Código Penal § 4573 PC hace que sea un delito traer una sustancia controlada a una cárcel o prisión de California. Una condena es un delito grave (en lugar de un delito menor o una infracción) castigado con hasta 3 años en la cárcel del condado.
Ejemplos:
- después de que Tom es arrestado por DUI, contrabandea una bolsa de metanfetamina a la cárcel con él.
- durante las horas de visita, Nia lleva una bolsa de cocaína a la cárcel y trata de dársela a su novio.
- el amigo de Sam está en prisión estatal y Sam le envía una carta con Vicodin en ella.
- un guardia de la cárcel lleva codeína a las instalaciones de la cárcel y trata de venderla a los reclusos.
Defensas comunes:
- tenía autorización para llevar una sustancia controlada;
- actuó sin conocimiento; y/o,
- no tenía una sustancia controlada.
Nuestros abogados defensores penales de California explicarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Es un delito traer drogas a una cárcel o prisión en California?
- 2. ¿Cuáles son las mejores defensas?
- 3. ¿Cuál es el castigo potencial?
- 4. ¿Con qué más podría ser acusado?
1. ¿Es un delito traer drogas a una cárcel o prisión en California?
El Código Penal 4573 es el estatuto de California que hace que sea un delito saber traer o enviar sustancias controladas a una cárcel o prisión. Los acusados comunes en estos casos son visitantes de la cárcel que intentan pasar drogas a los reclusos.
Una “sustancia controlada” es una droga o sustancia química cuya fabricación, posesión y uso están regulados por el gobierno bajo la Ley de Sustancias Controladas de los Estados Unidos.
Ejemplos incluyen:
- cocaína,
- heroína, y
- oxycodona.
PC 4573 también se aplica si ha sido arrestado y luego intenta contrabandear drogas a la cárcel.1
Ejemplo: Helen es arrestada por solicitar prostitución en Los Ángeles. Helen sabe que tiene una pastilla de MDMA escondida en su sostén. Cuando Helen es registrada, el oficial de la cárcel encuentra la pastilla durante la búsqueda. Como Helen intentó conscientemente introducir drogas en la cárcel, enfrenta un cargo de PC 4573 además del cargo de prostitución que la llevó a ser arrestada.
2. ¿Cuáles son las mejores defensas?
Si se le acusa bajo el PC 4573, puede impugnar la acusación planteando una defensa legal.
Tres defensas comunes son:
- autorización;
- sin conocimiento; y/o,
- sin sustancia controlada.
Autorización
La ley dice que puede llevar una droga a una cárcel/prisión si está autorizado por la persona a cargo de la instalación. Por lo tanto, una defensa en virtud de esta sección es decir que actuó con esta autorización.
Sin conocimiento
Solo es culpable bajo esta ley si trajo conscientemente una droga a una cárcel. Por lo tanto, no puede ser culpable de un delito si no sabía que estaba llevando una droga a la cárcel.
Sin sustancia controlada
Esta ley solo se aplica a las “sustancias controladas”. Esto significa que siempre es una defensa demostrar que, aunque puede haber llevado una sustancia a una cárcel, no era una sustancia controlada.
3. ¿Cuál es el castigo potencial?
Una violación de PC 4573 es un delito grave según la ley de California.2
El crimen es castigado con prisión en la cárcel del condado por:
- dos años,
- tres años, o
- cuatro años.3
En lugar de tiempo en la cárcel, un juez puede otorgarle libertad condicional por delito grave o formal.
4. ¿Con qué más podría ser acusado?
Hay seis delitos relacionados con el ingreso de drogas a una cárcel. Estos son:
- traer contrabando a una cárcel o prisión – PC 4573.5;
- alcohol en una institución educativa pública – BPC 25608;
- posesión de una sustancia controlada – HSC 11350;
- traer alcohol a una institución penal – BPC 25603;
- comunicación ilegal con un recluso – PC 4570; y
- posesión de una sustancia controlada en la cárcel o prisión – PC 4573.6
Traer contrabando a una cárcel o prisión – PC 4573.5
Código Penal 4573.5 PC es la ley de California que hace que sea un delito traer conscientemente contrabando a una cárcel o prisión.4
“Contrabando” significa:
- alcohol, y/o,
- una droga que no es una “sustancia controlada”.5
Una violación de PC 4573.5 se acusa como un delito grave. El delito es castigado con hasta tres años en prisión estatal.6
Alcohol en una institución educativa pública – BPC 25608
Código de Negocios y Profesiones 25608 es la ley de California que hace que sea un delito traer alcohol a una escuela pública, o en los terrenos de la misma.
Una violación de BPC 25608 se acusa como un delito menor.7 El delito es castigado con:
- prisión en la cárcel del condado por no más de seis meses; y/o,
- una multa máxima de $1,000.8
Posesión de una sustancia controlada – HSC 11350
Código de Salud y Seguridad 11350 HS prohíbe poseer ciertas sustancias controladas sin una receta válida.
Una violación de HSC 11350 generalmente se acusa como un delito menor. La ofensa es castigada con:
- hasta un año en la cárcel del condado; y/o,
- una multa de hasta $1,000.9
Traer alcohol a una institución penal – BPC 25603
El Código de Negocios y Profesiones 25603 es la ley de California que hace que sea un delito traer cualquier bebida alcohólica a una institución penal.
Una violación de BPC 25603 se acusa como un delito grave. La ofensa es castigada con:
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta tres años, y/o
- una multa máxima de $10,000.10
Comunicaciones ilegales con un recluso – PC 4570
El Código Penal 4570 hace que sea un delito menor comunicarse ilegalmente con un recluso sin el permiso del director. Las penas por violar PC 4570 incluyen:
- hasta 6 meses en la cárcel del condado; y/o
- una multa de hasta $1,000.11
Posesión de una sustancia controlada en una cárcel o prisión – PC 4573.6
El Código Penal 4573.6 hace que sea un delito grave poseer drogas en una cárcel o prisión. Las penas por violar PC 4573.6 incluyen encarcelamiento por dos, tres o cuatro años.12
Referencias legales:
- Código Penal de California 4573 PC. Esta sección del código establece:
(a) Excepto cuando esté autorizado por ley, o cuando esté autorizado por la persona a cargo de la prisión u otra institución mencionada en esta sección o por un oficial de la institución autorizado por la persona a cargo de la institución para dar la autorización, cualquier persona que intencionalmente traiga o envíe a cualquier prisión estatal, campamento de trabajo de prisión, campamento forestal de prisión u otro campamento o granja de prisión o cualquier otro lugar donde se encuentren prisioneros del estado bajo la custodia de funcionarios, oficiales o empleados de la prisión, o a cualquier cárcel de condado, cárcel de ciudad y condado, o cárcel de ciudad, campamento de trabajo, granja u otro lugar donde se encuentren prisioneros o internos bajo la custodia de cualquier alguacil, jefe de policía, oficial de paz, oficial de libertad condicional o empleados, o dentro de los terrenos pertenecientes a la institución, cualquier sustancia controlada cuya posesión esté prohibida por la División 10 (comenzando con la Sección 11000) del Código de Salud y Seguridad, cualquier dispositivo, artificio, instrumento o parafernalia destinado a ser utilizado para inyectar o consumir ilegalmente una sustancia controlada, es culpable de un delito grave castigado con prisión de acuerdo con la subdivisión (h) de Sección 1170 por dos, tres o cuatro años. (b) Las prohibiciones y sanciones abordadas en esta sección deben ser claramente y prominentemente publicadas fuera y en la entrada de los terrenos de todas las instalaciones de detención bajo la jurisdicción de, o operadas por, el estado o cualquier ciudad, condado o ciudad y condado.”
Ver también People v. Gastello (2010) 49 Cal. 4th 395, 232 P.3d 650 (“la ley se aplica a alguien que tiene una sustancia controlada en su posesión al ser arrestado por otro delito, y que intencionalmente y voluntariamente lleva las drogas a la cárcel al ser fichado por ese arresto.”). Ver también People v. Blanco (Cal. App. 4th Dist. 2021), 61 Cal. App. 5th 278; People v. Noyan (Cal. App. 3d Dist. 2014), 232 Cal. App. 4th 657; People v. Low (Cal. 2010), 49 Cal. 4th 372.
- Ver lo mismo.
- Ver lo mismo.
- Código Penal de California 4573.5 PC.
- Ver lo mismo.
- Ver lo mismo. Ver también Código Penal 18 PC.
- Código de Negocios y Profesiones de California 25608 BPC.
- Ver lo mismo.
- Código de Salud y Seguridad de California 11350 HSC.
- Código de Negocios y Profesiones 25603.
- Código Penal 4570.
- Código Penal 4573.6.