Inmates que sirven una sentencia de prisión o cárcel en California pueden solicitar al gobernador que les conmute su sentencia. Una conmutación es un tipo de clemencia ejecutiva que reduce o elimina la sentencia de un preso.
Una conmutación del gobernador también puede hacer que un preso sea inmediatamente elegible para la libertad condicional. El Consejo de Audiencias de Libertad Condicional de California determinará entonces si el preso está listo para ser liberado.1
¿Quién es elegible para una conmutación?
Cualquier persona condenada por un delito en California es elegible para una conmutación (excepto los funcionarios gubernamentales que fueron destituidos).2
Tenga en cuenta que el gobernador de California no puede conmutar una sentencia si la condena fue por:
- Violación de la ley de otro estado o país,
- Violación de un delito federal, o
- Un delito militar.
Personas condenadas dos veces por un delito grave
Si el solicitante fue condenado por dos o más delitos graves, el gobernador no puede conmutar su sentencia a menos que la mayoría de los jueces de la Corte Suprema de California lo consientan.3
Pero el gobernador puede otorgar una conmutación por su cuenta a alguien condenado por cualquier número de delitos menores o un solo delito grave.
Independientemente de si se necesita el consentimiento de la corte o no, el preso debe presentar una solicitud de Clemencia Ejecutiva al gobernador para recibir una conmutación.
Para ayudarlo a comprender mejor cómo obtener una sentencia para una conmutación de condena, nuestros abogados de defensa penal de California discuten:
- 1. ¿Qué es una conmutación?
- 2. ¿Quién es elegible para obtener una conmutación de sentencia en California?
- 3. Factores que influyen en la conmutación de una sentencia
- 4. Cómo solicitar la conmutación de una sentencia en California
- 5. ¿Qué sucede después de que el gobernador reciba una solicitud de clemencia?
- 6. ¿Cómo afecta el “maltrato de pareja íntima” a una solicitud de clemencia?
- 7. ¿Cuánto cuesta solicitar una conmutación?
- 8. ¿Qué tan fácil es obtener una conmutación de sentencia en California?
- 9. ¿Cuánto tiempo toma una conmutación?
- 10. ¿Qué sucede si se concede mi solicitud de conmutación?
- 11. Ejemplos de sentencias que han sido conmutadas en California

La edad y la conducta de un recluso mientras está en prisión son factores que pueden ayudar al gobernador de California a decidir si otorga una conmutación (clemencia ejecutiva).
1. ¿Qué es una conmutación?
Una conmutación es una reducción o eliminación de la sentencia de un preso. No revierte una sentencia de culpabilidad ni restaura los derechos civiles perdidos como resultado de una condena.
Alguien con una condena puede ser capaz de restaurar algunos o todos los derechos civiles mediante:
- Un Certificado de Rehabilitación de California,
- Una Dismisión (expungement) de una condena, o
- Un Indulto del Gobernador de California.
Beneficios de una conmutación
Aunque una conmutación no restaura los derechos civiles, puede reducir una sentencia o permitir que un preso sea inmediatamente elegible para la libertad condicional.
Por lo tanto, se utiliza principalmente para:
- Sacar a un preso de la cárcel o la cárcel inmediatamente,
- Obtener una audiencia de libertad condicional antes de que el preso sea elegible de otra manera, o
- Conmutar una sentencia de muerte a una sentencia de cadena perpetua.
También puede reducir o eliminar una multa u otra pena impuesta por el tribunal.
2. ¿Quién es elegible para obtener una conmutación de sentencia en California?
Cualquiera condenado por un delito penal de California puede tener una sentencia conmutada por el gobernador (excepto las personas que fueron destituidas). 4
Incluso las personas sentenciadas a muerte o prisión perpetua pueden tener sus sentencias conmutadas por el gobernador.
Pero el gobernador de California no puede conmutar una sentencia si la condena fue por:
- Un delito bajo las leyes penales de otro estado o país,
- Una violación de la ley de los Estados Unidos (federal), o
- Un delito militar.
3. ¿Qué factores entran en la conmutación de una sentencia?
No hay factores establecidos requeridos para conmutar una sentencia en California. La Constitución del estado confiere autoridad absoluta al gobernador para otorgar una.
La única limitación es que está sujeta a la aprobación de la mayoría de la Corte Suprema de California en los casos de personas condenadas dos veces (o más) por un delito grave. 5
Los factores que el gobernador suele considerar incluyen:
- La gravedad de la condena penal del preso,
- Daño a las víctimas,
- La edad del preso al momento del delito,
- La edad del preso al momento de la solicitud de conmutación,
- El número de años que el preso ha cumplido,
- La conducta del preso mientras estuvo en la cárcel o en la prisión,
- Educación obtenida mientras estuvo encarcelado,
- Evidencia de arrepentimiento por el delito,
- Evidencia de restitución a la víctima o intentos de reparar el daño,
- Opinión pública,
- La opinión de las víctimas y/o del Fiscal del Distrito,
- Si el preso fue víctima de “maltrato por parte de una pareja íntima” (según se discute en la Sección 5, a continuación),
- Si el solicitante representa una amenaza para la comunidad,
- Si el preso tendrá un trabajo y una vivienda al salir, y
- Cualquier otro factor que pueda ser relevante, como el historial criminal.6

Los presos que obtienen educación mientras están en la prisión a menudo tienen una tarea más fácil para conseguir que sus sentencias sean conmutadas en California.
4. ¿Cómo solicito la conmutación de una sentencia en California?
Para obtener una conmutación, un solicitante debe:
- Notificar al fiscal del distrito del condado o condados donde el solicitante fue condenado;7 y
- Completar y enviar por correo una solicitud de conmutación notariada al gobernador.
Ambos formularios se pueden descargar desde la Solicitud de clemencia ejecutiva en el sitio web del gobernador de California.
Echemos un vistazo más de cerca a cada uno de estos pasos.
4.1. Notificar al fiscal del distrito
Antes de solicitar una conmutación, el solicitante debe notificar su intención de solicitar clemencia al fiscal del distrito. La notificación debe enviarse al F.D. de cada condado en el que el solicitante fue condenado.
Un formulario para esta notificación se proporciona junto con la Solicitud de Indulto Ejecutivo descargable. Este formulario debe usarse ya que contiene un campo para que el F.A. reconozca la recepción de la notificación.
La notificación debe enviarse antes de solicitar el indulto
La notificación debe enviarse al fiscal del distrito antes de presentar la Solicitud de Indulto Ejecutivo al gobernador.
El solicitante deberá jurar — por una declaración jurada notariada firmada — que el F.A. fue notificado. La declaración jurada debe presentarse al gobernador junto con la solicitud de conmutación.
La declaración jurada debe firmarse ante un notario. Una lista de notarios se puede encontrar en la lista de notarios públicos en la página web del Secretario de Estado de California.
El F.A. devolverá el reconocimiento de recepción directamente a la oficina del gobernador.
¿Cuánto aviso requiere el F.A.?
El F.A. debe recibir al menos 10 días de aviso antes de que el gobernador pueda actuar sobre una solicitud de indulto ejecutivo.8
Una excepción es si:
- Existe un peligro inminente de la muerte de la persona condenada o encarcelada, o
- El término de la prisión del recluso está dentro de 10 días de su vencimiento.9
Aunque no es necesario, recomendamos enviar la notificación por correo certificado u otro método que proporcione prueba de recepción.
¿Qué hace el F.A. al ser notificado?
El fiscal del distrito puede presentar una recomendación escrita al gobernador a favor o en contra de la conmutación de la sentencia.10
El F.A. también hará esfuerzos razonables para notificar a la(s) víctima(s) del delito relacionado con la solicitud. Dicha(s) víctima(s) y/o sus familias también pueden presentar una recomendación al gobernador.11
4.2. Solicitud de indulto ejecutivo
La solicitud de conmutación no es complicada. Pero el solicitante deberá proporcionar:
- Una lista de todas las condenas y circunstancias,
- La razón por la que el solicitante está solicitando una conmutación,
- Una declaración de por qué el solicitante cree que se debe otorgar una conmutación, y
- Una declaración completa de cualquier compensación pagada a cualquier persona por ayudar a obtener una conmutación.
La solicitud debe notariarse
La solicitud debe notariarse. Luego debe enviarse por correo regular o certificado a:
Oficina del Gobernador
Attn: Asuntos Legales
Capitolio Estatal
Sacramento, CA 95814
La solicitud se puede notariar al mismo tiempo que la declaración jurada de notificación al F.A.
5. ¿Qué sucede después de que el gobernador recibe una solicitud de indulto?
El gobernador no está obligado a otorgar, o incluso a considerar, una solicitud de conmutación de sentencia.
Si el gobernador decide actuar, por lo general remitirá la solicitud a la Junta de Audiencias de Libertad Condicional.
El Consejo luego llevará a cabo una investigación y recomendará al gobernador si se debe conceder la solicitud.12
¿Qué hace el Consejo de Audiencias de Libertad Condicional durante su investigación?
Durante su investigación, el Consejo puede tomar testimonio y examinar a los testigos bajo juramento. 13
También puede revisar un resumen de los hechos del caso del preso. Esta declaración será proporcionada por el tribunal en el que el preso fue condenado. 14
El gobernador también puede enviar la solicitud a la policía o a otros organismos para su investigación o recomendación.
Tenga en cuenta que el gobernador no está obligado a solicitar la revisión del Consejo de Libertad Condicional u otro organismo.
Reunión del Consejo de Libertad Condicional
Si el gobernador solicita una revisión, el Consejo de Libertad Condicional llevará a cabo una investigación. Cuando la investigación esté completa, el caso se presentará al Consejo Ejecutivo en una reunión pública.
Se notificará al solicitante cuándo el Consejo estará considerando su caso. Se le ofrecerá la oportunidad de proporcionar información adicional (aunque él o ella no asistirá a la reunión).
Los miembros del público (como las víctimas y sus familias) tendrán la oportunidad de hablar durante cinco (5) minutos cada uno.15
Después de la reunión, el Consejo enviará su informe de investigación y recomendación al Gobernador. El Consejo también notificará al solicitante el resultado de la reunión.
Remisión a la Corte Suprema de California
Si el solicitante tiene dos o más condenas por delitos, el gobernador no puede conmutar una sentencia sin el consentimiento de la mayoría de los jueces de la Corte Suprema de California.16
Por lo tanto, si el gobernador está inclinado a conceder la solicitud en este caso, debe remitir la solicitud a la corte.
Pero el gobernador no está obligado a solicitar el consentimiento de la corte y puede rechazar o ignorar la solicitud.
Si se remite a la corte, la solicitud del gobernador para una recomendación se trata como un procedimiento judicial.
Para que la conmutación sea otorgada, cuatro o más jueces deben votar a favor de la clemencia. El jefe de la corte notificará al gobernador por escrito de la recomendación de la corte.
Puede haber honorarios de abogado si el solicitante contrata a un abogado para ayudar a obtener una conmutación en California.
8. ¿Qué tan fácil es obtener una conmutación de sentencia en California?
La conmutación de una sentencia es una rara forma de clemencia.19 Normalmente se concede solo cuando es evidente que alguien cometió un delito, pero la sentencia fue demasiado dura, típicamente debido a:
- La edad joven del preso en el momento en que se cometió el delito,
- Evidencia de maltrato de pareja íntima u otro abuso, o
- Leyes demasiado duras en el momento de la sentencia.
9. ¿Cuánto tiempo toma una conmutación?
Como no hay ninguna exigencia de que un gobernador considere una solicitud de clemencia, es imposible establecer cuánto tiempo tomará el proceso.
10. ¿Qué sucede si se concede mi solicitud de conmutación?
Una vez que se concede una solicitud de conmutación, la prisión y/o la junta de libertad condicional, según corresponda, comenzarán a implementar la nueva sentencia.
La solicitud y la disposición se archivarán con el Secretario de Estado de California y se informará al Legislatura de California. Luego se convierten en un asunto de registro público.
Ciertos detalles (como una nueva dirección) se suprimirán antes de que la información se haga pública.20
Actualización del registro criminal
La oficina del gobernador notificará al Departamento de Justicia de California que la sentencia del preso ha sido conmutada. El DOJ luego notificará al Buró Federal de Investigación.
Estas agencias actualizarán sus registros para mostrar que la sentencia por la condena ha sido conmutada.
11. Ejemplos de sentencias que han sido conmutadas en California
Aquí hay algunos ejemplos de conmutaciones aprobadas por el Gobernador Jerry Brown en 2017:21
Segundo grado de asesinato – elegible para libertad condicional
Un joven de 18 años fue condenado por segundo grado de asesinato (Código Penal 187) después de que su cómplice matara a alguien durante un robo armado.
Mientras estaba en la cárcel, el preso obtuvo un diploma de escuela secundaria y se entrenó para ser paralegal. El ex alcalde de Los Ángeles, Richard Riordan, le ofreció entonces un trabajo y una vivienda y el gobernador lo hizo elegible para libertad condicional.
Sentencia de por vida por asesinato – elegible para libertad condicional
Una mujer fue condenada por asesinato y sentenciada a 25 años a cadena perpetua después de que su proxeneta abusivo robara a un hombre y lo apuñalara hasta la muerte en una habitación de motel.
Mientras estaba en la cárcel, la mujer ayudó a cuidar a los presos con enfermedades terminales. Se le hizo elegible para libertad condicional anticipada debido a su “papel limitado” en el asesinato, su pasado abuso y su trabajo dentro de la prisión.
Intento de asesinato – sentencia reducida
Un adolescente de 17 años fue sentenciado a 22 años de prisión por intento de asesinato después de que disparara a un hombre en un club nocturno.
Mientras estaba en la cárcel, abandonó su pandilla. Obtuvo un diploma de escuela secundaria y tres títulos universitarios. Participó en numerosos programas de prisión y se convirtió en tutor de alfabetización.
El gobernador redujo su sentencia a nueve (9) años.
Asesinato de primer grado – elegible para la libertad condicional
Una mujer y su novio secuestraron y robaron a un comprador. El novio luego mató fatalmente a la víctima.
La mujer fue sentenciada a cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional por asesinato de primer grado.
Mientras estaba en la cárcel, 7.000 personas firmaron una petición para apoyar su liberación. Tenía un trabajo y una vivienda esperándola. El gobernador la hizo elegible para la libertad condicional.
Para obtener más ayuda…

Si usted o un ser querido fue sentenciado injustamente por un delito de California, lo invitamos a que nos contacte para una consulta gratuita sobre alivio post-condena.
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También vea nuestro artículo sobre solicitudes de indulto en California.
¿Condenado en Colorado? Conozca las leyes de indulto ejecutivo de Colorado.
¿Condenado en Nevada? Conozca las leyes de indulto ejecutivo de Nevada.
Referencias legales:
- Vea, por ejemplo, KPCC, el gobernador Brown conmuta 9 largas sentencias de prisión, 18 de agosto de 2017.
- Artículo V de la Constitución de California, Sección 8 (a) : “Sujeto a los procedimientos de solicitud establecidos por la ley, el Gobernador, bajo las condiciones que el Gobernador considere adecuadas, puede otorgar un indulto, una amnistía y una conmutación de la sentencia, después de la sentencia, excepto en caso de juicio político. El Gobernador debe informar al Legislativo cada indulto, amnistía y conmutación otorgada, indicando los hechos pertinentes y las razones para otorgarla. El Gobernador no puede otorgar un indulto o conmutación a una persona dos veces condenada por un delito, a menos que sea recomendado por la Corte Suprema, con el voto de 4 jueces. “Vea también Santos v. Brown (Cal. App. 3d Dist., 2015), 238 Cal. App. 4th 398.
- Mismo. Vea también Código Penal de California 4802: “En el caso de una persona dos veces condenada por un delito, la solicitud de indulto o conmutación de la sentencia se hará directamente al Gobernador, quien transmitirá todos los documentos y documentos en los que se basa para apoyar y oponerse a la solicitud al Consejo de Audiencias de Libertad Condicional”.
- Artículo V de la Constitución de California, Sección 8 (a), nota al pie 2.
- Mismo. Vea también Código Penal 4800 PC: “La autoridad general para otorgar indultos, amnistías y conmutaciones de sentencia se confiere al Gobernador por la Sección 8 del Artículo V de la Constitución del Estado de California”.
- Vea, por ejemplo, el Decreto de Clemencia del Gobernador Brown (lista de indultos y conmutaciones otorgadas por el Gobernador Jerry Brown en diciembre de 2017). Véase también el Código Penal 4801 (a) y (b): “(a) La Junta de Audiencias de Libertad Condicional puede informar al Gobernador, de vez en cuando, los nombres de todas las personas encarceladas en cualquier prisión estatal que, a su juicio, deban tener una conmutación de sentencia o ser indultadas y puestas en libertad por buena conducta, o una pena inusual, o cualquier otra causa, incluida la evidencia de maltrato de una pareja íntima y sus efectos. Para los fines de esta sección, “maltrato de una pareja íntima y sus efectos” puede incluir evidencia de la naturaleza y los efectos del abuso físico, emocional o mental sobre las creencias, percepciones o comportamiento de las víctimas de violencia doméstica si parece que el comportamiento criminal fue el resultado de esa victimización. (b) (1) La junta, al revisar la idoneidad de un preso para la libertad condicional de conformidad con la Sección 3041.5, dará gran peso a cualquier información o evidencia de que, en el momento de la comisión del delito, el preso había experimentado maltrato de una pareja íntima, pero fue condenado por un delito que ocurrió antes del 29 de agosto de 1996. La junta deberá expresar en el registro la información o evidencia que consideró de conformidad con esta subdivisión y las razones para la decisión de libertad condicional. La junta informará anualmente al Legislativo y al Gobernador sobre los casos que la junta consideró de conformidad con esta subdivisión durante el año anterior, incluyendo las decisiones de la junta y los hallazgos específicos y detallados de sus investigaciones de estos casos. “
- Código Penal 4805: “(a) Al menos 10 días antes de que el Gobernador actúe sobre una solicitud de conmutación de sentencia, se deberá servir un aviso escrito de la intención de solicitarlo, firmado por la persona que lo solicita, al fiscal del distrito del condado donde se dictó la condena, y se deberá presentar al Gobernador la prueba, por declaración jurada, del servicio. (b) El fiscal del distrito puede presentar una recomendación escrita al Gobernador a favor o en contra de la conmutación de sentencia. (c) El fiscal del distrito deberá hacer esfuerzos razonables para notificar a la víctima o víctimas del delito o delitos relacionados con la solicitud y a las familias de las víctimas, quienes también pueden presentar una recomendación al Gobernador a favor o en contra de la conmutación de sentencia. “
- Código Penal 4805 (a), nota al pie 7.
- Código Penal 4806. “Las disposiciones de los artículos 4804 y 4805 no son aplicables: (a) Cuando existe un peligro inminente de la muerte de la persona condenada o encarcelada. (b) Cuando el término de la prisión del solicitante está a menos de 10 días de su vencimiento. “
- Código Penal 4805 (b), nota al pie 7.
- Código Penal 4805 (c), nota al pie 7.
- Código Penal 4812: “A petición del Gobernador, la Junta de Audiencias de Libertad Condicional investigará y informará sobre todas las solicitudes de indultos, indultos y conmutación de sentencia y hará tales recomendaciones al Gobernador con respecto a ellos como le parezca aconsejable. Para ese fin, la junta examinará y considerará todas las solicitudes referidas y todos los transcriptos de los procedimientos judiciales y todos los testimonios o documentos presentados en relación con ellos, y tendrá el poder de contratar asistentes y tomar testimonios y examinar a los testigos bajo juramento y hacer todas y cada una de las cosas necesarias para realizar una investigación completa y completa de y con respecto a todas las solicitudes referidas a ella. Los miembros de la junta y su funcionario administrativo están autorizados y cada uno de ellos está autorizado a administrar juramentos. Véase también el Código Penal 4813: “En el caso de las solicitudes de personas condenadas dos veces por un delito, la Junta de Audiencias de Libertad Condicional, después de la investigación, transmitirá su recomendación escrita sobre dicha solicitud al Gobernador, junto con todos los documentos presentados en relación con la solicitud. “
- Mismo.
- Código Penal 4803: “Cuando se presente una solicitud al Gobernador para un indulto o conmutación de sentencia, o cuando una solicitud haya sido referida a la Junta de Audiencias de Libertad Condicional, el Gobernador o la junta pueden requerir al juez del tribunal ante el cual se dictó la condena, o al fiscal del distrito por el que se presentó la acción, que proporcione al Gobernador o a la junta, sin demora, un resumen de los hechos comprobados en el juicio, y de cualquier otro hecho relacionado con la conveniencia de otorgar o negar dicha solicitud, junto con su recomendación para otorgar o negar la misma y sus razones para tal recomendación”.
- Vea, por ejemplo, el orden del día de la reunión del 20 de marzo de 2018 de la Junta de Libertad Condicional.
- Vea las notas al pie 2 y 3.
- Código Penal 4801 (a) y (b), nota al pie 6.
- Vea, por ejemplo, Código Penal 273.5(b).
- Vea la nota al pie 1.
- Código Penal 4807: “(a) Al comienzo de cada sesión regular de la Legislatura, el Gobernador debe presentar un informe escrito a la Legislatura que incluirá cada solicitud que se haya otorgado para cada caso de indulto, perdón o conmutación otorgado por el Gobernador o su predecesor en el cargo durante la sesión regular inmediatamente anterior de la Legislatura, indicando el nombre de la persona condenada, el delito por el que fue condenada, la sentencia y su fecha, la fecha del indulto, el perdón o la conmutación, y la razón para otorgarlo. El informe se presentará de acuerdo con la Sección 9795 del Código de Gobierno. (b) No obstante cualquier otra ley, el informe escrito presentado a la Legislatura de conformidad con la subdivisión (a) estará disponible para el público”.
- Vea la nota al pie 1. Vea también People v. Bramit (Cal., 2009), 46 Cal. 4th 1221. Vea también People v. Guerra (Cal., 2006), 37 Cal. 4th 1067.