Código Penal § 519 PC es la ley de California que define el “miedo” para los propósitos del delito de extorsión. Según esta sección, el miedo es la reacción de la víctima a ciertas amenazas hechas por el extorsionista.
El lenguaje de la sección del código dice lo siguiente:
519. El miedo, que constituirá extorsión, puede ser inducido por una amenaza de cualquiera de las siguientes:
1. Hacer un daño ilegal a la persona o propiedad del individuo amenazado o de un tercero.
2. Acusar al individuo amenazado, o a un familiar suyo, o a un miembro de su familia, de un delito.
3. Exponer, o imputarle a él, ella o ellos una deformidad, desgracia o delito.
4. Exponer un secreto que los afecte a él, ella o ellos.
5. Informar sobre su estado migratorio o sospecha de estado migratorio.
Código Penal 518 PC es la ley de California que define el delito de extorsión. Una persona comete este delito cuando:
- obtiene propiedad o algo de valor de una persona sin su consentimiento, y
- lo hace a través del uso indebido de la fuerza o el miedo.
Una violación de la Sección 518 del Código Penal de California es un delito grave (en lugar de un delito menor o una infracción). El delito es castigado con:
- custodia en prisión estatal por hasta cuatro años, y/o
- una multa máxima de $10,000.
El miedo es un elemento clave en el delito de extorsión en California.
Nuestros abogados defensores penales de California explicarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Cómo define el Código Penal 519 el “miedo”?
- 2. ¿Qué es la extorsión según la ley de California?
- 3. ¿Cuáles son las penas?
- 4. ¿Existen delitos relacionados?
1. ¿Cómo define el Código Penal 519 el “miedo”?
El Código Penal 519 establece que, para fines de cargos de extorsión, el miedo es una emoción generada por ciertas amenazas específicas. Estas incluyen la amenaza de:
- hacer un daño ilegal a una persona, su propiedad o un tercero,[1]
- acusar a una persona, o a un familiar o miembro de su familia, de un delito,[2]
- exponer, o imputar a una persona, una deformidad, desgracia o delito (por ejemplo, un DUI o un delito de violencia doméstica),
- exponer un secreto que afecte a una persona (quizás, por ejemplo, mediante una carta amenazante a alguien)[3], o
- informar sobre el estado migratorio o sospecha de estado migratorio de una persona.[4]
En cuanto al número cuatro, un “secreto” es un hecho que:
- es desconocido para el público en general o para alguien que pueda estar interesado en conocer el hecho, y
- daña la reputación u otro interés del amenazado de manera tan grave que es probable que él o ella le dé dinero o propiedad al acusado, o realice un acto oficial, para evitar que se revele el hecho.[5]
2. ¿Qué es la extorsión según la ley de California?
El Código Penal 518 define el delito de extorsión en California. La ley establece que una persona comete extorsión al:
- obtener propiedad u otra contraprestación de otra persona sin su consentimiento, o, obtener un acto oficial de un funcionario público, y
- hacerlo mediante el uso de la fuerza o el miedo, o bajo el color del derecho oficial.[6]
Tenga en cuenta que “contraprestación” significa cualquier cosa de valor, incluyendo conducta sexual.[7]
Además, un acusado puede ser condenado por extorsión incluso si él/ella no lesiona realmente al acusador, usa fuerza contra esa persona, expone su secreto, etc. Lo único que importa es que el acusado amenazó con hacerlo. [8]
Además, la amenaza debe ser la razón determinante por la que la otra persona consintió. Si la persona o los funcionarios gubernamentales consintieron por alguna otra razón determinante, el acusado no es culpable de extorsión. [9]
Finalmente, para fines de esta ley, “consentimiento forzado” significa que la “víctima” da algo a cambio:
- en contra de su voluntad, y
- como resultado de una amenaza ilegal o fuerza o miedo. [10]
La extorsión en California es un delito grave que conlleva hasta 4 años de prisión.
3. ¿Cuáles son las penas?
Una violación del Código Penal 518 es un delito grave. El delito es castigado con:
- encarcelamiento en prisión estatal por hasta cuatro años, y/o
- una multa máxima de $10,000. [11]
Si una persona comete extorsión intentada, el delito es un delito menor. El delito es castigado con:
- encarcelamiento en cárcel del condado por hasta un año, y/o
- una multa máxima de $1,000. [12]
4. ¿Existen delitos relacionados?
Hay tres delitos relacionados con la extorsión. Estos incluyen:
- extorsión mediante una orden judicial falsa – Código Penal 526,
- robo – Código Penal 211, y
- allanamiento de morada – Código Penal 459.
4.1 Extorsión mediante una orden judicial falsa – Código Penal 526
El Código Penal 526 PC es la ley de California que establece como delito que una persona cometa extorsión mediante una orden judicial falsa.
Tenga en cuenta que, a diferencia de los delitos bajo el Código Penal 518, estos delitos implican documentos que pretenden ser alguna orden del tribunal.
4.2. Robo – Código Penal 211
El Código Penal 211 PC de California establece que una persona comete el delito de robo al:
- tomar la propiedad personal de la posesión de otra persona,
- cometer la toma en contra de la voluntad de la “víctima”, y
- lograr el acto mediante el uso de fuerza o miedo. [13]
Tenga en cuenta que, a diferencia de la extorsión, el robo requiere que la víctima consienta a una toma de dinero o propiedad.
4.3. Allanamiento de morada – Código Penal 459
Según el Código Penal 459 PC, una persona comete allanamiento de morada al entrar en cualquier estructura comercial o residencial o vehículo cerrado con la intención de cometer:
- robo menor,
- robo mayor, o
- cualquier delito grave una vez dentro. [14]
A diferencia de la extorsión, el allanamiento de morada requiere que el delincuente realmente entre en una estructura o vehículo.
Citas legales:
[1] Vea People v. Fisher (2013) 216 Cal.App.4th 212; People v. Sales (2004) 116 Cal.App.4th 741; y, People v. Baker (1978) 88 Cal.App.3d 115.
[2] Vea People v. Umana (2006) 138 Cal.App.,4th 625.
[3] Vea People v. Toledano (2019) Cal.App.5th 715.
[4] Código Penal de California 519 PC.
[5] CALCRIM No. 1830 – Extorsión por Amenaza o Fuerza. Instrucciones del Jurado Criminal del Consejo Judicial de California (edición de 2020).
[6] Código Penal de California 518 PC.
[7] Ver lo mismo.
[8] CALCRIM No. 1830.
People v. Goodman (1958) 159 Cal.App.2d 54.
[10] Ver lo mismo.
[11] Código Penal de California 1170h PC.
[12] Código Penal de California 524 PC.
[13] Código Penal de California 211 PC.
[14] Código Penal de California 459 PC.