Código Penal 527 PC es la ley de California que hace que sea un delito para una persona vender, ofrecer para la venta, imprimir, publicar o distribuir un falso orden judicial.
La redacción de la sección del código dice que:
527. Cualquier persona que venda o ofrezca para la venta, imprima, publique o distribuya cualquier papel, documento o formulario escrito, mecanografiado o impreso, diseñado o calculado por su escritura, mecanografía o impresión, o el arreglo de los mismos, para hacer que cualquier persona crea que se usará como orden o proceso de un tribunal cuando en realidad tal papel, documento o formulario escrito, mecanografiado o impreso no se usará como orden o proceso de un tribunal, es culpable de un delito menor, y cada publicación, impresión, distribución, venta o oferta de venta de cualquier papel, documento o formulario escrito, mecanografiado o impreso constituirá un delito separado, y al ser condenado además de cualquier otra sentencia impuesta, el tribunal puede ordenar que todos los documentos o formularios escritos, mecanografiados o impresos en posesión o bajo el control de la persona declarada culpable de tal delito menor sean entregados a tal tribunal o al secretario de éste para su destrucción.
Ejemplos
- vender un falso orden judicial a un amigo
- hacer varios documentos judiciales falsos y dárselos a amigos y familiares.
- “engañar” un documento judicial en la computadora de uno y imprimirlo para su uso.
Defensas
Afortunadamente, hay varias defensas legales que un acusado puede alegar si es acusado. Estos incluyen demostrar que:
- un acusado simplemente poseía un falso orden judicial,
- no había un falso orden judicial, y/o
- el acusado actuó bajo coacción.
Penas
Una violación de esta estatuta se acusa como un delito menor (en lugar de una infracción o una felonía de California). El delito es sancionable con:
- prisión en el juzgado de condado por hasta seis meses, y/o
- una multa de hasta $1,000.
Tenga en cuenta que en lugar de la prisión, un juez puede otorgar al acusado una probación por delito menor (o resumen).
Nuestros abogados de defensa penal de California destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Es ilegal hacer registros falsos de corte?
- 2. ¿Hay defensas legales para la acusación?
- 3. Penas, castigo y sentencia
- 4. Leyes relacionadas
El Código Penal 527 PC es la ley de California que hace que sea un delito para una persona publicar o vender una orden judicial falsa
1. ¿Es ilegal hacer registros falsos de corte?
Sí. El Código Penal 527 PC es la ley de California que hace que sea un delito para una persona hacer cualquiera de las siguientes cosas con una orden judicial falsa:
- vender,
- ofrecer para la venta,
- imprimir,
- publicar o
- distribuir.1
Una “orden judicial falsa” es un documento falso que o bien:
- afirma ser un documento oficial de la corte, o
- está diseñado para convencer a una persona de que es un documento oficial de la corte.2
2. ¿Hay defensas legales para la acusación?
Una buena defensa puede funcionar para reducir o incluso disminuir un cargo.
Tres defensas comunes incluyen:
- posesión de una orden judicial falsa
- sin orden judicial falsa, y/o
- coacción.
2.1. Posesión de una orden judicial falsa
Recuerde que el Código Penal 527 hace que sea un delito para una persona hacer lo siguiente con una orden judicial falsa:
- vender,
- imprimir,
- publicar, o
- distribuir.
La ley no menciona “la posesión” de una orden judicial falsa. Esto significa que es una buena defensa legal para un acusado mostrar que simplemente tenía una orden judicial falsa en su persona, o en su posesión.
2.2. Sin orden judicial falsa
También recuerde que una persona solo puede ser culpable de publicar una orden judicial falsa si la parte realmente intentó vender, imprimir o publicar un papel o documento judicial falso. Por lo tanto, es una defensa legal válida para el acusado mostrar que, aunque puede haber tomado alguna acción con un documento judicial, no era falso.
2.3. Coacción
La coacción es una defensa legal en la que un acusado básicamente dice: “Él me hizo hacerlo”. La defensa se aplica a la situación muy limitada en la que una persona comete un delito (aquí, la venta de un documento judicial falso), porque alguien amenazó con matarlo si el delito no se cometía.
Una violación de esta ley puede resultar en una multa y/o tiempo en la cárcel
3. Penas, castigo y sentencia
Una violación del Código Penal 527 se acusa como un delito menor. El delito es castigable con:
- prisión en una cárcel del condado por hasta seis meses, y/o
- una multa máxima de $1,000.3
Tenga en cuenta que en lugar de tiempo en la cárcel, un juez puede otorgar al acusado una probación por delito menor (o resumen).
Por favor, también tenga en cuenta que cada venta o publicación de un documento judicial falso se carga como un delito separado bajo el PC 527.4 Y, bajo este estatuto, un juez puede ordenar que todos los documentos judiciales falsos involucrados en un caso se entreguen al secretario de la corte para que los documentos sean destruidos.5
4. Delitos relacionados
Existen tres leyes relacionadas con la venta o publicación de una orden judicial falsa. Estos son:
- extorsión de firma – PC 522,
- extorsión por carta amenazante – PC 523, y
- extorsión por una orden judicial falsa – PC 526.
4.1. Extorsión de firma – PC 522
Código Penal 522 PC es el estatuto de California que hace que sea un delito que una persona cometa extorsión, o chantaje, mediante la obtención de una firma.
Una violación de Código Penal 522 se carga como un delito grave. El delito es castigable con:
- prisión en una cárcel del condado por dos, tres o cuatro años, y/o
- una multa máxima de $10,000.6
4.2. Extorsión por carta amenazante
Código Penal 523 PC es el estatuto de California que hace que sea un delito que una persona cometa extorsión, o chantaje, mediante una carta amenazante.
Este delito se comete si:
- el acusado envió o entregó una carta amenazante u otra escritura a otra persona;
- en la carta, el acusado amenazó con hacer cualquiera de lo siguiente:
a. lesionar ilegalmente a la otra persona, a un tercero o a su propiedad,
b. acusar a la otra persona o a un pariente o miembro de su familia de un delito, O
c. exponer un secreto sobre la otra persona o un pariente o miembro de su familia; Y
- al enviar o entregar la carta, el acusado tenía la intención de usar esta amenaza para obtener dinero, propiedad o un acto oficial de la otra persona.7
Una violación de Código Penal 522 se carga como un delito grave. El delito es castigable con:
- prisión en una cárcel del condado por dos, tres o cuatro años, y/o
- una multa máxima de $10,000.8
4.3. Extorsión por una orden judicial falsa – PC 526
Código Penal 526 es el estatuto de California que hace que sea un delito que una persona cometa extorsión mediante una orden judicial falsa.
Una violación de PC 526 se acusa como un delito menor. El delito es castigable con:
- prisión en la cárcel del condado por hasta seis meses, y/o
- una multa de hasta $1,000.9
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Referencias Legales:
- Código Penal de California 527 PC.
- Vea lo mismo.
- Código Penal de California 19 PC.
- Código Penal de California 527 PC.
- Vea lo mismo.
- Código Penal de California 520 PC.
- CALCRIM 1831 – Extorsión por Carta Amenazante
- Código Penal de California 520 PC.
- Código Penal de California 19 PC.