Código de Vehículos de California § 10801 VC establece como delito poseer o operar conscientemente un “chop shop”. Este delito puede ser acusado como un delito menor o un delito grave, y es castigable con hasta cuatro años de cárcel o prisión.
El texto completo de la sección del código dice que:
10801. Cualquier persona que conscientemente e intencionalmente posea o opere un chop shop es culpable de un delito público y, tras la condena, será castigada con prisión conforme a la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal por dos, tres o cuatro años, o con una multa de no más de cincuenta mil dólares (50,000 $), o con ambas, multa y prisión, o con hasta un año en la cárcel del condado, o con una multa de no más de mil dólares (1,000 $), o con ambas, multa y prisión.
¿Qué es un “chop shop”?
Un “chop shop” es cualquier lugar donde alguien conscientemente:
- modifica, desarma o almacena un vehículo motorizado robado o una parte de vehículo,
- con el propósito de venderlo, deshacerse de él o esconder su identidad.1
Penalizaciones
Operar un chop shop es un delito oscilante. Puede ser acusado como un delito grave o un delito menor, a discreción del fiscal.
Si se acusa como delito grave, las penalizaciones por operar un chop shop en California incluyen:
- hasta cuatro años en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta $50,000.2
Si se acusa como delito menor, la penalización es:
- hasta un año en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta $1,000.3
Defensas contra cargos por operar un chop shop en California
Las defensas legales contra cargos bajo el Código de Vehículos 10801 incluyen (pero no se limitan a):
- El negocio no era un “chop shop”
- No operaste el chop shop
- No sabías que el vehículo o las partes eran robadas
- Solo estabas reparando el vehículo
- No sabías que el vehículo o las partes estaban destinados a la venta
- El chop shop fue descubierto durante una búsqueda ilegal
Los abogados de nuestra firma incluyen ex fiscales y policías. Ahora usamos nuestro conocimiento interno del sistema para defender a personas acusadas de delitos en California.
Para ayudarte a entender mejor las complejidades legales de operar un chop shop, nuestros abogados de defensa criminal en California discutirán:
- 1. La definición legal de “chop shop” según 10801 VC
- 2. Elementos del delito
- 3. Defensas
- 4. Penalizaciones
- 5. Inspecciones sin orden judicial en talleres de autos
- 6. Delitos relacionados
- 6.1. Código Penal 496 PC – recibir propiedad robada
- 6.2. Código de Vehículos 10802 VC – manipulación de VIN con intención de falsear
- 6.3. Código de Vehículos 10750 VC – manipulación de VIN como delito menor
- 6.4. Código de Vehículos 10803 VC – compra o posesión de vehículos con VINs manipulados
- 6.5. Código de Vehículos 4463 VC – registro fraudulento de vehículos
¿Chatarra o desguace?
1. La definición legal de “chop shop” según 10801 VC California
El Código de Vehículos de California 250 VC define un “chop shop” como:
- un edificio, lote u otro local;
- donde alguien ha estado
- alterando,
- destruyendo,
- desarmando,
- desmantelando,
- rearmando, o
- almacenando
- cualquier vehículo motorizado o parte de vehículo
- obtenido por
- robo,
- fraude, o
- conspiración;
- con el fin de:
- alterar,
- falsificar,
- desfigurar,
- destruir,
- disfrazar,
- falsificar,
- forjar,
- eliminar, o
- quitar la identidad (incluido el número de identificación del vehículo) de dicho vehículo o parte;
- con el propósito de:
- falsificar la identidad, o impedir la identificación, del vehículo o parte, o
- vender o disponer del vehículo o parte.4
2. Elementos del delito
Para probar que eres culpable de violar el Código de Vehículos de California 10801, el fiscal debe probar que:
- Conscientemente e intencionalmente operaste un chop shop;
- Sabías que el vehículo o parte del vehículo fue obtenido por robo, fraude o conspiración para defraudar; Y
- Sabías que el vehículo o parte fue obtenido con el fin de:
- Vender o disponer del vehículo o parte, O
- Alterarlo, disfrazarlo o eliminarlo para falsificar su identidad o impedir su identificación.5
2.1. “Operar” un chop shop
No es necesario que seas dueño o supervises las operaciones de un chop shop para ser culpable bajo el Código de Vehículos de California 10801 VC.
Es suficiente que hayas estado activamente involucrado en la operación del chop shop.6
Tampoco es necesario que el chop shop sea una operación planeada o continua.7
2.2. “Conscientemente” operar un chop shop
El Código de Vehículos de California 10801 VC requiere que supieras que:
- Estabas involucrado en un chop shop, Y
- El vehículo o parte del vehículo no fue obtenido legalmente, Y
- Sabías que la parte del vehículo fue obtenida para disfrazar su identidad o venderla ilegalmente.8
Probar lo que sabías puede ser difícil para el fiscal. Usualmente, debe basarse en evidencia circunstancial. Un jurado puede condenarte si la “totalidad” de dicha evidencia establece tu culpabilidad.
Ejemplo: La policía observa a Jaime participar en un robo de autos. Obtienen una orden para registrar el apartamento de Jaime, ubicado sobre un supuesto chop shop. Encuentran varias licencias de conducir con la foto de Jaime, todas con nombres diferentes. También encuentran numerosos documentos de cambio de propiedad del DMV de California.
En la sala de Jaime, la policía encuentra una llave de un cobertizo en la parte trasera. El cobertizo contiene herramientas usadas para alterar las etiquetas del número de identificación del vehículo (“VIN”). En conjunto, la evidencia es suficiente para encontrar a Jaime culpable de operar un chop shop.9
Se requiere conocimiento para probar que eres culpable de operar un chop shop.
3. Defensas
Debido a que se requiere tanto conocimiento para probar que eres culpable de operar un chop shop, existen muchas defensas posibles. Aquí algunas:
- El negocio no era un “chop shop”
Ejemplo: Adam es dueño de un taller de reparación de autos. Sin que él lo sepa, algunos empleados roban partes de los vehículos y las reemplazan con partes baratas falsificadas. Luego venden las partes robadas por más dinero. Como Adam no sabe que están haciendo esto, no es culpable de operar un chop shop. - No operaste el chop shop
Ejemplo: Brian trabaja los fines de semana como asistente para un chop shop. Trae café y almuerzo para otras personas, pero no trabaja en los autos. Como no participa activamente en las operaciones del chop shop, probablemente Brian no sea culpable de “operar” un chop shop. - No sabías que el vehículo o las partes eran robadas
Ejemplo: Joanna es dueña de un taller de carrocería personalizado. No sabe que algunos autos son traídos por una banda de robo de autos que busca cambiar la apariencia de los autos. Aunque Joanna cambia completamente los autos, como no sabe que son robados, no es culpable de operar un chop shop. - Solo estabas reparando el vehículo
Ejemplo: Edith trabaja como mecánica. Algunos autos que repara han sido robados y están destinados a la reventa. Sin embargo, como no sabe que son robados y no los altera ni intenta ocultar su identidad, Edith no cumple con la definición de operar un chop shop. - No sabías que el vehículo o las partes estaban destinados a la venta
Ejemplo: Frank trabaja en un taller de reparación de autos. Un día el dueño le pide a Frank que quite algunas partes de un par de autos y las reemplace con partes baratas falsificadas. Frank piensa que el dueño las usa para reconstruir autos para uso personal. Como no sabe que el dueño pretende vender las partes, Frank no es culpable de operar un chop shop. - El chop shop fue descubierto durante una búsqueda ilegal
Ejemplo: George robó un auto, lo llevó a su casa y lo desarmó. Un oficial de LAPD, actuando por una denuncia de un vecino, entró al garaje sin orden judicial. Cuando encontró el auto, arrestó a George por operar un chop shop. Como la búsqueda fue en propiedad privada y el oficial no obtuvo una orden, fue una búsqueda ilegal en violación de la Cuarta Enmienda. El abogado defensor criminal de George en California debería poder lograr que el caso sea desestimado.
4. Penalizaciones
El fiscal tiene la discreción de acusarlo como delito grave o menor.
El Código de Vehículos de California 10801 es un delito oscilante. Esto significa que el fiscal tiene la discreción de acusarlo como delito grave o menor.
Los factores que el fiscal puede considerar para decidir cómo acusarte pueden incluir:
- Cuántos vehículos o partes de vehículos estuvieron involucrados;
- El alcance de las operaciones del chop shop;
- El valor monetario total del daño; y
- Tu historial criminal, si lo tienes.
Como delito menor, operar un chop shop conlleva una pena de:
- hasta un año en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta $1,000.10
Como delito grave, operar un chop shop puede ser castigado con:
- hasta cuatro años en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta $50,000.11
Alternativamente, el juez tiene la discreción de sentenciarte a:
Si te sentencian a libertad condicional, puedes cumplir poco o nada de tiempo en la cárcel. Pero estarás sujeto a supervisión y ciertas condiciones. Estas condiciones pueden incluir:
- Reuniones regulares con un oficial de libertad condicional,
- Pago de restitución a tu(s) víctima(s),
- Participación en terapia individual o grupal,
- Realización de servicio comunitario o trabajo comunitario,
- Aceptar someterse a registros personales o de propiedad con o sin orden judicial, y/o
- Cumplimiento de órdenes de no asociarte con miembros de pandillas.
Si violas cualquier término de tu libertad condicional, el juez puede ordenarte ir a la cárcel hasta por la pena máxima.
5. Inspecciones sin orden judicial en talleres de autos
El Código de Vehículos 2805 no permite que los agentes de la ley entren en propiedad privada pura sin una orden de registro.
El Código de Vehículos de California 2805 PC permite a los agentes e investigadores de la ley inspeccionar vehículos y talleres de autos sin una orden de registro.14
Tales inspecciones no violan la Cuarta Enmienda siempre que:
- Sean con el propósito de localizar vehículos robados,15 y
- Se realicen en un momento y de una manera que interfiera mínimamente con las operaciones comerciales.16
El Código de Vehículos 2805 no permite que los agentes de la ley entren en propiedad privada pura sin una orden de registro. Las búsquedas sin orden solo están permitidas en locales donde se trabaja en autos como negocio.17
6. Delitos relacionados
6.1. Código Penal 496 PC – recibir propiedad robada
Bajo el Código Penal de California 496 PC, recibir propiedad robada es un delito.18 Para que aplique el Código Penal 496, debes saber que la propiedad fue robada.
El Código Penal 496 PC es un delito oscilante. Puede ser acusado como delito grave o menor.
Si se acusa como delito menor, las penalizaciones por recibir propiedad robada incluyen:
- hasta un (1) año en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta mil dólares (1,000 $).19
Si se acusa como delito grave, el Código Penal 496 puede ser castigado con:
- 16 meses, dos años o tres años en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta $10,000.20
Además, independientemente de si eres acusado de delito menor o grave, enfrentas una posible demanda civil por parte del dueño de la propiedad robada por:
- tres veces la cantidad de sus daños reales, más
- sus costos del juicio, incluyendo honorarios razonables de abogados.21
No puedes ser condenado por robar propiedad robada y recibir esa misma propiedad.22
Tampoco puedes ser condenado por robar propiedad robada y luego operar un chop shop basado en la misma propiedad. Esto es porque recibir propiedad robada es un “delito incluido menor” de operar un chop shop siempre que ambos cargos se basen en la misma propiedad.23
6.2. Código de Vehículos 10802 VC – manipulación de VIN con intención de falsear
El Código de Vehículos de California 10802, manipulación de VIN, es otra ley dirigida a actividades de “chop shop”. Castiga alterar conscientemente un número de identificación del vehículo (VIN) si lo haces:
- con la intención de falsear la identidad de un vehículo o parte del vehículo,
- para que pueda ser vendido, transferido, importado o exportado.24
El Código de Vehículos 10802 es un delito oscilante en California. Si se acusa como delito menor, puede ser castigado con:
- hasta un año en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta $1,000.25
Si se acusa como delito grave, el Código de Vehículos 10802 conlleva una posible pena de:
- 16 meses, o dos o tres años en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta $25,000.26
6.3. Código de Vehículos 10750 VC – manipulación de VIN como delito menor
El Código de Vehículos de California 10750 VC, alterar o destruir intencionalmente un VIN, es similar al Código de Vehículos 10802, excepto que el fiscal no necesita probar que el vehículo o parte estaba destinado a la venta.
Manipular un VIN es un delito menor bajo el Código de Vehículos 10750. Puede ser castigado con:
- hasta un año en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta $1,000.27
6.4. Código de Vehículos 10803 – compra o posesión de vehículos con VINs manipulados
Otra ley dirigida a chop shops es el Código de Vehículos de California 10803 VC, compra o posesión de vehículos con números VIN manipulados.
Violentas el Código de Vehículos 10803 VC cuando compras o posees más de un vehículo (o partes de más de un vehículo) con VINs alterados con el propósito de venderlos.
El Código de Vehículos 10803 es un delito oscilante.
Como delito menor, es castigable con:
- hasta un año en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta $1,000.
Como delito grave, el castigo depende de si poseías tales vehículos o partes o si realmente los compraste.
Poseer tales vehículos o partes es castigable bajo el Código de Vehículos 10803(b).
Como delito grave, puede ser castigado con:
- 16 meses, o dos o tres años en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta $30,000.28
Comprar tales vehículos o partes es castigable bajo el Código de Vehículos 10803(a).
Como delito grave, puede ser castigado con:
- dos, cuatro o seis años en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta $60,000.29
El Código de Vehículos 10803 no aplica a un procesador de chatarra de vehículos que procesa legalmente un vehículo o parte de vehículo aplastándolo o compactándolo, siempre que el VIN no sea removido durante el procesamiento.30
6.5. Código de Vehículos 4463 – registro fraudulento de vehículos
Es un delito bajo el Código de Vehículos de California 4463 VC, registro fraudulento de vehículos, interferir intencionalmente con: una placa de vehículo, calcomanías de licencia de vehículo, o una tarjeta de registro del DMV de California para obtener un beneficio económico o evitar pagar impuestos y tarifas del DMV. Los actos que violan el Código de Vehículos 4463 VC incluyen:
1. Hacer cualquiera de lo siguiente a una tarjeta de registro de vehículo o calcomanías de registro:
- alterar,
- forjar,
- falsificar, o
- falsificar;
O
2. Poseer una tarjeta de registro de vehículo o calcomanías de registro que sean:
- exhibidas fraudulentamente,
- en blanco,
- incompletas,
- canceladas,
- suspendidas,
- revocadas,
- alteradas,
- forjadas,
- falsificadas, o
- falsas
O
3. Publicar, pasar o intentar pasar como verdadera y genuina una tarjeta o calcomanía de registro de vehículo falsa, alterada, forjada o falsificada.31
El Código de Vehículos 4463 VC es un delito oscilante. Si se acusa como delito menor, es castigable con:
- hasta un año en la cárcel del condado, y
- una multa de hasta $1,000.32
Si se acusa como delito grave, la pena es:
- 16 meses, o dos o tres años en la cárcel del condado, y
- una multa de hasta $10,000.33
Además, el DMV de California puede negarse a emitir o renovar una licencia de conducir o registro si cree que cometiste fraude en cualquier solicitud.
Contáctanos para orientación y representación.
Para más información sobre las leyes de chop shop en California, o para discutir tu caso confidencialmente con uno de nuestros abogados de defensa criminal, no dudes en contactarnos en Shouse Law Group. Nuestras oficinas de derecho penal en California están ubicadas en y alrededor de Los Ángeles, Condado de Orange, San Diego, Riverside, San Bernardino, Ventura, San José, Oakland, el área de la Bahía de San Francisco y varias ciudades cercanas.
También te invitamos a ver nuestro video de Youtube sobre el Código de Vehículos 10801 – Operar un Chop Shop.
Referencias legales:
-
- Instrucciones del Jurado Penal del Consejo Judicial de California (CALCRIM) 1752.
- Código de Vehículos de California 10801 VC.
- Igual.
- Código de Vehículos de California 250
- CALCRIM 1752
- People v. Ramirez (2000) 79 Cal.App.4th 408.
- People v. Sanchez (2003) 113 Cal.App.4th 325, revisión denegada (“No hay nada en el lenguaje de los estatutos que sugiera que la Legislatura pretendía incluir solo conductas que involucren un uso planeado y continuo de una instalación para desmantelar vehículos robados y distribuir los componentes del vehículo como parte de una operación comercial en curso.”).
- Ver CALCRIM 1752, nota al final 5.
- Hechos basados en People v. Ramirez, nota al final 6.
- Código de Vehículos de California 10801 VC, nota al final 2.
- Igual.
- Código Penal 1203(a) PC
- Igual. Ver también Código Penal 1203 (b) (1)
- Código de Vehículos de California 2805 VC
- Igual.
- Código de Vehículos de California 2805 (c) PC: Siempre que sea posible, las inspecciones realizadas conforme a la subdivisión (a) o (b) se llevarán a cabo en un momento y de una manera que minimice cualquier interferencia o retraso en las operaciones comerciales.
Ver también:- People v. Woolsey (1979) 90 Cal.App.3d 994, 153 Cal.Rptr. 746 (“La regulación por parte del gobierno municipal y estatal sobre desmanteladores de automóviles es parte del esfuerzo continuo de las fuerzas del orden para eliminar el robo de autos y las ganancias asociadas con esa actividad ilegal.”);
- People v. Lopez (1981) 172 Cal.Rptr. 236, 116 Cal.App.3d 600, certiorari denegado 102 S.Ct. 504,454 U.S. 964 (“Los tribunales de California han sostenido su validez con el argumento de que, debidamente interpretada, la sección se aplica a registros realizados “bajo circunstancias razonables, dentro de las limitaciones constitucionales. [citas]”); y
- People v. Potter (2005) 128 Cal.App.4th 611, 27 Cal.Rptr.3d 289 (“Bajo la excepción de industria fuertemente regulada, se considera que el dueño de un negocio fuertemente regulado está notificado de que sus locales comerciales estarán sujetos a registros administrativos periódicos sin orden judicial por parte de agentes gubernamentales conforme a un esquema de inspección estatutario válido… Los registros administrativos sin orden judicial son válidos bajo la Cuarta Enmienda no porque el dueño del negocio no tenga una expectativa razonable de privacidad del público, sino porque el dueño de un negocio fuertemente regulado no tiene una expectativa razonable de privacidad de las inspecciones administrativas en cumplimiento de un esquema regulatorio válido.”).
- People v. Roman (1991) 227 Cal.App.3d 674, 278 Cal.Rptr. 44 (“El estatuto, por sus propios términos, no autoriza la entrada sin orden judicial y sin consentimiento en propiedad alquilada para uso privado —a diferencia de público—… Que los acusados alquilaran este espacio cerrado en un edificio comercial no disminuyó su expectativa de privacidad ni transformó el local alquilado en un garaje público.”)
- Código Penal de California 496(a) PC
Un principal en el robo real de la propiedad puede ser condenado conforme a esta sección. Sin embargo, ninguna persona puede ser condenada tanto conforme a esta sección como por el robo de la misma propiedad. - Igual.
- Igual.
- Código Penal de California 496(c) PC: Cualquier persona que haya sido perjudicada por una violación de la subdivisión (a) o (b) puede presentar una demanda por tres veces la cantidad de daños reales, si los hubiera, sufridos por el demandante, costos del juicio y honorarios razonables de abogados.
- Ver segundo párrafo del Código Penal de California 496(a), nota al final 18.
- People v. King (2000) 81 Cal.App.4th 472, revisión denegada. (Recibir propiedad robada fue un delito necesariamente incluido en operar un chop shop cuando la propiedad robada alegada era la misma propiedad, es decir, vehículos motorizados robados, que constituían la violación del chop shop).
- Código de Vehículos de California 10802 VC: Cualquier persona que conscientemente altere, falsifique, desfigure, destruya, disfrace, falsifique, forje, borre o elimine números de identificación de vehículos, con la intención de falsear la identidad o impedir la identificación de vehículos motorizados o partes de vehículos motorizados, con el propósito de venta, transferencia, importación o exportación, es culpable de un delito público y, tras la condena, será castigada con prisión conforme a la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal por 16 meses, o dos o tres años, o con una multa de no más de veinticinco mil dólares (25,000 $), o con ambas, multa y prisión, o con hasta un año en la cárcel del condado, o con una multa de no más de mil dólares (1,000 $), o con ambas, multa y prisión.
- Igual.
- Igual.
- Código Penal de California 19 PC.
- Código de Vehículos de California 10803(b) VC
- Código de Vehículos de California 10803 (a) VC
- Código de Vehículos de California 10804 (a) VC: La Sección 10803 no se aplica a un procesador de chatarra de vehículos que, en el curso legal normal de negocios y de buena fe, procesa un vehículo motorizado o parte de vehículo motorizado aplastándolo, compactándolo u otros métodos similares, si ningún número de identificación del vehículo es removido del vehículo motorizado o parte del vehículo motorizado antes o durante el procesamiento.
- Código de Vehículos de California 4463(a) VC
- Igual.
- Igual.