Código Penal de California 473 PC establece las penas para el delito de falsificación en California. La falsificación generalmente es un delito wobbler que puede ser procesado como un delito grave o un delito menor. Pero si el valor de la transacción es de $950.00 o menos, entonces la falsificación debe tratarse como un delito menor a menos que el acusado tenga antecedentes penales de ciertos delitos graves de sexo o de violencia.
El texto completo de la estatuta dice lo siguiente:
473. (a) La falsificación es castigable con prisión en una cárcel del condado por no más de un año, o con prisión de acuerdo con la subdivisión (h) de la Sección 1170.
(b) No obstante la subdivisión (a), cualquier persona que sea culpable de falsificación relacionada con un cheque, bono, letra de cambio, nota, cheque de cajero, cheque de viajero o giro postal, donde el valor del cheque, bono, letra de cambio, nota, cheque de cajero, cheque de viajero o giro postal no exceda los novecientos cincuenta dólares ($950), será castigable con prisión en una cárcel del condado por no más de un año, salvo que esa persona pueda ser castigada de acuerdo con la subdivisión (h) de la Sección 1170 si esa persona tiene una o más condenas anteriores por un delito especificado en la cláusula (iv) del subapartado (C) del párrafo (2) de la subdivisión (e) de la Sección 667 o por un delito que requiera registro de acuerdo con la subdivisión (c) de la Sección 290. Esta subdivisión no será aplicable a ninguna persona que sea condenada tanto por falsificación como por robo de identidad, según se define en la Sección 530.5.
Análisis Legal
Código Penal de California 473 PC hace que el delito de falsificación sea un wobbler, lo que significa que puede ser procesado como un delito grave o un delito menor. Pero hay una excepción.
Falsificar $950 o menos de dinero debe ser procesado como un delito menor con una pena de hasta 1 año en la cárcel. Pero el estado puede procesar este delito como un delito grave si el acusado fue previamente condenado por cualquiera de los siguientes:
- Un delito que requiere registro de delitos sexuales;
- Un “delito sexualmente violento” tal como se define en WIC 6600 (b);
- Cualquier delito de homicidio, incluyendo cualquier intento de delito de homicidio;
- Solicitud para cometer un asesinato;
- Asalto con una ametralladora a un oficial de paz o bombero;
- Posesión de un arma de destrucción masiva; o
- Cualquier delito grave o violento castigable en California con prisión perpetua o muerte.
Los delitos son castigables con hasta $10,000 en multas y cualquiera de las siguientes:
- 16 meses en la cárcel,
- 2 años en la cárcel, o
- 3 años en la cárcel.1
PC 473 hace que el falsificar sea un delito oscilante (en la mayoría de los casos).
Referencias Legales
- Código Penal de California 473 PC – Castigo por falsificación. Ver también: Gente v. Guerrero (Cal. 30 de abr. de 2020), 261 Cal. Rptr. 3d 776, 462 P.3d 514, 9 Cal. 5th 244; Gente v. Bloomfield (Cal. App. 1st Dist. 20 de jul. de 2017), 221 Cal. Rptr. 3d 128, 13 Cal. App. 5th 647.