Código de Negocios y Profesiones de California (BPC) 25662 hace que sea un delito para las personas menores de 21 años estar en posesión de una bebida alcohólica en un lugar público o lugar abierto al público.
Aunque es de conocimiento común que el consumo de alcohol por menores de edad es un delito, hay más cosas que saber sobre las leyes de consumo de alcohol por menores de edad en el Condado de Orange, CA
- Las personas en violación de la ley de posesión de alcohol por menores de edad enfrentarán penalidades, pero no tiempo de prisión.
El castigo por la primera condena de este delito puede resultar en una multa de $250 y 24 a 32 horas de servicio comunitario.
Una segunda o posterior condena puede resultar en una o más de las siguientes penalidades.
- Multa máxima de hasta $500,
- 36 a 48 horas de servicio comunitario que no interfiera con la asistencia a la escuela o el trabajo,
- Suspensión de la licencia de conducir de California por un año.
- La ley criminaliza la posesión de alcohol y no el consumo en sí.
Esto significa que el contenido de alcohol en la sangre no es relevante para este delito. Además, la posesión no requiere que la persona menor de edad tenga la bebida alcohólica en sus manos. La definición legal de posesión también puede significar que la persona menor de edad tuvo o compartió el control con otra sobre la bebida.
- La posesión de alcohol por personas menores de 21 años es legal bajo ciertas circunstancias.
De acuerdo con el BP 25662, no es ilegal que los menores estén en posesión de alcohol si están siguiendo instrucciones razonables de un adulto relacionadas con la disposición de la bebida alcohólica. Esto puede incluir:
- entregar la bebida (como llevarla desde un automóvil a la casa),
- tirar la bebida en una papelera colocada en la acera, o
- manejar la bebida si uno tiene más de 18 años y sirve alcohol como camarero o camarera.
- Los bebedores menores de edad pueden recibir inmunidad por autoinformarse.
Código de Negocios y Profesiones de California 25667 otorga inmunidad de la acusación penal por posesión de una bebida alcohólica a cualquier persona menor de 21 años que cumpla con las siguientes condiciones:
- la persona menor de edad llamó al 911 y reportó que él o ella misma o otra persona necesitaba asistencia médica debido al consumo de alcohol;
- la persona menor de edad fue la primera en hacer el reporte al 911;
- la persona menor de edad reportó que otra persona necesitaba asistencia médica, se quedó en el lugar con la otra persona hasta que llegó esa asistencia médica y colaboró con la asistencia médica y con el personal de la ley en el lugar; y
- el consumo de alcohol de la persona menor de edad no estaba relacionado con actividades que hicieran el consumo más peligroso, como conducir bajo la influencia.
- Existen ordenanzas de anfitrión social que prohíben legalmente a los adultos albergar reuniones donde los invitados menores de edad consuman alcohol.
Un número de ciudades en el Condado de Orange han aprobado ordenanzas de anfitrión social, incluyendo Garden Grove, Huntington Beach, La Habra, Laguna Beach, Laguna Hills, Mission Viejo, Orange y Irvine. Los infractores de las ordenanzas pueden enfrentar multas y cargos criminales menores.
Hay defensas para los cargos criminales relacionados con el consumo de alcohol por menores de edad. Contáctenos para una consulta legal.