Bajo el Estatuto Revisado de Colorado § 18-8-105 C.R.S., usted es un cómplice de un delito si conscientemente protege a un criminal para que no sea atrapado, arrestado, condenado o sentenciado. Esto también se llama ser un cómplice después del hecho.
Los cuatro elementos del delito que los fiscales de Colorado deben probar más allá de toda duda razonable para condenarlo por ser un cómplice son:
- Ocurrió un delito;
- Usted asistió al “principal” (la persona que cometió el delito);
- Sabía que el principal cometió el delito o es un sospechoso; y
- Tenía la intención de prevenir o retrasar que las autoridades atraparan y procesaran al principal.
Específicamente, es un delito grave actuar como cómplice de alguien que cometió un delito grave. Mientras tanto, actuar como cómplice de alguien que cometió un delito menor es una falta menor.

Ejemplos de ser un cómplice de un delito incluyen:
- Ocultar (esconder) a un sospechoso de atropello y fuga y a cualquier testigo en su casa;
- Advertir a un prisionero fugado que hay policías cerca para que el fugitivo pueda intentar escapar;
- Dar a un fugitivo dinero en efectivo, una peluca, un arma y un boleto de avión para ayudarle a evitar el arresto;
- Proporcionar información falsa a las autoridades sobre el paradero de un ladrón para despistarlos; o
- Esconder el arma de fuego de un sospechoso de asesinato en primer grado en su caja fuerte para que los agentes no puedan encontrarla.
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal en Denver discuten los siguientes temas relacionados con los cómplices en la ley de Colorado:
- 1. Intención criminal
- 2. Prestar asistencia
- 3. Cómplice vs Acusado
- 4. Penalizaciones
- 5. Defensas
- 6. Consecuencias migratorias
- 7. Sellado de antecedentes
- 8. Preguntas frecuentes
- Recursos adicionales
1. Intención criminal
El elemento clave para ser un cómplice en Colorado es que usted sabe que el presunto criminal violó la ley y lo ayudó intencionalmente a escapar de la justicia. Sin embargo, si sabía de un delito pero no hizo nada para ayudar al sospechoso, no es un cómplice.1
En resumen, el “mero silencio” no equivale a actuar como cómplice: debe hacer algo en un intento de prevenir
- un arresto,
- una condena, o
- el encarcelamiento.
Tenga en cuenta que puede ser condenado por ser cómplice incluso si el autor real nunca es atrapado, acusado, condenado o sentenciado por el delito subyacente. Esto difiere de la regla original del derecho común de Colorado, que requería que los criminales fueran condenados antes de que sus cómplices pudieran ser acusados.2
El CRS 18-8-105 prohíbe dar dinero para ayudar a un fugitivo a huir.
2. Prestar asistencia
El otro elemento clave para ser un cómplice en Colorado es que prestó asistencia al principal después de que ocurrió el delito. “Prestar asistencia” significa que usted:
- albergó o escondió al principal, víctima o testigo del delito;
- advirtió al principal sobre un descubrimiento o arresto inminente (a menos que intentara que cumpliera con la ley);
- proporcionó al principal dinero, transporte, un arma, un disfraz u otra cosa para evitar ser descubierto o capturado;
- usó fuerza, intimidación o engaño para obstruir a alguien en la realización de cualquier acto que pudiera ayudar en el descubrimiento, arresto, procesamiento, condena o castigo del principal; o
- ocultó, destruyó o alteró cualquier evidencia física o testimonial que pudiera ayudar en el descubrimiento, arresto, procesamiento, condena o castigo del principal.3
3. Cómplice vs Acusado
Un acusado en Colorado es alguien que ayuda a otra persona (“el principal”) a cometer un delito. Esto también se llama ayudar e instigar en la comisión del delito.
En contraste, un cómplice es alguien que ayuda al presunto criminal después de que el delito ya ha sido cometido. De ahí la expresión: cómplice después del hecho.
Ejemplo: Max roba una joyería, y Jack es su conductor de fuga. Después de que se van, van a la casa de su amigo Frank, donde Frank acepta esconderlos de la policía. Aquí, Jack es un acusado porque está ayudando a Max a cometer el robo. Mientras tanto, Frank es un cómplice porque está ayudando a Max y Jack a evitar a la policía después de que se cometió el delito.
Tenga en cuenta que los fiscales presentan los mismos cargos contra acusados y principales. En contraste, los cómplices usualmente reciben cargos menores que los criminales a quienes supuestamente ayudaron.4
4. Penalizaciones
El castigo en Colorado por actuar como cómplice depende del delito que cometió el presunto criminal. Cuanto más grave sea el delito subyacente, más graves serán las penalizaciones por ser cómplice.
Ser un cómplice de un delito menor es una falta menor en Colorado. Esto conlleva hasta 10 días en la cárcel y/o $300 en multas.
Ser un cómplice de un delito grave de clase 6 es un delito grave de clase 6 en Colorado. Esto conlleva de un año a 18 meses en la prisión estatal de Colorado (más un año de libertad condicional obligatoria) y/o multas de $1,000 a $100,000.
Ser un cómplice de un delito grave de clase 5, clase 4 o clase 3 es un delito grave de clase 5 en Colorado. Esto conlleva de uno a tres años en prisión (más dos años de libertad condicional obligatoria) y/o multas de $1,000 a $100,000.
Ser un cómplice de un delito grave de clase 2 o delito grave de clase 1 en Colorado es:
- delito grave de clase 5 si la otra persona es solo sospechosa o buscada por cometer el delito de clase 1 o 2. Enfrenta de uno a tres años en prisión (más dos años de libertad condicional obligatoria) y/o multas de $1,000 a $100,000; o
- delito grave de clase 4 si la otra persona ha cometido, ha sido condenada o está acusada del delito de clase 1 o 2. Enfrenta de dos a seis años en prisión (más tres años de libertad condicional obligatoria) y/o multas de $2,000 a $500,000.5
5. Defensas
Según nuestra experiencia en Colorado Legal Defense Group defendiendo cargos de cómplice, hemos encontrado que las siguientes tres defensas pueden ser muy efectivas para lograr que los casos se reduzcan o se desestimen:
- No prestó asistencia a la otra persona;6
- No sabía que la otra persona era sospechosa, acusada o condenada por un acto criminal; o
- No tenía la intención de obstaculizar, retrasar o prevenir el descubrimiento, detección, captura, procesamiento, condena o castigo de la otra persona.
Si surge alguna evidencia incriminatoria a través de una búsqueda y decomiso ilegal, puede pedir al tribunal que suprima esa evidencia obtenida ilegalmente. Si el tribunal está de acuerdo, entonces el fiscal podría tener que desestimar el caso por falta de prueba más allá de toda duda razonable.
Los cómplices típicamente enfrentan penalizaciones menores que los criminales a quienes intentan ayudar.
6. Consecuencias migratorias
Actuar como cómplice en ciertos casos puede calificar como un delito que involucra depravación moral, lo cual es motivo de deportación.7 Por lo tanto, los no ciudadanos acusados de ser cómplices deben buscar asesoría legal para combatir el cargo. Puede ser posible persuadir al fiscal para que reduzca o desestime el cargo.
Conozca sobre la defensa criminal de inmigrantes en Colorado.
7. Sellado de antecedentes
En Colorado, las condenas por ser cómplice de un delito grave pueden ser selladas de su historial criminal tres años después de que el caso termina. Las condenas por ser cómplice de una falta menor pueden ser selladas un año después de que el caso termina.
Si el cargo es desestimado – lo que significa que no hubo condena – entonces no hay período de espera antes de que pueda solicitar el sellado de antecedentes.8 Aprenda cómo sellar antecedentes penales en Colorado (lo cual es diferente de los perdones).
Las condenas por ser cómplice eventualmente pueden ser selladas en Colorado.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre ser cómplice y ser acusado de un delito?
Un acusado ayuda a alguien a cometer un delito mientras está ocurriendo (como ser conductor de fuga durante un robo). Un cómplice ayuda a alguien después de que el delito ya terminó (como esconderlo de la policía o darle dinero para huir). Los acusados enfrentan los mismos cargos que el criminal principal, mientras que los cómplices usualmente reciben penalizaciones menores.
¿Puedo ser acusado como cómplice si solo sabía de un delito pero no hice nada?
No, simplemente saber de un delito y permanecer en silencio no lo convierte en cómplice en Colorado. Debe ayudar activamente a la persona a evitar el arresto, procesamiento o castigo. Esto significa hacer cosas como esconderlos, advertirles sobre la policía, darles dinero o transporte, o destruir evidencia.
¿Qué penalizaciones enfrento si soy condenado por ser cómplice de un delito?
Las penalizaciones dependen del delito original. Si ayuda a alguien que cometió un delito menor, es una falta menor con hasta 10 días en la cárcel y/o $300 en multas. Si ayuda a alguien que cometió un delito grave, podría enfrentar de uno a seis años en prisión y multas que van de $1,000 a $500,000, dependiendo de la clase del delito grave.
¿Cuánto tiempo debo esperar para sellar una condena por ser cómplice en mi historial?
Puede solicitar el sellado de una condena por falta menor un año después de que su caso termina. Para condenas por delitos graves, debe esperar tres años. Si sus cargos fueron desestimados (sin condena), no hay período de espera y puede solicitar el sellado de inmediato.
Recursos adicionales
Para información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- Una encuesta de las exenciones para cómplices después del hecho – Dickinson Law Review.
- Exclusión de un cómplice después del hecho de una condena por delito grave con arma de fuego – Wayne Law Review.
- Partes en un delito – University of Pennsylvania Law Review.
- Exención para miembros de la familia para cómplices después del hecho – Journal of Family Law.
- Procedimiento penal – Evidencia – Testimonio de cómplice – El testimonio de cómplice después del hecho no necesita ser corroborado – St. Mary’s Law Review.
Referencias legales
- C.R.S. 18-8-105 – Cómplice de un delito.
(1) Una persona es cómplice de un delito si, con la intención de obstaculizar, retrasar o prevenir el descubrimiento, detección, captura, procesamiento, condena o castigo de otra por la comisión de un delito, presta asistencia a dicha persona.
(2) “Prestar asistencia” significa:
(a) Albergar o esconder al otro; o
(a.5) Albergar o esconder a la víctima o a un testigo del delito; o
(b) Advertir a dicha persona de un descubrimiento o captura inminente; excepto que esto no se aplica a una advertencia dada en un esfuerzo por lograr que dicha persona cumpla con la ley; o
(c) Proporcionar a dicha persona dinero, transporte, arma, disfraz u otra cosa para ser usada para evitar el descubrimiento o captura; o
(d) Mediante fuerza, intimidación o engaño, obstruir a cualquiera en la realización de cualquier acto que pueda ayudar en el descubrimiento, detección, captura, procesamiento, condena o castigo de dicha persona; o
(e) Ocultar, destruir o alterar cualquier evidencia física o testimonial que pueda ayudar en el descubrimiento, detección, captura, procesamiento, condena o castigo de dicha persona.
(3) Ser cómplice de un delito es un delito grave de clase 4 si el infractor sabe que la persona asistida ha cometido, ha sido condenada o está acusada mediante información pendiente, acusación o denuncia de un delito, y si ese delito está designado por este código como delito grave de clase 1 o clase 2.
(4) Ser cómplice de un delito es un delito grave de clase 5 si el infractor sabe que la persona asistida es sospechosa o buscada por un delito, y si ese delito está designado por este código como delito grave de clase 1 o clase 2.
(5) Ser cómplice de un delito es un delito grave de clase 5 si el infractor sabe que la persona asistida ha cometido, ha sido condenada o está acusada mediante información pendiente, acusación o denuncia de un delito, o es sospechosa o buscada por un delito, y si ese delito está designado por este código como un delito grave que no sea de clase 1 o clase 2; excepto que ser cómplice de un delito grave de clase 6 es un delito grave de clase 6.
(6) Ser cómplice de un delito es una falta menor si el infractor sabe que la persona asistida ha cometido, ha sido condenada o está acusada mediante información pendiente, acusación o denuncia de un delito, o es sospechosa o buscada por un delito, y si ese delito está designado por este código como un delito menor de cualquier clase. - Véase Roberts v. People (Colo. 1938) 87 P.2d 251. Howard v. People (Colo. 1935) 51 P.2d 594 (“En el derecho común se requería que la condena del principal precediera o acompañara a la de uno acusado como cómplice y el cómplice estaba sujeto al mismo castigo que el principal… Así, en el derecho común, el acusado debe haber prestado alguna asistencia a un delincuente, y esa asistencia debe haber sido tal que lo protegiera en cierta medida de la persecución, como, por ejemplo, ocultándolo en su casa, y similares.”). People v. Broom (Colo. App. 1990) 797 P.2d 754.
- Véase nota 1.
- Estatuto Revisado de Colorado 18-1-603.
- C.R.S. 18-8-105 subsecciones 3-6. Antes del 1 de marzo de 2022, ser cómplice de un delito menor era una falta menor de clase 1, con hasta 6 meses en la cárcel y/o hasta $500 en multas. SB21-271.
- Véase, por ejemplo, Lowe v. People (Colo. 1957) 309 P.2d 601.
- 8 USC 1227; véase, por ejemplo, Matter of Rivens (BIA, 2011) 25 I&N Dec. 623.
- C.R.S. 24-72-701–708.