Código de Vehículos § 2800 CVC lo convierte en un delito menor no cumplir o negarse a cumplir con una orden o dirección legal de cualquier oficial de paz. Una condena es castigable con hasta seis meses en cárcel del condado.
Tenga en cuenta que la policía a menudo escribirá esta sección como 2800 VC o 2800 CVC como abreviatura del Código de Vehículos de California.
El lenguaje de la ley establece que:
2800. (a) Es ilegal no cumplir o negarse a cumplir voluntariamente con una orden, señal o dirección legal de un oficial de paz, según se define en el Capítulo 4.5 (comenzando con la Sección 830) del Título 3 de la Parte 2 del Código Penal, cuando ese oficial de paz está en uniforme y está realizando deberes de conformidad con cualquiera de las disposiciones de este código, o negarse a someterse a una inspección legal de conformidad con este código.
(b) (1) Excepto según lo autorizado en la Sección 24004, es ilegal no cumplir o negarse a cumplir con una orden legal de fuera de servicio emitida por un empleado autorizado del Departamento de la Patrulla de Carreteras de California o por un oficial de cumplimiento autorizado según se describe en la subdivisión (d).
(2) Es ilegal para un conductor que transporte materiales peligrosos en un vehículo comercial que esté obligado a mostrar una placa de identificación de conformidad con la Sección 27903 violar el párrafo (1).
(3) Es ilegal para un conductor de un vehículo diseñado para transportar 16 o más pasajeros, incluido el conductor, violar el párrafo (1).
(c) Es ilegal no cumplir o negarse a cumplir con una orden legal de fuera de servicio emitida por el Secretario de Transporte de los Estados Unidos.
(d) “Orden de fuera de servicio” significa una declaración de un oficial de cumplimiento autorizado de una jurisdicción federal, estatal, canadiense, mexicana o local de que un conductor, un vehículo comercial o una operación de transportista están fuera de servicio de conformidad con la Sección 386.72, 392.5, 392.9a, 395.13 o 396.9 del Título 49 del Código de Regulaciones Federales, la ley estatal o los Criterios Estándar Norteamericanos de Fuera de Servicio.
Ejemplos
- huir después de que un oficial de policía le diga que se quede quieto.
- no cumplir con la orden de un oficial de paz de salir de un vehículo motorizado.
- conducir a través de un área de emergencia que está cerrada por la policía.
Defensas
Los abogados de defensa penal recurren a varias estrategias legales para ayudarlo a impugnar los cargos bajo esta ley. Algunas comunes incluyen abogados que demuestran que:
- no actuó voluntariamente,
- el oficial de cumplimiento no estaba realizando sus deberes oficiales cuando dio una orden, y/o
- actuó por necesidad.
Sanciones
Desobedecer a un oficial de policía es un delito menor en California (en lugar de una infracción o un delito grave).
El crimen es castigado por:
- custodia en la cárcel del condado por hasta seis meses, y/o
- una multa máxima de $1,000.
Nuestros abogados de defensa criminal de California destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Cuándo es un crimen desobedecer a un oficial de policía?
- 2. ¿Existen defensas legales para los cargos de VC 2800?
- 3. ¿Cuáles son las sanciones?
- 4. ¿Existen delitos relacionados?
El Código de Vehículos 2800 VC hace que sea un crimen negarse o no cumplir voluntariamente con una orden o dirección legal de cualquier oficial de paz.
1. ¿Cuándo es un crimen desobedecer a un oficial de policía?
Un fiscal de distrito debe demostrar lo siguiente para condenarlo con éxito bajo esta ley:
- usted voluntariamente se negó o no cumplió con la orden, señal o dirección legal de un oficial de policía, y
- el oficial estaba en su uniforme distintivo y cumpliendo con sus deberes en el momento de la orden.1
También es una violación de tráfico bajo esta ley si se niega a cumplir con una orden legal fuera de servicio emitida por un miembro de la Patrulla de Carreteras de California o por una agencia de aplicación de la ley autorizada.2
Los oficiales de policía emiten una orden fuera de servicio si su vehículo se considera inseguro para operar o no está equipado adecuadamente.
2. ¿Existen defensas legales para los cargos de VC 2800?
Usted tiene el derecho de impugnar los cargos bajo esta ley con una defensa legal. Tenga en cuenta que una defensa exitosa debe convencer a un juez o jurado de que existe una duda razonable de que usted cometió un crimen.
Tres defensas comunes a los cargos de VC 2800 incluyen demostrar que:
- usted no actuó voluntariamente.
- el oficial de paz no estaba cumpliendo con sus deberes.
- usted actuó por necesidad.
2.1 No hay un acto intencional
Desobedecer a un oficial es un delito de intención específica. Esto significa que debe haber actuado voluntariamente para ser declarado culpable bajo esta ley. Una defensa, entonces, es que usted demuestre que no actuó con un propósito voluntario. Por ejemplo, no desobedece voluntariamente una orden si no la escuchó o si estaba confundido por la dirección.
2.2 Oficial que no cumple con sus deberes
Recuerde que solo es culpable bajo esta sección del código si el oficial que emitió una orden estaba:
- en uniforme, y
- cumpliendo con sus deberes.
Por lo tanto, siempre es una defensa que demuestre que el oficial que emitió una orden no lo hizo en el curso de su trabajo (por ejemplo, un oficial dio una orden mientras estaba fuera de servicio).
2.3 Necesidad
Bajo una defensa de necesidad, esencialmente intenta evitar la culpa demostrando que tenía una razón suficientemente buena para cometer el crimen. En el contexto de un “cargo de desobediencia de una orden”, podría intentar demostrar que cometió el crimen porque no tenía otra opción (por ejemplo, debido a una emergencia).
Una violación del VC 2800 puede resultar en tiempo en la cárcel.
3. ¿Cuáles son las sanciones?
Una violación del Código de Vehículos 2800 es un delito menor.
El crimen es castigable por:
- tiempo en la cárcel de hasta seis meses (en lugar de tiempo en prisión estatal), y/o
- una multa máxima de $1,000.3
Tenga en cuenta que un juez tiene la discreción de otorgarle libertad condicional por delito menor (o resumen) en lugar de tiempo en la cárcel.
4. ¿Existen delitos relacionados?
Hay tres leyes relacionadas con VC 2800. Estas son:
- evadir a la policía en un vehículo – VC 2800.1,
- evadir imprudentemente – VC 2800.2, y
- resistir el arresto – PC 148
4.1 Evadir a la policía en un vehículo – VC 2800.1
De acuerdo con el Código de Vehículos 2800.1 VC, evadir a la policía en un vehículo es el delito en el que:
- huye voluntariamente de un oficial de policía, y
- lo hace cuando el oficial lo está persiguiendo en un vehículo motorizado de un oficial de policía, un vehículo motorizado de un oficial de paz, un vehículo de policía o en una bicicleta.4
Al igual que desobedecer a un oficial, este delito se acusa como un delito menor. A veces se le llama “evadir delito menor”.
4.2 Evadir imprudentemente – VC 2800.2
De acuerdo con el Código de Vehículos 2800.2 VC, evadir imprudentemente es el delito en el que:
- evade a la policía en un vehículo, y
- lo hace mientras conduce de manera imprudente o con un desprecio voluntario o temerario por la seguridad de las personas o la propiedad.5
A diferencia de las violaciones bajo VC 2800, las violaciones bajo esta estatua son delitos mixtos. Un delito mixto es un delito que un fiscal puede acusar como un delito menor o un delito grave.
Los delitos menores bajo VC 2800.2 pueden resultar en hasta un año en la cárcel del condado.
Los delitos graves pueden resultar en hasta tres años en prisión estatal.
4.3 Resistir el arresto – PC 148
De acuerdo con el Código Penal 148 PC, resistir el arresto es cuando usted resiste, retrasa u obstruye voluntariamente a los oficiales de la ley o a los técnicos médicos de emergencia en el desempeño de sus deberes oficiales.6
Al igual que con VC 2800, PC 148 solo prohíbe actos voluntarios. Esto significa que puede impugnar un cargo demostrando que no actuó voluntariamente.
Referencias legales:
- Código de Vehículos de California 2800a VC. Vea también People v. McHugh (2004) 119 Cal.App.4th 202; People v. Ritter (Cal. App. Dep’t Super. Ct. 1980), 115 Cal. App. 3d Supp. 1; McCorkle v. Los Angeles (Cal. 1969), 70 Cal. 2d 252, 74 Cal. Rptr. 389.
- Código de Vehículos de California 2800b1 VC.
- Código Penal de California 19 PC.
- Código de Vehículos de California 2800.1 VC.
- CALCRIM 2181 – Evadir a un oficial de paz.
- Código Penal de California 148 PC.