Código Penal § 4573 PC hace que sea un delito traer una sustancia controlada a una cárcel o prisión estatal de California. Una condena es un delito grave (en lugar de un delito menor o una infracción).
La siguiente tabla muestra las sanciones por llevar drogas a un centro de detención:
PC 4573 |
Sentencia de California |
Encarcelamiento | 2, 3 o 4 años en la cárcel |
Multas | Hasta $10,000 |
Libertad condicional | 3 a 5 años |
El lenguaje de la sección del código dice lo siguiente:
4573. (a) Excepto cuando esté autorizado por la ley, o cuando esté autorizado por la persona a cargo de la prisión u otra institución mencionada en esta sección o por un oficial de la institución autorizado por la persona a cargo de la institución para dar la autorización, cualquier persona que, a sabiendas, traiga o envíe a, o ayude a traer o enviar a, cualquier prisión estatal, campamento de carretera de prisión, campamento forestal de prisión u otro campamento o granja de prisión o cualquier otro lugar donde los prisioneros del estado se encuentren bajo la custodia de funcionarios, oficiales o empleados de la prisión, o en cualquier cárcel del condado, ciudad y condado, o ciudad, campamento de carretera, granja u otro lugar donde los prisioneros o internos se encuentren bajo la custodia de cualquier alguacil, jefe de policía, oficial de paz, oficial de libertad condicional o empleados, o dentro de los terrenos pertenecientes a la institución, cualquier sustancia controlada, cuya posesión esté prohibida por la División 10 (que comienza con la Sección 11000) del Código de Salud y Seguridad, cualquier dispositivo, artificio, instrumento o parafernalia destinado a ser utilizado para inyectar o consumir ilegalmente una sustancia controlada, es culpable de un delito grave castigado con prisión de conformidad con la subdivisión (h) de la Sección 1170 por dos, tres o cuatro años.
Nuestros abogados defensores penales de California explicarán lo siguiente en este artículo:
1. Elementos
Los elementos del delito de llevar sustancias controladas a la cárcel o prisión están establecidos en la Instrucción del Jurado de California “CALCRIM” 2749. Para que usted sea declarado culpable de violar el Código Penal 4573, los fiscales deben probar los siguientes cuatro elementos más allá de una duda razonable.
- Usted ilegalmente llevó una sustancia controlada a una institución penal;
- Usted sabía que estaba llevando drogas a una institución penal;
- Usted sabía de la naturaleza o carácter de la sustancia como una sustancia controlada; y
- La sustancia controlada era una cantidad utilizable.1
Una “sustancia controlada” es una droga o químico cuya fabricación, posesión y uso están regulados por el gobierno bajo la Ley de Sustancias Controladas de los Estados Unidos. Ejemplos incluyen:
- cocaína,
- heroína, y
- oxicodona.
Los acusados comunes en estos casos son visitantes de la cárcel que intentan pasar drogas a los reclusos. El PC 4573 también se aplica si usted ha sido arrestado y luego intentó contrabandear drogas a su cárcel.2
Ejemplo: Helen es arrestada por solicitar prostitución en Los Ángeles. Helen sabe que tiene una pastilla de MDMA escondida en su sostén. Cuando Helen es registrada, el oficial de la cárcel encuentra la pastilla durante la búsqueda. Como Helen trató conscientemente de pasar drogas a la cárcel, enfrenta un cargo de PC 4573 además del cargo de prostitución que la arrestó.
2. Defensas
Aquí en el Grupo de Leyes de Shouse, hemos representado literalmente a miles de personas acusadas de delitos de drogas, incluyendo llevar drogas a instalaciones de detención en violación del PC 4573. En nuestra experiencia, las siguientes defensas han demostrado ser muy efectivas con los fiscales, jueces y jurados.
Usted tenía autorización
Usted no cometió ningún delito al llevar drogas a una cárcel/prisión si estaba autorizado para hacerlo por la persona a cargo de la instalación.
Hemos utilizado esta defensa cuando los miembros de la familia obtuvieron permiso de antemano de la instalación para llevar medicamentos recetados para sus seres queridos, y el personal de servicio en el momento de la visita no lo sabía y los arrestó erróneamente.
Usted no tenía conocimiento
Tal vez las drogas eran para usted, y simplemente olvidó que estaban en su bolsillo o en su bolso. O tal vez alguien que quería meterlo en problemas le plantó las drogas.
Afirmar que no tenía conocimiento de las drogas es nuestra defensa más fuerte porque los fiscales no tienen forma de entrar en su cabeza para saber lo que estaba pensando. Es difícil para los fiscales probar más allá de una duda razonable que usted sabía que tenía drogas, especialmente si no hay evidencia que indique sus intenciones.
No había sustancia controlada
Hemos tenido casos en los que los miembros de la familia preocupados llevaron a las cárceles Tylenol, antibióticos, melatonina y otras drogas no narcóticas. Aunque esto va en contra de las reglas, no es una violación del PC 4573 porque las drogas no eran sustancias controladas.

Una violación de esta ley puede resultar en tiempo de cárcel
3. Penas
Traer drogas a una cárcel o prisión es un delito grave en California que puede ser castigado con encarcelamiento por:
- dos años,
- tres años, o
- cuatro años.3
En lugar de tiempo en la cárcel, un juez puede otorgarle libertad condicional por delito grave/formal.
4. Delitos relacionados
Traer artículos prohibidos a una cárcel o prisión – PC 4573.5
Código Penal 4573.5 PC hace que sea un delito traer artículos prohibidos a una cárcel o prisión a sabiendas.4 “Artículos prohibidos” significa:
- alcohol, y/o,
- una droga que no sea una “sustancia controlada.”5
Una violación de PC 4573.5 se acusa como un delito grave. El delito es castigado con hasta tres años de prisión estatal.6
Alcohol en una institución educativa pública – BPC 25608
Código de Negocios y Profesiones 25608 hace que sea un delito traer alcohol a una escuela pública o en los terrenos de la misma.
Una violación de BPC 25608 es un delito menor.7 El delito conlleva:
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta seis meses; y/o,
- una multa máxima de $1,000.8
Posesión de una sustancia controlada – HSC 11350
Código de Salud y Seguridad 11350 HS prohíbe poseer ciertas sustancias controladas sin una receta válida.
Una violación de HSC 11350 es generalmente un delito menor, conllevando:
- hasta un año en la cárcel del condado; y/o,
- una multa de hasta $1,000.9
Traer alcohol a una institución penal – BPC 25603
Código de Negocios y Profesiones 25603 hace que sea un delito traer cualquier bebida alcohólica a una institución penal.
Una violación de BPC 25603 se acusa como un delito grave, conllevando:
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta tres años, y/o
- una multa máxima de $10,000.10
Comunicaciones ilegales con un recluso – PC 4570
Código Penal 4570 hace que sea un delito menor comunicarse ilegalmente con un recluso sin el permiso del director. Las penas por violar PC 4570 incluyen:
- hasta seis meses en la cárcel del condado; y/o
- una multa de hasta $1,000.11
Posesión de una sustancia controlada en una cárcel o prisión – PC 4573.6
Código Penal 4573.6 hace que sea un delito grave poseer drogas en una cárcel o prisión a sabiendas. Las penas por violar PC 4573.6 incluyen encarcelamiento por dos, tres o cuatro años.12
Lectura adicional
Para obtener información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- Contrabando en prisión: prevalencia, impactos y estrategias de interdicción – Correcciones.
- El requisito de acto voluntario en casos de contrabando en prisión – Revista de Derecho de la Universidad de St. Louis.
- La sociología del contrabando: examinando las correlaciones de drogas ilícitas, teléfonos celulares y armas en las prisiones de EE. UU. – La Revista de Prisiones.
- Fuma si los tienes: mercados negros de cigarrillos en prisiones y cárceles de EE. UU. – La Revista de Prisiones.
- Drogas en prisión: una ruptura en el camino – Uso y Abuso de Sustancias.
Referencias legales:
- Código Penal de California 4573. Instrucciones del Jurado de California CALCRIM No. 2749.
- People v. Gastello (2010) 49 Cal. 4th 395, 232 P.3d 650 (“la ley se aplica a alguien que tiene una sustancia controlada en su posesión al ser arrestado por otro delito, y que voluntariamente y con conocimiento lleva las drogas a la cárcel al ser fichado por ese arresto.”). Ver también People v. Blanco (Cal. App. 4th Dist. 2021), 61 Cal. App. 5th 278; People v. Noyan (Cal. App. 3d Dist. 2014), 232 Cal. App. 4th 657; People v. Low (Cal. 2010), 49 Cal. 4th 372.
- Ver lo mismo.
- Código Penal de California 4573.5 PC.
- Ver lo mismo.
- Ver lo mismo. Ver también Código Penal 18 PC.
- Código de Negocios y Profesiones de California 25608 BPC.
- Ver lo mismo.
- Código de Salud y Seguridad de California 11350 HSC.
- Código de Negocios y Profesiones 25603.
- Código Penal 4570.
- Código Penal 4573.6.