Una audiencia de lifer es donde la Junta de Libertad Condicional de California (BPH) decide si un recluso condenado a una sentencia indeterminada puede ser apto para la libertad condicional. Las “sentencias indeterminadas” son sentencias que llevan una posible condena de por vida, como “vida con posibilidad de libertad condicional” y “20 años a cadena perpetua”.
Los reclusos pueden tener un abogado que los represente en su audiencia de lifer. Mientras tanto, un fiscal suele estar presente para argumentar en contra de la libertad condicional del recluso, y cualquier víctima de los delitos del recluso tiene derecho a estar presente y ser escuchada.

Nuestros abogados defensores penales de California explicarán lo siguiente en este artículo sobre audiencias de lifer:
- 1. Elegibilidad
- 2. ¿Qué sucede en una audiencia de lifer?
- 3. Preparaciones
- 4. Lo que BPH considera
- 5. Factores de inadecuación
- 6. Terceros delincuentes no violentos
- 7. Derechos de las víctimas
- 8. ¿Puede BPH cambiar de opinión?
- 9. Condiciones de libertad condicional
- 10. Apelaciones
- 11. Contactar a BPH
- 12. Formularios de BPH
- Lectura adicional
Una “audiencia de lifer” determina si un recluso condenado a una sentencia indeterminada es apto para la libertad condicional.
1. Elegibilidad
Los reclusos de California que cumplen una sentencia indeterminada obtienen una fecha tentativa para una audiencia de aptitud para la libertad condicional (“audiencia de lifer”) un año antes de su fecha de libertad condicional más temprana elegible. En general, los reclusos que cumplen una sentencia indeterminada son elegibles para la libertad condicional cuando:
- Han cumplido cualquier parte determinada de la sentencia (el extremo inferior de la sentencia, si la hay), o
- Han cumplido siete años en prisión si su sentencia es puramente indeterminada (“vida con posibilidad de libertad condicional”).
Hay diferentes reglas de elegibilidad para reclusos jóvenes, ancianos y delincuentes de tercer delito no violentos que cumplen sentencias indeterminadas, como se discute a continuación.
Libertad condicional juvenil
Los reclusos condenados por delitos de California cometidos antes de cumplir 26 años son elegibles para una audiencia de lifer cuando:
- Han cumplido 20 años si cumplen una sentencia indeterminada de menos de 25 años de prisión; o
- Han cumplido 25 años si cumplen una sentencia indeterminada de más de 25 años de prisión.
Tenga en cuenta que estos reclusos no obtienen el mismo tipo de audiencia de lifer que otros delincuentes; hay un proceso modificado en el que la junta de libertad condicional da gran peso a la edad joven del recluso en el momento del delito.
Libertad condicional para ancianos
Los reclusos mayores pueden obtener una audiencia de lifer en California si:
- Alcanzan los 50 años y han cumplido 20 años en prisión; o
- Alcanzan los 60 años y han cumplido 25 años en prisión.1
Delincuentes de tercer delito no violentos
Los reclusos condenados por un delito de tercer delito no violento obtienen una audiencia de lifer una vez que completan el plazo máximo de condena de ese delito de tercer delito no violento. (Esto se discute con más detalle a continuación en la sección 6.)
2. ¿Qué sucede en una audiencia de lifer?
Las audiencias de lifer de California son como mini juicios en los que el recluso (o su abogado) argumenta a favor de su libertad condicional. El panel que decide la idoneidad del recluso consta de tres miembros de BPH (no más de uno puede ser comisionado adjunto).
También está presente el fiscal de distrito, que generalmente se opone a la libertad condicional. Cualquier víctima del recluso (ya sea del caso actual o de delitos anteriores) también puede asistir. Aunque el público no puede asistir, las personas pueden presentar declaraciones a favor o en contra de la libertad condicional.
En la audiencia de lifer, el panel discute asuntos como:
- Antecedentes penales,
- Estado mental al cometer el “delito de compromiso” (el delito por el que el recluso está en prisión),
- Registro de prisión y si usaron su tiempo de manera productiva, y
- Plan de trabajo, hogar y tratamiento si obtienen la libertad condicional.
Aquí es donde las cartas de apoyo de la familia del recluso pueden ser útiles. Si el recluso tuvo audiencias de lifer anteriores, el panel también preguntará qué ha cambiado que hace que el recluso sea más adecuado para la libertad condicional.
La rehabilitación es clave para ser concedido la libertad condicional.
El Fiscal del Distrito luego habla a favor o en contra de la libertad condicional, pero nunca cuestiona al preso. El abogado del preso también puede hablar y hacerle preguntas al preso que lo muestren de manera positiva. La audiencia de libertad condicional termina con declaraciones finales del:
- Fiscal del Distrito,
- Abogado del preso,
- Preso, y/o
- Víctima(s).
El panel consulta y toma una decisión de inmediato. A menos que el preso represente un “riesgo irrazonable de peligro” para el público, el panel debería encontrar al preso apto para la libertad condicional y establecer una fecha de liberación. El panel puede imponer condiciones especiales a la libertad condicional (como monitoreo electrónico) para proteger la seguridad pública.
Si el panel encuentra al preso no apto para la libertad condicional, debe declarar sus razones. Si la razón se debe al delito actual o la conducta pasada, el panel debe recitar qué factores agravantes llevaron a su decisión y cómo la conducta del preso indica que son demasiado peligrosos para ser liberados.
El panel luego establecerá una fecha tentativa para la próxima audiencia de aptitud para la libertad condicional en tres, cinco, siete, 10 o 15 años: La fecha que elijan depende de consideraciones sobre la seguridad de la víctima y la seguridad pública.2
Tenga en cuenta que los presos pueden permanecer en silencio durante las audiencias de libertad condicional, aunque los paneles generalmente lo toman en cuenta en su contra.
3. Preparativos
Idealmente, los presos en California deberían comenzar a prepararse para su audiencia de libertad condicional tan pronto como sean encarcelados. Ejemplos incluyen completar programas y asesoramiento relevantes en la cárcel, ser un preso modelo, escribir un diario de su progreso para su abogado y confiar en herramientas de afrontamiento para evitar recaídas de cualquier tipo.
A menudo recomendamos que los presos escriban una “carta no enviada” a la víctima expresando su remordimiento para mostrar su empatía y aceptación de responsabilidad. Incluso una obra de arte o una canción que exprese remordimiento podría ser muy persuasiva en la audiencia de libertad condicional.
En el sexto año antes de la fecha mínima elegible para la libertad condicional del preso, la BPH se reúne con el preso para:
- Revisar y documentar actividades pertinentes para la elegibilidad para la libertad condicional,
- Proporcionar información sobre el proceso de audiencia de libertad condicional, factores de aptitud/no aptitud y recomendaciones individualizadas para el trabajo, programas y comportamiento institucional, y
- Destacar la importancia de esta reunión como una oportunidad “de oro” para que los presos adapten su conducta futura para abordar cualquier hallazgo negativo y mejorar sus posibilidades de libertad condicional.
Aproximadamente cuatro a seis meses antes de la audiencia de libertad condicional, la División de Evaluación Forense de la BPH (que incluye psicólogos) lleva a cabo una “Evaluación Integral de Riesgos” (CRA) para calcular si el preso tiene un riesgo bajo, moderado o alto de cometer delitos violentos en el futuro. Los presos pueden optar por no participar en esta evaluación psicológica, aunque eso limita la información en la que la BPH puede basarse al decidir la aptitud.
Para tomar una decisión de libertad condicional, el panel considera muchos factores.
A más tardar 60 días antes de la audiencia de libertad condicional, la BPH le entrega al preso un “Paquete Maestro” que contiene todos los datos que considerará al calcular si el preso es apto para la libertad condicional. Algunos de los documentos incluidos en este paquete son:
- El historial criminal del preso,
- Un resumen del caso,
- Registros disciplinarios en la prisión,
- Un registro de todas las cosas positivas que hizo el preso, como clases educativas, programas de autoayuda u otro trabajo,
- La Evaluación Integral de Riesgos (si el preso participó),
- Cartas que apoyan la libertad condicional, y
- Cartas que se oponen a la libertad condicional.
Estos documentos provienen del Archivo Central del preso, que contiene información más detallada sobre su caso y comportamiento en prisión. Los presos pueden hacer una solicitud de revisión “Olsen” a su consejero correccional para obtener cualquier material no confidencial en el Archivo Central; el propósito es verificar que todos los documentos favorables a ellos hayan sido incluidos en el Paquete Maestro.
Cualquier documento confidencial que se retenga del preso se señala en el Formulario 810, un registro completo de todas las adiciones al Archivo Central. La única forma en que un preso puede preparar una respuesta a dichos materiales confidenciales, a los que la BPH tiene acceso, es revisar el Formulario 810 y esperar recordar a qué se refieren.
Diez días antes de la audiencia de libertad condicional, a los reclusos se les proporciona un “Paquete de Diez Días”. Esto incluye declaraciones del fiscal, la policía y/o las víctimas. Dado que esta es información negativa, es importante que el recluso y su abogado se reúnan y revisen cómo responder a estos documentos durante la audiencia. El abogado también debe preparar al recluso para lo que sucederá en la audiencia de libertad condicional y cómo maximizar sus posibilidades de éxito.
4. Lo que BPH considera
Para determinar si un recluso está listo para la libertad condicional en California, la junta en una audiencia de libertad condicional considera factores de elegibilidad que incluyen:
- Todas las circunstancias del “delito de compromiso”, incluyendo el motivo,
- Si el recluso actuó por el Síndrome de la Mujer Maltratada o el Maltrato de Pareja Íntima, o en qué medida el estrés jugó un papel,
- El nivel de remordimiento del recluso por el delito y si/cómo están buscando ayudar a las víctimas, reconocer su culpa y reparar lo que dañaron,
- El comportamiento del recluso en prisión (tanto positivo como negativo),
- La participación del recluso en asesoramiento interno, programas de tratamiento/rehabilitación/autoayuda, clases educativas, asignaciones de trabajo y capacitación vocacional,
- Si el recluso tomó programas específicamente destinados a tratar lo que causó su comportamiento criminal, como la adicción a las drogas, la participación en pandillas, la desviación sexual o la violencia doméstica,
- Informes psicológicos y de asesoramiento,
- La edad del recluso,
- La historia social del recluso,
- La historia criminal del recluso,
- La historia juvenil del recluso, especialmente en lo que respecta a la violencia,
- Los planes de libertad condicional del recluso (cómo planea reingresar a la comunidad – dónde vivirá y trabajará, cómo planea seguir siendo productivo, sobrio, etc.), y
- La opinión de la víctima, los miembros de la familia de la víctima y/o cualquier otro representante que hable en nombre de la víctima.3
Tres factores clave de idoneidad para la libertad condicional incluyen la comprensión del delito, el remordimiento y los planes futuros.
5. Factores de inadecuación
En California, algunos factores que sugieren que un recluso puede ser inadecuado para la libertad condicional incluyen (pero no se limitan a) que:
- Tienen una historia social inestable o relaciones volátiles,
- Tienen un historial previo de violencia o delitos sexuales sádicos,
- Tienen un extenso historial criminal (que puede incluir delitos juveniles),
- Tienen un historial criminal que muestra un patrón de violencia creciente,
- Causaron lesiones a la víctima en su delito (o la amenazaron con lesiones),
- Jugaron un papel central en el delito,
- Cometieron mala conducta mientras estaban en la cárcel o prisión,
- Usaron un arma mortal en la comisión de su delito,
- Tienen un historial de problemas mentales/psicológicos graves relacionados con su delito,
- Carecen de remordimiento y responsabilidad, y/o
- Carecen de “comprensión”, lo que significa que no entienden los factores que contribuyen a su comportamiento criminal y cómo remediarlo,
- Cometieron su delito de manera particularmente cruel o atroz, como:
- usar tortura o mutilación,
- no preocuparse por el sufrimiento de las víctimas,
- tener un motivo trivial o sin sentido,
- lastimar a múltiples víctimas, y/o
- emplear un grado de violencia excesivo para el delito.4
A menos que la junta determine en la audiencia de libertad condicional que estos factores superan la seguridad pública, la junta está obligada a otorgar la libertad condicional a aquellos reclusos que ahora son elegibles para la libertad condicional.5
6. Terceros delincuentes no violentos
Una reciente decisión de la corte de California dictaminó que los delincuentes de tercer grado no violentos con sentencias indeterminadas ahora son elegibles para la consideración de libertad condicional.6
Para calificar como un “delincuente de tercer delito no violento con sentencia indeterminada”, el delincuente debe ser sentenciado a un término indeterminado y debe cumplir con los siguientes criterios:
- No condenado a muerte,
- No cumpliendo cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional,
- No cumpliendo una sentencia por un delito violento según el Código Penal de California 667.5 PC,
- No cumpliendo un término determinado antes de comenzar un término de por vida por un delito violento,
- No cumpliendo un término por un delito no violento grave después de completar un término determinado concurrente por un delito violento,
- No sentenciado actualmente por un delito violento por un delito en prisión, y
- No haber completado un término indeterminado y estar cumpliendo actualmente un término determinado por un delito en prisión.7
Una nueva ley de California establece que los delincuentes no violentos con sentencia indeterminada son elegibles para libertad condicional.
7. Derechos de las víctimas
En las audiencias de por vida en California, la BPH debe:
- Escuchar todo el testimonio (“declaración de impacto de la víctima”) de la víctima, la familia de la víctima y los representantes de la víctima sin interrupciones,
- Permitir que las víctimas, la familia de la víctima y los representantes de la víctima asistan a las audiencias de la junta de libertad condicional sin ser interrogados por el recluso o su abogado, y
- Considerar la seguridad de la víctima al determinar si otorgar, negar o revocar la libertad condicional.8
Obtenga más información sobre la notificación a las víctimas en la Oficina de Derechos y Servicios para Víctimas y Sobrevivientes de California.
8. ¿Puede la BPH cambiar de opinión?
Sí. La Unidad de Revisión de Decisiones de la BPH tiene 120 días para revertir o modificar la decisión del panel. Esto suele suceder solo si la Unidad encuentra que el panel cometió errores de derecho o de hecho. Una vez que pasan 120 días, la decisión del panel se considera final.
Sin embargo, el gobernador de California tiene hasta 90 días antes de la fecha de liberación programada del recluso para devolver el caso a la BPH para su reconsideración por un panel de nueve personas (“revisión en banc”). En casos de asesinato, el gobernador tiene 60 días después de que la decisión del panel se vuelva final para modificar o revertir la decisión sin una audiencia.9
9. Condiciones de libertad condicional
Una vez puesto en libertad condicional en California, un “libertado condicional” debe cumplir con ciertas condiciones y requisitos. Algunos de los términos de libertad condicional más comunes incluyen:
- Consentir a ser registrado en cualquier momento sin una orden de registro;
- Abstenerse de drogas y alcohol;
- Mantenerse alejado de la víctima;
- Aceptar vivir dentro de los límites del condado designado y registrarse con las autoridades locales; y/o
- Asistir a asesoramiento y rehabilitación.
Violar estas condiciones desencadena una audiencia de revocación de libertad condicional. El estado tiene la carga de probar “por preponderancia de la evidencia” que el libertado condicional violó la libertad condicional. Este es un estándar mucho más bajo que “más allá de una duda razonable”, el estándar en los juicios penales.
Las personas a las que se les revoca la libertad condicional son enviadas a prisión para cumplir su sentencia. Sin embargo, pueden apelar a la BPH y posiblemente a los tribunales.
Referencias legales:
- Código Penal de California 3041 PC. Ver, por ejemplo, In Re. Foster (Cal.App. 2022) .
- In re Hudson (2006) 143 Cal.App.4th 1. Proceso de libertad condicional para delincuentes con sentencia indeterminada, Departamento de Correcciones y Rehabilitación de California. Cal. Code Regs., tit. 15, § 2281.
- In re Ross (2009) 170 Cal.App.4th 1490.
- In re Rosenkrantz (2002) 29 Cal.4th 616.
- In re Dannenberg (2005) 34 Cal.4th 1061.
- In re Edwards (2018) 26 Cal.App.5th 1181.
- Proposición 57: Proceso de libertad condicional para delincuentes no violentos con sentencia indeterminada (tercer delincuente).
- Ley de los derechos de las víctimas 2008 – Ley de Marsy.
- Cal. Code Regs. tit. 15 § 2041. Libertad condicional, Oficina del Gobernador de California.