Bajo el Código Penal § 270 PC, el delito de negligencia infantil es cuando un padre o tutor legal omite intencionalmente (y sin excusa legal) proporcionar necesidades como ropa, comida, medicina y refugio. La negligencia infantil generalmente se trata como un delito menor sancionable con hasta un año de prisión.
El texto completo de la sección del código establece que:
270. Si un padre de un menor de edad omite intencionalmente, sin excusa legal, proporcionar ropa, comida, refugio o atención médica, o cualquier otro cuidado remedial para su hijo, él o ella es culpable de un delito menor sancionable con una multa no superior a dos mil dólares ($2,000), o con prisión en la cárcel del condado no superior a un año, o con ambas multas e internamiento. Si un tribunal de jurisdicción competente ha hecho una sentencia definitiva en una acción civil o criminal de que una persona es el padre de un menor de edad y la persona tiene conocimiento de tal sentencia y luego omite intencionalmente, sin excusa legal, proporcionar ropa, comida, refugio, atención médica o cualquier otro cuidado remedial para su hijo, este comportamiento es sancionable con prisión en la cárcel del condado no superior a un año o en una prisión estatal por un término determinado de un año y un día, o con una multa no superior a dos mil dólares ($2,000), o con ambas multas e internamiento. Esta estatuta no se interpretará para eximir a tal padre de la responsabilidad penal definida aquí por tal omisión, simplemente porque el otro padre de tal niño tiene derecho legal a la custodia de dicho niño, ni porque el otro padre de tal niño o cualquier otra persona o organización proporcione voluntariamente o involuntariamente tal comida, ropa, refugio o atención médica o cualquier otro cuidado remedial para tal niño o se comprometa a hacerlo.
La prueba de abandono o deserción de un niño por tal padre, o la omisión por tal padre de proporcionar comida, ropa, refugio o atención médica o cualquier otro cuidado remedial para su hijo es evidencia prima facie de que tal abandono o deserción o omisión de proporcionar comida, ropa, refugio o atención médica o cualquier otro cuidado remedial es intencional y sin excusa legal.
El tribunal, al determinar la capacidad del padre para mantener a su hijo, deberá considerar todos los ingresos, incluidos los beneficios de seguro social y los regalos.
Las disposiciones de esta sección son aplicables ya sea que los padres de dicho niño estén o hayan estado casados o divorciados, y sin importar cualquier decreto hecho en cualquier acción de divorcio relativa al alimento o al mantenimiento del niño. Un niño concebido pero aún no nacido se considerará una persona existente en la medida en que se refiere a esta sección.
El esposo de una mujer que da a luz a un niño como resultado de una inseminación artificial se considerará el padre de ese niño con fines de esta sección, si él consintió por escrito en la inseminación artificial.
Si un padre proporciona a un menor un tratamiento por medios espirituales mediante oración sola de acuerdo con los principios y prácticas de una iglesia o denominación religiosa reconocida, por un practicante debidamente acreditado de la misma, dicho tratamiento constituirá “otros cuidados remediales”, como se usa en esta sección.
Ejemplos de negligencia
- un padre no lleva a su hijo de 12 años al médico cuando está enfermo.
- un padre adoptivo no le da a su hija ropa cálida durante el invierno.
- una madre no alimenta adecuadamente a su hijo de 8 años a pesar de tener los medios para hacerlo.
Defensas contra el abuso y la negligencia infantil
Puede presentar una defensa legal para desafiar un cargo de 270 PC. Las defensas comunes incluyen:
- sin acto voluntario,
- excusa legal, y/o
- acusado falsamente.
Penas por maltrato infantil
La mayoría de las violaciones de estas leyes estatales son delitos menores. Esto se opone a un cargo de felony o una infracción.
La negligencia de los niños es punible con:
- custodia en una cárcel del condado por un máximo de un año, y/o
- una multa máxima de $2,000.
Un juez puede otorgar probación por delito menor (o resumen) en lugar de tiempo de prisión.
Nuestros abogados de defensa penal de California discutirán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Qué se considera negligencia infantil en California?
- 2. ¿Hay defensas para el Código Penal 270?
- 3. ¿Puedo ir a la cárcel por negligencia infantil?
- 4. ¿Hay consecuencias migratorias?
- 5. ¿Puedo obtener una condena desestimada?
- 6. ¿Afecta una condena los derechos de portar armas?
- 7. ¿Pueden los Servicios de Protección Infantil retirar a un niño negligenciado?
- 8. ¿Hay delitos relacionados?
1. ¿Qué se considera negligencia infantil en California?
Un fiscal debe probar lo siguiente para condenarlo por negligencia infantil:
- usted era el padre de un menor,
- usted no proporcionó una necesidad para ese menor, y
- la falta de proporcionar fue intencional y sin excusa legal.1
Una “necesidad” bajo esta ley incluye necesidades básicas como:
- ropa,
- comida,
- refugio,
- atención médica / atención de salud / atención dental, y
- atención remedial (como ayuda de una religión oficial).2
Tenga en cuenta que “intencionalmente“, como se usa arriba, significa cuando usted comete un acto:
- voluntariamente, o
- a propósito.3
Una “intencional” falta de hacer algo contrasta con algo que se hace negligentemente.
A menudo surgen preguntas bajo estas leyes sobre el significado del uso de la ley de:
- “menor” y “padre”, y
- “excusa legal”.
1.1. Menor y padre
Un menor, con fines de esta ley, es una persona menor de 18 años.4
Tenga en cuenta que la ley también protege a los niños no nacidos. Esto significa:
- los padres de un niño no nacido están obligados a,
- proporcionar las necesidades para ese niño.5
“Padre” se define de manera bastante amplia en el PC 270. Incluye a todos:
- los padres legales de los niños,
- los padres adoptivos,
- los padres de acogida,
- y otros que se presentan como padres.6
También incluye:
- al marido de cualquier mujer que de a luz a un bebé,
- mientras el marido esté viviendo con ella.7
Un padre no incluye:
- a alguien que ya no tiene ningún derecho o obligación parental en relación con el menor,
- debido a una declaración judicial.8
Un ejemplo es un antiguo padre de acogida o cuidador, como una niñera.
1.2. Excusa legal
El Código Penal 270 requiere que usted como padre:
- haga todo lo razonable,
- para proporcionar necesidades a sus hijos menores.9
Tiene una excusa legal por no hacerlo si:
- sin culpa suya,
- no puede ganar suficiente dinero, y
- no tiene otros ingresos o activos para pagar las necesidades del niño.10
No es una excusa legal si:
- no puede proporcionar necesidades porque
- ha elegido gastar el dinero de manera irrazonable en otras cosas o no ha buscado trabajo diligentemente.
Ejemplo: Mark es un padre soltero que vive de cheque en cheque. De repente pierde su trabajo y no tiene otra fuente de ingresos. Después de unas semanas de desempleo, no alimenta adecuadamente a su hija de siete años.
Aquí, la policía no debería arrestar a Mark por negligencia. Tiene una excusa legal porque perdió su trabajo sin culpa propia y no tenía otra fuente de ingresos. Sería culpable, sin embargo, si mantenía su trabajo pero no proporcionaba alimentos porque gastó sus ganancias en pagos de automóviles caros, ropa cara o uso de sustancias ilegales.
Note that:
- la ley presume que no hay excusa legal, y
- usted tiene la carga de probar lo contrario.11
Tenga en cuenta que aunque la negligencia de un niño es diferente del abuso sexual, abuso emocional, violencia doméstica o abuso y maltrato físico, la negligencia puede afectar negativamente la salud y el bienestar del niño y tener un efecto perjudicial en la salud mental y el bienestar del niño.
La falta de supervisión y apoyo emocional y otros tipos de maltrato por parte de los miembros de la familia pueden ser factores de riesgo para que el niño desarrolle enfermedades mentales, problemas de abuso de sustancias y otros trastornos.
2. ¿Hay defensas para 270 PC?
Puede intentar vencer un cargo de negligencia con una buena defensa legal.
Tres defensas comunes son:
- sin acto voluntario,
- excusa legal, y/o
- acusado falsamente.
2.1. Sin acto voluntario
Recuerde que solo es culpable bajo el Código Penal 270 si intencionalmente no proporciona una necesidad. Esto significa que es una defensa decir que:
- mientras no proporcionaba una necesidad,
- no lo hizo a propósito.
Tal vez, por ejemplo, de repente perdió un trabajo y no tenía dinero.
2.2. Excusa legal
También recuerde que no es un delito bajo estas leyes si:
- usted proporcionaba una necesidad, pero
- tenía una excusa legal para esa falla.
Una excusa legal, por lo tanto, puede formar una defensa válida. Tal vez, por ejemplo, estuvo involucrado en un horrible accidente y no pudo proporcionar un cuidado adecuado a su hijo durante unas semanas.
2.3. Acusado falsamente
Las acusaciones falsas son comunes bajo estas leyes. Puede ser que su co-padre culpe falsamente por no mantener a su hijo a salvo porque
- querían más dinero después de un divorcio, o
- estaban celosos o buscaban venganza.
Es una defensa, entonces, para que digas que fuiste injustamente acusado.
3. ¿Puedo ir a la cárcel por negligencia infantil?
La negligencia infantil puede traer penalidades administrativas y criminales. La mayoría de las violaciones del Código Penal 270 son delitos menores.
La ofensa es castigable con:
- custodia en la cárcel del condado por hasta un año, y/o
- una multa máxima de $2,000.12
En casos raros, el Código Penal 270 puede ser castigado como una felonía. Esto sucede si no proporcionas cuidado después de que un tribunal decida que eres un padre.13 Esto sucedería, por ejemplo, si:
- el juez en un juicio de paternidad determinó que un hombre era el padre de un menor, y
- el padre aún se negó a proporcionar necesidades para el niño.
Como felonía, el abandono infantil puede ser castigado con:
- hasta un año en la cárcel del condado, o
- un año más un día en la prisión estatal, y/o
- una multa de hasta $2,000.14
4. ¿Hay consecuencias migratorias?
Una condena bajo estas leyes generalmente no dañará su estatus migratorio.
A veces, un no ciudadano puede ser:
- deportado, o
- marcado como inadmisible
después de ser condenado por un delito de California.
Un ejemplo es cuando un no ciudadano es condenado por un delito que involucra turpitud moral.
Las violaciones de PC 270, sin embargo, no son este tipo de delito.
5. ¿Puedo obtener una condena expuesta?
Puedes obtener una expulsión si te condenan por abandono infantil.
Una expulsión es favorable ya que:
- elimina muchas de las dificultades,
- asociadas con una condena.
Un juez otorgará la expulsión si completa exitosamente:
- la libertad condicional, o
- su término de prisión (lo que sea impuesto).
6. ¿Afecta una condena los derechos de armas?
Una condena bajo el 270 PC solo afectará sus derechos de armas si es por felonía de abandono infantil.
La ley de California dice que los convictos delincuentes no pueden:
- poseer un arma, o
- poseer un arma.
Tenga en cuenta, sin embargo, que una condena por negligencia de delito menor no afectará sus derechos de armas.
7. ¿Pueden los Servicios de Protección Infantil retirar a un niño negligenciado?
Los Servicios de Protección Infantil de California (CPS) pueden retirar a un niño si es negligenciado.
La ley establece que la retirada está permitida en casos de abuso infantil. Según CPS, el abuso ocurre si:
- un niño es negligenciado por un padre o cuidador,
- quien no proporciona alimentación adecuada, ropa, alojamiento, atención médica o supervisión.15
Antes de la retirada, CPS intentará proporcionar apoyo para mantener al niño en el hogar de la familia.
Pero si se determina que:
- el niño no puede permanecer en el hogar,
- incluso después de haber recibido apoyo,
se organiza una colocación en un hogar de acogida.
8. ¿Hay delitos relacionados?
Hay tres cargos penales relacionados con las leyes de negligencia infantil. Estos son:
- abuso infantil – PC 273d,
- exponer a un niño a peligro – PC 273a, y
- incumplimiento de la supervisión de la asistencia escolar del niño – PC 270.1a.
8.1. Abuso infantil – PC 273d
El Código Penal 273d PC es la ley de California contra el abuso infantil. Esta sección hace que sea un delito:
- imposición de lesiones físicas, o
- castigo cruel
en un niño.
El castigo corporal razonable y de buena fe es legal.
Tenga en cuenta que el abandono infantil no requiere ningún tipo de lesión física en un niño o desfiguración.
8.2. Exponer a un niño a peligro – PC 273a
Código Penal 273a PC es la ley penal de California sobre el “exponer a un niño a peligro”. Se castiga exponer intencionalmente a un niño a:
- dolor,
- sufrimiento, o
- peligro.
Tenga en cuenta que:
- esta estatuta castiga la posibilidad de daño a un niño,
- mientras que el PC 273d castiga el daño real a un niño.
8.3. Incumplimiento de la supervisión de la asistencia escolar del niño – PC 270.1a
Código Penal 270.1 (a) PC es la ley de ausentismo escolar de California que lo convierte en un delito si:
- un padre o tutor,
- proporciona una supervisión inadecuada de la asistencia escolar de un “niño”.
Un “niño” para los propósitos de esta sección es un menor de seis años y en los grados desde kindergarten hasta 8º grado.
Recursos adicionales…
También vea la Agencia de Salud y Servicios Humanos de California (chhs.ca.gov), Servicios de Protección Infantil, Información de la Puerta de Entrada de la Protección Infantil y Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos – Oficina de Niños.
Informe el abuso infantil en la Línea Nacional de Abuso Infantil.
Para obtener información sobre cargos de abandono infantil en Nevada y Colorado, consulte nuestros artículos sobre:
- “Leyes de abuso infantil, abandono y exposición a peligro en Nevada (NRS 200.508)”, y
- “Leyes de abuso infantil de Colorado 18-6-401 C.R.S.”
Referencias legales:
- CALCRIM No. 2981 – Incumplimiento. Instrucciones de Jurado de Delitos de California (edición 2017). Véase también In re Harris (1993) 5 Cal.4th 813; People v. Yushchuk (2018) 28 Cal. App. 5th 120; People v. Wilson (Cal. App. 4th Dist., 2015) 234 Cal. App. 4th 193.
- Vea lo mismo.
- Vea lo mismo.
- Vea lo mismo.
- Código de Familia de California 7822.
- Código de Familia de California 7540.
- Código de Familia de California 7541.
- Código de Familia de California 7822.
- CALCRIM No. 2981 – Incumplimiento. Véase también People v. Caseri (1933) 129 Cal.App. 88.
- CALCRIM No. 2981 – Incumplimiento. Véase también People v. Wallach (1923) 62 Cal.App. 385.