Código Penal § 647(i) PC convierte en un delito menor el espiar en una casa mientras merodea, ronda o deambula en la propiedad privada de otra persona sin un propósito legítimo. Una condena se castiga con hasta 6 meses de cárcel y una multa de hasta $1000.00.
El delito se conoce comúnmente como
- espiar mientras se merodea o
- espiar ilegalmente.
647(i) PC establece que “[C]ualquier persona que cometa cualquiera de los siguientes actos es culpable de conducta desordenada, un delito menor…(i) Quien, mientras merodea, ronda o deambula en la propiedad privada de otro, en cualquier momento, espía por la puerta o ventana de cualquier edificio o estructura habitada, sin un negocio visible o legal con el propietario u ocupante.”
El delito se considera una forma de conducta desordenada en California y a veces también se llama “rondar“.
Ejemplos
- Tom se cuela en el patio trasero de su vecino. Mientras está en el patio, mira por la ventana del dormitorio y observa cómo sus vecinos hacen el amor.
- Carol sospecha que su compañera de trabajo Betty está durmiendo con el esposo de Carol. Cuando Betty llama para reportarse enferma un día, Carol camina alrededor de la casa de Betty y mira por cada ventana para ver si su esposo está allí.
Penalizaciones por espiar mientras se merodea
Este delito es un delito menor. Espiar ilegalmente se castiga con:
- Hasta seis (6) meses en la cárcel del condado, y/o
- Una multa de hasta $1,000. 1 2 3
Alternativamente, el juez podría sentenciar al infractor a libertad condicional sumaria (informal).
Si se sentencia a libertad condicional, el acusado cumplirá poco o ningún tiempo en la cárcel. Pero puede haber condiciones para la libertad condicional, tales como:
- Pago de restitución a la víctima,4 y
- “Informes de progreso” periódicos al juez.
Si el acusado viola las condiciones de la libertad condicional, el juez puede revocar la libertad condicional y sentenciar al acusado a la cárcel.5
No hay obligación de registrarse como delincuente sexual
La condena por “espiar” bajo el Código Penal 647(i) NO requiere registro de delincuentes sexuales en California. El nombre del acusado no aparecerá en el sitio web de la “Ley Megan” de California.
Defensas legales contra cargos de “Peeping Tom” en California
Las defensas legales contra cargos de Peeping Tom en California incluyen demostrar que:
- El acusado no estaba en propiedad privada;
- El acusado tenía un propósito legal para estar en la propiedad;
- El acusado no estaba merodeando; y/o
- El edificio al que el acusado miraba no estaba habitado.
Para ayudarle a entender mejor la ley, nuestros abogados de defensa criminal en California discuten lo siguiente, a continuación:
- 1. ¿Cómo define la ley de California “espiar mientras se merodea”?
- 2. ¿Cuáles son las penalizaciones por el Código Penal 647(i) PC?
- 3. ¿Cuáles son las mejores defensas contra este cargo?
- 4. ¿Existen delitos relacionados?
El Código Penal 647(i) PC convierte en delito menor espiar en un edificio habitado mientras se merodea en propiedad privada.
1. ¿Cómo define la ley de California “espiar mientras se merodea”?
Alguien viola el Código Penal 647(i), la ley de “Peeping Tom” de California cuando:
- Se demora, merodea, ronda o deambula en la propiedad privada de otra persona;
- Sin un propósito legal para estar allí; y
- Mientras está allí espía por la puerta o ventana de un edificio o estructura habitada en la propiedad.6
Un edificio o estructura está habitado si alguien lo usa como vivienda. No importa si alguien está dentro en el momento del supuesto espionaje.7
Tenga en cuenta que el Código Penal 647(i) no es un delito que requiera “intención específica”. Esto significa que no importa por qué (o cuándo) el acusado decidió mirar por la ventana o puerta de alguien.8 El acusado puede ser condenado por PC 647(i) incluso si no entró en la propiedad con la intención de merodear o espiar.
Ejemplo: Walter es un instalador de cable que está instalando cable en el condominio de Jennifer. Jennifer es bastante atractiva. Así que después de que Walter termina el trabajo, se queda en el patio y espía por la ventana de su dormitorio.
Walter no entró originalmente en la propiedad con la intención de merodear o espiar. Pero una vez que terminó el trabajo, ya no tenía un propósito legal para estar allí. Así que al espiar por la ventana de una vivienda habitada, cometió el delito de espiar mientras se merodea.
2. ¿Cuáles son las penalizaciones por el Código Penal 647(i) PC?
2.1. Multa por delito menor y/o tiempo en cárcel
Espiar ilegalmente bajo esta sección es un delito menor.9 Se castiga con:
- Hasta seis (6) meses en la cárcel del condado, y/o
- Una multa de hasta $1,000.10
2.2. Libertad condicional informal (sumaria)
Un acusado de peeping de “bajo riesgo” en California puede ser sentenciado a libertad condicional por delito menor en lugar de tiempo en la cárcel.11 La libertad condicional por delito menor también se conoce como libertad condicional “informal” o “sumaria”.
Si se sentencia a libertad condicional, el acusado probablemente cumplirá poco o ningún tiempo en la cárcel.
Pero el juez puede imponer varias condiciones a la libertad condicional. Si el acusado no las cumple, el juez puede revocar la libertad condicional y enviar al acusado a la cárcel.12
Las condiciones de la libertad condicional pueden incluir (pero no se limitan a):
- Pago de restitución a la víctima,13
- Evitar acercarse a la víctima, y
- Presentarse en la corte para “informes de progreso” periódicos.
¿Quién califica para libertad condicional por delito menor?
No todos los acusados califican para libertad condicional por delito menor. La elegibilidad depende de:
- Las circunstancias del delito, y
- El historial criminal del acusado, si lo hay. 14
Las personas que usualmente no tienen derecho a libertad condicional incluyen (sin limitación):
- Cualquiera con dos o más condenas previas por delitos graves;
- Cualquiera con una condena previa por delito grave durante la cual el acusado estaba armado; o
- Cualquiera con una condena previa por un delito grave serio como violación, secuestro o asesinato.15
2.3. No hay registro de delincuentes sexuales en California
Una condena por “Peeping Tom” no requiere que el acusado se registre como delincuente sexual en California. Por lo tanto, alguien condenado por el Código Penal 647(i) no tendrá su nombre publicado en el sitio web de la “Ley Megan” de California.
Esto también aplica si el acusado se declaró culpable o “no contiende” (nolo contendere) a los cargos.

3. ¿Cuáles son las mejores defensas contra este cargo?
Para probar que un acusado es culpable de espiar bajo PC 647(i), el fiscal debe probar cada “elemento del delito”. Si no se puede probar siquiera un elemento, el acusado debe ser declarado “no culpable”.
Por lo tanto, las defensas legales contra cargos de espiar mientras se merodea a menudo incluyen demostrar que:
-
El acusado no miró por una puerta o ventana.
Ejemplo: Billy estaba merodeando detrás de unos arbustos fuera de la ventana de otra persona para esconderse de un matón del vecindario. Lo único que hizo fue mirar desde los arbustos para ver si el matón se había ido.
-
El acusado no estaba en propiedad privada.
Ejemplo: Molly miró por la ventana del primer piso de un apartamento desde la acera pública fuera del edificio.
-
El acusado no estaba merodeando.
Ejemplo: Carly cruzó el césped de alguien como un atajo camino al trabajo. Al pasar por una ventana, miró por curiosidad. Luego siguió su camino.
Como Carly no se detuvo, no estaba merodeando. Y porque no estaba merodeando, no fue culpable de espiar mientras se merodea.
-
El acusado tenía un propósito legal para estar en la propiedad.
Ejemplo: Julius es un reparador de teléfonos. Mientras estaba dentro de un edificio de apartamentos trabajando en una línea, miró por la ventana abierta de alguien.
Julius tenía un propósito legal para estar en la propiedad. Por lo tanto, no estaba espiando mientras merodeaba.
-
El edificio al que el acusado miró no estaba habitado.
Ejemplo: Carl está sin hogar. Miró por la ventana de un edificio comercial abandonado para ver si era adecuado para “ocuparlo”. Como el edificio no estaba habitado, Carl no es culpable bajo PC 647(i).
4. ¿Existen delitos relacionados?
4.1. Código Penal de California 647(j) PC – invasión de la privacidad
El Código Penal 647(j) es la ley criminal de California sobre “invasión de la privacidad”. Esta sección convierte en delito:
- Mirar a través de un agujero en un baño, vestidor o área similar con la intención de invadir la privacidad de alguien;16, o
- Usar una cámara para mirar el cuerpo de alguien por debajo o a través de la ropa (la llamada violación de “upskirt”).17
La invasión de la privacidad bajo el Código Penal 647(j) es un delito menor.18 El castigo potencial puede incluir:
- Hasta seis (6) meses en la cárcel del condado; y/o
- Una multa de hasta $1,000.19
Penalizaciones aumentadas por delitos posteriores o víctimas menores de edad
Sin embargo, el castigo aumenta si:
- Es la segunda o posterior ofensa del acusado bajo PC 647(j),20 o
- La víctima era menor de edad al momento del delito.21
En cualquiera de los casos, la penalización por invasión de la privacidad puede incluir:
- Hasta un (1) año en la cárcel del condado, y/o
- Una multa de hasta $2,000.22
4.2. Ley federal de voyeurismo en video – 18 USC 1801
La ley federal de “voyeurismo en video”, 18 USC 1801, prohíbe la invasión de la privacidad en un territorio federal. Bajo 18 USC 1801, es un delito capturar consciente e intencionalmente:
- Una imagen de las “áreas privadas” de un individuo,
- Sin el consentimiento de la persona, y
- Bajo circunstancias en las que esa persona tiene una expectativa razonable de privacidad.23
Ejemplo: Mientras espera un vuelo en el Aeropuerto Internacional de Los Ángeles (LAX), Burt toma una foto “upskirt” de una joven con su teléfono. Es culpable de “voyeurismo en video” bajo 18 USC 1801.
Los territorios federales incluyen (pero no se limitan a):
- Aeropuertos operados por el gobierno,
- Parques nacionales,
- Oficinas de correos,
- Tribunales federales, y
- Edificios de la Administración de Veteranos.
La violación de 18 USC 1801 se castiga con:
- Una multa de hasta $100,000, y/o
- Hasta un año en prisión federal.24
Para ayuda adicional…

Si ha sido acusado como “Peeping Tom” bajo el Código Penal 647(i), le invitamos a contactarnos para una consulta gratuita.
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Referencias legales:
- Código Penal de California 647(i)
- Igual.
- Código Penal 19 PC: “Excepto en casos donde una ley diferente de este estado prescribe un castigo distinto, todo delito declarado como delito menor se castiga con prisión en la cárcel del condado no mayor a seis meses, o con multa no mayor a mil dólares ($1,000), o con ambos.”
- Código Penal 1203 (b)(2)(D),
- Código Penal 1203.3 PC.
- Instrucciones al jurado criminal de California (CALCRIM) 2916. Merodeo: Espiar.
- Igual. Véase también Código Penal 459, ley de allanamiento de California.
- In re Joshua M. (2001) 91 Cal.App.4th 743.
- Ver nota al final 1.
- Código Penal de California 19, nota al final 3.
- Código Penal 1203 PC.
- Código Penal 1203.3, nota al final 5.
- Código Penal 1203(b)(2)(D).
- Código Penal 1203(b)(1)
- Código Penal 1203(e).
- Código Penal 647(j)(1).
- Código Penal 647(j)(2).
- Ver nota al final 1.
- Ver igual. Véase también Código Penal 19, nota al final 3.
- Código Penal 647(l)(1).
- Código Penal 647(l)(2).
- Código Penal 647(l)(1) y (2).
- 18 U.S. Code 1801(a).
- Igual.