Las Estatutos Revisados de Colorado § 18-3-208 definen el peligro imprudente como “conducta que crea un riesgo sustancial de lesión corporal grave a otra persona“. El delito es un delito de clase 2 sancionable con hasta 120 días de prisión y/o hasta $750 en multas.
Una defensa común es que el incidente fue un accidente.
En este artículo, nuestros abogados de defensa penal de Denver, Colorado responden las siguientes preguntas sobre las leyes de peligro imprudente de Colorado:
- 1. ¿Qué es el peligro imprudente en Colorado?
- 2. ¿Cuáles son las penas bajo el CRS 18-3-208?
- 3. ¿Cómo puede ayudar un abogado de defensa?
- 4. ¿Es deportable?
- 5. ¿Se puede sellar el registro criminal?
El peligro imprudente es actuar de manera extremadamente descuidada, y crea un riesgo que podría dañar a otras personas.
1. ¿Qué es el peligro imprudente en Colorado?
Peligro imprudente es cuando una persona imprudentemente participa en una conducta que crea un riesgo sustancial de lesión corporal grave a otra.1
Un ejemplo es descartar un cigarrillo encendido sobre un montón de hierba seca frente a una casa ocupada. Dejar caer el cigarrillo sobre la hierba seca es imprudente ya que hay un gran riesgo de que comience un incendio. Y es una amenaza porque el fuego podría lastimar seriamente a los ocupantes dentro de la casa.
1.1. Imprudencia
Conducta imprudente es una desviación grave de la norma de cuidado que una persona razonable ejercería. Las personas son imprudentes cuando conscientemente desestiman un riesgo significativo que ellos mismos crearon.
Para determinar si el comportamiento de un acusado fue imprudente, el jurado puede tener en cuenta tanto:
- El conocimiento y la experiencia personales del acusado (que es un estándar subjetivo), como
- Lo que una persona razonable habría entendido en las circunstancias (que es un estándar objetivo).2
1.2. Lesión corporal grave
Lesión corporal grave significa daño físico que implica un riesgo sustancial de muerte o cualquiera de las siguientes cosas:
- una desfiguración permanente grave,
- una pérdida o una disminución prolongada de la función de cualquier parte o órgano del cuerpo,
- fracturas, y/o
- quemaduras de segundo o tercer grado3
2. ¿Cuáles son las penas bajo el CRS 18-3-208?
Como delito de segundo grado, el peligro imprudente conlleva la siguiente pena:
- Hasta 120 días de prisión, y/o
- Hasta $750 en multas4
Sin embargo, la sentencia de prisión máxima aumenta a un (1) año de prisión si ambas cosas:
- La víctima era un profesional de la salud mental, y
- La víctima estaba de servicio en el Departamento de Servicios Humanos5
El accidente es una defensa para los cargos de CRS 18-3-208.
3. ¿Cómo puede ayudar un abogado defensor?
Defensas contra los cargos de peligro imprudente dependen de los hechos específicos del caso. Cinco defensas comunes a menudo incluyen (pero no se limitan a):
- El comportamiento del acusado fue accidental, por lo que las acciones del acusado no llegaron al nivel de imprudencia;
- No había riesgo de lesión corporal grave por el comportamiento del acusado;
- El acusado no era consciente de que su comportamiento estaba creando un riesgo sustancial, y una persona razonable en la misma situación no habría sido consciente del riesgo;
- El acusado fue acusado falsamente; y/o
- Los agentes de policía cometieron una conducta inapropiada, como tentativa, una búsqueda y detención ilegal, o la coacción de una confesión.
La legítima defensa no es una defensa válida para los cargos de peligro imprudente. La legítima defensa requiere que una persona actúe justificadamente, mientras que la imprudencia requiere que una persona actúe con descuido consciente de un riesgo injustificable. Son estados de ánimo incompatibles.6
4. ¿Es deportable?
La ley es poco clara sobre si una condena por peligro imprudente califica como un delito deportable. Cualquier no ciudadano que enfrente cargos criminales debe contratar inmediatamente a un abogado. El abogado puede persuadir al fiscal del distrito para que desestime o reduzca la acusación a un delito no deportable. Aprenda más sobre la defensa penal de inmigrantes.
5. ¿Se puede sellar el registro criminal?
Sí. Las condenas por peligro imprudente pueden sellarse dos (2) años después de que finalice el caso. Pero no hay espera para presentar una petición para sellar si la acusación se desestima.7 Aprenda sobre cómo obtener un sello de registro criminal en Colorado.
Llame a nuestra firma de abogados para obtener consejos legales sobre su caso penal. Nuestros abogados de defensa penal ofrecen consultas gratuitas.
Nuestros abogados de peligro imprudente discutirán con usted cómo podemos lograr el mejor resultado posible en su caso de derecho penal. Asistimos a clientes en todo el estado, incluyendo Denver, el condado de Douglas, Colorado Springs, Arapahoe, Boulder y más.
Nuestras áreas de práctica incluyen todos los delitos de C.R.S., incluyendo violencia doméstica, DUI, DWAI, abuso infantil, homicidio vehicular, robo de vehículo, daños a la propiedad, delitos sexuales, resistencia a la detención por un oficial de paz, extorsión de primer grado, segundo grado y tercer grado, y más. Contáctenos por teléfono, a través de nuestro formulario de contacto o podemos reunirnos en nuestra oficina de abogados en Denver:
Grupo de Defensa Legal de Colorado
4047 Tejon Street
Denver CO 80211
También vea nuestros artículos relacionados sobre manejo imprudente (CRS 42-4-1401), disparar desde una carretera pública (CRS 33-6-126) y leyes de fuegos artificiales de Colorado (CRS 12-28-110).
¿En California? Vea nuestro artículo ¿Es el peligro imprudente un delito en California?
¿En Nevada? Vea nuestro artículo sobre peligro imprudente (NRS 202.595).
Descargo de responsabilidad: Los resultados pasados no garantizan resultados futuros.
Referencias Legales
- C.R.S. 18-3-208.
- Gente v. Hall (2000) 999 P.2d 207.
- Estatuto Revisado de Colorado 18-1-901(3)(p).
- CRS 18-3-208; vea también Gente v. Berner (Colo. App. 1979) 42 Colo. App. 520, 600 P.2d 112; Gente v. Cauley (Colo. App. 2001) 32 P.3d 602; Gente v. Hall (Colo. App. 2002) 59 P.3d 298.
- CRS 18-3-208; CRS 18-1.3-501. Antes del 1 de marzo de 2022, el peligro imprudente era un delito de clase 3 con una pena de hasta 6 meses de prisión y/o multas de $50 a $750. SB21-271.
- Gente v. Pickering (2011) 276 P.3d 553.
- CRS código penal 24-72-703 – 708.