Código de Salud y Seguridad de California § 11378 HS lo convierte en un delito felonía poseer metanfetamina con la intención de vender la droga. Conlleva hasta 3 años de prisión y/o multas de hasta $10,000.
Ejemplos de violaciones de 11378 HS incluyen:
- llevar bolsas de metanfetamina en una mochila con el propósito de venderla a alguien.
- conducir un automóvil a un “punto de venta” con metanfetamina en el maletero del vehículo.
- almacenar tabletas de metanfetamina en un armario durante unos días antes de completar una venta.
En este artículo, nuestros abogados defensores penales de California explican lo que necesita saber sobre las leyes de posesión de metanfetamina con la intención de vender.
1. Elementos de 11378 HS
Para que sea condenado por poseer metanfetamina con la intención de venderla, los fiscales deben probar más allá de una duda razonable los siguientes cuatro elementos de las Instrucciones del Jurado Penal de California (“CALCRIM”) 2302:
- usted poseía ilegalmente metanfetamina,
- usted sabía de la presencia de la droga,
- usted sabía de la naturaleza o carácter de la sustancia como una sustancia controlada, y
- cuando poseía la sustancia controlada, tenía la intención de venderla.1
Tenga en cuenta que 11378 HS también hace ilegal poseer para la venta cualquier sustancia controlada no narcótica, incluyendo estimulantes, “drogas de fiesta” y esteroides ilegales.2
Además, los profesionales médicos (como farmacéuticos o veterinarios) que venden metanfetamina de acuerdo con la ley estatal y federal no violan 11378 HS.
Significado de “posesión”
No es necesario que tenga o toque una droga para poseerla. Es suficiente si tiene control sobre ella, ya sea personalmente o a través de otra persona.3
Por ejemplo, posee metanfetamina incluso si la guarda en su armario, el maletero de su automóvil o una instalación de almacenamiento que alquila.
Cantidad de metanfetamina necesaria
Para ser culpable bajo 11378 HS, debe poseer suficiente metanfetamina para que pueda ser utilizada como una sustancia controlada. Esto no significa que tenga que poseer una gran cantidad de metanfetamina para que alguien pueda drogarse.4
Más bien, tiene que haber suficiente droga para que pueda ser utilizada de la manera en que alguien normalmente usaría la metanfetamina (por ejemplo, fumándola, inhalándola, tragándola, etc.).5
La falta de intención de vender es una defensa contra los cargos de 11378 HS.
2. Defensas
Aquí en el Grupo de Leyes de Shouse, hemos representado literalmente a miles de personas acusadas de delitos de drogas, incluida la posesión de metanfetamina para la venta. En nuestra experiencia, las siguientes tres defensas han demostrado ser muy efectivas con los fiscales, jueces y jurados para reducir o desestimar estos casos.
- No tenías la intención de vender. La evidencia típica de la intención de vender metanfetamina incluye que tengas dinero en efectivo, un arma de fuego, balanzas, bolsas y grandes cantidades de drogas. Si los fiscales carecen de dicha evidencia, pueden aceptar reducir su cargo a posesión para uso personal bajo 11377 HS, que generalmente es solo un delito menor.
- No sabías que las drogas estaban allí. Tal vez alguien te haya plantado las drogas sin tu conocimiento, o tal vez pertenecían a otra persona. Siempre y cuando no hayas ejercido control real o constructivo sobre las drogas, no puedes ser condenado por posesión de ellas para la venta o para uso personal.
- Las drogas se encontraron a través de una búsqueda ilegal. Si la policía encontró la metanfetamina violando sus derechos de la Cuarta Enmienda contra búsquedas y confiscaciones irrazonables, le pediríamos al tribunal que desestime (“suprima“) todas las pruebas obtenidas ilegalmente. Si el tribunal está de acuerdo, el fiscal puede quedarse con muy pocas pruebas para continuar procesándolo.6
Violar 11378 HS conlleva hasta 3 años de cárcel.
3. Penas
La posesión de metanfetamina con la intención de vender es un delito grave en California que conlleva:
- 16 meses, 2 años o 3 años de cárcel y/o
- hasta $10,000.7
No eres elegible para diversión de drogas (tratamiento de drogas) en lugar de tiempo en la cárcel por condenas de 11378 HS. Además, puede recibir un tiempo de cárcel mejorado si:
- violaste la ley en los terrenos de un centro de tratamiento de drogas, un centro de “desintoxicación” o un refugio para personas sin hogar,8
- tenías más de un kilogramo de metanfetamina en tu posesión,9 o
- usaste la ayuda de un menor para violar la ley o tenías la intención de vender metanfetamina a un menor.10
Tenga en cuenta que una condena por violar 11378 HS también podría llevar a la deportación para los no ciudadanos estadounidenses.
Otros nombres para la metanfetamina incluyen speed, crank, ice y chalk.
4. Delitos relacionados
- posesión de metanfetamina – 11377 HS
- transportar o vender metanfetamina – 11379 HS
- posesión de una sustancia controlada para la venta – 11351 HS
- conducir bajo la influencia de drogas – 23152f VC
- estar bajo la influencia de una sustancia controlada – 11550 HS
Recursos adicionales
Si está luchando con la adicción a las drogas, puede encontrar ayuda aquí:
- Narcóticos Anónimos (NA) – Un programa de 12 pasos para superar la adicción a las drogas.
- Administración de Servicios de Salud Mental y Abuso de Sustancias (SAMHSA) – Servicio de referencia de tratamiento las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
- Centros de Recuperación de América – Centros de tratamiento en siete estados.
- SMART Recovery – Terapia grupal para jóvenes que luchan con la adicción.
- Asociación para Terminar con la Adicción – Información sobre cómo encontrar tratamiento para la adicción a las drogas.
Referencias legales:
- CALCRIM No. 2302 – Posesión para la venta de sustancias controladas. Instrucciones del jurado penal del Consejo Judicial de California (edición de 2020). Ver también People v. Ramos (2016) 224 Cal.App.4th 99.
- California Health & Safety Code 11378 HS. El lenguaje de la sección del código es el siguiente:
Excepto como se proporciona en el Artículo 7 (comenzando con la Sección 4110) del Capítulo 9 de la División 2 del Código de Negocios y Profesiones, una persona que posee para la venta una sustancia controlada que cumple con cualquiera de los siguientes criterios será castigada con prisión de acuerdo con la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal: (1) La sustancia está clasificada en el Anexo III, IV o V y no es una droga narcótica, excepto la sustancia especificada en la subdivisión (g) de la Sección 11056. (2) La sustancia está especificada en la subdivisión (d) de la Sección 11054, excepto los párrafos (13), (14), (15), (20), (21), (22) y (23) de la subdivisión (d). (3) La sustancia está especificada en el párrafo (11) de la subdivisión (c) de la Sección 11056. (4) La sustancia está especificada en el párrafo (2) o (3) de la subdivisión (f) de la Sección 11054. (5) La sustancia está especificada en la subdivisión (d), (e) o (f), excepto el párrafo (3) de la subdivisión (e) y los subpárrafos (A) y (B) del párrafo (2) de la subdivisión (f), de la Sección 11055. (Enmendado por Estadísticas. 2013, Ch. 76, Sec. 110. (AB 383) Efectivo el 1 de enero de 2014.)
Ver también People v. Washington (2021) 61 Cal.App.5th 776. Ver también, por ejemplo, People v. Superior Court (Vandenburgh) (Cal.App. 2025) .
- CALCRIM No. 2302. Para una discusión de la posesión simple vs. la posesión constructiva, ver People v. Barnes (1997) 57 Cal.App.4th 552.
- People v. Leal (1966) 64 Cal.2d 504.
- People v. Rubacalba (1993) 6 Cal.4th 62.
- Ver, por ejemplo, People v. Zabala (2018) 19 Cal.App.5th 335. California Penal Code 1538.5 PC.
- California Health and Safety Code 11378 HS. Ver también California Penal Code 1170h PC.
- California Health and Safety Code 11380.7 HS.
- California Health and Safety Code 11370.4 HS.
- California Health and Safety Code 11353 HS.