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Generalmente, amenazar es el delito de utilizar amenazas o acciones para poner a alguien en temor de peligro inminente, lesión o muerte.
Algunos estados llaman a la ofensa amenazar, mientras que otros la llaman
- hacer amenazas criminales o
- acoso.
Algunas defensas comunes a la acusación son que
- el peligro no era inminente,
- la amenaza era vaga, o
- el temor de la víctima era irrazonable.
¿Cuál es la ofensa de amenazar?
Amenazar generalmente es el delito de utilizar amenazas o conducta para poner a alguien en temor de peligro inminente. Los diferentes estados usan definiciones ligeramente diferentes de la ofensa, sin embargo.
Algunos requieren que actúes con intención, mientras que otros solo requieren que actúes con conocimiento. Algunos aumentan las penas si se usó un arma.
Ley de Colorado
Amenazar en Colorado prohíbe el uso de amenazas o acciones para poner, o intentar poner, a alguien en temor de lesión corporal grave inminente o muerte.1
La ofensa generalmente es un delito menor de clase 1. Sin embargo, se convierte en un delito grave de clase 5 si usa un arma letal o amenaza con usarla.2
Ley de Oregon
En Oregon, el amenazamiento es el delito de intentar intencionalmente, por palabras o conducta, poner a otra persona en temor de una lesión física inminente y grave.3
Ley de Nueva York
Algunos estados, como Nueva York, tienen múltiples grados para los cargos de amenazamiento. La diferencia se basa en la conducta y en su historial criminal:
- el amenazamiento de tercer grado prohíbe poner a otra persona en temor razonable de daño físico o muerte,4
- el amenazamiento de segundo grado prohíbe cometer el amenazamiento de tercer grado mientras se muestra un arma letal o un instrumento peligroso,5 y
- el amenazamiento de primer grado, que es el delito de amenazamiento de segundo grado si tiene una condena anterior por amenazamiento en los últimos 10 años.6
Estos delitos van desde un delito menor de clase B hasta un delito grave de clase E.
¿Cuáles son algunas defensas comunes?
Hay varios posibles defensas para un cargo de amenazamiento. Algunas de las más comunes son:
- su conducta o declaración no era amenazante,
- el peligro no era inminente,
- la amenaza era demasiado vaga,
- el temor del presunto víctima era irrazonable,
- la presunta víctima no estaba realmente asustada,
- no tenía la intención de ser amenazante o no sabía que estaba siendo amenazante,
- estaba actuando en defensa propia, y
- la presunta víctima está haciendo acusaciones falsas.
Defensas basadas en su conducta
Muchas defensas tienen que ver con la adecuación de la supuesta declaración o conducta amenazante. Para llegar al nivel de un delito, las amenazas deben ser específicas. Si la amenaza es vaga o incierta, generalmente es insuficiente.
Las amenazas también deben advertir de un daño que sea inminente. Una amenaza de daño que suceda en algún momento en el futuro, o que sea condicional a que suceda algo más, rara vez es suficiente.
Si el presunto víctima de las amenazas estaba mostrando agresión hacia usted, es posible que pueda alegar que su amenaza fue un acto de defensa propia.
Además, puede argumentar que no sabía que su conducta era amenazante. Esta es una defensa especialmente fuerte en los estados que requieren conducta intencional para los cargos de amenazamiento.
Defensas basadas en la conducta de la víctima
Algunas de estas defensas se centran en el presunto víctima. La víctima realmente debe haber tenido miedo, y ese miedo debe haber sido razonable. Si una persona normal habría tenido miedo, pero el presunto víctima no, no es amenazamiento.
Por el contrario, si el presunto víctima estaba asustado, pero una persona normal en su lugar no habría encontrado las amenazas aterradoras, no es amenazamiento.
Otra defensa contra un cargo amenazante que se enfoca en la víctima es que están haciendo acusaciones falsas. Los cargos amenazantes a menudo provienen de situaciones de violencia doméstica. Si puede demostrar que la presunta víctima está haciendo la acusación, sabiendo que es infundada, puede ser una defensa efectiva.
¿Cuáles son las penas por una condena?
Generalmente, los estados penalizan las condenas amenazantes como delitos menores de alto nivel o como delitos menores de bajo nivel. Los delitos menores pueden llevar hasta 1 año de prisión. Los delitos menores de bajo nivel conllevan unos pocos años de prisión.
Ley de Colorado
Si no se usa ninguna arma en el delito, la amenaza es un delito menor. Las condenas conllevan hasta:
- 364 días de prisión, y/o
- $1,000 en multas.7
Si se muestra un arma, o si se usa algo que la víctima razonablemente creería que es un arma, es un delito menor. Las condenas conllevan:
- 1 a 3 años de prisión, y/o
- $1,000 a $100,000 en multas.8
Ley de Oregón
La amenaza es un delito menor de clase A. Estos delitos conllevan hasta:
- 364 días de prisión, y/o
- $6,250 en multas.9
¿Cuál es la ley en California?
En California, el delito se llama hacer amenazas criminales. El delito está codificado en el Código Penal de California 422 PC. Solía ser hacer amenazas terroristas. El delito prohíbe
- amenazar a otra persona con daño inmediato con
- la intención de causar miedo razonable y sostenido, y
- crear realmente ese miedo.10
Elementos
Los elementos del delito son:
- amenazaste voluntariamente matar o herir gravemente a otra persona,
- hiciste la amenaza verbalmente, por escrito o a través de un dispositivo de comunicación electrónica, incluido un mensaje de texto,
- tenías la intención de que tu declaración fuera recibida como una amenaza,
- la amenaza fue clara, inmediata, incondicional y específica suficiente para transmitir una intención seria y la inmediata posibilidad de que se llevara a cabo,
- la persona amenazada sintió un miedo sostenido por su seguridad o por la seguridad de sus familiares inmediatos, y
- el miedo de la persona amenazada fue un miedo razonable en las circunstancias.11
Los fiscales tienen la carga de probar cada elemento del delito más allá de una duda razonable.
Importante, en California, no puedes defenderte con el hecho de que no tenías la capacidad de llevar a cabo la amenaza.12 Sin embargo, a diferencia de muchos otros estados, la ley de California no cubre solo gestos o acciones físicas. Se requiere una declaración verbal o escrita bajo la ley penal de California.13
Penas
Al igual que en otros estados, una condena por hacer amenazas criminales en California puede ser acusada como un delito menor o como un delito grave. En California, estos se conocen como wobblers. La ley de aplicación elegirá cómo presentar los cargos penales en función de:
- los hechos específicos del caso, y
- su historial criminal.
Delitos menores
Las condenas por amenazas menores conllevan:
- hasta 1 año en la cárcel del condado,
- hasta $1,000 en multas, y/o
- probación de delito menor (resumen).14
Delitos graves
Las condenas por delitos graves conllevan:
- hasta 3 años en prisión estatal,
- hasta $10,000 en multas, y/o
- probación de delito grave (formal).15
Además, las condenas por hacer amenazas criminales cuentan como un golpe bajo la ley de tres golpes de California.16 Esto requerirá que cumplas al menos el 85 por ciento de la sentencia en prisión antes de ser elegible para la liberación bajo libertad condicional. También alargará la sentencia por cualquier condena posterior por delito grave.
Cargos y penas adicionales
Desenfundar un arma mortal o peligrosa para hacer la amenaza agregará una sentencia de prisión adicional y consecutiva de 1 año.17
También puedes enfrentar múltiples cargos por hacer amenazas criminales. Esto puede suceder si las amenazas se hicieron:
- contra diferentes personas,
- en más de una ocasión, o
- para diferentes objetivos.
Además de multas, libertad condicional y tiempo en la cárcel, también puedes estar sujeto a
- una orden de restricción o
- una orden de protección.
Referencias legales:
- CRS 18-3-206.
- Igual.
- Estatuto Revisado de Oregon 163.190.
- Ley Penal de Nueva York 120.15.
- Ley Penal de Nueva York 120.14.
- Ley Penal de Nueva York 120.13.
- CRS 18-3-206.
- Igual.
- Secciones 161.615 del Código Revisado de Oregon y 161.635.
- Código Penal de California 422 PC.
- Instrucciones de Jurado Criminal de California (CALCRIM) No. 1300.
- People v. Lopez, 74 Cal.App.4th 675 (1999).
- People v. Franz, 88 Cal.App.4th 1426 (2001).
- Código Penal de California 422 PC – Amenazas criminales.