Código Penal § 245.5 PC es la ley de California que hace que sea un delito asaltar a un empleado escolar con un arma mortal, un arma de fuego, o un arma de electrochoque o taser. Este delito puede ser acusado como un delito menor o un delito grave. La sentencia máxima es de hasta 8 años en prisión estatal.
El texto completo de la sección del código es el siguiente:
245.5. (a) Toda persona que cometa un asalto con un arma o instrumento mortal, que no sea un arma de fuego, o por cualquier medio que pueda producir lesiones graves en la persona de un empleado escolar, y que sepa o razonablemente deba saber que la víctima es un empleado escolar que está desempeñando sus funciones, cuando ese empleado escolar está desempeñando sus funciones, será castigado con prisión en la prisión estatal por tres, cuatro o cinco años, o en una cárcel del condado que no exceda de un año.
(b) Toda persona que cometa un asalto con un arma de fuego en la persona de un empleado escolar, y que sepa o razonablemente deba saber que la víctima es un empleado escolar que está desempeñando sus funciones, cuando el empleado escolar está desempeñando sus funciones, será castigado con prisión en la prisión estatal por cuatro, seis o ocho años, o en una cárcel del condado por no menos de seis meses y no más de un año.
(c) Toda persona que cometa un asalto en la persona de un empleado escolar con un arma de electrochoque o taser, y que sepa o razonablemente deba saber que la persona es un empleado escolar que está desempeñando sus funciones, cuando el empleado escolar está desempeñando sus funciones, será castigado con prisión en una cárcel del condado por un período que no exceda de un año o con prisión en la prisión estatal por dos, tres o cuatro años.
Esta subdivisión no se interpretará de manera que impida o limite de alguna manera la aplicabilidad de la Sección 245 en cualquier enjuiciamiento penal.
(d) Como se usa en la sección, “empleado escolar” significa cualquier persona empleada como empleado certificado o clasificado permanente o en período de prueba de un distrito escolar a tiempo parcial o completo, incluyendo un maestro sustituto. “Empleado escolar”, como se usa en esta sección, también incluye un maestro en prácticas o un miembro de la junta escolar. “Escuela”, como se usa en esta sección, tiene el mismo significado que se define en la Sección 626.
Ejemplos
- Raphael está enfurecido con el director de su hijo y le da un golpe con un bate durante horas escolares.
- Nia espera en el estacionamiento de la escuela secundaria alrededor de la hora del almuerzo, y cuando ve que el maestro de su hija se sube a su auto, ella se baja y dispara un arma contra la puerta del auto.
- Maurice entra en la escuela de su hijo mientras está en sesión y dispara una pistola eléctrica a un miembro de la junta escolar, pero falla.
Defensas
Afortunadamente, hay varias defensas legales que una persona puede plantear. Estas incluyen demostrar que:
- la presunta víctima no era un empleado escolar,
- el acusado actuó bajo coacción, y/o
- el acusado fue arrestado sin causa probable.
Sanciones
Una violación de PC 245.5 es un delito mixto, lo que significa que puede ser acusado como:
- un delito menor o
- un delito grave.
Dependiendo de los hechos del caso, las sanciones por el delito pueden llevar a la prisión en una cárcel del condado o en una prisión estatal por hasta ocho años.
Nuestros abogados de defensa criminal de California explicarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Qué es el delito de agresión a un empleado escolar?
- 2. ¿Existen defensas para un cargo de 245.5 PC?
- 3. ¿Cuál es la posible condena?
- 4. Delitos relacionados
1. ¿Qué es el delito de agresión a un empleado escolar?
El Código Penal 245.5 PC es la ley de California que establece como delito que una persona agreda a un empleado escolar con cualquiera de los siguientes elementos:
- un arma mortal,
- un arma de fuego, o
- una pistola eléctrica o taser.1
La ley de California define una “agresión” como un intento ilegal de causar una lesión violenta a otra persona, junto con la capacidad actual de hacerlo.
Tenga en cuenta que para que un acusado sea declarado culpable bajo este estatuto, un fiscal debe demostrar que durante el asalto:
- el acusado sabía, o debería haber sabido, que la presunta víctima era un empleado escolar que estaba desempeñando sus funciones, y
- el empleado estaba involucrado en la realización de actividades escolares en o fuera de la propiedad escolar.2
Un “empleado escolar” significa cualquier persona empleada como empleado certificado o clasificado permanente o en período de prueba de un distrito escolar, ya sea a tiempo parcial o completo.3 Esto incluye no solo a los maestros, sino también a los administradores escolares y conductores de autobuses en el sistema escolar.
Vea nuestro artículo relacionado sobre asalto a un empleado escolar (PC 241.6) sin un arma mortal.
2. ¿Existen defensas para un cargo de 245.5 PC?
Si una persona es acusada de un delito bajo este estatuto, puede impugnar la acusación planteando una defensa legal. Una buena defensa a menudo puede reducir o incluso desestimar un cargo.
Tres defensas comunes a las acusaciones de PC 245.5 son:
- no hay empleado escolar,
- coacción, y/o
- no hay causa probable.
2.1. No hay empleado escolar
El lenguaje dentro del Código Penal de California 245.5 establece que un acusado solo es culpable si intenta causar daño físico a un empleado escolar privado o público. Por lo tanto, siempre es una defensa legal perfecta para un acusado demostrar que, aunque pudo haber agredido a alguien, esa persona no era un empleado escolar.
2.2. Coacción
La coacción es una defensa legal en la que un acusado básicamente dice: “Me obligó a hacerlo“. La defensa se aplica a la situación muy limitada en la que una persona comete un delito (aquí, agredir a un empleado escolar), porque alguien lo amenazó con matarlo si no se cometía el delito.
2.3. No hay causa probable
La Cuarta Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos establece que los oficiales de policía deben tener causa probable antes de poder detener o arrestar a un sospechoso de un delito.
Si una persona fue detenida o arrestada por la policía por violar el PC 245.5, y no había causa probable, cualquier evidencia obtenida después de la detención o arresto indebido podría ser excluida del caso. Esta exclusión podría resultar en el rechazo o reducción de los cargos.
3. ¿Cuál es la posible condena?
Una violación de PC 245.5 es un delito mixto, lo que significa que puede ser acusado como un delito menor o un delito grave.
La pena específica impuesta dependerá del tipo de objeto que el acusado utilizó para cometer el asalto.
Si el acusado utilizó un arma mortal, que no sea un arma de fuego, entonces el delito es castigado con:
- encarcelamiento en la prisión estatal por tres, cuatro o cinco años, o
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta un año.4
Si el acusado utilizó un arma de fuego, entonces el delito es castigado con:
- encarcelamiento en la prisión estatal por cuatro, seis u ocho años, o
- encarcelamiento en la cárcel del condado por entre seis meses y un año.5
Si el acusado utilizó una pistola eléctrica o taser, entonces el delito es castigado con:
- encarcelamiento en la prisión estatal por dos, tres o cuatro años, o
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta un año.6
4. Delitos relacionados
Hay tres delitos relacionados con el asalto a un empleado escolar con un arma mortal. Estos son:
- asalto con un arma mortal – PC 245a1,
- asalto con un arma de fuego – PC 245a2, y
- suministro de un arma de fuego durante la comisión de un delito grave – PC 12022.4.
4.1. Asalto con un arma mortal – PC 245a1
Código Penal 245a1 PC es la ley de California que hace que sea un delito para una persona asaltar a otra parte con un arma mortal.7
Una violación de PC 245a1 es un delito mixto, lo que significa que puede ser acusado como un delito menor o un delito grave.
La pena máxima de cárcel por asalto con un arma mortal como delito menor es de un año en la cárcel del condado.8
La sentencia básica por delito grave es de dos, tres o cuatro años en la prisión estatal.9
4.2. Asalto con un arma de fuego – PC 245a2
Código Penal 245a2 PC es la ley de California que hace que sea un delito para una persona asaltar a otra parte con un arma de fuego.10
Una violación de PC 245a2 es un “delito mixto” según la ley de California, lo que significa que puede ser acusado como un delito menor o un delito grave.
Si se le acusa como delito menor, el delito es castigado con seis meses a un año en la cárcel del condado.
Si se acusa como un delito grave, la ofensa conlleva una sentencia de prisión estatal de dos, tres o cuatro años en California.11
4.3. Suministro de un arma de fuego durante la comisión de un delito – PC 12022.4
Código Penal 12022.4 PC hace que sea un delito suministrar, o intentar suministrar, un arma de fuego a otra persona para su uso en un delito.12
La pena bajo esta mejora es un término adicional de uno, dos o tres años en prisión.13
Referencias legales:
- Código Penal de California 245.5 PC. Véase también la Instrucción del Jurado de California CALCRIM No. 949.
- Véase lo mismo para los fines de esta sección. (El Código Penal de California 243.8 prohíbe el asalto contra los funcionarios deportivos, como los árbitros, y el Código Penal de California 241.4 prohíbe el asalto contra los oficiales de paz del distrito escolar.)
- Código Penal de California 245.5d PC.
- Código Penal de California 245.5a PC.
- Código Penal de California 245.5b PC.
- Código Penal de California 245.5c PC.
- Código Penal de California 245d PC, subsección a1.
- Véase lo mismo.
- Véase lo mismo.
- Código Penal de California 245a2 PC.
- Véase lo mismo.
- Código Penal de California 12022.4 PC.
- Véase lo mismo.