Cancelación de la remoción es una forma en que los extranjeros en California que enfrentan deportación o remoción pueden poder permanecer en los Estados Unidos. Los titulares de tarjeta verde pueden ser elegibles para cancelación de la remoción si:
- han tenido tarjetas verdes por cinco (5) años,
- han estado viviendo legalmente en los Estados Unidos por siete (7) años, y
- no tienen condenas por un delito agravado.
Los residentes no permanentes también pueden calificar para cancelación de la remoción, aunque los requisitos son mucho más estrictos. Sin embargo, las víctimas de violencia doméstica pueden evitar los procedimientos de remoción incluso si no cumplen con todos estos requisitos.
Tenga en cuenta que Inmigración y Aduanas (ICE) es la agencia gubernamental que determina si se persigue la remoción contra un inmigrante en particular. Dependiendo de la situación, un abogado de inmigración puede convencer a los fiscales de ICE de no iniciar los procedimientos de remoción.
A continuación, nuestros abogados de inmigración y criminales discuten cómo se pueden detener los procedimientos de remoción en California.
- 1. ¿Cómo pueden los residentes permanentes cancelar la remoción en Los Ángeles, CA?
- 2. ¿Cómo pueden los residentes no permanentes cancelar la remoción en Los Ángeles, CA?
- 3. ¿Qué tribunales manejan los casos de “cancelación por remoción” en California?
También vea nuestros artículos sobre partida voluntaria, 15 formas de detener la deportación y el proceso de inmigración de California.
1. ¿Cómo pueden los residentes permanentes cancelar la remoción en Los Ángeles, California?
El Fiscal General puede acordar cancelar los procedimientos de remoción de un titular de tarjeta verde si:
- ha sido residente permanente legal durante al menos cinco (5) años; y
- ha vivido en los EE. UU. durante siete (7) años seguidos después de haber sido admitido en los EE. UU.; y
- no ha sido condenado por un delito grave.
Tenga en cuenta que no siempre es claro lo que se considera un “delito grave”. Dependiendo del caso, un abogado de inmigración puede demostrar que las anteriores condenas del inmigrante no son delitos graves.
2. ¿Cómo pueden los no residentes permanentes cancelar la remoción en Los Ángeles, California?
Los no residentes permanentes, como los titulares de visas o incluso los inmigrantes ilegales, pueden calificar para la cancelación de la remoción si se cumplen las siguientes cuatro condiciones:
- El extranjero ha estado físicamente en territorio estadounidense durante al menos diez (10) años; y
- El extranjero tiene buena conducta moral; y
- El extranjero no ha sido condenado por un delito relacionado con las secciones descritas en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA); y
- El extranjero puede demostrar que la remoción causaría una dificultad a su cónyuge, padre o hijo, que es ciudadano estadounidense o titular de tarjeta verde.
Sin embargo, las víctimas de violencia doméstica pueden tener sus procedimientos de remoción suspendidos sin cumplir con estas condiciones:
Cancelación de la remoción a través de la Ley de Violencia contra la Mujer:
Los no ciudadanos que son víctimas de violencia doméstica pueden solicitar la cancelación de la remoción a través de la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA). Para calificar, el extranjero debe demostrar todo lo siguiente:
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- él / ella ha sido maltratado o ha sufrido una crueldad extrema por parte de un cónyuge o padre que es o fue ciudadano estadounidense o residente permanente legal; y
- él / ella ha estado en territorio estadounidense continuamente durante al menos tres (3) años; y
- él / ella tiene buena conducta moral; y
- Él/ella no es inadmisible; y
- Su deportación causaría una gran dificultad para él/ella mismo, su hijo/a o su padre/madre.
Tenga en cuenta que tanto las víctimas masculinas como femeninas pueden buscar ayuda a través de la “Ley de Violencia contra las Mujeres“.
3. ¿Qué tribunales manejan los casos de “cancelación de remoción” en California?
California tiene seis tribunales de inmigración que tienen jurisdicción sobre los procedimientos de remoción. Las ubicaciones y números de teléfono de los tribunales son:
Tribunal de Inmigración de Adelanto
10250 Rancho Road, Ste. 201A
Adelanto, CA 92301
760-246-5404
Tribunal de Inmigración de Imperial
2409 La Brucherie Road
Imperial, CA 92251
760-370-5200Tribunal de Inmigración de Los Ángeles
606 S. Olive Street, 15th Floor
Los Angeles, CA 90014
213-894-2811Tribunal de Inmigración de Otay Mesa
7488 Calzada de la Fuente
San Diego, CA 92154
619-661-5600Tribunal de Inmigración de San Diego
401 West “A” St., Ste. 800
San Diego, CA 92101
619-557-6052Tribunal de Inmigración de San Francisco
100 Montgomery St., Ste. 800
San Francisco, CA 94104
415-705-4415
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Para los no ciudadanos en Nevada, vea nuestro artículo sobre la cancelación de la expulsión en Nevada.