Código Penal 408 PC es la ley de California que hace que sea un delito para una persona participar en una asamblea ilegal. Esto significa que dos o más personas se reúnan para hacer algo ilegal, o para hacer un acto legal de manera violenta. Una violación de esta sección del código es un delito de falta.
Código Penal 407 PC proporciona la definición legal de una asamblea ilegal. El estatuto establece que “Cada vez que dos o más personas se reúnan para hacer un acto ilegal, o hacer un acto legal de manera violenta, bochornosa o tumultuosa, tal asamblea es una asamblea ilegal”.
La ley ha entrado recientemente en el conocimiento público a raíz de las protestas por el asesinato de George Floyd, el abuso policial y la injusticia racial.
El lenguaje de PC 408 establece que “toda persona que participe en cualquier ruta o asamblea ilegal es culpable de una falta”.
Ejemplos de actos ilegales
- participar en una protesta de Los Ángeles que implica lanzar piedras a las tiendas.
- un grupo de personas prendiendo fuego a los coches del vecindario y poniendo en peligro la seguridad pública.
- protestar por una acción de un departamento de policía vandalizando la sede del departamento.
Defensas legales
Las personas pueden desafiar los cargos de asamblea ilegal planteando una defensa legal. Tres defensas comunes incluyen que el acusado demuestre que:
- no participó voluntariamente en una asamblea,
- no sabía que una asamblea era ilegal, y/o
- sus actos estaban protegidos por la Primera Enmienda.
Penas
Una violación del Código Penal de California, Sección 408, es un delito de falta (en lugar de un delito grave o una infracción).
El delito es castigable con:
- detención en la cárcel del condado por hasta seis meses, y/o
- una multa de hasta $1,000.
Nuestros abogados de defensa penal de California abordarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Cómo define el Código Penal 407 PC una asamblea ilegal?
- 2. ¿Puede un acusado plantear una defensa legal?
- 3. ¿Cuáles son las penas por violar el PC 408?
- 4. ¿Puede una persona obtener una condena expurgada?
- 5. ¿Hay delitos relacionados?
1. ¿Cómo define el Código Penal 407 PC una asamblea ilegal?
El Código Penal 407 OC proporciona la definición de California de asamblea ilegal. Un fiscal debe probar lo siguiente para lograr condenar a una persona bajo este estatuto:
- el acusado intencionalmente participó en una asamblea ilegal, y
- el acusado sabía que la asamblea era ilegal cuando participó.1
Alguien comete un acto “intencionalmente” cuando lo hace voluntariamente o a propósito.2
Una asamblea ilegal ocurre cuando dos o más personas se reúnen para hacer un acto ilegal, o hacer un acto legal de manera violenta, ruidosa o tumultuosa.3
Cuando dos o más personas se reúnen para hacer un acto legal de manera violenta, la asamblea no es ilegal a menos que:
- la violencia ocurra realmente, o
- haya un peligro claro y presente de violencia inminente.4
Tenga en cuenta que esta última regla permite que los tribunales interpreten estrictamente este estatuto para ayudar a proteger los derechos de la Primera Enmienda.5
2. ¿Puede un acusado plantear una defensa legal?
Nuestros abogados de defensa penal aconsejan a los clientes que siempre pueden plantear una defensa legal en casos de asamblea ilegal. Tres defensas efectivas incluyen que el acusado demuestre que:
- él/ella no fue un participante voluntario en la asamblea.
- él/ella no tenía conocimiento de que la asamblea era ilegal.
- sus actos estaban protegidos por la Primera Enmienda.
2.1 Sin participación voluntaria
Recuerde que una persona solo es culpable bajo este estatuto si voluntariamente participó en una asamblea ilegal. Esto significa que siempre es una defensa para un acusado decir que no actuó voluntariamente.
2.2 Sin conocimiento de la ilegalidad
También recuerde que una condena bajo estas leyes requiere que el acusado supiera que una asamblea era en realidad ilegal. Una defensa, por lo tanto, es que el acusado diga que no tenía este conocimiento.
2.3 Protección de la Primera Enmienda
La Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos protege el derecho de un ciudadano a reunirse libremente o reunirse en público. Esto significa que un acusado puede desafiar una alegación de PC 408 diciendo que sus actos estaban protegidos por la Constitución. La defensa es válida, sin embargo, solo si el acusado era un manifestante que participaba en un tipo de asamblea pacífica. Si era ilegal, entonces, el acusado es culpable bajo este estatuto.
3. ¿Cuáles son las penas por violar el PC 408?
El delito de asamblea ilegal es un delito misdemeanor en California.6 Una condena bajo el estatuto es castigable con:
- prisión en la cárcel del condado (en lugar de prisión estatal) hasta seis meses, y/o
- una multa máxima de $1,000.7
Nota que un juez puede otorgar al acusado una probación por delito menor (o resumen) en lugar de tiempo de prisión.
4. ¿Puede una persona obtener una condena expuesta?
La ley penal de California dice que una persona condenada bajo esta estatuta puede obtener la condena expuesta.
Esto es cierto siempre que el condenado complete con éxito:
- su tiempo de prisión, o
- la libertad condicional (lo que se impuso).
5. ¿Hay delitos relacionados?
Tres delitos relacionados con la reunión ilegal incluyen:
- participación en una revuelta – PC 404,
- incumplimiento de la dispersión en el lugar de una revuelta – PC 409, y/o
- incumplimiento de la dispersión – PC 416.
5.1 Participación en una revuelta – PC 404
Código Penal 404 PC es la estatuta de California que hace que sea un delito para dos o más personas actuar juntas para:
- usar fuerza o violencia,
- participar en la perturbación de la paz pública, o
- mostrar una amenaza de violencia.
Dependiendo de los hechos de un caso, la policía podría acusar a una persona de:
- revuelta, y
- reunión ilegal.
5.2 Incumplimiento de la dispersión en el lugar de una revuelta – PC 409
Código Penal 409 PC es la estatuta de California que hace que sea un delito para una persona permanecer en una revuelta después de haber sido ordenado por los oficiales de policía que se disperse.
Nota que esta ley también hace que sea un delito que alguien permanezca en una asamblea ilegal después de que se le ordene dispersarse.
5.3 Incumplimiento de dispersión – PC 416
Código Penal 416 PC es la ley de California que hace que sea un delito que una persona se reúna con el propósito de perturbar al público, y luego no se vaya después de que se le ordene hacerlo por la policía.
Dependiendo de los hechos de un caso, a una persona se le podría acusar de:
- PC 408,
- PC 409, y
- PC 416.
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Vea nuestros artículos relacionados sobre vandalismo (PC 594) y perturbar la paz (PC 415).
Referencias legales:
- CALCRIM No. 2685 – Participar en una asamblea ilegal. Instrucciones de jurado criminal del Consejo Judicial de California (edición de 2020)
- Ver el mismo. Véase también People v. Lara (1996) 44 Cal.App.4th 102.
- CALCRIM No. 2685. Véase también Código Penal de California 407 PC.
- CALCRIM No. 2685. Véase también Collins v. Jordan (1996) 110 F.3d 1363.
- In re Brown (1973) 9 Cal.3d 612.
- Código Penal de California 408 PC.
- Código Penal de California 19 PC.