuenta que si el daño surge de un presunto episodio de violencia doméstica, se te impondrá una orden de protección obligatoria por violencia doméstica independientemente de si el daño fue accidental.4
Violar el CRS 18-4-501 puede ser un delito grave, menor o un delito menor.
3. Defensas
Aquí en Colorado Legal Defense Group, hemos representado literalmente a miles de personas acusadas de delitos contra la propiedad como el daño criminal. En nuestra experiencia, las siguientes cinco defensas han demostrado ser muy efectivas con fiscales, jueces y jurados para lograr que los cargos bajo el CRS 18-4-501 se reduzcan o desestimen.
- Accidente. Nunca tuviste la intención de dañar ninguna propiedad y por lo tanto no actuaste “con conocimiento.”
- Defensa propia. Destruiste la propiedad en un intento razonable de protegerte a ti mismo u otros.5
- Identidad equivocada. No fuiste tú quien dañó la propiedad, y alguien te identificó erróneamente (por ejemplo, durante una rueda de reconocimiento).
- Acusaciones falsas. Alguien te acusó erróneamente de destruir la propiedad, quizás por enojo, venganza o para obtener ventaja en un caso judicial en curso.
- No hubo daño. Tal vez la policía se equivocó sobre el daño a la propiedad. Tal vez fue dañada hace tiempo y tú no tuviste nada que ver.
Una defensa parcial a los cargos por daño criminal es que la propiedad valía mucho menos de lo reclamado. Si tiene éxito, esta defensa podría lograr que el cargo se reduzca a un nivel de delito menor con penas más bajas.
Las defensas típicas contra el daño criminal son accidente, defensa propia o acusaciones falsas.
4. Consecuencias migratorias
Los no ciudadanos condenados por daño criminal en Colorado pueden enfrentar deportación, especialmente si estuvo relacionado con una situación de violencia doméstica.6 Por lo tanto, los inmigrantes deben contactar a un abogado de inmediato para intentar que los cargos sean retirados o reducidos a un delito no deportable.
Conozca la defensa criminal de inmigrantes en Colorado.
5. Sellado de antecedentes
Si y cuándo una condena por daño criminal en Colorado puede ser sellada de tu historial criminal depende del caso específico, como muestra la siguiente tabla:
|
Condena por Daño Criminal |
Periodo de espera para sellado de antecedentes en Colorado |
| Delito menor | 1 año después de que el caso se cierre |
| Delito menor clase 3 (como existía antes del 1 de marzo de 2022)
Delito menor clase 2 |
2 años después de que el caso se cierre |
| Delito menor clase 1
Delito grave clase 6 Delito grave clase 5 Delito grave clase 4 |
3 años después de que el caso se cierre |
| Delito grave clase 3
Delito grave clase 2 |
Nunca |
Ten en cuenta que cualquier cargo por daño criminal que sea desestimado puede ser sellado de inmediato.
El proceso de sellado de antecedentes es complejo y puede tomar muchos meses. Aprende más en nuestro artículo, cómo solicitar el sellado de antecedentes en Colorado.7
Las condenas por daño criminal pueden ser selladas a menos que el daño haya sido de $100,000 o más.
6. Delitos relacionados
Desfiguración de propiedad
La ley de Colorado tiene delitos específicos para desfigurar instrumentos escritos, monumentos, avisos publicados y otra propiedad. Los cargos van desde una infracción civil hasta un delito menor clase 1. Aprende más sobre las leyes de desfiguración en Colorado.8
Incendio provocado
El incendio provocado es prender fuego intencional o imprudentemente a una propiedad. Los cargos por incendio provocado son comunes en casos que involucran fraude de seguros. Puede ser un delito menor, menor grave o grave en Colorado, dependiendo de la propiedad específica, el daño y tus motivaciones.9
Robo con allanamiento
El robo con allanamiento es entrar conscientemente o permanecer ilegalmente en la propiedad de otra persona con la intención de cometer un delito distinto al allanamiento. El castigo depende del tipo de propiedad y del nivel de peligro para quienes estén dentro.
Ten en cuenta que puedes ser condenado por robo con allanamiento en Colorado sin dañar ninguna propiedad.10
Manipulación
La manipulación en primer grado es manipular la propiedad de una institución o servicio público que provee protección de salud o seguridad. Mientras tanto, la manipulación en segundo grado es manipular la propiedad de otra persona con la intención de molestar, dañar o causar inconvenientes.
Ambos grados de manipulación son delitos menores clase 2.11
Allanamiento
El allanamiento es entrar o permanecer ilegalmente en la propiedad de otra persona. Puede ser un delito menor, menor grave o grave en Colorado, dependiendo del caso.12
El daño criminal a veces se llama vandalismo o destrucción de propiedad.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si dañé una propiedad que comparto con otra persona?
Aún puedes ser acusado de daño criminal aunque seas copropietario de la propiedad. Por ejemplo, si destruyes algo que compartes durante un divorcio o disputa sin el consentimiento del otro propietario, podrías enfrentar cargos. La ley requiere el consentimiento de todos los propietarios antes de dañar propiedad compartida.
¿Cómo deciden los tribunales el valor en dólares del daño para mis penalizaciones?
Los tribunales consideran varios factores para determinar el valor del daño, incluyendo el valor justo de mercado, precio original de compra, costo de reemplazo, uso y propósito general, y valor de salvamento. Esta cantidad en dólares determina directamente si enfrentas un cargo por delito menor, menor grave o grave.
¿Puedo eliminar mi condena por daño criminal de mi historial?
Sí, pero el periodo de espera depende del nivel de tu condena. Los delitos menores pueden ser sellados después de un año, los delitos menores graves y delitos graves de nivel inferior después de dos a tres años, pero los delitos graves clase 2 y 3 (daños de $100,000 o más) nunca pueden ser sellados. Los cargos desestimados pueden ser sellados de inmediato.
¿Qué pasa si el daño fue un accidente o me estaba defendiendo?
El accidente y la defensa propia son defensas fuertes contra cargos por daño criminal. Dado que la ley requiere que dañes la propiedad “con conocimiento”, probar que el daño fue accidental puede lograr que los cargos sean desestimados.
La defensa propia aplica si dañaste la propiedad mientras protegías razonablemente a ti mismo u otros de un daño.
Lectura adicional
Para información más detallada, consulta estos artículos académicos:
- Protegiendo el vandalismo artístico: graffiti y ley de derechos de autor – NYU Journal of Intellectual Property & Entertainment Law.
- La escritura en nuestras paredes: encontrando soluciones distinguiendo el arte graffiti del vandalismo graffiti – University of Michigan Journal of Legal Reform.
- Castigando correctamente el vandalismo en una economía de acceso – Notre Dame Journal of Legal Ethics & Public Policy.
- Robo y vandalismo en sitios de construcción – Journal of Construction Engineering and Management.
- El marco del proceso: vandalismo, remoción, reubicación, destrucción – Un compañero del arte público.
Referencias legales
- Estatuto Revisado de Colorado 18-4-501 – Daño Criminal.
(1) Una persona comete daño criminal cuando conscientemente daña la propiedad real o personal de una o más personas, incluyendo propiedad que la persona posee conjuntamente con otra persona o propiedad en la que otra persona tiene un interés posesivo o propietario, en el curso de un solo episodio criminal.
(2) y (3) Derogados.
(4) El daño criminal es:
(a) Un delito menor cuando el daño agregado a la propiedad real o personal es menor a trescientos dólares;
(b) Un delito menor clase 2 cuando el daño agregado a la propiedad real o personal es de trescientos dólares o más pero menos de mil dólares;
(c) Un delito menor clase 1 cuando el daño agregado a la propiedad real o personal es de mil dólares o más pero menos de dos mil dólares;
(d) Un delito grave clase 6 cuando el daño agregado a la propiedad real o personal es de dos mil dólares o más pero menos de cinco mil dólares;
(e) Un delito grave clase 5 cuando el daño agregado a la propiedad real o personal es de cinco mil dólares o más pero menos de veinte mil dólares;
(f) Un delito grave clase 4 cuando el daño agregado a la propiedad real o personal es de veinte mil dólares o más pero menos de cien mil dólares;
(g) Un delito grave clase 3 cuando el daño agregado a la propiedad real o personal es de cien mil dólares o más pero menos de un millón de dólares; y
(h) Un delito grave clase 2 cuando el daño agregado a la propiedad real o personal es de un millón de dólares o más.
La malicia ya no es un elemento de este delito. People v. Woods (1972) 179 Colo. 441, 501 P.2d 117. People v. Brentner (Colo.App. 2025) No. 22CA2204. - People v. Dunoyair (Colo. 1983) 660 P.2d 890; People v. Dobson (Colo.App. 1992) 847 P.2d 176.
- CRS 18-4-501.
- Ver CRS 18-6-800.3. Antes del 1 de marzo de 2022, el daño criminal que resultaba en menos de $300 en daños era un delito menor clase 3, con hasta 6 meses en la cárcel y/o multas de $50 a $750; el daño criminal que resultaba en $300 a menos de $750 en daños era un delito menor clase 2, con 3 a 12 meses en la cárcel y/o multa de $250 a $1,000; el daño criminal que resultaba en $750 a menos de $1,000 en daños era un delito menor clase 1, con 6 a 18 meses en la cárcel y/o multa de $500 a $5,000; y el daño criminal que resultaba en $1,000 a menos de $5,000 en daños era un delito grave clase 6. SB21-271.
- People v. Coahran (Colo.App. 2019) 436 P.3d 617; People v. Fuller (Colo. 1989) 781 P.2d 647.
- 8 USC 1227.
- CRS 24-72-701 – 708.
- CRS 18-4-507 – 510.
- People v. Welborne (Colo.App. 2018) 457 P.3d 71; CRS 18-4-102 – 105.
- People v. Cisneros (Colo. 1977) 566 P.2d 703; CRS 18-4-202 – 204.
- CRS 18-4-505.
- CRS 18-4-502 – 504.