En California, el delito de transportar una sustancia controlada se define como mover conscientemente una cantidad utilizable de una sustancia controlada para su eventual venta. Hacerlo es un delito grave castigable con hasta 9 años de prisión, y aún más si es una gran cantidad.
No es necesario mover la droga una distancia significativa. Sin embargo, debes saber de la presencia de la droga y que es una sustancia controlada.
Transportar sustancias controladas es un delito grave:
Transporte de Drogas en California | Cárcel/prisión |
La mayoría de las condenas | 3, 4 o 5 años* |
Transportaste las drogas a través de al menos dos líneas de condado en California | 3, 6 o 9 años* |
Transportaste heroína, cocaína o base de cocaína, y el transporte te llevó a menos de 1,000 pies de un centro de tratamiento de drogas, un centro de “desintoxicación” o un refugio para personas sin hogar | 1 año más las penas anteriores |
Tienes una condena previa por transporte | 3 años más las penas anteriores |
Transportaste más de 1 kg de heroína, cocaína o base de cocaína | 3 años por > 1 kg 5 años por > 4 kgs 10 años por > 10 kgs 15 años por > 20 kgs 20 años por > 40 kgs 25 años para > 80 kgs |
* Libertad condicional por delito grave (formal) si no está disponible si fue condenado por vender o ofrecer vender:
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¿Qué es el “transporte de una sustancia controlada”?
Según la ley de California, el delito de transporte de una sustancia controlada está definido por la sección 11352 del Código de Salud y Seguridad de California. Los elementos criminales de este delito son:
- Usted vendió, suministró, administró o regaló una sustancia controlada, o la transportó para venderla o la importó a California,
- Usted sabía de la presencia de la sustancia controlada,
- Usted sabía de la naturaleza o carácter de la sustancia como una sustancia controlada,
- Cuando transportó la sustancia controlada, tenía la intención de venderla, o de que alguien más la vendiera, y
- Había una cantidad utilizable de la sustancia controlada.1
Es responsabilidad del fiscal probar cada uno de estos elementos del delito. Deben probarlos más allá de una duda razonable.
Transportar una sustancia controlada significa moverla de un lugar a otro. No importa que la sustancia no haya sido transportada lejos.2 El medio de transporte tampoco importa.3 Puedes ser condenado por transportar una sustancia controlada si viajas en:
- avión,
- tren,
- coche,
- autobús,
- taxi,
- bicicleta, o
- a pie.
No necesitas estar en posesión real de la droga para transportarla. La posesión constructiva es suficiente. Estás en posesión constructiva de una sustancia controlada si alguien más la tiene, pero tienes el derecho de controlarla.4 Sin embargo, sigues teniendo que ser consciente de la existencia de la droga.
Por ejemplo: Dave está conduciendo un coche. Charles, Larry y Gene están en la parte trasera. Dave no sabe que uno de ellos lleva LSD. Son detenidos por un oficial de policía. Durante una búsqueda, la policía encuentra marihuana y LSD en el asiento trasero y en el pavimento debajo del coche. Aunque Dave estaba en posesión constructiva de las sustancias controladas porque estaba controlando hacia dónde iban, su falta de conocimiento significa que no es responsable de transportar las drogas.5
Sin embargo, debes tener la intención de que la sustancia controlada sea vendida, eventualmente.6 La venta prevista puede ser finalizada por ti o por otra persona.7
Para ser condenado, también debes saber que la droga es una sustancia controlada. Si no sabías lo que tenías, puede ser una defensa sólida contra un cargo por transportar drogas. Las fuerzas del orden a menudo utilizan los siguientes tipos de pruebas para demostrar que sabías que la droga era una sustancia controlada:
- una condena previa por un delito de drogas similar, como la posesión de drogas,
- tu confesión de que sabías que la droga era una sustancia controlada, o
- tu uso previo de drogas.8
Una condena por transportar una sustancia controlada también requiere evidencia de que había una cantidad utilizable de la droga. Esto no requiere que haya suficiente de la sustancia para afectar a un usuario o para drogarse.9 En cambio, significa que hay más que una cantidad inútil de la sustancia.10 No importa si la droga es pura o diluida,11 siempre y cuando pueda ser utilizada.12
Minar la evidencia del fiscal en cualquiera de estos elementos es esencial para evitar una condena. Un abogado de defensa criminal puede ayudar.
¿Qué sustancias controladas están cubiertas?
El delito de transporte de una sustancia controlada bajo el Código de Salud y Seguridad de California 11352 HSC no cubre todas las drogas ilegales. En su lugar, cubre las siguientes sustancias controladas:
- las enumeradas en el Código de Salud y Seguridad 11054 (b), (c), (e) o (f) (1), que incluyen:
- medicamentos recetados y opiáceos como Betamethadol,
- derivados de opioides como la heroína,
- depresores como el ácido gamma hidroxibutírico (GHB), y
- estimulantes como la cocaína;
- mescalina,
- peyote,
- tetrahidrocannabinol,
- drogas enumeradas en el Código de Salud y Seguridad 11055 (b) o (c), incluyendo:
- opio,
- codeína,
- hidrocodona (Vicodin),
- morfina,
- oxicodona,
- fentanilo, y
- metadona;
- dronabinol, y
- cualquier sustancia controlada clasificada por la Ley de Sustancias Controladas como narcótico de Clase III, IV o V.13
Sin embargo, si tiene una receta válida para cualquiera de estas sustancias, eso puede ser una defensa sólida contra un cargo de transporte de las mismas.
¿Tengo que estar involucrado en una venta de drogas?
No, no tiene que estar involucrado en una venta de drogas para ser acusado de transporte de una sustancia controlada. Puede ser responsable del delito si simplemente tenía la intención de que las drogas se vendieran, eventualmente, incluso si son vendidas por otra persona.
Sin embargo, si es arrestado por vender drogas además de transportarlas, podría enfrentar cargos adicionales por la venta de una sustancia controlada.
¿Cuáles son las penas?
En California, el transporte de una sustancia controlada es un delito grave. Esto es más severo que un delito menor.
La mayoría de las condenas por primera vez conllevan las siguientes penas:
- 3, 4 o 5 años en la cárcel del condado bajo el programa de reasignación de California,
- hasta $20,000 en multas, y/o
- libertad condicional (formal) por delito grave.14
El rango de sentencia en la cárcel aumenta a 3, 6 o 9 años si se determina que transportó las drogas a través de 2 o más líneas de condado en California.15
También hay numerosos factores agravantes que pueden aumentar las penas con mejoras en la sentencia.
Se añadirá un año adicional de prisión si:
- la sustancia controlada que se transportaba era heroína, cocaína o base de cocaína, y
- el transporte te llevó a menos de 1.000 pies de un centro de tratamiento de drogas, un centro de “desintoxicación” o un refugio para personas sin hogar.16
Se añadirán tres años adicionales y consecutivos a la sentencia por cada condena previa que tengas por el transporte de sustancias controladas.17
Si estabas transportando grandes cantidades de heroína, cocaína o base de cocaína, la pena de prisión estatal aumenta considerablemente:
- 3 años por transportar más de 1 kilogramo,
- 5 años por transportar más de 4 kilogramos,
- 10 años por transportar más de 10 kilogramos,
- 15 años por transportar más de 20 kilogramos,
- 20 años por transportar más de 40 kilogramos y
- 25 años por transportar más de 80 kilogramos.18
El transporte para la venta de estas grandes cantidades también puede aumentar la multa potencial de hasta $1,000,000 a hasta $8,000,000.19
Eres inelegible para la libertad condicional por delito grave si fuiste condenado por vender o ofrecer vender:
- 14.25 gramos o más de una sustancia que contenga heroína,
- cualquier cantidad de heroína, si tienes una condena previa por transportar una sustancia controlada o posesión de una sustancia controlada con la intención de vender (Código de Salud y Seguridad 11351 HSC), o
- cocaína, base de cocaína o metanfetamina, si tienes una condena previa por posesión para la venta, venta u oferta de venta de cualquier droga.20
Transportar sustancias controladas también es un delito deportable para no ciudadanos estadounidenses.21
¿Existen defensas legales?
Aquí en el Grupo de Leyes de Shouse, he representado literalmente a miles de personas acusadas de delitos de drogas como transporte. En mi experiencia, las defensas más efectivas son:
- una búsqueda o incautación ilegal obtuvo la evidencia,
- la mala conducta policial llevó a la fabricación de pruebas,
- la policía cometió instigación al obligarte a cometer el delito,
- no sabías de la presencia de las drogas,
- no sabías que la sustancia era una sustancia controlada,
- tenías una receta válida para la sustancia controlada y/o
- no tenías la intención de vender las drogas, o las tenías para uso personal.
Algunas de estas defensas pueden llevar a una absolución. Otras pueden reducir el cargo criminal a simple posesión.
Lectura adicional
Para obtener más información, consulta nuestros artículos relacionados:
- Conducir bajo la influencia de drogas – Operar un vehículo motorizado bajo la influencia de drogas se trata como conducir ebrio.
- Transportar marihuana – Transportar marihuana es ilegal sin un permiso estatal para transferir marihuana.
- Transportar metanfetamina – Esto generalmente conlleva hasta 4 años de prisión.
- Ocultar drogas en un compartimento falso – Este delito puede ser un delito menor o un delito grave.
Referencias legales:
- Instrucciones del jurado penal de California (CALCRIM) No. 2300.
- People v. Emmal, 68 Cal.App.4th 1313 (1998) (convicción confirmada porque se vio al acusado conduciendo a 20 pies).
- People v. Ormiston, 105 Cal.App.4th 676 (2003).
- People v. Valerio, 13 Cal.App.3d 912 (1970).
- People v. Rogers, 5 Cal.3d 129 (1971).
- CALCRIM No. 2300 y People v. Lua, 10 Cal.App.5th 1004 (2017).
- People v. Parra, 70 Cal.App.4th 222 (1999).
- People v. Horn, 187 Cal.App.2d 68 (1960).
- Véase, por ejemplo, People v. Pohle, 20 Cal.App.3d 78 (1971).
- People v. Leal, 64 Cal.2d 504 (1966).
- People v. Karmelich, 92 Cal.App.3d 452 (1979).
- People v. Rubacalba, 6 Cal.4th 62 (1993).
- Código de Salud y Seguridad de California 11352(a) HSC.
- Código de Salud y Seguridad de California 11352 HSC.
- Código de Salud y Seguridad de California 11352(b) HSC.
- Código de Salud y Seguridad de California 11380.7 HSC.
- Código de Salud y Seguridad de California 11370.2 HSC.
- Código de Salud y Seguridad de California 11370.4 HSC.
- Código de Salud y Seguridad de California 11372 HSC.
- Código Penal de California 1203.07 PC.
- Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) 237, 8 U.S.C. 1227.