Código de Vehículos 14601.4 VC es la ley de California que hace que sea un crimen conducir con una licencia suspendida o revocada y, al hacerlo, causar lesiones corporales a alguien. Esta sección es un delito menor castigado con hasta 6 meses en la cárcel del condado.
El texto completo de la sección del código establece que:
14601.4. (a) Es ilegal que una persona, mientras conduce un vehículo con una licencia suspendida o revocada de acuerdo con la Sección 14601.2, realice un acto prohibido por la ley o descuide un deber impuesto por la ley en la conducción del vehículo, que acto o descuido cause lesiones corporales a una persona que no sea el conductor. Para demostrar que la persona descuidó un deber impuesto por la ley en la conducción del vehículo, no es necesario demostrar que se violó una sección específica de este código.
(b) Una persona condenada bajo esta sección será encarcelada en la cárcel del condado y no será liberada bajo libertad condicional, servicio comunitario u otro programa de liberación antes de que se cumpla el período mínimo de encarcelamiento, prescrito en la Sección 14601.2. Si una persona es condenada por ese delito y se le concede libertad condicional, el tribunal deberá exigir que la persona condenada cumpla al menos el tiempo mínimo de encarcelamiento, como se especifica en esas secciones, como término o condición de la libertad condicional.
(c) Cuando la fiscalía acepta un acuerdo de culpabilidad o nolo contendere por un cargo de violación de esta sección en satisfacción o como sustituto de un cargo original de violación de la Sección 14601.2, y el tribunal acepta ese acuerdo, excepto, en interés de la justicia, cuando el tribunal encuentre que sería inapropiado, el tribunal deberá, de conformidad con la Sección 23575, exigir que la persona condenada, además de otros requisitos, instale un dispositivo de bloqueo de encendido certificado en un vehículo que la persona posea o conduzca por un período que no exceda de tres años.
(d) Esta sección también se aplica a la operación de un vehículo todo terreno en las tierras a las que se aplica la Ley de Vehículos Todo Terreno Chappie-Z’berg de 1971 (División 16.5 (comenzando con la Sección 38000)) en cuanto a vehículos todo terreno, según se describe en la Sección 38001.
(e) Al recibir el resumen de una condena bajo esta sección, el departamento no restablecerá el privilegio de operar un vehículo motorizado hasta que el departamento reciba una prueba del formulario “Verificación de instalación” según se describe en el párrafo (2) de la subdivisión (g) de la Sección 13386 o el Formulario I.D. 100 del Consejo Judicial.
(f) Si la Sección 23573 es aplicable, entonces las subdivisiones (c) y (e) no son aplicables.
Tenga en cuenta que esta sección de código solo se aplica si se han suspendido o revocado los privilegios de manejo del acusado por un cargo de:
- manejar bajo la influencia (DUI), según el Código de Vehículos 23152; o,
- DUI que causa lesiones, según el Código de Vehículos 23153.
Ejemplos
- Beth maneja el día después de que le suspendan su licencia por un DUI, choca con un vehículo mientras conduce y la colisión resulta en que el otro conductor sufra latigazo cervical.
- después de una condena por DUI que causa lesiones, Lamar recibe un aviso por correo de que su licencia ha sido suspendida; sin embargo, lo ignora y lesiona a otro conductor mientras conduce en el tráfico
- aunque Laura tiene una licencia de conducir suspendida por DUI, conduce al trabajo y causa lesiones corporales a otro conductor mientras conduce.
Defensas
Afortunadamente, hay varias defensas legales que una persona puede plantear si es acusada de un delito según el Código de Vehículos 14601.4. Estas incluyen demostrar que la parte acusada:
- no tenía conocimiento de una suspensión o revocación de la licencia;
- no cometió un acto ilegal o descuidó un deber; y/o,
- no tenía una condena previa por DUI.
Sanciones
Una violación del VC 14601.4 se acusa como un delito menor, en lugar de un delito grave o una infracción en California.
Una primera condena por este delito es castigada con:
- encarcelamiento en una cárcel del condado por hasta seis meses; y/o,
- una multa de hasta $1,000.
Si una persona comete el delito por segunda vez, dentro de los cinco años desde la primera ofensa, entonces puede ser castigada con:
- encarcelamiento en una cárcel del condado por hasta un año; y/o,
- una multa de hasta $2,000.
Nuestros abogados de defensa criminal en California discutirán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Es un delito conducir con una licencia suspendida y causar lesiones?
- 2. ¿Existen defensas para el Código de Vehículos 14601.4 VC?
- 3. ¿Cuáles son las penas?
- 4. ¿Existen delitos relacionados?
1. ¿Es un delito conducir con una licencia suspendida y causar lesiones?
Sí. El Código de Vehículos de California 14601.4 VC es la ley de California que hace que sea un delito para una persona conducir con una licencia suspendida por DUI, y al hacerlo causar lesiones corporales a otro conductor.
Bajo esta sección del código, un fiscal debe probar cuatro elementos para demostrar que un acusado es culpable de un crimen. Estos son que el acusado:
- condujo un vehículo motorizado;
- condujo a pesar de que su licencia de conducir había sido previamente suspendida o revocada debido a una condena por manejar bajo la influencia (según el VC 23152) o manejar bajo la influencia causando lesiones (según el VC 23153);
- sabía que su licencia había sido suspendida o revocada; y,
- cometió un acto ilegal o violó un deber legal, y como resultado, causó lesiones corporales a otra persona.1
Con respecto al tercer elemento, tenga en cuenta que se presume que un acusado tiene “conocimiento” de una suspensión o revocación si el Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) le envió un aviso al respecto.2
2. ¿Existen defensas para el Código de Vehículos 14601.4 VC?
Una persona acusada bajo el VC 14601.4 puede impugnar la acusación planteando una defensa legal. Una buena defensa a menudo puede reducir o incluso desestimar un cargo. Sin embargo, tenga en cuenta que es fundamental que un acusado contrate a un abogado de defensa criminal conocedor para obtener la defensa más efectiva.
Tres defensas comunes a las acusaciones de VC 14601.4 son:
- no tener conocimiento de la suspensión/revocación;
- no haber cometido un acto ilegal o haber descuidado un deber; y/o,
- no tener una condena previa por DUI.
(Otras posibles defensas involucran la mala conducta policial, como si los oficiales de policía realizaron una búsqueda ilegal o forzaron una confesión.)
2.1. No tener conocimiento de la suspensión/revocación
Recuerde que un acusado debe saber que su licencia de conducir estaba suspendida o revocada para ser culpable según el Código de Vehículos 14601.4. Por lo tanto, es una sólida defensa legal que un acusado demuestre que no tenía este conocimiento. Pero, dado que “conocimiento” bajo esta sección del código se presume si el DMV envía un aviso de suspensión, el acusado tendría que demostrar que el DMV no envió el aviso correspondiente.
2.2. No haber cometido un acto ilegal o haber descuidado un deber
Una persona solo es culpable según esta sección del código si comete un acto ilegal o descuida un deber legal mientras conduce. Esto significa que es una defensa sólida que un acusado demuestre que, aunque una persona puede haber resultado herida en un accidente, la lesión no fue el resultado de sus acciones ilegales. Por ejemplo, un acusado puede demostrar que fueron los actos ilegales de otro conductor los que causaron una lesión en particular.
2.3. No tener una condena previa por DUI
Recuerde que el VC 14601.4 hace que conducir con una licencia suspendida o revocada sea un crimen solo si el acusado ha sido condenado previamente por manejar bajo la influencia o manejar bajo la influencia causando lesiones. Por lo tanto, un acusado podría demostrar su inocencia al probar que nunca fue condenado por VC 23152 o VC 23153. Si la razón de la suspensión de la licencia fue múltiples multas de tráfico por violaciones de movimiento no relacionadas con DUI, los cargos de VC 14601.4 no se aplican.
Tenga en cuenta que, aunque no haya una condena previa, el acusado aún podría ser declarado culpable de conducir con una licencia suspendida según el VC 14601.
3. ¿Cuáles son las sanciones?
Una violación del Código de Vehículos 14601.4 se considera un delito menor.
Una primera condena por el delito puede ser castigada con:
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta seis meses; y/o,
- una multa de hasta $1,000.3
Si una persona comete el delito una segunda vez, dentro de los cinco años desde la primera ofensa, entonces puede ser castigada con:
- tiempo en la cárcel del condado por hasta un año; y/o,
- una multa de hasta $2,000.4
4. ¿Existen delitos relacionados?
Hay tres delitos relacionados con conducir con una licencia suspendida o revocada y causar lesiones corporales. Estos son:
- conducir con una licencia suspendida – VC 14601;
- conducción temeraria – VC 23103; y,
- huida del lugar del accidente que causa lesiones – VC 20001.
4.1. Conducir con una licencia suspendida – VC 14601
El Código de Vehículos 14601 VC hace que sea un delito que una persona conduzca sabiendo que su licencia de conducir ha sido suspendida o revocada.
Se presume que un acusado “sabe” que su licencia fue suspendida o revocada si el DMV le envió una notificación de suspensión o revocación.5
Conducir con una licencia suspendida se considera un delito menor en California.
Una condena por primera vez del delito es castigable por:
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta seis meses; y/o,
- una multa de hasta $1,000.6
Si una persona comete el delito por segunda vez, dentro de los cinco años desde la primera ofensa, entonces puede ser castigado con:
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta un año; y/o,
- una multa de hasta $2,000.7
4.2. Conducción imprudente – VC 23103
El Código de Vehículos 23103 VC es el estatuto para el delito comúnmente conocido como conducción imprudente.
Según el VC 23103, “conducción imprudente” significa que una persona conduce con desprecio temerario por la seguridad de las personas o la propiedad.8
Si nadie más que el conductor imprudente resulta herido en el incidente, VC 23101 es un delito menor. Esta violación de tráfico puede ser castigada como máximo por:
- cinco a 90 días en la cárcel del condado, y/o,
- una multa de entre $145 y $1,000.9
Pero la posible sentencia de cárcel y multa aumentan si la conducción imprudente causa una lesión.10
Y, cualquier condena por conducción imprudente agregará dos puntos al registro del DMV de California del conductor.
4.3. Huir de la escena de un accidente que causa lesiones – VC 20001
Según el Código de Vehículos 20001 VC, es un delito que una persona huya de la escena de un accidente automovilístico en el que otra persona ha resultado herida o muerta.
Una persona puede ser acusada de este delito incluso si otro conductor fue completamente culpable de un accidente.11
Las violaciones del VC 20001 son conocidas como delitos wobbler, lo que significa que pueden ser acusadas como delitos menores o delitos graves.
Si se acusa como delito menor, el delito es castigable por:
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta un año; y/o,
- una multa de hasta $10,000.12
Si se acusa como delito grave, el delito es castigable con penas severas:
- encarcelamiento en prisión estatal por hasta tres años; y/o,
- una multa máxima de $10,000.13
Tenga en cuenta que la víctima también puede presentar una demanda por lesiones personales contra el conductor culpable. Dependiendo del caso, el conductor culpable puede ser responsable de daños materiales, así como de lesiones leves y graves.
Para obtener ayuda adicional…
Si usted o alguien que conoce ha sido acusado de un delito según el Código de Vehículos 14601.4 VC, lo invitamos a contactarnos para una consulta gratuita. Estamos disponibles las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
Referencias legales
- Código de Vehículos de California 14601.4 VC.
- Ver lo mismo. Ver también Código de Vehículos de California 14601(c) VC.
- Lo mismo. Ver también Código de Vehículos de California 14601.2(d)(1) VC.
- Lo mismo. Ver también Código de Vehículos de California 14601.2(d)(2) VC.
- Código de Vehículos de California 14601 VC.
- Ver lo mismo.
- Ver lo mismo.
- Código de Vehículos de California 23103 VC.
- Código de Vehículos de California 23103(c) VC.
- Código de Vehículos de California 23104 VC.
- Consejo Judicial de California Instrucciones del Jurado Criminal (“CALCRIM”) 2140 – Incumplimiento del deber después de un accidente: muerte o lesión – Conductor acusado [Fuga de la escena de un accidente con lesiones graves o muerte].
- Código de Vehículos de California 20001 VC.
- Ver lo mismo.